Presupuesto

Dólares: cuáles son los requisitos para pedir las percepciones de 2015

20/06/2016

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La AFIP ya habilitó el trámite. Quienes no pagan impuestos nacionales tienen un procedimiento especial para solicitar el reintegro del 20% o 35%, pero deben estar al día con sus obligaciones.

Si en 2015 habías comprado dólares, viajes al exterior o habías realizado pagos con tarjeta fuera del país, y no pagás ni el Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales, seguro que estás esperando el momento para hacer el pedido a la AFIP de las percepciones de 20% o 35% que te cobraron.

Si es así, una buena noticia: a partir del 15 de junio de 2016, el organismo habilitó el trámite para pedir el reintegro a través del Formulario F 746/A, en la herramienta “Mis Aplicaciones Web”.

CONSULTÁ EL TRÁMITE. Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos

¿Cuándo se devolverá el dinero? En cuotas a partir de agosto. Cada pago tendrá un máximo de $ 6.000 y se irán abonando mes a mes hasta terminar el monto.

Las percepciones de 2012, 2013 y 2014 las podés seguir solicitando.

¿Qué hay que tener en cuenta?

1- No tenés que haber pagado Ganancias durante 2015. Si sos empleado en relación de dependencia no te tienen que haber descontando ningún mes, ni siquiera si luego te lo devolvieron. No importa si te empezaron a descontar en 2016.

2- Tampoco tenés que haber pagado, ni tenido que pagar Bienes Personales por el ejercicio 2015.  O sea, tu patrimonio no tiene que haber superado los $ 305.000 (según la valuación fiscal),  al 31 de diciembre último.

Si por el valor de tus bienes, tenías que pagar este impuesto, el vencimiento de la presentación fue en abril (o en mayo, en algunos casos). En este caso, la percepción por compra de dólares, pago con tarjeta o compra de viajes al exterior, se usa como pago a cuenta del impuesto. Si te sobra saldo, lo podés usar para cancelar otros impuestos más adelante, pero no lo podés solicitar por el F 746/A.

3-Si sos empleado y no pagaste ni Ganancias ni Bienes Personales, y tu sueldo bruto superó los $ 200.000 en 2015, tenés que presentar una declaración informativa, con saldo cero.

Esta es una obligación formal, si no la cumpliste nunca, la AFIP igual estuvo devolviendo las percepciones de los períodos 2012, 2013 y 2014. Ahora, no se dijo nada, pero es muy probable que lo solicite.

QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS. Trabajadores: presentación de Ganancias y Bienes Personales

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4- Si sos o fuiste monotributista no tenés que tener ninguna deuda. Si la tuvieras, tenés que cancelarla antes de pedir el reintegro (en caso contrario, la AFIP te va a obligar a regularizar la situación).

5- Poseer clave fiscal.

6- En cualquier caso, tenés que tener CUIT. Si ya hiciste el trámite para pedir la devolución por los períodos 2012 a 2014, ya está. Si no, lo tenés que gestionar,  con un turno web, en la AFIP.

7-Necesitás una cuenta bancaria a tu nombre e informar el CBU a la AFIP, a través de la herramienta “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social” (te adherís a través del Administrador de Relaciones con clave fiscal”).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

6 respuestas a “Dólares: cuáles son los requisitos para pedir las percepciones de 2015”

  1. Leo dice:

    Buenas noches!
    Una pregunta, como puedo solicitar la devolucion de la percepcion por compra de dolares durante 2015 si en ese año pagaba impuesto a las ganancias, pero en 2016 ya no por estar desempleado.
    Muchas Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leo, si pagaste Ganancias en 2015, las percepciones de ese período se deben tomar a cuenta de este impuesto y pedir la devolución a través de la Declaración Jurada (ya venció, aunque la podés presentar ahora). Saludos,

  2. marcela dice:

    buenas tardes:

    Que significa cuand o la afip informa en el estado de la devoluciòn en la presentaciòn del F746/A : (ESTADO NO VIGENTE 821-35) ???
    El perìodo reclamado es 2014-05 y la fecha de estado es 24-06-2016.

    Que debo hacer ???
    Muchas gracias !!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. ¿Lo habrás presentado? pareciera que quedara en borrador, sin enviar a la Afip. Slds.

  3. Sandra dice:

    Buenas tardes!
    Soy empleada en relación de dependencia, mi sueldo bruto supera apenas los $ 200000, nunca pagué ganancias ni bs personales, pero hice las ddjj de ambas informativas del 2014 en saldo cero. Ahora por el 2015, me correspondería sólo la ddjj de bs personales informativa. Mi consulta es sobre la devolución de la percepciónes de la compra de dólares en el 2015. Estas percepciones deben figurar en la ddjj informativa para su posterior devolución? O no es necesario?

    Desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sandra.
      No tenés que incluir las percepciones por compra de dólares en la ddjj informativa porque, si no, te va a dar saldo a favor y no lo vas a poder pedir por el formulario 746/A.
      O sea, no las incluyas y pedí las percepciones por el 746/A.
      Un saludo,

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