Impuestos

Una planilla para calcular el Impuesto a las Ganancias

30/12/2016

planilla-calculo-impuesto-a-las-ganancias

Con esta herramienta podrás estimar cuánto te correspondería tributar en 2017.

Calcular cuánto tendrías que pagar por el Impuesto a las Ganancias nunca fue simple pero los cambios desde 2013 lo hicieron casi imposible para cualquier persona. Pero, a partir de 2016, se volvió a la metodología originalmente prevista en la ley.

Por esta razón, en Mi Presupuesto, volvimos a publicar la Planilla de cálculo de Ganancias en Excel para ofrecerles una herramienta que les permita estimar cuánto debería ser, en forma aproximada, el monto a tributar por año.

Recordá que, en el caso de las rentas del trabajo personal, llamadas de 4° categoría (asalariados, jubilados y autónomos) para calcular el impuesto se debe tomar el ingreso neto (de aportes jubilatorios y obra social) y restarle las deducciones permitidas por ley.

MIRÁ: “Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias”.

Este monto es la base imponible sobre la cual se aplicarán las alícuotas, según una escala que va del 9% al 35% y sube a medida que aumenta el ingreso.

Cómo usar la herramienta

  • Descargá en tu computadora la Planilla excel para estimar el Impuesto a las Ganancias 2017.
  • Antes de usar la planilla hay que habilitar las macros, que son los que permiten utilizar los botones de “calcular”.
  • Completar el sueldo bruto y los aportes jubilatorios, a la obra social cuota sindical. O bien, se puede partir del sueldo neto, ya restados esos montos.
  • Recordar que los montos que están en la planilla son anuales. Para obtener los valores, en las casillas de “Sueldo Neto” o “Sueldo Bruto” hay que multiplicar el ingreso mensual por 12 (o por 13, para incluir el aguinaldo).
  • Completar los montos de deducciones: cargas de familia (cónyuge, hijos y otros familiares a cargo, ninguno tiene que tener un ingreso superior a $ 42.318 al año), servicio doméstico, intereses de créditos hipotecarios y otros. Consultá los Montos de las deducciones vigentes para 2017.
  • Ver el monto de la Ganancia neta imponible (casilla C32). Si es cero o negativo, ese ingreso no está alcanzado por el impuesto.
  • Si la ganancia imponible es mayor que cero, para calcular el impuesto a pagar, hay que ver qué monto arroja y poner el cursor y hacer clic en la celda pintada de gris que corresponda. Luego, presionar el botón Calcular de esa celda.
  • El resultado es el monto anual a pagar del impuesto. Para obtener el pago mensual, se debe dividir por 12 (o por 13, se si incluyó el aguinaldo). Recordá que este es un valor promedio para todo el año, pero no, necesariamente, es el monto exacto a pagar cada uno de los meses.
  • Cerrar la planilla sin guardar los cambios, así se puede utilizar sin problemas otra vez

[sam_ad id=»28″ codes=»true»]

Contenido relacionado

 

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

53 respuestas a “Una planilla para calcular el Impuesto a las Ganancias”

  1. Pablo Lanfranco dice:

    Buenos días, me fueron muy útiles las planillas para 2016 y 2017, incluso encontré errores en la liquidación que me corrijieron. Harán nuevas planillas para chequear el 2018 y 2019? Muchas gracias

  2. Rubén dice:

    El total de Retenciones por Ganancias en el 2016 es mayor al Impuesto Determinado, por lo que tengo un saldo a mi favor. En ese caso ¿debo pagar los anticipos durante 2017? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Te sugiero que te asesores con un contador para ver cómo hacer.

  3. JOSE FERNANDEZ dice:

    SOY JUBILADO DE LA PROVINVIA DE SANTA FE. A MI NO ME COINCIDEN LOS CALCULOS CUANDO UTILIZO CUALQUIERA DE LAS CALCUADORAS QUE APARECEN EN LOS MEDIOS. MI SUELDO BRUTO SON 38.507,36 Y ME DESCUNTAS DE GANACIAS 2.256,73
    eNRINCES AHORA QUE MI SYELDO SE FUA BRUTO 45.053 CUANTO ME VAN A DESCONTAR.
    NO TENGO CARAS DE FAMILIA, NADA PARADESCONTAR.
    aGRADECERE SU ATENCION, Y LE SALUDO CORDIALMENTE.

  4. Guillermo dice:

    Soy transplantado de médula ósea. Sé que existe la ley nacional del transplantado (Ley 26.928, Art.:9), ratificada en la provincia de Buenos Aires por ambas cámaras, en agosto de 2015, por cuanto no es exigible el pago total de ganancias 4ª categoría. Aún así me siguen descontando ganancias como a cualquier ciudadano sano ¿Me podrían indicar si saben algo al respecto? Según la AFIP, la deducción es para el empleador (¿?) Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Consultá con tu empleador porque no conozco en concreto esa legislación.

  5. Roberto Díaz dice:

    Si soy jubilado y ademas sigo trabajando en relación de dependencia, tengo que sumar los dos conceptos (sueldo y jubilación).
    tambien queria saber para el medio aguinaldo de junio/16, si estoy excento de acuerdo a los requisitos que se informaron en ese momento, puedo deducirlo. Iría en otras deducciones.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se suman los dos conceptos (cuando completes el Siradig, tenés que poner tu agente de retención y el otro ingreso lo declarás en «otros empleadores»).
      La exención del medio aguinaldo de 2016 rige sólo para el año pasado. No es lo mismo para 2017.

  6. DANIEL LUIS FORMICA dice:

    Si soy Empleado y al mismo tiempo – En otra actividad – Responsable Inscripto; ¿Como liquido Ganancias? y ¿Como hago la Declaración? ¿Son dos declaraciones? ¿Se unifica?

    • Paula Martinez dice:

      Tendrías que pagar por los dos ingresos pero el de autónomos iría por declaración jurada.
      Te sugiero consultar con un contador que te asesore.

  7. Muchas gracias! Excelente herramienta. Estos cálculos siempre son complicados. Gracias por el tiempo invertido en el desarrollo.
    Marcelo

  8. Luis Martinez dice:

    Tengo que liquidar Ganancias que ademas de su actividad agropecuaria es Juez; donde van los ingresos de sueldos que están exentos, y donde los gastos correspondientes a esos ingresos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero que consultes estos casos específicos a un contador.
      Esta planilla es una guía y te da un dato aproximado, no exacto.
      Si los ingresos están exentos no se incorporan y, si la actividad en relación de dependencia no se pueden deducir gastos

  9. Carlos Minghini dice:

    Estimada Paula
    Quiero informarle que Anses ya liquido febrero 2017 (aun no lo pago,ya que las fechas de cobro son hacia fin del mes) y que la retención de ganancias jubilado, DIO EXACTAMENTE LO QUE CALCULE CON VUESTRA PLANILLA EXCEL !!!.
    Me queda una pregunta : ¿cuando aumente la jubilación mínima (esto sucederá en Marzo 2017).tambien aumenta el minimo no mimponible de jubilados,es decir :NUEVA JUBILACION MINIMA X 6 =M.N.I JUBILADOS
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carlos,
      Qué bueno que te dio bien la planilla!!
      Tengo que aclarar que es una estimación anual y, como seguro no cobrás lo mismo todos los meses a lo largo del año, no va a ser exacto, pero tendría que ser una buena aproximación.
      Te aclaro que las deducciones que hay van a regir todo 2017 ya que Ganancias es un impuesto anual (si suben los sueldos, podrías pagar más de Ganancias).El próximo aumento que, por suerte, se estableció automáticamente por ley, va a ser recién el año que viene.
      La excepción es el caso de los jubilados, que se está ligado al haber mínimo (que sube dos veces al año). En este caso regirá de marzo a agosto y, en septiembre, vuelve a subir, no puedo saber los valores todavía porque no sabemos cual será el aumento.
      Un saludo,

  10. Oscar Marangoni dice:

    Soy jubilado, casado (no tengo esposa a cargo por ser ella jubilada) no tengo hijos a cargo mi sueldo bruto es de $37213 me descuentan $2062,97 de obra social y en este enero 2017 me descontaron $2858,64 de impuesto a las ganancias ( neto cobré $32291.73). Según el calculo que hago con la planilla descargada el impuesto seria de $1953.96.- Me podrán decir donde cual de los montos es el correcto. Desde ya muchas gracias.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Es que hay que sumar el aguinaldo. Multiplicá a tu sueldo por 13.

  11. Carlos Minghini dice:

    Hola Paula
    Muy buena la hoja de calculo y facil de calcular.
    La deduccion por cuotas medico. asistenciales que es el 5 % (max) de la ganancia neta , esta se refiere a lo ganado neto (deducidos los descuentos) o a la ganacia neta imponible?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      ME alegro que te sirva.
      La ganancia neta es deducidos los aportes y gastos, no se incorporan las deducciones porque si no sería la ganancia neta sujeta a impuesto. Slds.

  12. BENJAMIN FERNANDEZ dice:

    Hola mi inquietud es si se pueden seguir desgravando los siguientes conceptos:
    Monto pagado por gastos y honorarios médicos (hasta 40% de lo abonado)
    Cuotas de medicina prepaga (hasta 5% ganancia neta del ejercicio)
    Gracias por vuestra respuesta.

  13. Horacio dice:

    Es difícil de entender, en los medios se informó que un casado con dos hiijos menores tenía un MNI de 37000 mensuales no?? y los solteros de 28000 (27941) ahora en la planilla no se llega a esos valores porque???

      Ganancia no imponible $ 51.967,00
      Deducción p/empleados en relación de dependencia $ 249.441,60
    Cargas de familia (1)
    Cónyuge ($ 48.447) $ 48.447,00
    Hijos menores de 18 años ( $ 24.432 por cada uno) $ 48.864,00

    la suma de eso da 398720 y dividido 12 da 33227 ni no son 37000 mensuales

    • Horacio dice:

      Yo soy divorciado y con dos hijos hasta donde tenía entendido, mis deducciones eran; 27941 *12 + (24432 * 2) = $ 384156 este tenía entendido que era el MNI anual mio. Éste valor lo restaba del neto a cobrar, EJ:

      [sueldo bruto – ( Jubilación + Obra Social + INSSPJ + Cuota Sindical)- MNI]= Base Imponible por la cual tributaría

      Pero veo que no mi base imponible termina siendo de 350272.60 en lugar de 384156 esto hace que caiga a una categoría superior!!!

      • Paula Martinez dice:

        Hola.
        Si estás divorciado no podés deducir cónyuge, solo los dos hijos. A eso se suma la ganancia no imponible y la deducción especial para empleados (si es tu caso)
        No te guíes por los valores que dicen que es el MNI mensual porque es solo una guía.
        Fijate en esta nota cómo se calcula el Impuesto y te vas a dar cuenta (tiene valores viejos, pero el cálculo es así). https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-impuesto-a-las-ganancias/

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que se difundió en los medios es una simplificación, a la cual se llega con los valores que están en la planilla, que son los de la nueva ley.
      Además, son sueldos brutos y la suma de todas las deducciones es el sueldo neto.
      Si dividis 398.720 por 13 (se incluye aguinaldo) te da 30.670, que es el sueldo neto de 37.000 (se resta el 17% de aportes obligatorios). Con los solteros pasa lo mismo, sin contar cónyuge e hijos.

  14. Enrique dice:

    Se que es una pregunta tonta pero como no tengo idea del tema y deseo aprender pregunto: Este excel sirve para calcular lo que hay que pagar en Junio de 2017? es decir sirve para pagar ganancias de 2016 en el 2017?

  15. Carlos Minghini dice:

    Buenas Tarde
    La deducción «minimo no imponible» para solteros es distinto que para un jubilado
    Tengo las formulas para calcularlo
    En el caso de solteros es : 4330,5 $/mes
    En el caso de jubilados es :5963,6 $/mes

    Esto surge por que el MNI de un soltero se fijo en :27941 $/mes bruto.
    Para un jubilado el MNI (6 veces haber mínimo jubilatorio: 5661 $/mes) : 33966 $/mes bruto

    • Paula Martinez dice:

      Sí, es diferente. Fijate que en la planilla los valores son distintos.

      • Carlos Minghini dice:

        Gracias Paula
        La deduccion para los jubilados usted considero es $ 441.558,00.Mis calculos dan un poco menos 415.064,5 $/año.De todos modos son cifras parecidas. Con su deduccion , es mas favorable.(se paga menos impuesto)

        • Paula Martinez dice:

          Son 6 jubilaciones mínimas (de 5.661,16 por 13 meses).

  16. Angel Licursi dice:

    A un jubilado, se lo considera casado o soltero??, para el cálculo de ganancias?
    Muchas gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      La etiqueta de casado o soltero son ejemplos que se dan para simplificar.
      Cada persona tiene deducciones que puede o no hacer, según su situación.
      Tanto jubilados, como empleados o autónomos, el cónyuge se puede deducir solo si no tiene ingresos superiores a unos $ 50.000 anuales. Si cobra más (una jubilación o pensión lo supera) no se puede deducir, entonces, es como si fuera soltero.
      Slds

  17. Miguel dice:

    Hola quería saber si estoy exento de impuesto a la ganancia por tener a mi marido discapacitado

  18. adriana dice:

    Buenas noches, excelente informacion de la pagina, la verdad ha sido un caos entender todo esto, Ya que jamas pague ni realice algun tramite de estos. Trabajo en relacion de dependencia para el estado, y aqui en la provincia jamas realizaron los debidos informes y por ende descuentos. Resulta que al pedir devolución de Impuestos por viaje al exterior, me dice error ya que no genere ingresos en varios años, cosa que es totalmente incorrecta, xq tengo relación de dependencia. Que debo hacer?es muy tedioso o complicado?y debo contratar un contador?para poder declarar todos los años?Llevo trabajando 9 años. Jamas realice algo así. Actualmente con aumentos, el sueldo neto es de $22 mil, soltera sin hijos. Agradezco la información!!!Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Adriana,
      Te sugiero que, si no entendés cómo hacer los trámites, consultes a un contador. Es lo mejor para que vea tu caso particular y te asesore puntualmente para evitar errores o problemas. Slds.

  19. Fabrizio Sturlese dice:

    Hola soy jubilado de issn (Instituto de Seguridad Social del Neuquén) mi sueldo bruto es de $40321, con un descuento de ganancias de $5994. Mi pregunta, ¿está bien cobrado el impuesto? pregunto porque tengo mis dudas.Gracias.

  20. silvia dice:

    Hola,como se calcula cuando el sueldo es fluctuante por horas extras que se incluyen en la boleta?pueden descontarte despues de 8 meses todo junto?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Ganancias es un impuesto que se va acumulando mes a mes, es decir, en cada mes el empleador suma todos los ingresos del año y las deducciones y calcula el tributo hasta ese momento.

  21. analia dice:

    Hola, para base de calculo de ganancias ya no se toman mas en cuenta los sueldos de 2013?

  22. Patricio dice:

    Muy buena la pagina, hace rato que estaba buscando esta informacion no solo sobre ganancias si no sobre educacion financiera para la familia, felicitaciones por mantenerla tan actualizada.
    Una consulta, yo pagaba ganancias, fui beneficiado por el decrero 1242 y no pague hasta comienzos de este año donde volvi a pagar. En el interin viaje al exterior y por los gastos de 2014 recibi reintegro en estos meses «como si no pagara ganancias», es decir por deposito bancario a la cuenta que informe en el formulario 746. Por lo que ahora que vuelvo a pagar ganancias me pregunto como voy a recibir la devolucion de las retenciones hechas sobre mis gastos en 2015… eso se sabe? recibire deposito, me lo descontaran de ganancias mes a mes o recien en enero 2017? muchas gracias por toda la info!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Patricio.
      Gracias por el comentario y me alegro que te guste la página!
      Te cuento: las percepciones por moneda extranjera se devuelven por cada período fiscal.
      Si en 2015 no pagaste Ganancias ni Bienes Personales, podés pedir las percepciones del año pasado a partir de julio. Antes, tenés que cumplir con las presentaciones de las declaraciones informativas, si te correspondieran (mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/trabajadores-presentacion-de-ganancias-y-bienes-personales-2/ )
      Si empezaste a tributar en 2016, no hay ningún problema para que reclames lo de 2015 a través del 746

      • Patricio dice:

        Perfecto, muchas gracias, ya hice la presentacion hace unos dias, lo que sucede es que hice el reclamo de 2014 y 2015 juntos a comienzos de año y lo de 2014 lo puedo ver porque aparece como Presentado y ya fue devuelto, en cambio lo de 2015 no aparece de ninguna manera, espero que a partir de julio ya se pueda acceder a la informacion en AFIP para poder consultar su estado. Muchas gracias por el asesoramiento!.

        • Paula Martinez dice:

          Hola. Probablemente estén todavía los pedidos en borrador.
          Los tenés que presentar o generar de nuevo.
          Un saludo,

  23. LETICIA dice:

    Buenos dìas, pudeden publicar la tabla para calcular ganacias 2015.gracias

  24. Matias dice:

    Hola que tal, yo cobro mas de 30 mil pesos en mano, pero en mi recibo de sueldo viene el concepto A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS, y asi viene hace mas de 7 años. Mi consulta es que ahora me aumentaron el 20% y al parecer me siguen sin quitar Ganancias, puede ser que el calculo de ganancias se haga solo sobre el sueldo basico y no incluya el » A CUENTA DE …»? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No puede ser. Ganancias toma todos los ingresos. Salvo que el convenio colectivo de tu actividad, expresamente, deje algún monto exento del impuesto.
      Además, pueden no descontarte Ganancias si tenés muchas deducciones (hijos, empleada doméstica, crédito hipotecario, etc). No hay dos casos iguales en esto. Slds.

Deja una respuesta