Servicio doméstico

Calculadora del sueldo del servicio doméstico

10/07/2017

calcular-sueldo-empleada-domestica

Con esta calculadora, ponemos en marcha una serie de herramientas para ayudarte en tu economía familiar.  En este caso permite calcular el salario mínimo de pago mensual de las empleadas domésticas.

Desde el 1 de junio de 2016, rige un 18% de aumento, desde diciembre del mismo año habrá otro 15% de suba no acumulativa para los valores mínimos.

SUELDOS MÍNIMOS. Nuevos valores de remuneraciones desde junio de 2017.

La calculadora toma en  cuenta el acuerdo logrado en la nueva paritaria del servicio doméstico.

Los valores mensuales de esta norma corresponden a un trabajo de 48 horas por semana. Para una jornada semanal inferior se toma el criterio de la Ley de Contrato de Trabajo: por menos de ⅔ del tiempo (32 horas semanales) se puede pagar una jornada reducida, en forma proporcional. Por más horas, se paga el valor de la jornada completa.

Ir a la calculadora:
calculadora servicio domestico 3

Cómo usar la calculadora

Primero, elegir la modalidad: cama adentro (sin retiro) o con retiro.

Luego, hay que ingresar la categoría de trabajo.

Por último, la cantidad de horas semanales.

Al oprimir el botón “Calcular” se ve el sueldo mensual que, como mínimo, se debe pagar a las empleadas domésticas.

Esto significa que, por acuerdo entre las partes, se puede abonar una remuneración superior.

Para jornadas superiores a 48 horas semanales hay que sumar las horas extra (50% más que la hora normal los días de semana y 100% más los sábados desde las 13, los domingos y feriados).

PAGO POR HORA: Consultar Remuneraciones del servicio doméstico 2017

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

224 respuestas a “Calculadora del sueldo del servicio doméstico”

  1. Jorge dice:

    Hola tengo q internar a mi madre por demencia senil y enfermedad ;que debo hacer con la cuidadoras y q les corresponde de indemnizacion .? Gracias

  2. Anibal Daniel Steren dice:

    Hola Buen dia tengo una empleada doméstica hace un año y medio que trabajaba 48 hs semanales y por la crisis económica en mayo le bajamos a 24 hs semanales algunos meses y 22 hs semanales otros.
    Ahora ella nos plantea que debemos pagarle por hs $124/hs dado que no pagamos más el mensual. Nosotros le planteamos que le pagamos medio jornal del mensual que estipula la ley (que haciendo la cuenta da como $80/hs) ¿Cual es el correcto? Le corresponde indemnización por la diferencia?.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniel.
      Primero, corresponde indemnizar por la diferencia salarial.
      Por otra parte, el sueldo mínimo es un proporcional (el de bolsillo, descontada la obra social), si le pagan por mes.
      Si le pagan por día, se toma el valor hora (que es mucho más alto).

  3. graciela dice:

    consulta el feriado puente del 24 y 31..se trabaja ..se paga doble o no?

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      El 24 y el 31 son días no laborables, no son feriados, así que corresponde trabajar y se paga normal. Si el empleador quiere, se lo puede dar sin que se recupere otro día.

  4. Rosana winkel dice:

    Hola quisiera saber cuál es mi liquidación de mi sueldo trabajo de 12 pm a 12 am 12 horas con un Franco semanal casi 11 años de trabajo faltan 3 meses para ello domingos y feriados , yo renunció mi sueldo es de casi 13000 $ y no hago tiempo a tomarme vacaciones estaría dejando el 30 de noviembre, espero su respuesta por favor , gracias

  5. NILDA dice:

    HOLA QUISIERA SABER LO QUE INCLUYE LA LIQUIDACIÓN DE UNA PERSONA QUE TRABAJA POR HORA (4 SEMANALES) ANTE UNA RENUNCIA. TRABAJO UNOS 9 MESES

  6. Sandra dice:

    Hola. Trabajaba de lunes a viernes ,dos horas por día o sea diez horas semanales en blanco y me redujeron a dos días de trabajo de tres horas cada día. Con esto me redujeron también el sueldo. Me corresponde indemnización?

  7. Carmela irizar dice:

    Hola ! Necesitaría saber cuanto se calcula el valor hr de una cuidadora de personas que trabaja mensualmente los fines de semanas y feriados.
    El valor hr de los sábados a partir de las 13 hs , domingos y feriados se calcula el doble del valor estipulado ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El valor mínimo por hora es único, la normativa no distingue cuándo trabaja.
      Ese tema es una zona gris, así que, sugiero negociar un monto más alto en casos de trabajar otros días.
      Los días feriado se paga el doble.

  8. Mirtha Viviana Gomez dice:

    Buenos Días, mi empleada trabaja de 8 a 14 hs. de lunes a viernes y de 8 a 12 hs. los sábados,osea un total de 34 hs. semanales con un sueldo de 9.000 pesos mensuales . Inició actividad en Noviembre de 2017 , osea hace 7 meses, Mi pregunta es : Cómo cálculo el aguinaldo? Debo pagarle 4.500 pesos de aguinaldo?

  9. Elisabet dice:

    hola. consulto lo siguiente, debo registrar a la Sra que trabaja desde 1-6-2015 hasta la fecha. que debo hacer? se puede blanquear la situacion y cuanto seria la registracion. trabaja 3 veces por semana 4 hs por dia.

  10. Mirta dice:

    Hola yo trabajo 12,horas semanal 3horas por dias menos los martes q no trabajo … Me blanquearon pero no me pagan feriados … Me corresponde los feriados y vacaciones por mas q aga 12 horas .. Ah y me pagan semanal ellos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí corresponde el pago de feriados y vacaciones.

  11. María José dice:

    Hola, contraté a una persona para realizar tareas de limpieza en casa, comenzó el 21/5/18. Como debo pagarle el mes de mayo ? Y cuando y como debo pagarle el SAC ?
    Por otro lado, al darle de alta en afip, la pagina me direcciona al pago de la ART, pero no me queda claro si yo debo elegir una, en ese caso, cuáles son las opciones ? Y cual es el trámite que debo realizar?
    Y por último, quiero saber cómo y dónde hacer el recibo de sueldo.
    Muchas gracias
    María José _ Cordoba capital

  12. Gabriela dice:

    Hola buenos días.
    La señora que trabaja en mi casa trabaja 16hs semanales. 4hs un dia y 3hs x 4 dias. Si ella tuviese que quedarse un día más horas. Por ejemplo 6hs mas como deberia abonarle esas horas? Yo le abono $3500 en mano mas los aportes. Pero no se si esas 6hs se cuentan como horas extras o como que…y a que valor debería tomarlas. Aguardo tu respuesta. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Las horas extra son las que exceden las 48 hs. semanales.

  13. xiomara dice:

    Hola quisiera saber si esto rige para el 2018 tambien ?

  14. VERONICA dice:

    EN EL CASO DE CUIDADO DE PERSONAS, SI ALGUIEN TRABAJA SOLO LOS FINES DE SEMANA, LA REMUNERACIÓN A TOMAR ES COMO SI TRABAJA EN LA SEMANA? O SE PAGAN EXTRAS??
    EN ESE CASO COMO CALCULO EL SUELDO, POR HORA O POR UN PROPORCIONAL DEL MES???
    POR ULTIMO SI CADA DÍA TRABAJADO ESTA MÁS DE 8 HS. DIARIAS EL EXEDENTE SE PAGA COMO HORA EXTRA???

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Las horas valen lo mismo el fin de semana, salvo que sean horas extra.
      Las extra se pagan a partir de 9 horas por día.

  15. Ana Ines Garcia dice:

    Hola! Estoy buscando una niñera x 6hs…no quiero que haga limpieza pero si que me mantenga lo minimo (camas y todo lo que se ensucie mientras ellas está como platos y demás)…no sé cuánto puedo ofrecer…me das una idea por favor? Y en caso de que sean 9 horas y media? Si es que no consigo jardín para el bebé tengo que tener esa opción tb…Muchas gracias!

  16. Paola dice:

    Hola! Quisiera saber si tengo que pagar a mi niñera que trabaja 12 horas semanales, en forma mensual. Debo pagar por hora o mensual. Quiero inscribirla y no sé cuánto debo poner en el registro de alta. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No hay ninguna normativa que diga cuándo pagás mensual o cuando por día.
      En tu caso, es algo que depende un poco de lo que arregles. Lo que tenés que considerar que el mes se paga siempre igual (no importa cuántos días hábiles tenga) y el pago diario, cuando va a trabajar.

  17. Marta Sanchez dice:

    Hola Yo trabajo en casa de familia 6 horas días de lunes a viernes ahora la Sra me quiere reducir a 4 horas diarias,la pregunta es debo aceptar a q me reduzca el horario o me debo oponer porq es mi derecho o no tengo derecho a negarme, espero tener pronta respuesta gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si te reducen el sueldo, te tienen que indemnizar por la diferencia.

  18. Mariel dice:

    Cuido a un nene y hago todas la tareas de limpieza de la casa.
    Son 30hs. semanales.
    ¿Me corresponde el mismo sueldo que una niñera que se dedica solo al cuidado del nene o más?!gracias

    • Paula Martinez dice:

      Se toma la categoría donde se desempeñan la mayor cantidad de tareas.

  19. Lucia dice:

    Hola una consulta mi patrona fallecio. Su esposo me quiere volver a poner en blanco y con su esposa trabaje 10 años. Me corresponde q me pague los años trabajados ya q el quiere empesar de cero trabajo 16 hs semanales y me paga 6000 esta bien lo q me paga ??

    • Paula Martinez dice:

      Hola. En esos casos se considera que es una continuidad de la relación laboral anterior. Él empieza desde cero como empleador pero te tiene que considerar la antigüedad

  20. MariP dice:

    Hola. Quisiera saber cuánto corresponde pagar a una persona que cubre el fin de semana en el cuidado de personas, es decir, desde el sábado a las 13hs hasta el lunes a las 8hs.

    Gracias

  21. sabrina dice:

    Hola me ofrecieron trabajar en blanco. 30 hs semanales. De cuanto seria el sueldo. y a partir de marzo de lunes a sábado de 10 a 14. se mantendría el mismo sueldo.. o cambia al ser q el sábado trabajaría dsp de las 13.. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Los sueldos se calculan según las horas semanales. Las horas extra se pagan más si son los sábados desde las 13. En todo caso, trtá de arreglar un pago extra si te parece. Slds.

  22. Maria Noriega dice:

    Hola me contrato la mujer de mi hermano para cuidar a su niña y despues de unos dias mi hermano hablo con migo y me dijo de aser mas tareas en su casa labar limpiar cocinar llevar y buscar la niña en jardin hacer curaciones a su mujer y al niño recien nacido.
    Y pasado el tiempo no me pagaron.ellos siempre dicen que cuando tengan plata me van a pagar los meses que trabaje.
    Pero hace unas semanas que dijeron que ellos no me van a pagar. Algien se sabria decir donde debo diridirme para hacer que me pagen lo que me deben

    • Paula Martinez dice:

      consultá al sindicato de empleadas domésticas de tu ciudad

  23. elisa dice:

    Por favor le agradecería me informe cuál es el sueldo mínimo para una cuidadora: horario: de lunes a viernes de 21 hrs a 9 hrs, y sábado desde las 15 hrs hasta domingo a las 15 hrs

  24. PABLO dice:

    Buenos días, quisiera saber cuando me corresponde pagar por hora y cuando en forma mensual. Creo entender que para que corresponda abonar un sueldo mensual el trabajador debe trabajar como mínimo 48 hs semanales, es correcto ?. Si es correcto quiere decir que aquel que trabaje 47 horas semanales se le deberá pagar por hora trabajada ?. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La ley no establece nada. Hay una interpretación (no una normativa) que dice que por menos de 24 horas semanales se paga por hora, pero no lo dice en ningún lado. Es un poco arbitrario.
      La diferencia es que el pago mensual siempre es igual, no importa cuantos días laborables tenga el mes. En cambio, en el pago por hora, sólo se abona el día que va a trabajar (además de las licencias y feriados).

  25. Noelia dice:

    Hola yo quisiera saber los sueldos para diciembre para cuidados de personas con retiro,si trabajo 5 horas de lunes a viernes y si me podria informar sobre vacaciones, cuanto me corresponde si estoy trabajando hace 9 meses? Gracias

  26. roberto dice:

    Para una empleada que trabaja por horas (4 por semana), se pagan sólo los días efectivamente trabajados? Por ejemplo, si viajo, corresponde pagar el día de trabajo?

    • Paula Martinez dice:

      Si le pagás por hora, se paga los días que trabaja.

  27. Florencia dice:

    Hola quisiera saber si me corresponde liquidación al estar solo un mes en blanco y haber renunciado

  28. rodrigo dice:

    Hola la calculadora para definir el pago mensual en función de las opciones que se coloquen esta muy buena. Lo que si la misma no considera el pago de jornada completa al trabajar por encima de las 32 hs semanales. Es decir si le pongo 40 hs me sigue sacando un proporcional cuando en realidad segun entiendo debería figurar como resultado la jornada completa.

    • Paula Martinez dice:

      Es cierto Rodrigo,
      Lo puse así porque en algunos lugares, como Bs. As, el Ministerio «interpreta» que es un proporcional siempre (en realidad, lo cambié porque al principio lo había hecho con el monto total en más de 32 hs).
      Yo sigo tomando como correcto el pago total por más de 32 hs. porque no hay ninguna norma en la cual se basan para esa interpretación y, el día de mañana, las autoridades y lo que interpretan puede cambiar. En ese caso, podés poner el total de 48 hs. y listo, te da el total.

      • Sergio Yanov dice:

        Hola Paula, mi nombre es Sergio Yanov y Trabajo para el Sindicato de Personal de Casas Particulares UPACP, la respuesta que nosotros damos sobre este tema es la siguiente:
        La explicación legal es: Entre 32 y 48 hs. va el sueldo total como si trabajara 48 hs
        Esto surge de la modalidad de jornada reducida, técnicamente se llama «trabajo a tiempo parcial». Esto está contemplado en el art. 92 ter de la LCT, que receptó a la Ley 26.474; en la Ley 26.844 no está. Por eso se aplica residual o subsidiariamente (ello, de conformidad a lo establecido por el art. 72, inc. a) de la Ley 26.844).
        Es trabajo a tiempo parcial EL MENOR A LOS 2/3 DE LA JORNADA COMUN (48 hs.); consecuentemente el de menos de las 32 hs. Si es de menos de 32, se calcula proporcional al sueldo total; si se superan las 32 hs., va el sueldo total (eso dice la norma).-
        Y la explicación o justificación «de la calle» es que si se trabaja 32 horas o mas no le queda tiempo al empleado para tener otro trabajo. También vale que te pidan que vayas las 48 horas mensuales por el mismo sueldo de 48 hs. Pero eso debe establecerse al comienzo de la relación laboral

        • Paula Martinez dice:

          Muchas gracias, Sergio.
          Es la misma explicación que dan en Córdoba y es la que yo tomo.
          El tema es que en el Ministerio, en Bs As, dicen otra cosa si uno consulta. Claro que es una interpretación que no está basada en ninguna norma legal. Por eso, me parece correcto tomar la LCT en forma supletoria, al menos, hay un respaldo normativo.
          Gracias nuevamente por el aporte.

  29. Javier dice:

    ¿En qué casos se aplica el pago por hora? ¿Cuándo se paga por hora cómo es el pago del aguinaldo? ¿Se pagan las vacaciones también como en el caso de pago mensual?
    La persona que tengo contratada le pago en forma mensual proporcional a las 20 horas. Aplico el criterio de la calculadora, pero tomo el básico más un porcentaje extra. Ahora quiere cobrar por hora.
    Te agradeceré si me lo podés aclarar porque en ningún lado encontré cuando se aplica el criterio por hora.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No hay ningún criterio para pagar por hora, la normativa no lo dice.
      Algunos interpretan que, si la empleada trabaja pocos días a la semana, se paga por día. Pero esto depende del acuerdo entre ambos.
      El pago de aguinaldo, vacaciones, licencias, etc es igual.
      Lo que va a variar es que van a haber meses que trabaje más días y le pagues más que otros. El pago mensual es siempre igual.

  30. Silvina dice:

    Hola, tengo q indemnizar a la empleada q atendía a mi mama porque la llevamos a un hogar de ancianos. Trabajó hasta el 30 de junio. Se le pagó el mes de junio y medio aguinaldo. Indemnización: Yo calculé 4 sueldos ( por 4 años de antigüedad) y 7 días de vacaciones proporcionales. No se le paga otro sac proporcional, no?. Ya le di de baja en la Afip y pagué el ver. Hay algo más? Mes de preaviso?
    Muchas gracias x la información!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Faltaría el preaviso, según se haya avisado antes o no.
      Cualquier duda, te sugiero homologar todo en el MInisterio de Trabajo, para reducir eventuales problemas.
      Salduos.

  31. Beti dice:

    Hola quería consultar el.pago de indemnización de una niñera que trabajo durante 4 años por 10 hs semanales

  32. Claudia Ballestrini dice:

    Buenas tardes como calculo un sueldo para una empleada de tareas generales con cama si ingresaria los lunes a las 16 hs hasta los viernes 10hs.quise utilizar la calculadora pero no se cuantas horas de trabajo considerar .Desde ya muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      en la calculadora tenés que poner las horas de trabajo por semana. Si es cama adentro, considerá 8 horas diarias

  33. jose suarez dice:

    me podria indicar como se calcula el sueldo cuando la trabajadora cumple jornada parcial (25 horas semanales). Secalcula en base al valor/hora (54,50) o en base al sueldo mensual (7030,50) dividido por las horas trabajadas????

    • Paula Martinez dice:

      Si el pago es mensual, se saca un proporcional del sueldo mensual (usá la calculador).

  34. Lucrecia dice:

    Hola qria saber como se saca el porcentaje del dia feriado trabajo d lunes a sabados con tres dia cama adentro mi sueldo es de 13600

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Dividís el sueldo mensual por la cantidad de días trabajados.
      Ese es el 100% extra que hay que pagar si trabaja el feriado (en caso de que trabaje la misma cantidad de horas que un día normal). Si no, podés sacar el sueldo por hora (igual que antes) y pagarle las horas que trabajó.

  35. José Alberto dice:

    De vuelta tengo, otra consulta.
    Me podrían informar en qué artículo de la Ley de Contrato de Trabajo se establece el pago proporcional de jornada reducida???
    Desde ya muchas gracias por su tiempo!!!

  36. erica dice:

    Hola quisiera saber cuanto esta cobrando una empleada domestica la hora con retiro? Y cuanto con cama?

  37. José Alberto dice:

    Buen día! Necesito saber cuántas horas semanales debo considerar para calcular un sueldo mensual. Son 44 ó 48 horas a la semana?
    Desde ya muchas gracias!

  38. Mabel dice:

    Hola soy mabel estoy trabajando de empleada domestica tres veces a la semana x ocho horas es un total de 24 hs. Me dijo la patrona q tengo un sueldo de 3500$ q para mi es poco pero es lo q la contadora le dijo tengo dudas…m dijo tambien q soy la categoria quinta

    • Paula Martinez dice:

      Mabel, esos son sueldos mínimos legales. Igual, se pueden establecer montos mayores por arreglo entre las partes.

  39. Marisol dice:

    Quisiera que me informaran cómo se calculan las horas extras trabajadas por una empleada doméstica (niñera) que trabaja un promedio de 6 horas diarias. ¿Se consideran «extras» todas las que excedan esas 6 horas normales o se calculan de otra forma? Por otro lado, las horas extras se deben pagar sí o sí o pueden ser compensadas con el otorgamiento de días de licencia u horas libres de las que debían ser trabajadas? Desde ya, muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La jornada normal son 8 horas diarias, no 6.
      La ley no permite «devolver» horas extra, pero sí, compensar horas de trabajo otro día siempre y cuando no supere las 9 horas un solo día):

  40. Orlando Lorenzo dice:

    Hola, sabemos que el monto que se cobra durante la licencia por maternidad equivale al ultimo sueldo sin los descuentos de jubilación y obra social, sueldo que esta declarado por el empleador por medio del F.931, por lo tanto la ANSES esta en conocimiento del importe y en base a eso liquidara la licencia por maternidad. Ahora bien, como se obtiene dicho monto en el caso de una empleada domestica, donde lo cobrado mensualmente por la empleada no se le informa a la ANSES careciendo esta por lo tanto de la base de calculo para el pago de la asignación.
    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Se toma lo que el empleador informó a la AFIP a través del registro de la empleada doméstica. Slds.

  41. Maria dice:

    hola
    una consulta, el sueldo que liquida la calculadora es el que corresponde al bolsillo o el bruto? gracias

  42. matias dice:

    Buenas tardes, tengo que tomar una empleada por 16 horas semanales, y la idea es pagar mensual, cuanto seria el sueldo? es un proporcional al minimo estipulado o debo calcularlo por el valor hora?
    Muchas Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El minimo legal es un proporcional pero, como es muy poco, en general se acuerda pagar más. Podés fijar un monto con 16 x 4 hs. al mes, por ejemplo.

  43. Antonella dice:

    Hola. Quisiera saber cuánto puedo cobrar como niñera de una nena de 4 años, tres veces por semana, 6 horas por cada día? No sé cuanto puedo estimar. Agradezco la respuesta.

  44. julia dice:

    Hola. Quisiera saber qué valor debo ingresar en el campo «retribución pactada» del sistema de liquidación de sueldos para empleadas domiciliarias de afip. (Ejemplo: para el caso de trabajo lunes y miércoles 8 horas por día, 16 horas semanales). ¿La generación del recibo, pese a pagar por día, también es mensual? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Es el monto que se le paga por mes.
      El recibo es mensual.

  45. Soy Martha Susana Ferrarelo-marthaflaprida@hot mai.com.No entiendo la Calculadora.Paso a expresarles mi caso.Empleada doméstica por 16 hs.semanales,con retiro,pago ARTy Aportes.Deseo saber el Sueldo mesnsual que le corresponde,lo mismo los días de vacaciones(ant 1 año),y si debe agregarse algún plus.Soy una persona mayor,no entiendo mucho de tecnología,pero sí deseo hacer las cosas correctamente.Muchas gracias!

  46. Maria dice:

    Hola, disculpen pero no entiendo la calculadora. Tengo una empleada x 9hs semanales, con retiro para tareas de limpieza y según el valor de hora me da un sueldo de 2070$ y en la calculadora me dice 1366$. Me pueden ayudar?

    • Paula Martinez dice:

      Es diferente el valor hora de una empleada que cobra por mes, que una que cobra por hora.
      La diferencia es porque el sueldo mensual es fijo todos los meses, no importa la cantidad de días hábiles que tenga. En cambio, cuando le pagás por día es solo por los días trabajados.

      • Esther dice:

        Cuando se paga mensual, siempre se toma en cuenta las 48 hs..?
        por mas que trabaje 24?

        • Paula Martinez dice:

          Si trabaja 24 hs. semanales, el sueldo mínimo se calcula como un proporcional de las 48 hs.

  47. Gloria dice:

    Hola queria saber como tengo que liquidar ami empleada. Renuncio como corresponde y aviso con 3 meces de anterioridad. Muchas Gracias aguardo respuesta

  48. Alejandra Ruiz dice:

    Hola. Quiero saber si el aumento del 15 % se aplica al sueldo de diciembre que se cobra en enero.

    • Paula Martinez dice:

      El 15% se toma sobre el sueldo base de mayo de 2016 (se previó un 18% en junio y otro 15% no acumulativo en diciembre).
      Y sí se aplica sobre el sueldo de diciembre que se cobra en enero, pero también sobre el aguinaldo de fin de año.

  49. Sebastian dice:

    Buenas tardes, tengo una consulta, en la liquidación final por despido sin causa de una empleada domestica, cuales son todos los conceptos a incluir?
    Desde ya muchas gracias, me son de ayuda todas las respuestas de los comentarios que haces. Muchas gracias, que tenga un buen dia.

  50. Carolina dice:

    Como debo pagar a mi empleada doméstica si pacte con ella un sueldo de 11.000 pesos y quiere cobrar por semana
    Y aparte no quiere que la ponga en reglas
    Trabaja de lunes a viernes hasta las 17 has desde lunes 9 hs con 3 horas de descanso
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      No hay problema que cobre por semana y que le des el recibo una vez al mes.
      La regularización es una obligación, no una cosa opcional.
      Slds.

  51. Anabel dice:

    Hola , quiero saber cuánto tengo que cobrar por 12 hs de trabajo cuidando por la noche un anciano de lunes a sábado. Ellos desde hace un año me dan 1.100$ . Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Fijate en la calculadora la categoría 4, por la cantidad de horas semanales. Los sueldos son los mínimos. Slds.

  52. Paula dice:

    Hola. Trabajo con cama desde hace una semana. Me ofrecieron 9000 en mano. No es muy poco? Cuanto es el sueldo de empleada con cama. Mi jornada es desde las 6:30 hasta las 20 hago todas las tares de limpieza cocino a la noche para un adulto y un menor; a veces al mediodía tambien y cuido a un chico de 6 años…

  53. Cris dice:

    Hola.El salario mínimo que marca es bruto o de bolsillo?

  54. facu dice:

    yo quiero hacer una consulta yo trabajo hace 10años y mi sueldo es de 10.000 pesos esta bien o debo ganar mas aclaro de lunes a viernes 9hs no deberian pagarme mas por la antiguedad? y ago todo hasta paseo al perro gracias

  55. Rodrigo dice:

    Hola Paula,
    Una consulta operativa que no logro solucionar vinculada con la liquidación del sueldo del servicio doméstico.
    Hasta el mes pasado (agosto 2016), al generar el recibo de sueldo con el aplicativo de la AFIP, incluía el monto de aportes del trabajador ($419) en el básico y luego lo restaba en «otros conceptos» con la leyenda «aportes». Como empleador yo pago todo (aportes, contribuciones y ART) por medio de un VEP generado también desde el aplicativo AFIP que no permite discriminar montos, por ello luego resto lo que corresponde pagar al trabajador en el recibo de sueldo de cada mes.
    Intento hacer lo mismo ahora en septiembre, pero el aplicativo ya no me permite ingresar un monto negativo. ¿Cómo lo soluciono para poder seguir pagando con un VEP sin tener que ir por ventanilla? ¿Tengo que modificar el alta de la relación laboral y poner un monto menor (es decir, que no incluya este monto de aportes que luego restaba), y no detallar nada sobre aportes en el recibo?
    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Puede ser un problema del aplicativo. Debería permitir poner valores en negativo porque puede suceder que tengas que descontarle algo.
      En todo caso, podés pagar el VEP y hacer el formulario 102/RT en forma manual (imprimirlo y llenarlo a mano).
      Saludos,

  56. yamila dice:

    Hola no termino de entender si la calculadora me estaría funcionando bien. El minimo para una empleada que trabaja 8hs por dia de lunes a viernes es de $ 6322, y si trabaja 6hs es de $3951 como es posible que en proporción el valor hora trabajando 6hs sea inferior que trabajando 8hs? No me queda claro.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es que, no se podría pagar jornada reducida por más de 36 horas semanales. Es una interpretación de los contadores laboralistas, en base a la ley de contratao de trabajo porque la ley de servicio doméstico no dice nada respecto al pago proporcional.

  57. Laura dice:

    Consulta.

    Cómo se abona si la niñera falta 2 días por enfermedad? Ya que a su vez yo debo contratar a otra para reemplazar el día que falta..se descuenta? tengo que pagarle a ambas??

    • Paula Martinez dice:

      SE paga licencia por enfermedad. Claro, se paga a las dos.

  58. Alejandro dice:

    Consulta ¿Mi empleada tiene un salario que es aproximadamente el doble del salario mínimo incluido zona, debo aplicar los aumento?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Lo obligatorio es el mínimo, de ahí en más se puede acordar el monto que sea, sin restricción.

  59. Paula Martinez dice:

    Hola, el valor mínimo de la hora es mucho más alto que el de la hora por pago mensual. Por eso la diferencia.

  60. Inés dice:

    Una consulta, a partir de cuantas horas es válido el prorrateo del salario mínimo? Porque la calculadora, por ejemplo para 12 horas semanales da 1580, que es el prorateo de las 48 hs. de jornada completa. Pero la hora individual es de $51 (lo que daría aproximadamente 2500) , a partir de cuantas horas semanales deja de cobrarse individual? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El valor hora es menor si el pago es mensual.
      No hay una cantidad de horas establecidas para prorrateo. Sugieren que sea por más de 20 horas (si no, es muy poco). Slds.

  61. PATRICIA dice:

    HOLA PAULA, MI NIÑERA TRABAJA 25 HS MENSUALES. SI LO SACO PROPORCIONAL ME DÁ $ 4000. SI LO SACO POR LA «CALCULADORA DE SUELDO» DE ESTA PÁGINA, ME DÁ $ 3661. POR QUÉ ES LA DIFERENCIA?, ESPERO RESPUESTA. GRACIAS!! PATRICIA.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Patricia,
      No es lo mismo el valor en el pago por hora que en el pago mensual. Depende de cuánto tiempo trabaje por semana, cómo le pagues y lo que acuerden entre ambos. Slds.

      • PATRICIA RAVETTI dice:

        NO PAULA, ME CONFUNDÍ: MI NIÑERA TRABAJA 25 HORAS SEMANALES!, O SEA: 100 HORAS MENSUALES. Y ME DA DIFERENCIA SI SACO EL SUELDO PROPORCIONAL Y SI LO SACO CON LA CALCULADORA. POR QUÉ LA DIFERENCIA?, SALUDOS!! 🙂

        • Paula Martinez dice:

          No es lo mismo la hora de pago diario, que de pago mensual.

  62. nilda dice:

    Una consulta. En mi trabajo me estaban pagando $60 desde el ultimo aumento, pero ahora en junio me dicen q no me corresponde el aumento porq me pagan más q el mínimo. Es así o me correspondería el aumento con respecto a lo q me venían pagando? Q puedo hacer? Aparte de que estoy en blanco hace tres años pero estoy hace 13 años con ellos. Q puedo hacer? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Lo legal es el sueldo mínimo. Lo que se cobra por encima de ese valor se puede arreglar entre las partes. Slds.

  63. gabriel podgornik dice:

    A este valor es bruto? Hay que descontar los aportes del trabajador?

  64. Ines dice:

    Hola!mi duda es… no correspondería pagarle a la empleada en caso de que trabaje 4 hs la mitad de lo que dice la tabla?????

  65. maria ester dice:

    hola keria preguntar yo trabajo 4 horas por dia daria un total de 24 hs por semana cuanto seria mi sueldo ??

  66. maria dice:

    hola quisera saber el total de 35 hs sem me da 6322.50 eso es el total del aumneto del 33% o el 18% ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Los valores que están son los vigentes desde junio, con el 18% al sueldo mínimo. El resto rige recién en diciembre.

  67. Jorge Labaza dice:

    Hola. quería consultar con respecto al calculador del período 2016 de empleada doméstica. En este caso es de cuarta categoría ( cuidado de niño con retiro ) o sea valor de la hora $ 54.5 a doce horas por semana lo que daría al mes $2612 ( 12hs x semana son 48hs al mes ). El calculador da en este ejemplo un valor de $1757,63. Hay un error en el calculador o que error estoy cometiendo Yo.
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jorge, no es lo mismo el valor hora si el pago es diario que en el pago mensual, en este último caso, la hora es mucho mayor.
      En casos de pocas horas semanales, lo ideal es pagar por hora (el ministerio lo sugiere para menos de 20 horas a la semana).
      Slds.

  68. Susana dice:

    Hola! Cuándo van a actualizar la calculadora para saber cuánto se cobra a partir de julio 2016? Gracias

  69. zacarias lamas dice:

    hola quisiera saber por parte de mi señora si le corresponde antiguedad ya que ella lleva trabajando mas de 10 años

    • Paula Martinez dice:

      No hay asignación por antigüedad en el servicio doméstico.

  70. María dice:

    Buen día! Quisiera saber el detalle de las tareas a realizar en la descripción de tareas generales de empleadas domesticas!! Trabajo 3 veces por semana alrededor de entre15 y 16 hs semanales. En mí caso las tareas que hago además de limpiar (pisos, vidrios, muebles) se suma el poner a lavar ropa, colgarla, descolgarla, planchar, mantener limpio el lugar donde hacen caca las mascotas… $2300 me parece que es muy poco.. Por ahí quien hace las leyes y las normas no se fija en las tareas que desempeñamos o bien, hay omisión por parte de los empleadores!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No hay una descripción en la leyese cuáles son las tareas. Sólo dice «tareas generales», son las de cualquier casa.

  71. María dice:

    Buen día! Quisiera saber el detalle de las tareas a realizar en la descripción de tareas generales de empleadas domesticas!! Trabajo 3 veces por semana alrededor de entre15 y 16 hs semanales. En mí caso las tareas que hago además de limpiar (pisos, vidrios, muebles) se suma el poner a lavar ropa, colgarla, descolgarla, planchar, mantener limpio el lugar donde hacen caca las mascotas… $2300 me parece que es muy poco.. Por ahí quien hace las leyes y las normas no se fija en las tareas que desempeñamos o bien, hay omisión por parte de los empleadores!! Creo se debería controlar bien, si lo que se quiere es lograr igualdad de derechos! Porque aunque el servicio domestico actualmente es visto como cualquier otro trabajo o profesión, aun existen personas que siguen viéndolo en un modo de «servidumbre» y «esclavitud»

  72. naty dice:

    a estos valores hay que descontarle lo que se paga por aportes y contribuciones?

  73. Julieta dice:

    Hola a mi me van a blanquear y quería saber mas o menos cual es el monto por mes ..???? Mi tarea es limpieza y cuido dos nenes . cumplo 4 hs a la semana . al mes son 124hs . ahora ella me dise que debo trabajar 2 horas los sábados y algunos feriados .gracias !!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. En la calculadora podés ver los sueldos mínimos en función de las horas trabajadas, por pago mensual. Se puede arreglar algún monto superior, en función de un arreglo entre las partes. Slds.

  74. kari dice:

    Quisiera saber cuanto cobrar por cuidar a una abuela y hacer tareas del hogar, limpiar, cocinar el dia sabado y domingo sin retiro?

    • Paula Martinez dice:

      Según las horas de trabajo. Mirá en la calculadora.

  75. Gerald dice:

    Paula, que tal, tengo unas consultas,
    1-quería saber si trae algún inconveniente que en la base de datos de afip la relacion laboral figure con paga tipo mensual, y la empleada domestica trabaje 3 veces a la semana.
    2-la retribucion pactada quedo desactualizada, eso hay que cambiarlo con cada aumento?
    3-las vacaciones tengo entendido se abonan segun los dias que le corresponden (en este caso 35 dias), los días que hubiera tenido que prestar servicio no? es como pagarle y que no venga a trabajar. te consulto porque mi empleada dice que le informaron que el sueldo se dividia en 25 y se multiplicaba por los dias mas un 30% de no se que….

    Aguardo comentarios

    Muchas Gracias

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      no hay problema con el pago mensual.
      Cuando se modifica la retribución hay que modificar el alta en la Afip.
      Las vacaciones no tienen ningún plus en el servicio doméstico, se paga el sueldo normal y habitual. Mirá aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
      Ese cálculo que mencionás se aplica en el caso de los trabajadores del sector privado (pero, por ejemplo, no cobran ese plus los empleados públicos).
      Slds.

  76. Pamela dice:

    Hola quisiera saber cuanto tengo que cobrar sí trabajo 16 horas por mes en un lado y 32 horas por mes en otro lado..

  77. Rita dice:

    Quería saber cuanto le debo pagar a mi empleada, si trabaja 15 horas semanales.
    Graciaas.

  78. claudia dice:

    hola queria saber si me corresponde aguinaldo y vacaciones.
    Otra pregunta cuando mis patrones se van de vacaciones corresponde que me paguen por mas que yo no valla
    a trabajar?el año pasado se fueron 20 dias y no me pagaron esos dias

    • Paula Martinez dice:

      Sí te corresponden aguinaldo y vacaciones pagas.
      Podrían darte tus vacaciones en la misma fecha que ellos no están así no perdés días de trabajo.

      • claudia dice:

        Hola queria saber si los dias feriados corresponde que me lo paguen,o me lo tienen que descontar????
        gracias-!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  79. fede dice:

    hola quisiera saber si tengo que percibir el aumento dado en el mes de septiembre y correspondiente al mes de diciembre yo trabajo 12 horas diarias de lunes a viernes terminando mi semana sábado a la mañana me pagan 36 la hora quisiera saber si yo percibo el aumento desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si te pagan por hora, el valor mínimo es de $ 40 por hora desde el 1 de septiembre. Slds.

  80. KARINA BENAVIDES dice:

    hola yo trabajo 30 horas y mi sueldo es de $3,600 desde diciembre del 2014 nunca me hicieron un aumento queria saber cuanto es el aumento que me corresponde porque no me quieren aumentar

  81. maria laura dice:

    Hola quiero saber el sueldo de empleada domestica de 8 a 13:30 de lunes a viernes. Gracias.

  82. Verónica dice:

    Cuanto debe cobrar una empleada domestica jubilada que esta al cuidado de niños y tareas generales en la casa por 104 hs mensuales con retiro? Muchas gracias.

  83. Rosi dice:

    Hola!necesito una persona q desdd las 19 hasts las 12 del mediodia. Ed para hacer la cena y acompañar a mi papa que no pase solo la noche. El se maneja solo. Cuanto seria el sueldo q tengo q pagar? Los 7 dias de la semana

  84. Yayo dice:

    Mi empleada trabaja 4hs de Lunes a Viernes, el recibo se lo hago como Mensual, ella me pide que le liquide con los valores por hora. Legalmente, que pasos debo seguir para cambiar de mensualizada a por hora?
    ah, perdón, la calculadora no tiene los valores de Septiembre 2015

    • Paula Martinez dice:

      En la calculadora sí están los valores de septiembre, pero tengo que corregir en el texto porque quedó «enero» (gracias por avisar!).
      El recibo hay que hacerlo mensual aunque se pague por hora.
      Cualquier cosa que quieras cambiar, tenés que ingresar a la página de Afip, elegir la relación laboral y en un ícono a la derecha poner modificar la relación. Ahí le cambiás lo que necesites.
      Slds.

  85. Patricia dice:

    Pregunta, si mi empleada tiene accidente debe llamar ella a la ART?

    • Paula Martinez dice:

      La puede llamar cualquier pero te sugiero que la llame la empleadora porque es la persona asegurada.

  86. Carla dice:

    Hola,
    Si mi empleada tiene un accidente en su lugar de trabajo, quien debe llamar a la ART. La empleada o la empleadora?

    • Paula Martinez dice:

      Cualquiera de las dos, pero te sugiero que la llames vos porque la ART cubre a la empleadora.

  87. diego gastiazoro dice:

    Buenas Noches , Me pueden explicar como se calcula y liquidan las vacaciones de la empleada domestica .. gracias

  88. Blanca dice:

    Yo gano $6500 por mes quisiera saber si me corresponde el aumento y cuanto. Gracias. Segun mis jefes ya sere el sueldo minimo asi que ahi ya no se mas. Ayuden mes porfa gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si estás por encima del sueldo mínimo no es obligatorio un aumento. De todos modos, si no te subieron en todo el año podrías negociar un incremento a cuenta. Slds.

  89. Cuanto deberia cobrar x 29 hs semanales x trabajo general mas niñera

    • Paula Martinez dice:

      Te correspondería la categoría 4 con retiro, mirá en la calculadora cuánto es el mínimo.

  90. Felix Raul Beinaravicius dice:

    cuanto deberia pagarle a empleada domestica trabaja 4 hs de lunes a viernes, pago mensual
    gracias

    • Paula Martinez dice:

      Fijate en la calculadora que ya tiene los valores actualizados. Slds.

  91. Ezequiel dice:

    Gracias. Vamos a conversar con ella. Saludos

  92. Mariela Valdez dice:

    Hola quería saber cuanto están pagando la hora si vas dos veces x semana .

  93. Nancy dice:

    Hola yo quisiera saber si x estar hace 8años mi sueldo es de 2800 estoy 4hs y media

    • Paula Martinez dice:

      Fijate en los nuevos valores, la calculadora ya está actualizada.
      No se paga más por antigüedad.

  94. Ezequiel dice:

    Buenas tardes, en casa trabaja una chica que nos da una mano con los chicos. Hace dos años que esta en casa y desde el primer momento en blanco. Le pagamos mensualmente en la categoría más de 16 hs semanales. El tema es que me quedé sin trabajo y no podemos pagarle más lo que estamos pagando. La idea es reducirle horas y continuar haciendo los aportes. Lo que me parte el alma es que hace poco volvio de una lic. Por maternidad. Esta situación es temporal hasta que nos acomodemos de nuevo. Está bien lo que le vamos a proponer? Hay otra solución? Agradezco cualquier sugerencia. Abrazo

    • Paula Martinez dice:

      Te sugiero que lo converses con ella para llegar a un acuerdo lo más conveniente posible. Estas cosas suceden y lo mejor es entenderse. Slds.

  95. Mirtha dice:

    Mi empleada me dice que hubo un aumento ahora en agosto vigente para septiembre 2015, pero no lo encuentro. Me pueden ayudar?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Todavía no hay aumento para las empleadas domésticas. Tendría que salir en estos días.

      • Silvana Mettini dice:

        Gracias!!! A mi tambien ya me exigieron el aumento. Sabrian de cuanto va a ser?

        • Paula Martinez dice:

          tiene que salir en unos días. Cuando se anuncie vamos a hacer una nota. Slds.

  96. María E dice:

    Hola si le pago a la empleada por horas y viene tres veces a la semana a casa debo pagarle los días feriados que coincidan con el día que debe venir a casa, es decir viene lunes, miércoles y viernes si cae feriado un lunes debo pagárselo igual?

  97. Gabi dice:

    Hola, quería consultar cuanto debería ser mi sueldo, cuidando un niño y siendo empleada domestica, 15 horas semanales.. Como debería sacar la cuenta?

    • Paula Martinez dice:

      Si te pagan por mes, utilizá la calculadora. Si el pago es por hora, el mínimo es de $ 35 para cuidado de personas (categoría 4).

  98. Diego dice:

    Disculpame que te corrija, pero la calculadora calcula mal. Una empleada que trabaja 20 hs semanales como tareas generales ($33 la hora) me da 1744.17 y deberia ser aproximadamente $2970 por un total aproximado de 90 horas mensuales. La jornada reducida es solamente para el pago mensual, y lo que hace es regular la cantidad de horas y no el valor de las mismas.
    Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      La calculadora es para el sueldo mensual, que se paga proporcional solo hasta 32 hs. de trabajo semanal. El valor por hora es para el pago por hora y el valor es mucho más alto.por eso hay diferencias, es una zona gris que no está aclarado en ningún lado.

    • Mirtha dice:

      Pregunta: ¿Cómo realizo el cálculo del salario para trabajadoras
      que realizan menos de 48 hs semanales?
      Deberá consultar la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
      vigente, que indica las categorías y escalas salariales del personal de casas
      particulares.
      Le informamos que para los salarios comprendidos entre los meses de Septiembre –
      Diciembre, deberá aplicarse la primera escala que figura en la norma. Los montos
      establecidos en la segunda escala corresponderán a partir de Enero 2015. Para el
      cálculo de la remuneración, el Tribunal para el Personal de Casas Particulares (cuya
      competencia es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) ha establecido como criterio:
       Los valores de las remuneraciones mensuales que se encuentran reguladas
      corresponden a una jornada de trabajo de 48 hs semanales.
       Aquellas personas que trabajen menos de 24hs. semanales, se debería tener
      en cuenta el VALOR HORA de la categoría que le corresponde y multiplicarlo
      por la cantidad de horas trabajadas.
       Aquellas personas que trabajen de 24hs en adelante, pero menos de 48 hs.
      semanales, se debería realizar una regla de tres con el VALOR MENSUAL de
      la escala.

  99. Andrea dice:

    Hola mi duda es que llevo un año trabajando cama adentro de lunes a lunes cuidando una abuela no me pusieron en blanco quiero saber de cuanto debe ser mi sueldo x que siempre que hay aumento reniegan de darmelo y solo como mucho aumentan 300 q no es nada. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Andrea, en la calculadora poné la cantidad de horas semanales, la categoría 4 y te va a dar el sueldo mínimo legal. De más está decir que sí o sí tenés que estar en blanco y cobrar aguinaldo, vacaciones y feriados. Slds.

  100. Si dice:

    Hola, Si cambia la modalidad de hortas, de mas de 16 hs, pasa a 12 hs, que es lo que tengo que hacer? solo modificarlo en la pagina de la afip

    • Paula Martinez dice:

      En realidad, habría que indemnizar a la empleada por las horas que deja de trabajar. te sugiero consultar en el Ministerio de TRabajo a ver qué te dicen (www.trabajo.gov.ar/domestico).

  101. vanesa dice:

    hola queria saber cuanto tendria que estar cobrando ya que trabajo 6hs semanale y me estan pagando 3.000

  102. Marcela dice:

    Buenas noches. Mi duda es ,tengo una propuesta de trabajo que consiste en limpieza de la casa ( general)ayudar en la cocina.hacer mandados.lavar.planchar.y ayudar con dos bebés recién nacidos. 4 o 5 hs.diarias .lunes a viernes .cuanto debería ganar x mes? Gracias

  103. Carina dice:

    Hola,yo trabajo 27 hs semanales,empece y sigo como niñera d un nene d 4 años y su hermanito d 6 meses y ahora tambien repaso la casa martes y jueves y los viernes,limpio la casa,ademas pongo el lavarropas y plancho todos los dias y m pagan $4000 para mi es poco,m sacas la duda? Y como hago si m tienen que subir el sueldo,estoy en blanco y hace 5 años trabajo con ellos. Gracias

  104. Elvira dice:

    Hola!! quisiera saber como proceder en caso de los feriados.La empleada trabaja 2 dias x semana ( 16 hssemanales) en mi casa; el resto en otras.
    Gracias..

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Los feriados hay que pagarlos normalmente, si la empleada no trabaja. Si trabaja, se pagan el doble. Slds.

  105. daniel dice:

    Una vecina que no tiene computadora me pidió que le averiguara cuanto debe cobrar para cuidar a un hombre mayor que esta en cama (no me dijo que tiene) . Según le entendí iría desde los domingos 20:00hrs. A sábado 11:00hrs, por lo que entiendo se queda a dormir.
    Muchas gracias, espero la puedan ayudar

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate en la calculadora los sueldos mínimos vigentes en este momento (tenés que ver la cantidad de horas semanales de trabajo). Slds.

  106. maria g dice:

    Tengo una chica q trabaja en casa 25 hs semanales. Se ocupa de la limpieza de la casa, plancha y a veces (cuando no tienen clases) cuida a mis hijos. Esta en blanco. Veo que en los ultimos meses trabaja a desgano, no cumple con la limpieza, todo le lleva mucho mas tiempo q cuando empezo. Su sueldo es de 5000 mensuales aportes aparte… trabaja hace 18 meses. He hablado con ella pero no mejora en el trabajo. Debo pagarle indemnizacion para despedirla? No puedo despedirla por incumplimiento, y en ese caso Como deberia proceder para registrar su incumplimiento en el trabajo?

    • Paula Martinez dice:

      La podés despedir con causa pero tiene que estar bien fundamentada para poder sostenerlo en un eventual juicio. Si querés hacerlo, te aconsejo consultar a un abogado laboralista. Slds.

  107. Analia dice:

    hola! trabajo miércoles desde las 8 de la mañana hasta jueves a las 18:00 hs corrido, sin retiro, y sábado desde las 8 de la mañana a lunes a las 8 de la mañana (osea fin de semana) , sin retiro. En cuidado y asistencia de persona, de cuanto seria mi sueldo??

    • Paula Martinez dice:

      Hola Analía. Fijate en la calculadora cuánto es el mínimo por la cantidad de horas semanales.
      Tené en cuenta que si trabajás más de 9 hs. diarias te tendrían que pagar horas extra (un 50% más caras los días normales y el doble los domingos y feriados). Slds.

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