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10 claves para ingresar al plan de pagos en 120 cuotas de AFIP

04/05/2015 Impuestos

régimen-facilidades-de-pago-10-años-AFIP

Hasta el 30 de junio de 2015, quienes tengan alguna obligación en mora con el fisco nacional argentino podrán ponerse al día y cancelar la deuda hasta en 10 años.

Esta es una muy buena oportunidad para que, quienes tengan obligaciones atrasadas se pongan al día en condiciones muy beneficiosas. Sobre todo, en el plazo ya que no todos los planes de pago de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se pueden cancelar en tantos años.

Está implementado a través de la Resolución General 3756/2015.

1- Período que se puede incorporar. El plan permite adherir montos adeudados, con sus intereses, actualizaciones y multas vencidos al 28 de febrero de 2015.

2-Obligaciones permitidas. Se pueden incluir:

  • Deudas de impuestos y de la Seguridad Social.
  • Multas o cargos de la Aduana.
  • Cuotas del Monotributo (tanto del impuesto integrado como los aportes a la seguridad social
  • Impuesto sobre las erogaciones no documentadas (gastos sin factura).
  • Intereses y accesorios de: retenciones y percepciones (salvo aportes personales de trabajadores), anticipos o pagos a cuenta, IVA por servicios realizados en el exterior con utilización efectiva en el país.
  • Deudas que estén en etapa administrativa, contencioso-administrativa, judicial o en ejecución judicial.
  • Obligaciones de planes anteriores incluidos en Mis Facilidades, caducos al 28 de febrero.

3- Conceptos excluidos. No se pueden incluir en el plan:

  • Obligaciones de planes anteriores incluidos en Mis Facilidades que estén vigentes, reformulados o cancelados, o aquellos caducos luego del 28 de febrero.
  • Las retenciones y percepciones (salvo aportes personales de trabajadores).
  • Anticipos o pagos a cuenta.
  • Aportes y contribuciones a las obras sociales.
  • Las cuotas de las Administradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Cotizaciones fijas de trabajadores dependientes de monotributistas (anteriores a junio de 2004).
  • Aportes y contribuciones del régimen del servicio doméstico.
  • Cuotas de planes vigentes.
  • Impuesto a los cigarrillos.
  • Contribuciones al RENATEA por el régimen de peones rurales.
  • Intereses y adicionales de todos los conceptos anteriores.
  • Obligaciones de personas con denuncias penales.

4- Condiciones de las cuotas. El plan se podrá cancelar hasta en 120 meses. El monto de la primera es por el 7% de la deuda consolidada y el resto son cuotas iguales. El monto mínimo de cada una es de $ 500 en general y de $ 150 para los adheridos al Monotributo.

Vencerán el día 16 de cada mes y se debitarán de una cuenta bancaria.

5- Financiamiento. La deuda consolidada se cancelará con una tasa de interés mensual de 1,90%

6- Requisitos para adherir. El deudor tiene que cumplir con lo siguiente:

  • Presentar todas las declaraciones juradas de la obligación adeudada hasta la adhesión.
  • Presentar, cancelar o regularizar todas las obligaciones entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2013.
  • No disminuir la cantidad de empleados registrados respecto a diciembre de 2014 durante toda la vigencia del plan.

7- Fecha límite de adhesión. Los contribuyentes podrán ingresar al régimen hasta el 30 de junio de 2015 (vencimiento original: 31 de mayo).

8-Cómo adherir. Los interesados en regularizar su situación deberán:

  • Consolidar la deuda a la fecha de adhesión. Se debe ingresar a la página web de la AFIP, en el servicio “Mis Facilidades”, opción “Plan de Facilidades de Pago RG 3756″. La deuda aduanera van en un plan separado.
  • Allí se debe cargar la información (incluida la clave Bancaria Uniforme -CBU- de la cual se debitarán las cuotas).
  • Generar el formulario 1003. Antes de enviarlo a la AFIP se pedirá un código de verificación que se envía por mail o SMS.

9- Cuándo se ‘cae’ el plan. La caducidad se generará ante la falta de cancelación de una cuota en los 30 días posteriores al vencimiento; si disminuye la cantidad de empleados; si no se paga o presentan las declaraciones juradas correspondientes durante toda la duración del plan.

10- Beneficios de acceder al régimen. Al ponerse al día con sus obligaciones, los contribuyentes que adhieran al plan podrán:

  • Obtener el “Certificado Fiscal para Contratar” con organismos nacionales.
  • Aprovechar la reducción de contribuciones para la seguridad social.
  • Levantar eventuales suspensiones aduaneras en el “Registro de Importadores y Exportadores”.

Consultá más información en la sección Preguntas Frecuentes de la AFIP.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

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