Servicio doméstico

Cómo dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas

26/05/2014

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Para tener todo en orden con el servicio doméstico, hay que darles a las empleadas un recibo de sueldo y un comprobante de pago de los aportes y contribuciones a la AFIP. Tenemos dos opciones para hacerlo y te las contamos en esta nota.

La primera alternativa es con el formulario manual F 102/RT (hasta septiembre de 2014 era el F. 102/B), que incluye una parte para el pago de aportes y otra para el recibo de sueldo. La segunda, es a través de la web de AFIP con clave fiscal.

Formulario manual: 102/RT

Este es un formulario que hay que llenar con todos los datos cada vez que se hace. Se puede completar en forma interactiva en Internet y luego imprimirlo; o bien, imprimirlo vacío y llenarlo a mano (acceder al Formulario 102/RT click aquí).

El F.102/RT tiene una parte superior para abonar los aportes y contribuciones a la AFIP y la cuota de la ART y una parte inferior que sirve como recibo de sueldo y comprobante válido para la empleada doméstica. Hay que imprimirlo por duplicado.

La ventaja de este formulario es que, al ser manual, se puede modificar hacia atrás (períodos a partir de octubre/2014, para períodos anteriores, usar el F102/B). Además, permite abonar los aportes y contribuciones en una ventanilla de Rapipago o Pago Fácil.

La contra es que hay que cargar todos los datos cada vez que lo tenemos que hacer.

Mirá aquí cómo es y cómo completar el Formulario 102/RT y el Instructivo Formulario102B.

Recibo de sueldo vía web

La otra posibilidad que ofrece la AFIP es emitir el recibo mensual ingresando con clave fiscal a la herramienta Simplificación Registral-Registros Especiales de la Seguridad Social, opción Empleados de Casas Particulares.

Aquí da dos opciones: generar el recibo de sueldo, y generar el volante de pago de aportes y contribuciones a la AFIP. A diferencia del F 102/RT, en este caso son dos trámites diferentes y se pueden hacer en dos momentos distintos del tiempo.

Mirá el video tutorial:

La ventaja de hacer el recibo de sueldo desde la web de AFIP con clave fiscal es que la mayoría de los datos (CUIL, domicilio, sueldo, etc.) ya están precargados. Sólo hay que modificar si hay algún cambio, poner la cantidad de horas y el período que vamos a pagar. El número de comprobante del pago de aportes se puede dejar en blanco y luego llenarlo a mano en la hoja impresa.

En este caso la misma copia se divide en dos, una para el empleador y otra para la trabajadora.

También, el sistema nos permite generar el VEP (volante electrónico de pago) pero en este caso hay que elegir abonar por algún sistema electrónico: Pagomiscuentas, Linkpagos, Interbanking o XN Group Latinoamérica.

Por otra parte, hay bancos que permiten abonar por Homebanking, sin necesidad de generar previamente el VEP en la página de la AFIP. Este comprobante sirve para adjuntar al recibo de sueldo, y también tenemos que darle una copia a la empleada.

Mirá el Paso a paso para emitir el recibo de sueldo y generar el volante de pago.

Datos del recibo

Cualquiera sea la opción que elijamos, en el recibo de sueldo tenemos que poner los siguientes datos:

-Horas trabajadas. Es la cantidad de horas del período que le estamos pagando, por lo general, un mes. En el formulario 102/RT debe coincidir con la modalidad de pago (semanal, diaria o mensual).

– Sueldo básico. Es la remuneración que le pagamos efectivamente, aunque sea superior al sueldo mínimo.

– Otros. Se pueden agregar horas extras, viáticos, feriados u otros pagos extraordinarios.

-Vacaciones y aguinaldo. Sólo se completan cuando correspondan.

-Aportes del trabajador. La AFIP no da la opción de especificar los aportes que están a cargo de la empleada. Como alternativa, en el F. 102/RT se pueden poner en el apartado otros, con signo negativo para que lo reste. En cambio, en el recibo que se emite a través de la AFIP, no podemos consignar este rubro.

 

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Empleada doméstica: dos opciones para pagar y dar el recibo de sueldo.

-Períodos anteriores a septiembre 2014:  Formulario 102/B click aquí).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

155 respuestas a “Cómo dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas”

  1. Mariana dice:

    Hola mi empleada trabaja por hora, cuatro veces a la semana. Todas las semana le abono por las horas trabajadas en esa semana. Pero le doy un recibo mensual.
    Como debo poner en el recibo?
    Modalidad de liquidación…?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No hay problema.
      Ponés liquidación diaria, en general no se da un recibo diario sino al final del mes con todo lo que corresponde en el período. Podés aclarar la modalidad de trabajo en las observaciones.

  2. Mariana dice:

    Hola como se liquida el sueldo de la empleada domestica, en estos meses que atravesamos el covid19. No trabajan, pero cobran las horas igualmente. Como se debe aclarar?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tendrías que aclarar en las observaciones que cobra por los DNU del aislamiento social obligatorio.

  3. ELISA GALERI dice:

    Estimados,
    Hace 20 años tenia una empleada domestica 2000/2008
    Por el periodo 2000/2006 no tengo recibos de sueldo, solamente la constancia de haber cumplido con el deposito de los aportes y contribuciones.
    Dado el tiempo transcurrido, no recuerdo cual era la remuneración en ese momento.
    Como puedo subsanar esta omisión?
    Desde ya muchas gracias por su ayuda,
    Elisa Galeri

  4. Mónica dice:

    mi empleada doméstica está con licencia de larga duración perfectamente justificada. Cómo debo rellenar formulario de AFIP cuando dice horas trabajadas?

    • Paula Martinez dice:

      No hay un instructivo deAfip al respecto, es más bien intuitivo, la verdad.
      Creo que tendrias que poner el trabajo habitual menos los dias de licencia, por separado.

  5. Silvina dice:

    Hola! Hice el recibo de sueldo, pero me equivoqué. Cómo puedo rehacerlo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Generá otro con la misma fecha y el sistema reemplazará al anterior.

  6. Karina dice:

    Hola , ¿en cual período debo hacer cosntar el pago del aguinaldo?, de Junio y diciembre 2019.Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Se paga con el sueldo de junio (a fin de mes).

      • Caro dice:

        Hola, le mando el recibo de sueldo por Whatsapp a mi empleada doméstica y le pido que me imprima, lo firme y me mande foto. Dice que no puede. Qué hago? Tengo los sueldos de marzo y abril sin firmar

  7. Graciela Zapata dice:

    Hola, buenos dias, tengo que otorgar un anticipo de sueldo a mi empleada, y quiero realizarlo con un recibo pero la pagina de Afip, no tiene el concepto anticipo de haberes entre los conceptos a liquidar.

    gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El sistema de Afip es bastante limitado en ese sentido. Una alternativa es poner en los adicionales «gratificaciones» y aclarar en las observaciones de qué se trata.
      La otra opción es hacer un recibo manual, con el formulario 102/rt. Slds.

  8. Alejandra Ruiz dice:

    Hola. Tendo una empleada que registré hace 15 dias con retroactividad al mes de octubre que fue cuando empezó a trabajar. Siempre le pagué en tiempo y forma y todo lo que le correspondía pero no tengo formularios 102 firmados. Simplimente recibos informales. Cómo puedo hacer para que conste
    todo lo pagado anteriormente.hay algun formulario que permita eso. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Entrá en la Afip con tu clave fiscal y en la parte de las trabajadoras te va a salir la opción de pagos y recibos. Desde ahí vas a poder generar e imprimir los recibos de sueldo. Slds.

  9. Mirian dice:

    la empleada de mi mamá renunció, le tengo que pagar el proporcional de vacaciones y aguinaldo. En el recibo nuevo no me deja desglosar estos items. puedo generar un recibo en la afip x el mes y con el formulario F 102RT liquidarle el sac y las vacaciones?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      te aconsejo imprimir el 102RT en papel y hacerlo manual.
      Cualquier observación, anotala y, es mejor que el retiro se oficialice en el Ministerio de Trabajo.

  10. vale dice:

    Hola, empleada domestica inscripta como modalidad de liquidacón «semanal»…para hacer el recibo, debe ser semanal?

  11. Lilia Pérez Callejas dice:

    Como se calcula el importe a abonar por el SAC?

  12. Silvia dice:

    Tengo una empleada que cobra por semana, como genero el recibo electronico? Puedo generar uno solo con fecha del 1 al 30 del mes con modalidad de pago semanal inficando las 48 horas semanales y el importe divido por 4 o la fecha debe ir semana a semana?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Le tenés que hacer un recibo mensual con la cantidad de horas que trabajó ese mes y el monto correspondiente.
      Podés aclarar lo que necesites en las observaciones.

  13. Luis dice:

    Si pago los aportes por medio de un vep, el «número de comprobante del pago de aportes» es el número del vep o el número de la transacción en pago mis cuentas?
    Gracias
    Saludos

  14. Fabian dice:

    Tengo una empleada que hace un cuidado de una persona mayor como esta todo el dia de viernes a sabado (se va a las 8am) en casa cuidándola en horas cuantas debería poner?

  15. Oscar dice:

    Buenos días, cuando lleno el formulario 102 interactivo al imprimirlo lo hace en blanco y probé descargarlo y también lo hace en blanco. Que estoy haciendo mal?

  16. CARMEN dice:

    Hola….alguien sabe como calcular 14 dias de vacaciones empleada domestica, tengo que hacer el recibo en AFIP y no se bien ….gracias

  17. diana dice:

    hola, como se llena el formulario despues de haber hecho el recibo del mes y ahora se va 14 de vacaciones. Ya confecione el formulario del mes. Hago otro?

    • Paula Martinez dice:

      Podes pagar en un recibo aparte, pero lo mejor es rehacer el del mes con el pago de vacaciones.

  18. Teresita Acosta dice:

    tengo una empleada para tareas generales, que concurre 4 hs por semana. Le abono $70 la hora porque me dijeron en el Sindicato de empleadas domésticas que ese era el valor de la hora a partir de Dic 2016. Quisiera saber cuánto es la totalidad que se debe abonar por aporte previsional? En ese mismo lugar me dijeron que era de $23, pero consultando en esta página, me parece que es de $12. Por favor, si pueden, respóndanme a mi correo electrónico. Gracias

  19. Eduardo dice:

    hola, una consulta, para el pago de aguinaldo a empleada domestica, debo generar otro recibo aparte? o como agrego el aguinaldo dentro del recibo del mes? gracias

    • Paula Martinez dice:

      No, lo ponés en el mismo recibo del mes.
      Se agrega en otro ítem. Slds.

      • Juan dice:

        Tengo entendido que el aguinaldo se puede pagar aparte del sueldo del mes, mientras sea dentro del mes de Junio o de Diciembre. En ese caso hay que hacer un recibo aparte, con la fecha en que se liquida el medio aguinaldo, o poner el importe del basico en $0?

        • Paula Martinez dice:

          Sí se puede, no hay nada estipulado en forma fija, así que puede ir junto o separado.

  20. Pablo dice:

    Hola, una pregunta, porq es la primera vez que lo hago, si se indica liquidacion semanal, en mi caso 9 hs semanales por el cual abono $675 de remuneracion (menos $34 aportes) , en el recibo de sueldo online tendria que cargar 4 recibos en el mes (semanal con este detalle 9hs – $675) o tendria que cargar 36hs y en remuneracion indicar $675×4 (menos aportes), mas alla que le pague por semana?
    Muchas gracias por tu respuesta
    Slds
    Pablo

    • Paula Martinez dice:

      Hola Pablo,
      Lo mejor es hacer un recibo por mes, sumando todas las horas trabajadas del período. Slds.

  21. Silvina dice:

    Hola! Estoy queriendo generar el recibo via web en la afip, pero no me deja colocar el signo negativo(-) en el sitio donde coloco los aportes….
    Todos los meses colocaba -419,00, pero este mes no lo permite….Cómo debería proceder?

  22. Mariangeles dice:

    Completo todos los meses el formulario F.102/RT, tambien debo confeccionarle el recibo de sueldo via web todos los meses?, o con el formulario alcanza?. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      No haría falta, aunque es conveniente tener actualizado el recibo web, para que quede registrado en la Afip. Slds.

  23. Raquel dice:

    Buenos días,!
    Cuanto debería cobrar la empleada domestica categoria 5, si es mensual pero mediodia, incluido los sabados? Corresponde la mitad del sueldo mensual o se le calculo por el valor de la hora?
    Muchas gracias

  24. Fabiana dice:

    Debo informar de que forma qué le pagué el aguinaldo a mi empleda y vacaciones cual es el formulario gracias

  25. guillermo dice:

    Hola,

    Gracias por toda la info que das! es muy util para todos!

    Mi pregunta: Comenzamos a pagar a partir de Julio, pero le pagamos de forma semanal.
    ¿el recibo es unico por mes?
    ¿en el debe constar que se le paga de forma «semanal» y el total del recibo es la suma de las 4 semanas?
    ¿si el fin de mes cae a mitad de semana?

    Muchas gracias por la info que me puedas dar!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo, gracias por el comentario! me alegro que te sirva la página!
      El recibo puede ser semanal, pero lo mejor es entregarlo mensual, con el monto efectivamente pagado ese mes. Como los meses tienen más de una semana, podés prorratear, o bien, poner la semana completa en un solo mes y en el otro no.
      En observaciones podés poner todas las aclaraciones que consideres necesarias.
      Un saludo,

  26. SANDRA dice:

    Hola !!! podrias decirme como confeccionar el recibo de sueldo de una empleada si trabaja 5 dias a la semana 8h. diarias. Ella prefirio cobrar semanalmente. gracias

    • Paula Martinez dice:

      El recibo se entrega en forma mensual, no importa si cobra por semana

    • Luis dice:

      Hola,
      empecé a abonarle en forma mensual, fijo todos los meses, la cantidad de horas semanales es siempre la misma (12 o menos porque se va antes), 3 veces por semana.
      En el recibo de sueldo estoy poniendo «Cantidad de horas: 12» y en comentarios aclaro que son 12 semanales.

      Está bien? O tengo que calcular cada mes la cantidad de horas? Si fuera así, los feriados que caen lunes, miercoles o viernes, calculo que tengo que sumarlo como «4hs»

      Gracias!

  27. Alejandra dice:

    Hola cómo estás?, la verdad que pude despejar varias dudas con tu blog así que antes que nada te agradezco por tanta información útil.

    Te planteo una duda que me surge, mi empleada domestica comenzó su licencia por maternidad en el mes 05, ella gestionó la licencia en anses y a partir del mes 06 ya se la liquidan, mi duda es como debería emitir el recibo de sueldo?, yo lo genero por la pag. de Afip, lo imprimo en 0 y en observaciones le aclaro que se debe a la licencia?, por otro lado, yo como empleadora me corresponde pagar algo durante la licencia (aportes / art)?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alejandra,
      Gracias por el comentario, me alegro que te sirva la página!
      No hay una forma preestablecida para el recibo de sueldo. Me parece bien que le liquides como decís. Le tendrías que sumar el sueldo normal y restárselo bajo el concepto «lincencia por maternidad» por los días que correspondan.
      Slds.

  28. Leandro dice:

    Hola, muy bueno y didáctico el blog. Te felicito.
    Quería consultarte por el primer recibo que debo hacerle por abril a mi empleada. Como trabaja 12hs semanales, hay que hacer aportes voluntarios para que tenga el beneficio de la OS y Jub. Entonces arreglé con la empleada en pagárselos yo. En este caso puedo hacerlo y pagarlo yo el formulario 575 con los aportes voluntarios para completar los $233? y en ese caso, en el recibo le descuento la totalidad? o tengo que discriminar el aporte obligatorio + el voluntario?
    En el formulario WEB de la AFIP se puede descontar verdad?

  29. yolanda streck dice:

    hola ¡¡ quisiera saber si esta bien mi sueldo de $ 3000 por mes de mas 16hs..?

  30. Laura dice:

    Hola, necesito generar recibos de la empleada doméstica del 2014, cómo lo hago? los de 2015 los hice todos pero no sé cómo hacer los anteriores, no me figuran, gracias!

  31. Maria dice:

    Hola, yo pago por día a mi empleada doméstica que trabaja un solo día semanal. Como confecciono el recibo, por mes o por semana o por día? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Podés hacer un solo recibo por mes. Slds.

      • Maria Amelia migueles dice:

        Gracias, pero cómo lo confecciono cuando hay meses que tienen cuatro semanas y otros que tienen cinco. En ese caso varía el monto que pago por mes, mi empleada trabaja un día, 5 hs. diarias. ¿Se incrementa en cada mes, de acuerdo al número de semanas/días trabajados?

        • Paula Martinez dice:

          No hay problema. Poné el monto que corresponde cada mes.

      • Nacho dice:

        Es cierto, se puede hacer sólo un recibo por mes. El formulario tiene muchas validaciones (una vez que elegis el período no podes elegir fechas fuera del rango por ejemplo). Sin embargo por algún error del sistema, tengo dos recibos en Octubre de 2015, y ninguno en noviembre. Cuando los visualizas las fechas son las correctas, del 1/10/2015 al 31/10/2015 y el otro del 1/11/2015 al 30/11/2015. No los puedo rectificar porque no me dejar guardar las ediciones (por las validaciones que decía.. ).
        Lo dejé así porque es un error en el sistema de AFIP no mío (porque incluso la fecha de actualización del recibo todo, todo, dice Noviembre, solo que aparece en el período 10/2015).
        Calculo que no debo preocuparme no? En el recibo ni figura el período, sólo figura el rango de fechas.

        • Paula Martinez dice:

          Si tenés bien las fechas, yo no me preocuparía. Es un error del sistema pero en el papel firmado tiene que estar bien.

  32. romina dice:

    mi consulta es si mi empleada trabajo del dia 27/10 al 31/10. cuanto seria los aporte que deberia pagar?
    o tengo que pagar por todo el mes completo?

    • Paula Martinez dice:

      Los aportes son un pago fijo por mes, no es proporcional a los días ni al sueldo. Solo varia según las horas semanales trabajadas.

  33. Norma dice:

    Hola yo trabajo de empleada doméstica y trabajo 4 hs de lunes a viernes quiero saber cuánto debo cobrar

  34. Sofia dice:

    Hola! Recien entro en el blog y queria consultar una duda. Yo todos los meses le entrego un recibo de sueldo que descargo de la web de la afip y hago el pago de los aportes via PagomisCuentas. Ahora mi empleada esta haciendo un cambio de obra socal y para eso le pidieron el F102 a pesar de tener todos los recibos. La consulta es: todos los meses le tengo que dar el recibo de sueldo o el F102? Ambos? o con uno se reemplaza al otro?

    Muchas gracias!

  35. Candela dice:

    Hola! Que pasa si olvide registrar la modificación del sueldo (un aumento) en la pagina y ahora debo aumentarle de nuevo? Cómo hago? Muchas gracias

  36. Martin dice:

    Hola, recien estoy aprendiendo a generar un recibo de sueldo (VEP) del personal domestico y tengo las siguientes dudas:
    – los aportes (que resten) y los viaticos que sumen como parte del sueldo? o solo tiene que figurar lo que recibe de sueldo en mano?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Creo que lo mejor es poner todo en el recibo de sueldo. Restar los aportes del trabajador (la parte de la obra social) y sumar los viáticos en rubros separados. Slds.

  37. Martin dice:

    Hola Paula,
    Dimos de alta una empleada domestica en AFIP este mes de agosto, primer mes que trabaja con nosotros. Primero queria cobrar en efectivo pero ahora quiere que le abonemos por transferencia bancaria a una cuenta sueldo.
    Como hago para agregarla, en qué banco debe darse de alta y que le den una cuenta y una tarjeta de debito a ella?
    Cómo es el procedimiento si ella quisiese obtener tambien una tarjeta de crédito?
    Muchas gracias por tu tiempo.
    Saludos,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Martín,
      Puede pedir una cuenta en cualquier banco que le quede cómodo. Puede ser una cuenta sueldo o una cuenta gratuita universal. Va a tener una tarjeta de débito y si quiere una tarjeta de crédito es probable que tenga un costo administrativo.
      Después, uds. le pueden pagar por una transferencia bancaria con el CBU de su cuenta. Slds.

  38. Nacho dice:

    Hola, muy bueno tu blog como siempre (lo recomiendo a mis amigos).
    Quiero saber si estoy haciendo bien las cosas. A nuestra empleada le pagamos semanalmente, viene 3 veces por semana (por eso elegimos esa modalidad), con eventuales aviso de parte de ella que no asistirá. O sea que la liquidación es semanal.
    El recibo se lo extiendo mensualmente, alrededor de 52 horas por mes si sumo los días que de cada semana entraron dentro del mes. A veces menos a veces más.
    Está bien esto? O deberiá hacer un recibo de sueldo por semana? Porque en el sitio de AFIP me da la opción como para generar uno por mes nomás.

    Por otra parte, ¿se paga a mes vencido los aportes? ¿como el sueldo? Es decir, en Agosto, habiendole pagado semanalmente, pago los aportes de julio antes del 10/8. Porque AFIP me da la opción ahora de hacer VEP para Agosto. Mi miedo es que esté pagando tarde, por AFIP y por el tema ART.

    Gracias desde ya!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nacho,
      Me alegro que te guste el blog y espero que te siga siendo útil!
      Podés pagar en forma mensual y como me señalás, me parece que está bien.
      Los aportes son un monto fijo mensual, no importa si trabajó todas las semanas o no, y se paga a mes vencido antes del 10. En agosto tenés que hacer el VEP correspondiente a Julio (la ART corresponde a agosto, aunque no lo diga).
      Un saludo!

  39. Erica dice:

    buenos dias, les hago una consulta, si pago por hora y viene 10 hs semanales, y por razones particulares no puede venir por un mes, ese mes se lo debo pagar? como lo debo declarar?

    • Paula Martinez dice:

      Si le pagás por hora no. Tendrías que entregarle un recibo donde quede constancia de que se le descuentan los días no trabajados. Slds.

  40. Andrea dice:

    Hola Paula, como veo que te tomás la molestia de responder todas las consultas y que tus respuestas son concisas pero muy claras aprovecho para consultarte la siguiente duda: yo tengo una empleada doméstica que trabaja 30 hs. semanales de lu a vi, yo le pago mensualmente y le hago su recibo pero hasta ahora donde dice «horas» en el recibo siempre puse 30 porque creí que iban las horas semanales y no las mensuales. Debo rehacer todos los recibos de sueldo desde el 06/2014 hasta hoy?? o los dejo así y desde el próximo pongo la cantidad de horas mensuales.
    Aguardo tus comentarios y muchas gracias por tu colaboración!

  41. graciela dice:

    PAULA DIME DESDE EL PRIMER MES DE TRABAJO DEBE REGISTRARSE LA EMPLEADA O LO DEBO HACER UNA VEZ CUMPLIDOS LOS TRES MESES DE PERIODO DE PRUEBA?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Graciela,
      El período de prueba corre desde el día que la inscribis en la Afip. (lo tenés que hacer antes de que ingrese a trabajar).
      Slds.

  42. Andrea dice:

    Hola Paula, tengo que pagarle el sueldo a mi empleada por 30 hs semanales. Como hago en el recibo para que figuren los 3864 menos los 233 de los aportes que le corresponden a ella? Si la anoto desde el 1/06 tengo que pagar los aportes desde esa feha no? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Andrea,
      El sueldo de 3864 lo ponés en el básico y los aportes en «Otros» con signo negativo (menos) para que reste.
      sí tenés que pagar los aportes atrasados.
      Slds.

  43. Lore dice:

    Hola queria saber cuanto le tengo que pagar a una empleada domestica por 24 hs semanales y si ese valor incluye los aportes o no.

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      El sueldo mínimo para 48 hs. semanales es 3.864 pesos por mes, o un proporcional por menos horas.
      Los aportes del trabajador son 233 (está dentro del pago a la Afip y se descuentan del sueldo).
      Slds.

  44. ines dice:

    hola, ami me tuvieron casi un año en negro y le pedi aumento y me despidieron

  45. Andrea dice:

    Hola Paula, debo realizar un recibo para mi empleada. Com trabaja 30 hs semanales le corresponde 3864, como reflejo en el recibo ese sueldo menos los aportes que le corresponden a ella de $233? Ademas quiero ingresarla desde 01/06/2014 que fue que comenzo pero no pude registrarla antes, debo pagar todos los aportes desde esa fecha no? Muchas gracias por tu respuesta, muy util.

  46. NOra dice:

    hola tengo que pagar a mi empleada Aportes 233, contrib. 35 y riesgo 230, todo esto es aparte del sueldo que le corresponde por 24 hs de trabajo $1932. Lo que quiero consultar es cuanto le corresponde pagar a ella de los aportes

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nora.
      La parte de la empleada son 233 para la obra social.
      Slds

  47. Hernan dice:

    Hola, ante todo felicitaciones por tomarse el gran trabajo de responder todos los comentarios. Mi pregunta surge por que la señora que trabaja en mi casa cuidando a una persona mayor, se quedó embarazada. Por el trabajo que realiza y los esfuerzos que frecuentemente debe hacer el medico le fue extendiendo certificados hasta llegar a la licencia, en total 2 meses no trabajados. le pagué el primero de estos meses, debo pagarle el siguiente también?

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hernán,
      Gracias por el comentario, me alegra que la página sea útil ya que la hago (por ahora) yo sola y trato de que las respuestas sean lo mejor posible.

      Te comento que según la nueva ley que rige desde el año pasado, las empleadas tienen un total de tres meses al año de licencia paga por enfermedad. Además, si está embarazada, te recomiendo que le digas que vaya haciendo el trámite en la Anses para cobrar la asignación por maternidad cuando tenga los 90 días de licencia (mirá en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-licencia-maternidad/
      Slds.

  48. Vanesa dice:

    Hola Paula, tengo una empleada que el jueves pasado me aviso que por un tema familiar se iba a su país y no volvió, ni me aviso hasta cuando no estaría. Quiero saber si es posible descontarle los días que no viene, si es que vuelve. Y si no vuelve cómo tengo que hacer para poder despedirla. Si le mando el telegrama , su despido cuenta desde el día que se lo envío? Cómo puedo dar cuenta de los días que no estuvo viniendo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Vanesa,
      Por supuesto que si no trabaja le podés descontar los días.
      Para asegurarte, le tendrías que enviar un telegrama para que se reintegre a trabajar y poder darla de baja. Entraría dentro de la causal abandono de trabajo. Mirá el artículo 46 de la ley: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/normativa/
      Slds.

      • Vanesa Figueroa dice:

        Gracias Paula. Si la despido, teniendo en cuenta que tiene solo un mes de antigüedad, que debo pagarle además de los días trabajados de este mes?
        Gracia s

        • Paula Martinez dice:

          Hola Vanesa,
          Tenés que pagar el sueldo del mes, más el preaviso (30 días) y el proporcional de vacaciones y aguinaldo.
          Slds.

      • Vanesa dice:

        Hola Paula, disculpame, creo que no me entendiste. Ella trabajo un mes y 6 días y dejo de venir si aviso. Yo le envié el telegrama de aviso por abandono de trabajo y el de despido por abandono de trabajo. En este caso, tengo que pagarle 30 de preaviso considerando que ella abandono el trabajo?
        saludos

        • Paula Martinez dice:

          No, en eses caso, no.
          Solo tendrías que pagarle el proporcional de aguinaldo y si le corresponden vacaciones.
          Slds.

  49. Manuel dice:

    Hola Paula, tengo una persona empleada por 30 horas semanales y parte de ellas (15 horas) las realiza el fin de semana después de las 13 horas. ¿Cómo debo liquidarles esas horas del fin de semana?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Manuel,
      Voy a transmitirte la interpretación que me dio una contadora especialista en temas laborales: si cumple dentro de las 48 hs. semanales no es necesario pagar horas extra, por lo tanto, las horas del fin de semana ingresan en el pago normal del sueldo. Aclaro que esta es una interpretación.
      Slds.

  50. gustavo dice:

    Mi empleada trabaja 17 horas semanales y le estoy pagando 2600 pesos mensuales, eso esta bien, o le estoy pagando menos que el minimo, gracias

  51. Cecilia dice:

    Hola soy exilia quería preguntarle si en ese recibo los emperadores tienen que poner la antigüedad.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      En el recibo se pone la fecha de inicio de la relación laboral. Nada más.
      slds.

  52. Blanca dice:

    El aporte para obra social (35 pesos) que paga el empleador está incluido en el nuevo sueldo de 1.932 pesos? Gracias. Blanqui

    • Paula Martinez dice:

      Hola Blanca,
      Los 35 pesos del empleador son aparte del sueldo.
      Slds.

  53. mabi dice:

    Hola!, todo muy útil siempre! en esta pagina.
    En los haberes que se establecen como ninimos para las categorías por ley, es sin los aportes que le corresponden a la empleada?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mabi,
      Gracias por el comentario, me alegro que te sirva!
      Como el aporte a la obra social lo cubriría la empleada, debería restarse del sueldo (aunque muchos empleadores se hacen cargo de este monto).
      Slds.

  54. silvia dice:

    Se que aparte del formulario 102 B ahora hay otro mas chiquito que tambien sirve de recibo , como lo consigo para imprimir. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Silvia,
      El form. 102B incluye en la parte de abajo el recibo de sueldo. lo tenés que imprimir dos veces (una para la empleada y otra para el empleador).
      Slds.

  55. Miss dice:

    hola, mi empleada renuncio y tengo que preparar liquidacion final. Tiene antiguedad de dos meses y medio (trabajo de mediados de julio hasta fin de septiembre), solo trabajaba dos dias a la semana en mi casa (con modalidad liquidacion mensual),¿como se calculan las vacaciones no gozadas? la ley establece 1 dia de vacaciones cada 20 dias de trabajo efectivo. ¿debo contar como trabajo efectivo solo los martes y jueves que transcurrieron durante la relacion laboral? o todos los días habiles aunque no sean martes y jueves? gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Tenés que contar los 20 días corridos. Por trabajo efectivo se refiere a que haya trabajado en ese período.
      Slds.

  56. Guillermo dice:

    Hola Paula, mi empleada se va a tomar una semana de vacaciones en Octubre/14 y tres en Enero/15. En principio me pidio que esta semana de octubre no se la pague. Como puedo consignar en el recibo que va a tener vacaciones no pagas? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      En realidad es una cuestión muy puntual que no conozco. Creo que deberías restarle del sueldo básico los días no trabajados (pero no como vacaciones).
      Slds.

  57. José dice:

    Al momento de generar el recibo de sueldo (ella cobra por dia, pero se lo doy 1 vez al mes) hay forma de poner que cobra por día y no por mes? En el caso que cobre por día como calculo el sueldo basico que figura en el recibo de sueldo? Pregunto esto porque todos los meses puede variar (al cobrar por día), pero legalmente me parece que deberia ser el mismo. Nuevamente gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola JOsé,
      En el f. 102B tenés que tildar la modalidad de pago diaria y la cantidad de horas por día.
      slds.

  58. cele dice:

    hola fui despedida de niñera pero ademas cumplia con el rol de empleada domestica me despidieron.. quisiera saber si me corresponde fondo de desempleo?

  59. Marcela dice:

    una consulta, quería saber como calcular el salario para una niñera, que trabaja semanalmente 16 hs (un día trabaja 9 hs, por éste día debo pagar hora extra?), creo que hay dos teorías o multiplicar las horas por el valor hora o sea 16 hs * 4 semanas * 28 $/h, o también leí que cuando es mas de 20 horas se puede hacer un proporcional del sueldo fijado (si trabajara por ejemplo 25 hs semanales) $ 3580 / 48 * 25, quisiera saber como debo calcularlo? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      Consultá la nota que acabo de subir con el aumento de sueldo desde septiembre de 2014.
      Slds.

  60. Marcela dice:

    Otra consulta, si cuida a más de un niño, el sueldo varía? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      No, es el mismo

      • Marcela dice:

        Muchas Gracias por la respuesta, te molesto porque no encuentro la respuesta a la otra consulta, para saber como calcular el sueldo, leí en una página que menos de 20 hs semanales se paga por hora, sería en mi caso que trabaja 19 hs, (de las cuales 10 corresponden a un solo día) 19 por 4 semanas por el valor hora (76*28), es así? si fuera más de 20 hs sería el sdo básico $ 3580/48hs * 25 hs) por ejemplo.
        Gracias

        • Paula Martinez dice:

          Hola Marcela,
          Hace unos días asistí a una charla con especialistas y miembros del sindicato y del Ministerio de Trabajo.
          Lo que quedó claro es que ese criterio de menos de 20 hs. que se paga por hora (algo que me habían dicho a mí telefónicamente desde el Ministerio , de Buenos Aires) no tenía sentido.
          Lo que se sugiere es lo siguiente: el sueldo mínimo es por 48 hs. semanales (3.220 por la 5º categoría y 3.580, por la 4º).
          Por menos de 32 horas se considera jornada parcial y se paga en forma proporcional, por más de 32 horas se paga el sueldo completo.
          Entonces, por 20 horas sería: 3.580/48*20= 1.491,67.
          Slds.

  61. Marcela dice:

    Buenos días, quisiera saber cuanto debería pagarle mensualmente? a una empleada que trabaja 4 días a la semana, distintas horas diarias, pero suman un total de 19 semanales… un día hace 10 horas, debo abonarles dos como horas extras?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      Depende si le va a pagar en forma mensual o por día. Podrías arreglar un monto mensual, el sueldo mínimo es $ 3.220 por 48 hs. semanales o un proporcional por menos de 32 hs. Si trabaja más de 9 horas en un día, las excedentes se pagan como extras (se permite distribuir las horas en forma desigual en la semana, con un máximo de 9 por día).
      Si le pagás por hora, el mínimo es $ 25 por hora.
      Slds.

  62. Paula Mignola dice:

    Hola, mi empleada salio de licencia por maternidad. hizo todos los tramites en Anses para que esta le pague; la duda que tengo es si debo emitir por estos 3 meses el recibo de sueldo con la observación que esta de licencia x maternidad y si debo o no pagar aportes y contribuciones por esos meses.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Paula,
      Perdón por no responderte antes, pero estuve averiguando con algunos especialistas estos temas.
      El recibo de sueldo emitilo con una observación.
      Los aportes, pagalos igual para que no te queden meses vacíos en la Afip.
      Slds.

  63. marcela dice:

    Mi empleada exige no trabajar los feriados nacionales, feriados y asuetos provinciales, corresponden que se los tome a estos últimos? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      Los días pagos son los feriados nacionales, cualquier otro tipo de día no laborable no corre para la actividad privada.
      Slds.

  64. sonia burgos dice:

    Hola una consulta mi hmna trabaja de lunes a viernes 8 o 9 hs x dia y los sábados mediodía le pagan 2500$ , en el recibo no le pusieron en q categoría esta, ella hace todas las tareas del hogar y tamb cuida a tres niños , aparte en el recibo figura q cobra 3220$ y la patrona le dijo q puso asi xq con los aportes q paga x mi hmna llega a ese monto es así? Esta bien o la estan negreando?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sonia,
      El sueldo mínimo por ahora es de $ 3.220 mensual por 48 hs. semanales.
      Otra cosa, no se puede poner en el recibo un monto diferente al que se está pagando (los aportes del trabajador son sólo $ 100 por mes hasta agosto; y desde septiembre, $ 233).
      Slds.

  65. José. dice:

    Hola, la mujer que trabaja en mi casa viene 3 veces por semana, 4 hs por cada vez. En caso que uno de esos días sea feriado, no trabaja, pero se lo pago igual. Como se refleja esto en el recibo de sueldo? Esas horas que no trabaja, pero que las cobra igual, se suman al total de horas como un dia trabajado o como un item aparte y se aclara feriado?

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola José,
      Salvo que trabaje un feriado y le pagues extra por este motivo, no hace falta reflejarlo en el recibo de sueldo.
      Slds.

      • José dice:

        Gracias por la respuesta. Te hago otra pregunta, al momento de generar el recibo de sueldo (ella cobra por dia, pero se lo doy 1 vez al mes) hay forma de poner que cobra por día y no por mes? En el caso que cobre por día como calculo el sueldo basico que figura en el recibo de sueldo? Pregunto esto porque todos los meses puede variar (al cobrar por día), pero legalmente me parece que deberia ser el mismo. Nuevamente gracias!

        • Paula Martinez dice:

          Hola José,
          En el formulario 102/B hay un lugar para tildar la forma de pago: diaria, semanal, mensual, etc, con la cantidad de hroas correspondientes.
          Igual, el recibo se lo podés entregar por mes sumando todas las horas de ese mes (no importa si varían).
          Slds.

  66. Patricia dice:

    Buenos dias.
    Yo genero el el recibo de sueldo desde la web de AFIP y pago los aporte por PAgo mis Cuantas. Cuando genero el recibo de sueldo ingreso el numero de 4 digitos que sale en el coprobante de pago. Es correcto ese numero?. Ademas quisisera saber si cada mes se debe generar el VEP (volante electrónico de pago). para asociarle el pago del aporte.
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Patricia,
      Sí es correcto. Tenés que generar el VEP cada mes (salvo que lo pagues por Homebanking y que lo tengas registrado).
      Slds.

  67. tomas dice:

    Una mujer que trabaja 5 hs diarias, de lunes a viernes, cual es el pago mensual? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Tomás,
      El sueldo mínimo, por ahora, es de $ 3.220 por 48 hs. semanales, o una proporción si trabaja menos.
      Slds.

  68. grisel dice:

    Paula, corresponde pagar aportes por el Sac, como se paga??
    saludos

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