Consumo inteligente

¿Cuánto vas a pagar de gas después del fallo de la Corte?

18/08/2016

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El 18 de agosto, la Corte Suprema suspendió el aumento de la tarifa desde abril de 2016 para los usuarios residenciales. Pero esto no significa que tu boleta no tenga aumentos, mirá por qué.

Luego de la sentencia de la Corte Suprema, las empresas prestadoras de gas natural tendrán que refacturar, sin aumento, las boletas ya enviadas.

Esto es lo que tenés que saber:

-Las facturas que ya pagaste por los períodos desde el 1° de abril en adelante, se van a refacturar y lo que abonaste de más, se descontará de las próximas boletas. Recordá que no todos los usuarios tienen los mismos períodos (puede ser, por ejemplo, del 15 de febrero al 14 de abril, o de marzo y abril, o abril y mayo, etcétera).

Los períodos que todavía no fueron emitidos, se facturarán sin el aumento que se había implementado desde abril. Además, si te corresponde, te restarán lo que habías abonado de más antes.

.Estos meses no facturados se pondrán pagar hasta en 4 cuotas. Al total, se le resta lo que pagaste de más en los periodos ya abonados.

-El 12 septiembre, habrá audiencia pública para tratar los aumentos que proponga el Gobierno. Aún no se conoce cómo será la nueva estructura tarifaria.

Las nuevas tarifas no se podrán aplicar en forma retroactiva, recién se cobrarán a partir del final de la audiencia pública respectiva. Es decir, se comenzarán a aplicar en los meses de menos frío.

¿Pagarás más o menos?

Pese a que se suspendió el incremento que rige desde abril de 2016, es muy probable que, de todas maneras, tu boleta tenga aumentos respecto al mismo período de 2015.

O sea, lo que no se aplicará es la suba del metro cúbico de este año, pero, como te comenté en esta nota, los aumentos podían llegar a mucho más del 500% por otras razones que no se modificaron.

Acá te explico por qué:

1-Suba escalonada. En 2015, hubo un incremento escalonado que comenzó en abril, siguió en junio y terminó en agosto (este último es el valor vigente en marzo de 2016, el que ahora vale).

Entonces, las facturas de abril de 2016 hay que compararlas con precios más bajos. Lo mismo va a pasar en las comparaciones hasta julio. Recién desde agosto se va a comparar con el mismo esquema tarifario.

2-Tarifa de consumo reducido. Si el año pasado habías logrado reducir tu consumo más de 20% respecto a igual período de 2014, no te cobraban los precios de 2015 sino los más antiguos (vigentes 10 años atrás). Si la reducción de consumo era entre 5% y 20%, también pagabas menos, pero no tanto.

Si ahora no volviste a bajar el consumo, te aplican la tarifa plena lo que implica un incremento respecto al mismo período del año pasado.

3-Aumento de consumo. Este año, 2016, fue mucho más frío que el año pasado. Lo más probable es que hayas incrementado el nivel de consumo en metros cúbicos (m3), con lo cual, incluso con la misma categoría, vas a pagar más.

4-Suba de categoría. Siguiendo con el punto anterior, si por el aumento de consumo este año te pasaste a una categoría más alta, vas a pagar un precio mayor. Recordá que las categorías dependen de los m3 consumidos en los últimos 12 meses.

5-Tarifa social. El caso que podrías pagar menos es si ahora te corresponde la tarifa social y el año pasado no (recordá que los requisitos cambiaron).

CONSULTÁ. ¿Te corresponde la tarifa social?

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Por: comunidadpresupu-admin

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