Servicio doméstico

Servicio doméstico: cómo es el formulario 102/RT

07/04/2016

formulario-102-rt-servicio-domestico

Para ingresar los aportes y contribuciones a la seguridad social y a la ART, hay que usar un volante de pago diseñado por la AFIP, o bien generarlo a través de la web.

Se trata del Formulario 102/RT, que incluye en un solo monto el pago obligatorio a la obra social, la jubilación y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

¿Cuánto hay que pagar?

Desde el período junio 2016 (vence el 11 de julio), se incrementa el aporte a la obra social. Pasará de $ 233 a $ 419 por el titular y cada miembro del grupo familiar y el total, de $ 498 a $ 684.

A partir del período octubre de 2014 (vence en noviembre), los nuevos valores de los aportes obligatorios son los siguientes (ver valores para activos, jubilados y menores):

Horas trabajadas semanalmente TOTAL A PAGAR Aportes trabajador (obra social) Contribuciones empleador (jubilación) Cuota ART
Menos de 12 $ 176 $ 34 $ 12 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 252 $ 63 $ 24 $ 165
16 o más $ 684  $ 419 $ 35 $ 230

 

VALORES ANTERIORES. Cuánto es el aporte del servicio doméstico.

Una aclaración importante, los aportes y las contribuciones se pagan a mes vencido (en noviembre, el período Octubre, por ejemplo); pero la cuota a la ART es el mes corriente (se paga noviembre). El período que se coloca en los formularios es el mes vencido (en este ejemplo, octubre).

Recordá: Si la empleada trabaja menos de 16 horas semanales, para tener la cobertura de la obra social y de la jubilación tiene que ingresar todos los meses los $ 233 ($ 419 desde junio de 2016) y $ 35, respectivamente. La diferencia entre el aporte obligatorio y el total se paga como aporte voluntario a través del Formulario 575/RT.

CALCULAR SUELDO EMPLEADA DOMESTICA

¿Cómo pagar?

Hay tres opciones para abonar los aportes:

1-Por ventanilla, en un banco, Rapipago o similar, que cobren impuestos de AFIP. En este caso hay que imprimir los formularios (se puede completar en forma interactiva o a mano) y presentarlo para pagar.

Para los aportes obligatorios es el Formulario 102/RT; para los voluntarios o inicio de la relación laboral por la ART el Formulario 575/RT; y para el fin de la relación el Formulario 1350 (más abajo podés ver cuándo se usa cada uno).

2-A través de la página web de cada banco (Homebanking). En este caso, hay que elegir la opción “AFIP Doméstica Activa… “ por la cantidad de horas que corresponda. Los bancos permiten guardar el pago para no llenar los meses de nuevo los meses siguientes. (Es probable que esta opción tenga problemas en noviembre, hasta que los bancos actualicen sus sistemas informáticos).

3-A través del Volante Electrónico de Pago (VEP). Para esto, hay que ingresar en la página web de AFIP con clave fiscal, en el Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social, opción Personal de Casas Particulares; el mismo lugar donde dimos de alta a la empleada doméstica. Allí generamos el  Volante Electrónico de Pago. Luego, podemos pagarlo en el sitio de www.pagomiscuentas.com.ar o de LinkPagos; o en el Homebanking de nuestro banco. Aquí, la opción que tenemos que elegir es “Pago de impuestos AFIP (VEP)”, o similar.

EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para el servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

Pago de la ART – situaciones especiales

Si ya pagamos los aportes de la seguridad social con el formulario anterior (102B), la cuota a la ART hay que ingresarla en forma separada en el  Formulario 575/RT; en esta caso el período de imputación es Octubre de 2014 (aunque se está pagando la cobertura de noviembre, porque es el mes en curso). Códigos:  Impuesto: 786; Concepto: 932; Subconcepto: 932.

También podemos generar un VEP con el procedimiento que señalamos antes, en la opción “Casas Partic. Pago Alta ART”.

Al iniciar una nueva relación laboral hay que pagar ese mismo mes, solo con la cobertura de la ART (mediante el formulario 575/RT) y recién al mes siguiente utilizar el formulario 102/RT con el aporte completo.

Al terminar una relación laboral, se paga a mes vencido solamente los aportes y contribuciones a la seguridad social (no la ART). En este caso hay que utilizar el Formulario 1350, solo a través de la generación del VEP pero, previamente, hay que informar a la AFIP la baja en el Registro.

Vencimiento. Los aportes obligatorios vencen el 10 de cada mes (o el día hábil siguiente)  y los voluntarios, el 15.

Como dijimos antes, los aportes y contribuciones obligatorios corresponden al mes anterior y las cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo son las del mes corriente.

[sam_ad id=»28″ codes=»true»]

 Contenido relacionado

Formulario 102/RT

Formulario 575/RT

Formulario 1350

Aportes servicio doméstico AFIP y ART desde octubre de 2014.

Servicio doméstico: paso a paso para afiliarse a una ART.

-Cómo es el régimen de la ART para empleadas domésticas.

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

205 respuestas a “Servicio doméstico: cómo es el formulario 102/RT”

  1. Tanquenet dice:

    Hola, buenos dias. Queria consultar sobre el formulario 102RT de enero de 2021. El importe total de aportes y contribuciones es de 1743,11 mas o menos. Yo vengo pagandolo y no efectuo retencion alguna a mi empleada. La consulta es si es obligatorio hacerse cargo de todo el monto o lo que corresponde a obra social se puede retener?. Algo de eso habia escuchado anteriormente pero no me quedo claro. Y si se puede retener, importa el hecho de que ya se estuvo pagando? genera algun derecho para la trabajadora? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que corresponde a la OS es, según la normativa, «aporte del trabajador». Debería descontarse del recibo como se hacen los aportes en cualquier otro trabajo.
      Lo que no se puede hacer es reducirle el sueldo de bolsillo a la empleada.

  2. Norma Castillo dice:

    Hola necesito saber cuanto pagar x 4 hs x día de lunes a viernes, para cuidado de niños… Gracias

  3. MARIA| dice:

    HOLA, LA SEÑORA QUE EMPIEZA A TRABAJAR EN CASA QUIERE COBRAR A FIN DE MES TODO JUNTO. ELLA VENDRÍA DOS VECES POR SEMANA. EN EL FORMULARIO F 102 RT, DEBO PONER LIQUIDACIÓN MENSUAL O DIARIA? Y EN CANTIDAD DE HORAS COLOCO LAS QUE HACE POR DÍA O POR MES? GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El recibo es mejor hacerlo por mes, ahí ponés las horas que corresponden y pueden ser diferentes de un mes a otro.
      La cantidad de horas es la mensual, pero podés aclarar todo lo que quieras en las observaciones. Slds.

  4. noelia dice:

    Hola, necesito contratar a una sra que va a acompañar a una persona mayor (cat 4) solo por las noches 4 veces por semana, cuanto debo pagarle? llega despues de la cena y se va antes del desayuno, duerme en la casa. Gracias!!

  5. Romina dice:

    Hola trabajo solo 8 horas semanales mi empleador quiere ponerme en blanco quisiera saber cuánto es lo que me corresponde cobrar y si es por mes o por semana ya que eh estado leyendo y creo que con todos los descuentos que se me hace creo que no me conviene que me blanque desde ya espero su respuesta gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Que las empleadas estén en blanco no es opcional sino una obligación.
      Respecto a los descuentos, lo que cobres de bolsillo tiene que estar por encima de los salarios mínimos de convenio. Pero tené en cuenta que tambié nse pagan aguinaldo y vacaciones.
      Y es optativo que te pague por mes o por hora.

  6. Nora patricia rojas dice:

    Hola yo qisiera saber si me corresponde aguinaldo feriados y vacasiones si trabajo 3 veces a la semana 5horas y solo me dan la obra social.yo empece a trabajar el 8de agosto del 2013.muchas gracias me gustaria su respuesta.

  7. Lau dice:

    Trabajo mas 16 horas semanales cuidado de personas .mis empleadores pagan a la obra social. Desde este mes me aparecio que tengo os de empleados de comercio. Podria con esta derivar los aportes a una prepaga ( yo tengo medife )? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tendrías que ver si la prepaga tiene convenio con alguna obra social y derivar a esta. no podés poner los aporte en la prepaga directamente

      • Clara dice:

        Hola quería saber si es opcional la obra social y donde hay que dirigirse para el alta?

        • Paula Martinez dice:

          Hola, la obra social forma parte del aporte obligatorio y hay que pagarla si o sí (no se puede dividir el aporte).
          Para afiliarte, hay que ir a la obra social que elijas.

  8. Alicia Monza dice:

    Hola, quisiera saber qué me corresponde pagarle a la sra que limpia en mi casa. Ella ya es jubilada y decide seguir trabajando. ¿Debería pagarle solo ART? Gracias.

  9. Ruth dice:

    Hola me gustaría saber yo tengo q entregar el formulario 102 x maternidad a anses lleno con mis datos y de mi empleador , lo q no se si lo tengo q llevar a afip para q ellos lo firmen o pongan algún sello .?

  10. Javier dice:

    Buenas noches. la señora que va trabaja en mi casa lo va hacer más de 16 horas semanales me corresponde pagar 811 de aportes.de los 811$, 536$ corresponde a la obra social. La pregunta es, ella tiene obra social del marido. Igualmente tengo que pagar los 536$. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, el aporte obligatorio hay que hacerlo completo e incluye obra social. Slds.

  11. Ana Lia dice:

    en el form.1027rt en horas trabajadas semanales menos de 12 en importe estoy colocando $176 que importe debo colocar porque abonano el sueldo anual complementario.-
    Solicito urgente respuesta porque debo hacer el pago antes del dia 10.-

    • Paula Martinez dice:

      El aporte es igual todos los meses. no hay un proporcional del SAC

  12. Gloria Zamparini dice:

    Buen dia cual es el aporte que debo hacer sobre el SAC? en el f//Rt

    • Paula Martinez dice:

      No hay aporte sobre el SAC porque es un monto único por mes.

  13. daniel dice:

    Hola, en mi caso pagué vía el F817 la mora que tenía con la ART. Como puedo re-imputar correctamente el pago? Debo presentar un F399? Gracias!

  14. flavia dice:

    hola tengo un problema registre a la niñera el 25/04 con la intencion de comenzar en mayo pequise anular el registro y que fuera a partir del 02/05 pero ahora me salta como que debo los aportes y demas de abril tambien cuando la chica comenzo en mayo. No se como modificarlo. Que debo hacer? Otra en el seguro ART me piden q ya pague el mes de mayo y tengo q presentar el recibo de sueldo que todavia no se liquidaria hasta fin de mes. Es asi? muchas gracias

  15. daniela dice:

    Hola. Hasta marzo la niñera trabajo mas de 16h semanales. Desde abril pasó a trabajar menos de 12h. Debo avisar o registrar el cambio? O directamente realizo un aporte menor?

    • Paula Martinez dice:

      Tenés que modificar la relación laboral en la página de la Afip.

  16. Daniela dice:

    El sueldo a pagar es $7900 y tengo 684 de aportes y contribuciones. La parte de aportes $419 se la debo descontar del sueldo? Como hago el recibo? Por el sueldo neto ya descontado?

    • Paula Martinez dice:

      Eso sería lo correcto, pero nunca debería cobrar de bolsillo menos que el mínimo

  17. Flaca dice:

    Hola. Mi duda es: cuando calculo cuánto es el sueldo mínimo de una empleada doméstica con la calculadora, da por ejemplo $3300. Pero además de eso yo tengo que pagar $684 más de los aportes???? O ya me calcula con los aportes incluidos? Cómo es?

  18. Valeria dice:

    Hola soy niñera y hice el cambio de obra social y me pase a la de Maestranza y en la obra social para adherir un familiar me pidieron que vaya a afip para que ingresen los datos de la persona que voy a adherir,pero en afip me dijieron que no pueden tramitar nada ellos que le corresponde a mi empleador porque no soy monotributista y mi empleador Dice que no sabe que es lo que tienen que hacer..mi consulta es la siguiente como puedo hacer para hacer dicho tramite?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Lo tenés que hacer por el formulario 575/RT. Una vez que pagás, tenés que ir a la obra social para adherirlo.

  19. gabriela liendo dice:

    hola buenas tardes, tengo mi empleada que esta embarazada y de anses me solicitan el formulario 102/B, yo pago las contribuciones desde el pago volante VEP, por hombanking de banco nacion. al formulario me solicitan de anses que sea llenado por computadora, o seaa online, pero no logro hacerlo, solo me lo imprime vacio. cual sera la pagina para llenar dicho formulario? muchas gracias

  20. Franco dice:

    Buenas tardes,
    en 2015 no pude pagar un par de aportes de mi empleada domestica, y desde el sitio web de la AFIP no me dejan generar el VEP, solo puedo ver en el PDF Archivo Historico que no se hicieron estos aportes.
    Como puedo hacer para regularizar esta situación?
    Gracias!

  21. Karina dice:

    Hola quisiera saber cuál es mi sueldo por 32 horas semanales ,estoy trabajando en blanco ,gracias

  22. liliana graciela thelma dice:

    trabajo ocho horas semanales desde agosto ,,recien ahora me van a blanquear por que segun ellos no saben hacerlo ,,quiero saber si tengo que pagar algo de mi bolsillo y cuanto ,si tengo derecho a la obra social y si me corresponde el salario familiar de mi hija discapacitada ya que soy unico sosten de familia y ella cuenta con una pencion graciable de $700 espero respuesta gracias

  23. Dante Colecchia dice:

    Buenas Tarde:
    Una familia amiga tuvo una empleada domestica hace veinte años, y hoy en día, está cerca de jubilarse y quiere pagarle los años de aporte que trabajo con ella, fui personalmente a la Afip de mi provincia, y me dijeron que hacerlo mediante el F-102B, podrían orientarme cómo hacerlo, para no cometer errores que en vez de ayudar, entorpezcan, en el futuro.
    Desde ya, muchas gracias

  24. Fla dice:

    Hola buen día,

    yo tengo una empleada que viene 12 horas semanales, cuanto debo pagarle? que pasa cuando no viene se descuenta o debo siempre pagar la totalidad aunque no venga.-?

    • Paula Martinez dice:

      Cuando no se trabaja, se descuentan los días como en cualquier empleo

  25. Victoria Fiore dice:

    Buen dia!! no entiendo como calcular la diferencia de aportes cuando el trabajador se registro por menos de 12hs semanales. Ya que la ley dice la diferencia hasta llegar a 35 (PBU) y la diferencia hasta llegar a 33 (permanencia en SIPA). A ello debo sumarle la diferencia entre 34 y 419? Creo que hay algo que estoy tomando 2 veces… Espero que me puedan ayudar!!!! gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      No tenés que tomar los 33.
      Los aportes previsionales tienen que llegar a $ 35 (pagás la diferencia) y a la obra social, hasta $ 419 (también la diferencia). Lo otro no lo tengas en cuenta.
      Slds.

  26. Andrés Burgos dice:

    Hola tengo una empleada con la categoría F.1027 trabajador jubilada ¿le corresponde araguinaldo? Gracias espero su respuesta.

  27. Bernardina dice:

    Buenas noches, tengo una empleada domestica que trabaja 2 veces por semana 4 hs cada dia, un total de 8 hs semanales, cuanto es el aporte? Espero respuesta. Muchas gracias.

  28. Sofia dice:

    Buen día.
    Tengo una duda con el tema de cuándo se debe usar el formulario 575.
    Si la vigencia del contrato de ART comienza en agosto, por qué no se abona en agosto con el 102RT?
    ¿Pago los $230 de ART con el 575 y lo imputo a julio? Y en septiembre, si uso el 102RT no estaría pagando el mes en curso (septiembre)? Cuándo pago el periodo fiscal de agosto entonces?
    Desde ya, muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La ART se paga a mes en curso, por eso tenés que usar el 575/RT, como dice en la última parte de esta nota.
      Cuando pagues el mes que viene, marcá período agosto (son los aportes a la Afip), aunque en realidad la ART corresponderá a septiembre.
      Saludos,

  29. Martina dice:

    Porque no funciona la calculadora para obtener el sueldo?

  30. Adriana dice:

    Hola Paula,
    Dí la baja de mi empleada doméstica en el período 07/2016 con el formulario 1350 pero antes de eso (por error) pagué el aporte con el F102RT por el mismo período, es decir lo pagué dos veces. Como puedo hacer para recuperarlo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Adriana,
      Se pueden reimputar pagos ingresando con clave fiscal en la herramienta Cuenta Corriente Monotributista y Autonomos (CCAM).

  31. lara dice:

    Hola queria saber q pasa siyo tomo licencia por maternidad y cuando debo reincorporarme justo para casii fin de diciembre….y decido no seguir trabajando….q pasa….cobro algo despues de casi 5años ymedios detrabajo enblanco,o presento renuncia y no me corresponde ni aguinaldo…………

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si renunciás te tienen que pagar un proporcional del aguinaldo por el tiempo trabajado y las vacaciones del año. No corresponde indemnización por antigüedad.

  32. ZULEMA dice:

    Hola Paula,
    Tengo varias dudas. Bueno en el caso del pago por hora tengo un importe y mensual otro según escala. Cuando utilizo o hasta cuantos días por semana pagaría en valor hora, pq Tengo un caso que una empleada q trabajaría lun a vie 8hs (40hs semanales) que utilizo el básico mensual de 4ta categoría o el valor de la hora ?. Es bastante la dif entre aplicar hs o mes.
    En caso que realice recibos semanales y una semana solo tenga 2 dias y los otros 3 dias corresponda a el mes siguiente ¿Que periodo coloco en el formulario 102 rt ?

    Gracias Zulema

    • Paula Martinez dice:

      Hola, si trabaja 40 horas semanales tendrías que pagarle el sueldo mensual mínimo.
      resLos recibos los tendrías que hacer mensuales, con el monto correspondiente
      Slds.

  33. Hola Paula, por error pagué um mes de más en la ART y ahora no sé cómo hacer para pagar por un mes solamente los aportes y contribuciones para recuperar ese mes pagado de más. Gracias por tu ayuda.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ana.
      En la página web de la Afip, podés entrar con tu clave fiscal en CCMA – CUENTA CORRIENTE DE CONTRIBUYENTES MONOTRIBUTISTAS Y AUTONOMOS.
      Esa herramienta te permite reasignar montos acreedores a otros pagos. Ahí te va a salir si está bien pagado o no (no me queda muy claro cómo hiciste un pago a la ART separado del resto?). Slds.

  34. Diego dice:

    hola Paula:
    para completar el formulario 575/RT, entiendo que en la parte de III OBRA SOCIAL, hay que completar la diferencia a pagar entre lo aportado entre todos los aportes de distintos empleadores y el pago minimo… eso iria en «DIFERENCIA DE APORTES Y ADHERENTES»,
    esto es correcto???
    la otra consulta es si hay que agregar el aporte a la Obra Social por un hijo….
    en donde y de cuanto seria ese aporte???
    desde ya muchas gracias

  35. mabi dice:

    Hola Paula, Vos sabes que pague en Pago Facil el 1/7 el nuevo aporte para JUNIO, x pago facil como hago siempre. Pero en el ticket la apertura de items no se corresponde con lo publicado en tu pag. y en AFIP inclusive. Por ejemplo rubro de obra social dice 320,04, y ART 328,96, La contribucion quedó en $35. EL total coincide (684), pero me llamo la atención esta apertura de os valores, Hice el descuento de aporte en el recibo de 320,04 como decia el ticket, pero me parece que esto no está bien. No se como se arregla y si se me genera algun inconveniente. Nadie me puede indicar que hacer.. No se si alguien mas lo comentó. gracias por todo.

  36. Jorge Bezzi dice:

    Hola:
    Como hago el formulario 102/RT con los nuevos aportes si todos los modelos que obtengo por la web (incluido el de AFIP), traen los antiguos valores impresos?.
    Por ej. mi empleada que trabaja menos de 12 horas debiera decir 176$ en los primeros valores y todos tienen 161$ como era antes… (y no se pueden corregir).
    Gracias

  37. Ana dice:

    Buenas tarde yo quisiera saber cómo calcular el sueldo que me corresponde.y como saber si mis patrones me pagan lo que me corresponde.yo trabajo las 8hs diarias de lunes a sabado..gracias

  38. gaby dice:

    Queria saber donde encuentro el formulario actualizado con los nuevos aporte para julio y como se paga un mes vencido gracias

  39. mónica simonetti dice:

    Buenas tardes. Quise completar hoy el formulario 102 RT correspondiente a junio pero no cambiaron aún los montos de las obligaciones a pagar y mañnaa es fin de mes. El cambio se verá reflejado recién a partir del día 1/7?
    Muchas gracias.

  40. Mario A. Rivero dice:

    Buenas tardes, quería saber como hago para poder abonarle a la empleada de casa de familia la obra social art. y jubilación ya que no entendí si lo abono yo o lo abona la empleada. muchas gracias

  41. ADRIANA MONICA DUGHERA dice:

    BUENAS TARDES ME GUSTARIA SABER CUANDO CAMBIAN LOS VALORES PARA EL FORMULARIO 102RT, YO DE 12 A MENOS DE 16 HS.VENGO PAGANDO 224 Y ME DIJERON DONDE LO PAGUE Q AUMENTA.YA ESTAN LOS NUEVOS VALORES?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sube para el período junio, que vence el 10 de julio (o sea, por este mes siguen los mismos).

  42. gisela martinez dice:

    Hola buenos días quería preguntar cuanto es el monto que debería estar cobrando si trabajo de lunes a sábado de 7:00 am a 17:00 y feriados tambien ago limpiez y planchado cuido una nena especial cocino y me están pagando al rededor de 3000.

  43. grisel dice:

    puedo contratar una empleada para que trabaje en domicilios particulares?como se declara?gracias

  44. José Luis Dolfi dice:

    La Empleada doméstica esestá en actividad y es mayor a 18 años. Trabajo en tareas de limpieza menos de 12 horas por semana. Hasta Mayo-2016 continuaré abonando a AFIP
    $ 161 Total en F.102RT correspondientes a
    $ 19 (que los afronto sin descontárselo) por Aportes,
    $ 12 por ContRibuciones y
    $ 130 por A.R.T.
    A su vez, ella abona a través de F.575B las sumas de
    $ 23 Contribución de Seg. Social – Diferencia de Contribuciones y
    $ 214 Obra Social – Diferencia de Aportes y Adherentes con lo que ella aporta en total $ 237,- repito todo será Mayo próximo puesto que en junio se aplica nuevas escalas. Pregunto: estos importes que abono (tanto propio como edl los dados por la empleada) al momento son correctos. Aguardo su respuesta y agradezco profundamente su atención.

  45. silvana dice:

    hola quiero sacar un credito en efectivo en comercio como credito argentino o bancos y no me dan porque? donde puedo ir.

    • Paula Martinez dice:

      Puede ser por muchas cosas, porque no tenés ingresos suficientes, o porque estás en una base de datos de morosos.
      Te sugiero no endeudarte en cualquier financiera porque los intereses son carísimos.

  46. Ines dice:

    Buen dia , nosotros somos una empresa que queremos efectivizar a la empleada domestica . AL momento esta trabajando 9 horas semanales La consulta es si los tramites a seguir son igual al de empleados de casas particulares Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Inés,
      El régimen del servicio doméstico es solo para personas físicas. Los empleados de empresas deberían estar en el convenio de limpieza. Saludos,

  47. Carmen mojica dice:

    Soy empleada domezt y no me atienden en la obra social x q dicen q el monto q les llega no alcanza para asistirme necesito saber cuanto tengo q pagar adicional ya q elegí la obra social de farmacia

  48. Lucila dice:

    Hola, yo queria saber como hacer bien para poner a mi niñera en blanco!?

  49. magdalena dice:

    Hola, mi empleada empezo su licencia por maternidad el 23/10/15. Corresponde realizar todos los aportes y contribuciones y art? o solo de forma proporcional? en el caso de los meses en que la anses le paga el sueldo (asignacion) completo, corresponde pagar esto?
    muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Los aportes no se pagan proporcionales, es el mes completo. Los meses completos que está de licencia no le tenés que aportar. Slds.

  50. Morero Ivana dice:

    Buenos días cómo debo hacer para que mi empleada pueda agregar a su hija de 6 años a la obra social?, queremos pagar para que ella también tenga obra social y no encuentro el procedimiento para hacerlo. Agradecería si me lo envían a mi correo o me indican donde buscarlo. Saludos

  51. Juan Pablo dice:

    Hola Paula, ¿porque razón algunos meses cuando hago la presentacion en el SIRAGID, de la empleada domestica del 102rt y recibo de sueldo etc., no me lo toman como descuento para el impuesto a las ganancias?.
    Quiero decir, hago las presentaciones (pago por adelantado todo) y cuando mi agente de retención (que es mi empleador actual) recibe y da lectura para pagarme el salario de ese mes, el impuesto que me cobra el estado no se ve modificado por las presentaciones de AFIP.

    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan Pablo. Consultá con tu empleador para ver si está todo OK, porque debería tomarlo automáticamente.
      También puede pasar que las deducciones se compensen con algún aumento que hayas tenido. Slds.

  52. evelina dice:

    mi empleada tiene obra social por su marido. quisiera saber como tengo que hacer para pagar sin la obra social. muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      El aporte obligatorio según la cantidad de horas de trabajo semanal no se puede desdoblar (incluye la obra social). Si trabaja menos de 16 hs. le pagás solo lo obligatorio y el resto no. Slds.

  53. Esther dice:

    Necesito que me indiquen como debo hacer para cambiar la cantidad de horas que trabaja la empleada domestica, es decir se como hacerlo en el recibo, pero para que quede registrado en afip?
    Espero respuesta
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Entrá en la página de AFIP, con clave fiscal, en la parte de «personal de casas particulares», seleccioná la opción 3, relaciones laborales.
      Te va a mostrar todos los datos de tu empleada y la relación. A la derecha hay unos íconos muy chiquitos, seleccioná el que dice «modificar el alta» y ahí hacé los cambios.
      Slds.

  54. pamela dice:

    Hola mi duda es q pasa si me atraso con los aportes y contribuciones de mi empleada la última vez q pague fue en noviembre del año pasado como hago para ponerme al día con el pago o directamente se da la baja automáticamente .gracias

  55. Como me puedo comunicar con la rt

  56. ana dice:

    buen dia ,
    todos los meses pago rigurosamente F102/RT….me llego un aviso que no estaba abonado el periodo de junio….lo verifique y es tal cual, se me pasó….ya pague el periodo pero en el banco no estan pudiendo encontrar como cobrarme los interes resarcitorios que corresponde para tener las cosas en orden y la verdad es que no se como hacer. En el mismo F102/RT Me podrian asistir con la informacion en el RUBRO II F.1029 segun me informo el contador puso el monto calculado de el interes resarcitorio que calculó la pagina interactiva de la AFIP , pero en el banco no logran encontrar la forma de volcar eso y cobrarmelo….mee podrian asistir ?…
    Desde ya muchas gracias !

    • Paula Martinez dice:

      Ana, tenés que generar un VEp a través de la página de AFIP. Pudiste solucionarlo?

  57. roxana dice:

    hola no pude realizar los aportes correspondientes desde el mes de abril. como hago para pagar ahora todo junto. realizo un formulario mes a mes? y con la ART como me manejo?

  58. Cintia dice:

    Hola, Estoy por dar de alta una empleado y va a trabajar 12 horas semanales y deberia pagar en total de aportes $ 224 ($ 35 Obra Social, $ 24 Jubilacion $165 ART) pero despues dice que si la empleada trabaja menos de 16 horas semanales, para tener la cobertura de la obra social y de la jubilación tiene que ingresar todos los meses los $ 233 y $ 35, respectivamente. El pago de esta diferencia es obligatorio?

    • Paula Martinez dice:

      No, son aportes voluntarios. Los puede hacer la empleada si quiere tener la obra social y para que le computen ese mes como aporte para la jubilación (no hace falta pagar los dos rubros, puede ser uno solo).

  59. Graciela dice:

    Hola Paula,
    la persona que trabaja en mi casa lo hace 3 veces por semana, 14 horas semanales y cobra por semana, la consulta es: en el formulario 102/RT en modalidad de liquidación que debo poner??? y en cantidad de horas??? y como se calcula el sueldo básico???
    Si el mes tiene 4 semanas (4 semanas/mes x 14 hs/semana = 168 hs. /mes), y si tiene 1 día mas como es el caso de Enero 2015, como lo incluyo???
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Graciela, en modalidad de liquidación va diaria, y la cantidad de horas debe coincidir. Si el recibo es mensual, poné el monto total que le pagaste efectivamente todo ese mes. Mirá una de las últimas notas sobre cómo realizar el recibo de sueldo. Slds.

  60. Rocio dice:

    hola hoy fui apagar los aportes al banco (05/02/2015) y el cajero me dijo q el aporte subio a 224 mensual ( mi empleada trabaja menos de 12 horas semanales) , es asi ? a partir de este mes sera esa la suma a abonar? desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Rocío. Desde octubre, el aporte para menos de 12 horas es de 31 pesos a la AFIP más 130 a la ART, un total de 161 pesos.

  61. Geraldine dice:

    Hola que tal, me encanta tu pagina!!!! leo todos los articulos de mi interes y la verdad es que son utiles, consulta…. tengo empleada domestica, 18 horas semanales. a partir de enero deberia abonarle $33 la hora siendo la remuneracion al mes de $2376 por las 72 horas trabajadas. Es correcto liquidarle por hora?. debo indicar en el formulario trabajo por hora entonces por mas que detalle el total abonado mensual?
    Por otra parte, cuanto le corresponde de vacaciones, hace mas de 10 años que trabaja.
    Aguardo comentarios

    Muchas Gracias y Saludos

    • Geraldine dice:

      me refiero a cuanto le corresponde de vacaciones en dinero no en plazo.

    • Paula Martinez dice:

      Geraldine, me alegra que te guste la página!
      Por esa cantidad de horas, es más conveniente pagarle en forma mensual, con un proporcional del sueldo completo (como mínimo). De todos modos, como es algo que no está establecido es opcional.
      Las vacaciones por más de 10 años es de 28 días corridos (el monto es el que corresponde a ese período). Slds.

  62. Daniela dice:

    buenas tardes que monto se debe pagar de ART una empleada que trabaja 12 horas semanales??

  63. anabella dice:

    HOLA, SI HAGO EL RECIBO POR VIA WEB, EL RECIBO DE SUELDO QUE IMPRIMO
    LO DIVIDO EN DOS? O HAGO DOS COPIAS.. UNA PARA LA EMPLEADA Y OTRA PARA EL EMPLEADOR? MUCHAS GRACIAS!

    • Paula Martinez dice:

      El recibo viene separado para que lo cortes a la mitad. Slds.

  64. Daniela dice:

    Hola queria saber bien si la art la paga el empleador o la empleadaa ? a quien le corresponde pagar de su bolsillo ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniela,
      La ART es una cobertura del empleador y la tiene que cubrir este.
      Slds.

  65. yanet dice:

    CONSULTA: tengo q pagar desde abril a dic los domèsticos, como hago para pagar sin Art los meses que no corresponden?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Yanet,
      Podés generar los VEP o usar el formulario 102/B, te permite cargar períodos anteriores a octubre.
      Slds.

  66. Paula Perez dice:

    Hola Paula, aun no he inscripto a mi empleada doméstica a ninguna Art, como debería hacer? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Paula.
      Fijate si te inscriben en una ART y paga la cuota mensual.
      Slds

  67. stella dice:

    hola, soy empleador de un personal de casa particular, que trabaja 5 horas mensuales, yo como empleadora que tengo que pagar? ella como empleada que tiene que pagar? porque leo y no encuentro puntualmente la seguridad en la respuesta… yo nunca pague nada, le pagaba el formulario a ella, como cortesia

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La ley incluye a las empleadas que trabajan en forma regular y habitual en una casa; si lo hace solo cinco horas al mes y no tiene regularidad semanal, le pagarías por hora, pero no estaría dentro de este régimen (en realidad, ella debería ser autónoma o monotributista).
      Slds.

  68. Jimena dice:

    Hola Paula, muchas gracias por la información del blog!
    En noviembre pagué equivocadamente con el formulario 102B en lugar de hacerlo con el nuevo 102RT, con lo cual no estaba incorporado el pago a la ART. Luego pagué con el formulario 575/RT el rubro IV-cobertura aseguradora riesgos de trabajo, concepto 932 subconcepto 932 el importe de $230, pero en el período del formulario 575 puse el mes 11 porque pensé que como se paga a mes corriente la ART correspondía así, luego me enteré que debería haber puesto mes 10.
    Qué puedo hacer ahora? Cuando pague el mes de noviembre con el 102RT me va a imputar doble el pago de la ART?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jimena,
      Te sugiero volver a pagar diciembre con el 102B. y abonar la ART de noviembre nuevamente.
      Slds.

  69. Fogra dice:

    No puedo pagar por Vep el aporte por adeherente, no me deja poner el mes de octubre ni de noviembre solo puedo pagar hasta septiembre, que estoy haciendo mal?…por favor ayudaaa!!

  70. mabi dice:

    Hola!,
    He leido por alli de una libreta de trabajo para personal domestico… Esto era una norma vieja sigue vigente?
    La chica que trabaja en casa siempre estuvo en blanco , pero me dijo que nunca la saco.Le tengo que pedir que la haga?
    gracias. Mabi

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mabi.
      La libreta era una exigencia del régimen anterior pero nunca se derogo. Sigue vigente pero la ley actual no la exige y creo que el Ministerio de Trabajo no la está entregando. Es decir quedó en una zona gris.
      No le corresponde al trabajador sino al empleador.
      Slds

  71. Alfonso dice:

    Mi padre que tiene 85 años no pudo pagar HOY con el formulario 102 RT porque ni el correo argentino, ni los rapipagos ni el banco le recibieron el formulario porque no tienen cargada la nueva modalidad para el cobro ni tampoco saben cuando se podrá cobrar el F-102RT o el que inventen

  72. Sandra dice:

    No puedo generar el VEP de pago voluntario F575, alguien me puede ayudar? Saludos, gracias.

    • Juan dice:

      Sandra pudiste solucionar esto? yo tampoco lo puedo cargar y no encuentro la solucion. Gracias

      • lucia dice:

        Yo tampoco puedo alguien pudo por favor me comentan como? gracias!

        • Paula Martinez dice:

          Hola Lucía,
          Probá generando el VEP a través de la página de AFIP y luego pagando desde la página web de tu banco o de pagomiscuentas. A mí me funcionó esta forma (no pude pagar directamente de la página de mi banco como antes).
          Slds.

  73. Oscar dice:

    Hola, sigo sin poder pagar el 102RT de Octubre. Alguna sugerencia? Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Oscar,
      Deberías poder generar un VEP a través de la Página de Afip y después pagarlo por homebanking o pagomiscuentas.
      Slds.

      • Daniela dice:

        yo tampoco pude pagar. Si genero el vep, pero luego en pagomiscuentas me dice error, que no encuentra el vep

        • Paula Martinez dice:

          Hola Daniela,
          Fijate si estás buscando con el CUIL de la empleada.

  74. Ariel dice:

    como puedo ver que ART se asigno de oficio, luego del aporte realizado a traves del VEP

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel,
      Supuestamente, la ART se va a comunicar con vos. Igual, tengo entendido que todavía no se realizó la distribución.
      slds.

  75. Marcela dice:

    Hola Paula, yo no me afilié a ninguna ART pero pagué los $161, supuestamente me han asignado una? o tengo que buscarla yo? Como puedo averiguar esto? Gracias por tu ayuda que siempre nos orienta! Saludos!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      Supuestamente por estos días van a hacer la distribución de la gente que no se afilió entre las ART disponibles. La ART tiene que informarte.
      Slds.

  76. Agustina dice:

    Buen día.
    Tengo una confusión con el tema del mes vencido y el mes en curso. Entiendo que, según lo que estuve leyendo en los comentarios y la nota, si yo ya tenía a la empleada en blanco y venía pagando los aportes y contribuciones, entonces en Noviembre sólo pago el importe ART a través del f575 (colocando el mes Octubre para que me lo tome bien la AFIP). Pero qué pasa si tengo recién ahora una empleada y la pongo en blanco en Noviembre y quiero pagar aportes, contribución y ART? Pago todo junto con el 102RT, no? Qué período hay que poner en el formulario si de los aportes estaría pagando Octubre (porque es a mes vencido) y de la ART Noviembre? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Agustina,
      Este mes (vence el 28/11) tenés que pagar los aportes y contribuciones de octubre (a mes vencido) más la ART de noviembre (mes en curso). Lo hacés con el 102/rt. Si por casualidad pagaste sólo los aportes, la diferencia de la ART la pagás con el 575, pero si no habías pagado los aportes, aboná todo junto.
      Los meses siguientes, es igual.
      En cualquier caso, lo que vence ahora hay que poner período 10/2014.
      Slds.

  77. Vanesa dice:

    Hola:
    A prinicipios de noviembre pagué los aportes de octubre con el F.102/B. Si entendí bien, ahora con el fomulario F. 575/RT tengo que pagar el importe de la ART…
    la primera pregunta es: ¿Coloco mes 10 (es decir octubre) o coloco 11 (novimebre) en «periodo»?
    la segunda: en diciembre usaré el F.102/Rt pagando las dos cosas juntas. ¿Es así?
    Por último, realizo el pago aunque no llegué a contratar una ART, no?

    Muchas gracias!! Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Vanesa
      Tenés que poner mes 10 (eso respondió afip en una consulta, pese a que la ART es de noviembre).
      Desde el próximo mes, pagas todo junto en el 102RT.
      Todavía podés contratar una ART. Si no lo hacés y pagás, te la asignan de oficio.
      Slds.

  78. Carlos dice:

    Hola, te molesto porque desde hace unos 4 ó 5 días estoy intentando generar el VEP y solamente me lo genera con Aportes y Contribuciones, es decir, no me incluye la cuota ART ni ninguna opción para agregarla.
    Te comento que nunca realicé pagos a través de formularios, sino que los hice a través del VEP, y nunca he tenido inconvenientes.
    Agradezco tu respuesta.
    Carlos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carlos,
      No se qué podría pasar, estarás poniendo bien el mes 10? (yo lo hice y otros conocidos también, sin problemas).
      Si no, probá hacerlo en forma manual con el 102RT, o a través del homebanking.
      Slds.

  79. Guillermo dice:

    Y la última pregunta (por ahora 🙂 ) El formulario 575RT lo tiene que firmar la empleada? porque no vi ningun lugar donde pueda hacerlo. O se imprime y se guarda?
    Gracias,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      No, porque es un formulario para pagar a la AFIP, no es como el recibo de sueldo.
      Slds.

  80. Guillermo dice:

    Hola Paula, otra consulta, a los efectos de descontar ganancias en Siradig, la ART cuenta como Contribución, como retribución o no debemos tomarla en cuenta?
    Gracias,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      El pago de la ART no es una contribución.
      Sólo se pueden deducir:
      a) Contraprestación de los servicios prestados;
      b) Contribuciones patronales.
      Slds.

      • Guillermo dice:

        Gracias Paula, para confirmar, en Siradig si cargo lo que pago de sueldo + 233 de aporte como retribución y 35 como contribución. Correcto? La ART entonces quedaría fuera.

        • Paula Martinez dice:

          Hola guillermo,
          En realidad el aporte no lo tenés que incluir (se supone que se lo descontás del sueldo), sólo la contribución y la ART no.

  81. SUSANA dice:

    YO PREGUNTO QUE HAGO SI YA PAGUE LOS 59 PESOS DE ESTE MES QUE ME CORRESPONDIAN? PAGO LA DIFERENCIA????? me pueden contestar? GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Susana,
      La diferencia la tenés que pagar con el formulario 575/RT. Fijate que en la nota se explica cómo.
      Sld.s

  82. Paula Martinez dice:

    Estimados,
    Para todos los que tuvieron problemas para pagar el aporte de noviembre, la AFIP acaba de anunciar que el vencimiento se prorrogó hasta el 28 de este mes.
    slds

  83. Marcela dice:

    Hola, ayer fui a pagar el 102 b y me olvidé que ya había terminado el plazo para inscribirme en una ART, me cobraron igual el monto de 161 pesos, como tengo que hacer ahora? ya me asignaron una ART?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      todavía podés afiliarte y la cobertura va a regir desde ese día. Si no tenés que esperar que te asignen la ART. Según dijeron, la aseguradora se va a comunicar (no sé cuándo será).
      Slds.

  84. guillermo dice:

    Ya hice los pagos de aportes y ART. como sé que ART le tocó?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      Si no te afilias a ninguna, la ART designada te va a avisar. El tema es que no dijeron cuándo se va a hacer la distribución.
      Slds.

  85. Julio dice:

    Hola Paula, soy Julio, una consulta, genere el VEP, ingresando con mi clave fiscal, me genera el comprobante, pero cuando voy a consulta de VEPs generados, no aparece en los pagos pendientes ni tampoco en los pagos a realizar en mi cuenta bancaria, consulte en la AFIP y ellos tampoco saben a que se debe esto, desde ya, agradecido por tu respuesta

    • Paula Martinez dice:

      Hola Julio,
      Es probable que hayas realizado la consulta con tu cuil y tenés que poner el de la empleada (después te pide el tuyo).
      Slds.

  86. carina dice:

    El viernes efectué el pago a través del F102/rt, el rapipago me tomo el pago….pero cuando regrese observe que no estaba el concepto de ART en el ticket, en rapipago me dicen que no pueden hacer la re-imputación, ni anulación. Ya envie consulta en Afip, si me pueden aportar alugn dato mas se los agradeceria

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carina,
      Pagá la diferencia a través del F 575/RT (Fijate que en la nota dice cómo).
      Lo podés abonar vencido (después tenes que pagar intereses).
      Slds.

      • carina dice:

        Gracias, Paula por tu pronta respuesta, a mi me tomo el pago pero lo incluyó en el monto de contribuciones, en el ticket no había una discriminación por los tres conceptos. Se considerara realizado el pago?

      • carina dice:

        Disculpa la insistencia, Paula, no se si se entiende mi pregunta. el pago de la ART se realizo, pero se sumo dentro del concepto aportes, no se discrimino en el ticket, lo único que me interesa saber es si así es valido, o en el ticket deben discriminarse los tres conceptos

        • Paula Martinez dice:

          Si lo pagaste entonces es válido. No sé cómo quedó el tiquet pero el pago ingreso . Slds

      • carina dice:

        Muchas Gracias Paula, muy amable

  87. Guillermo dice:

    Hola, tengo una duda, yo ya pague los aportes y sueldo como hice siempre de Otubre y me quedo pendiente el pago de la ART. Entonces si la ART es por mes adelantado, y estoy pagando Noviembre, debo poner noviembre en el mes en el VEP y en el formulario 575RT.
    La segunda consulta es, debo hacer algún otro tramite con alguna aseguradora?
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      Te copio la respuesta de AFIP al respecto:
      » En caso de haber abonado el período Octubre 2014 con el Formulario 102/B deberá abonar la diferencia de ART con el Formulario 575/RT indicando como período de imputación el mes de Octubre 2014, o bien por transferencia electrónica de fondos mediante la generación del VEP seleccionando “Casas Particulares. Ley 26.844” en la opción “Grupos de Tipos de Pagos” y “Casas Partic. Pago Alta ART” en la opción “Tipo de Pago”.»
      Para afiliarte tenés que hacer el trámite en una ART, si no lo hacés y pagaste la cuota, la Superintendencia te asignará a una de oficio (mirá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-paso-a-paso-afiliarse-a-art/)
      Slds.

      • Guillermo dice:

        Gracias Paula por la pronta respuesta. De la respuesta de la afip no queda claro si para el VEP también hay que poner mes de Octubre. Tendría mas sentido poner Noviembre para el pago de los $230 de la ART no?

        Entonces no debería hacer tramite alguno adicional ya que la superintendencia asignara una ART de oficio. Como me entero cual eligió?

        Gracias!

        • Paula Martinez dice:

          Hola Guillermo,
          Se supone que el VEP debería ser noviembre, pero hay que poner octubre (así te toma la ART para noviembre). No es lógico, pero bueno…
          Lo único que dijeron es que la ART se va a comunicar para informar la fecha de inicio de cobertura, pero no se sabe cuándo empezará la distribución.
          Slds.

  88. cecilia dice:

    No entiendo nada yo quiero saber cuanto tengo que ganar trabajo 45 horas semanales y me paga 4500$ esta bien mi sueldo ?

  89. berenice dice:

    Hola, ya genrere el vep y abone todo junto ($224) pero yo no contrate ninguna ART, cuando se supone que la asignan? y como seria los pasos a seguir? ellos se comunican?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Berenice,
      Todavía estás a tiempo de contratar una ART.
      Si esperás que te la asignen, lo único que dijeron es que la superintendencia lo va a hacer y la ART te va a informar desde cuándo corre la cobertura. No dice cuánto tiempo demora la distribución de oficio.
      Slds.

  90. Jorge dice:

    Hola, a mi empleada siempre le pagué por adelantado, ya que cuando empezó a trabajar no tenía dinero y le tuve que pagar de antemano. Por ello su recibo de hoy dice Noviembre. Le pago los 238 de obra social y los 230 de ART por adelantado. Si quiero corregir esto y pagarle como si fuese mes vencido ella tendría dos recibos que dirían el mismo mes, por ejemplo si lo corrigiera ahora le quedarían dos recibos que diríian OCTUBRE. Hay problema con eso? puedo seguir pagandole adelantado y poner el mes adelantado en su recibo? … en definitiva estoy transcribiendo la verdad al recibo. Gracias. Siempre tan útil tu info!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jorge,
      Me alegro que te sea útil la página!
      En realidad, el recibo no importa cuándo se lo des ni cuándo le pagues el dinero, lo que tiene que reflejar es el mes que corresponde el pago del sueldo (si ahora le pagás noviembre, entonces, los aportes son de noviembre y el sueldo también).
      El problema que se te hace es con la ART porque se paga el mes en curso. En ese caso, deberías abonarle la ART por separado (con el formulario 575RT, fijate que en la nota hay un link o baja un VEP de la página de AFIP) por noviembre y otra por diciembre. A partir del mes próximo le pagas con el f. 102RT que diga diciembre (y se tomaría la ART por enero).
      De todos modos, te sugiero que pagues con las fechas correspondientes para evitar estos líos. En este caso, deberías esperar un mes sin darle el recibo y regularizar al mes siguiente.
      Slds.

  91. Sofia dice:

    Hola Paula, yo ya pagué los aportes de este mes, pero no puedo generar el VEP especifico de ART. Trato de seguir los pasos que planteas, pero no lo logro. Me sugeris que puedo hacer? Si completo el formulario 575/RT, lo puedo llevar a un pagofacil? O tengo que generar algun otro dato mas?
    gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sofía,
      No hay un VEP específico para la ART (el 102RT tiene todos los aportes juntos). Si ya pagaste los aportes, podés abonar con el 575RT, lo que no sé es si rapipago o pago facil ya tienen los sistemas para tomarlos, supongo que sí.
      Slds.

  92. Patricia P dice:

    buen dia , yo tengo en tramite la contratacion de la ART, si paso el VEP donde informo la compañia que contrate? porque genere el VEP quise pagar por pago mis cuentas y no supe como hacerlo, entre a AFIP -> impuestos AFIP(VEP) -> VEP y pide 2 cuit CUIT del Contribuyente del VEP a pagar y CUIT del Generador del VEP a pagar, yo soy el empleador que genere el VEP , seria el segundo cuit?? y el primero es el de la empleada??? nunca me pide el nro de vep como asocia el pago al volante sin ese dato
    muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Patricia,
      El primer cuil es el de la empleada y el segundo del empleador. No hace falta estar afiliado a una ART para pagar.
      Slds.

  93. Nerina dice:

    Paula, ayer quise pagar los aportes de la empleada con este nuevo formulario en el Rapipago y me dicen que todavía no tiene habilitado el sistema con este nuevo formulario.. y en los bancos tampoco.. me dijeron que pase el lunes, ya estamos sobre el vencimiento.. si el lunes todavía no esta habilitado, como hacemos?

Responder a Paula Martinez Cancelar la respuesta