Impuestos

10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% por la compra de dólares

19/01/2015

cómo-pedir-reintegro-20-35-%-compra-de-dolares

El pago  a cuenta del 20% o 35% que nos cobra la AFIP si compramos dólares para ahorro, viajes al exterior, gastos con tarjeta o divisas para salir del país, se puede recuperar.

Pero depende de la situación fiscal de cada uno, cuál es el trámite que hay que hacer y cuánto va a demorar el reintegro.

En una nota anterior te cuento cómo es el procedimiento para recuperar ese 20% o 35%, y acá planteo 10 preguntas que hacen los lectores de Mi Presupuesto Familiar sobre el tema.

1- ¿Quiénes pueden pedir el reintegro de las percepciones? ¿A cualquier persona se las devuelven?

En teoría sí. Pero quienes están tributando el Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales las pueden recuperar más rápido y seguro. El resto, tiene que tener paciencia y esperar  (mirá las preguntas 3, 7 y 8).

2- Si el titular de la tarjeta o la cuenta bancaria no es la misma persona que hizo el gasto ¿quién tiene que pedir la devolución?

Según las resoluciones de la AFIP, quien está sujeto a la percepción es la persona que paga (un viaje, una compra, etcétera). Si se trata de un pasaje, en avión o en colectivo, que sale a nombre de otra persona (un hijo, por ejemplo), quien abona la puede tomar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, siempre y cuando ese hijo esté a cargo en el impuesto.

3- ¿Qué trámite hay que hacer para pedir la devolución de la percepción del 20% o el 35%?

Depende de la situación fiscal de cada uno.

  • Empleados en relación de dependencia o jubilados que pagan el Impuesto a las Ganancias: a través del Siradig (el formulario 572 web que se utiliza para informar las deducciones al empleador). Mirá: «Cómo completar el Siradig«.
  • Empleados o jubilados que no pagan Ganancias: a través del Formulario 746/A, herramienta Mis Aplicaciones Web (clic para ver el video). Necesitan tener CUIT, clave fiscal, registrar datos biométricos en AFIP y declarar el CBU de la cuenta bancaria. Mirá: «Cómo pedir el 35% si no pagás impuestos» .
  • Autónomos: mediante la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, o del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Monotributistas: se computan en la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales. Si no tributan, se utiliza la herramienta Mis Aplicaciones Web, y se genera el Formulario 746/A.
  • Ninguno de los casos anteriores: con Mis Aplicaciones Web y el Formulario 746/A.

4- En la herramienta Mis Aplicaciones Web no me deja cargar nada y me aparece un cartel de que debo dirigirme a verificar mi domicilio a la AFIP ¿qué hago?

Eso puede ser porque tenés CUIL, y tenés que ir a la dependencia de AFIP que te corresponde a sacar el CUIT.

También puede ser que tengas un nivel de clave fiscal muy bajo (1) y necesitás subirlo para hacer el trámite. Andá a la AFIP con documentación que corrobore tu domicilio.

También corroborá que el domicilio fiscal y el particular estén correctos.

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5-Para completar el Siradig ¿tengo que ir a la AFIP?

Solamente necesitás tu clave fiscal de nivel 2 o superior. Si no la tenés, tendrás que sacarla.

Si ya estás haciendo trámites en la web de AFIP, no será necesario. No necesitás sacar el CUIT.

6- Soy empleado pero el monto de las percepciones por compra de dólares supera lo que pagué de Ganancias ¿cómo recupero la diferencia?

En ese caso, el empleador reintegrará hasta el monto que se pagó de Ganancias en todo el año. Para pedir el resto, el trabajador debería inscribirse en este impuesto y presentar la declaración jurada anual (en abril o mayo) con un saldo a favor. Este saldo se puede aplicar luego a otros impuestos.

Te recomiendo consultar con un contador que te asesore para hacer correctamente la presentación.

7- ¿Cuándo puedo pedir el reintegro de las percepciones?

Depende de tu situación y la herramienta que utilices. Recordá que las percepciones corresponden al período en el cual se paga la compra (podés consultar las que te hicieron a través de Mis Retenciones).

  • Siradig (F.572 web). Se pueden cargar mes a mes, o todo junto. El último plazo para completar y enviar el formulario es el 31 de enero del año siguiente.
  • Declaración anual de Ganancias o Bienes Personales. Las percepciones de todo un año calendario se incluyen en la presentación anual que vence entre abril y mayo del año siguiente.
  • Mis Aplicaciones Web (F.746/A). En este caso no hay un plazo máximo para cargar los datos pero recién se puede pedir a partir del año siguiente.

8- ¿Cuándo me lo van a devolver?

También depende el trámite y tu situación. Si pagás impuestos, es mucho más rápido y seguro; si no tributás está más bien, ligado a la “suerte” que tengas.

  • Siradig. En general, los empleadores las toman en cuenta las percepciones del F 572 web  recién cuando realizan  la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias, con el sueldo de febrero del año siguiente. Pero, hay empresas que decidieron computarlas en la liquidación mensual de Ganancias, así que, en estos casos, el reintegro depende de cuándo envies los datos.
  • Mis Aplicaciones Web. En este caso, lo único que te puedo decir es que la AFIP no tiene un plazo para responder la solicitud. Si te lo devuelve, demora muchísimo (más de un año). Se puede presentar una nota para pedir un pronto de despacho después de los 60 días, pero el resultado también es incierto.
  • Además, la AFIP puede rechazar la solicitud y pedirte que expliques de dónde sacaste los fondos, si no tenés actividad declarada que justifique los gastos.
  • Declaración jurada. Si la percepción se puede descontar del monto que tenés que pagar de Ganancias y Bienes Personales, no hay problema. Lo recuperás en abril o mayo, al presentar la DDJJ.

Pero, si te da un saldo a favor te quedará para compensar impuestos futuros (en caso de que alguna vez tributes).

9- ¿Qué hago si se me pasó el 31 de enero y no completé el Siradig?

Tenés que inscribirte en el Impuesto a las Ganancias y presentar la declaración jurada anual en abril o mayo con las percepciones y las deducciones que no informaste a tu empleador.

 10- ¿Qué pasa si no me aparecen las percepciones en la herramienta Mis Retenciones?

Primero, asegurate que estás haciendo el procedimiento correcto para la consulta.

Después, tené en cuenta que las percepciones se toman en el mes que fueron pagadas (si son de tarjeta de crédito no es el mes de la compra sino el del vencimiento del resumen) y, en general, después del día 10 aparecen las del período anterior.

Si así y todo no están, las podés agregar en el Siradig o en Mis Aplicaciones Web, con todos los datos que te piden.

Si te quedó alguna pregunta sobre tu caso particular, no dudes en consultar a un contador que te asesore para que no tengas problemas futuros con el fisco.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

370 respuestas a “10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% por la compra de dólares”

  1. micaela dice:

    Hola, queria saber si realizan la devolucion del 35÷ al titular de la cuenta (no paga impuesto a la ganancia ni de bienes personales) en caso de que el gasto en dolares se haya efectuado con una tarjeta adicional a nombre de una persona no registrada en afip (no trabaja).
    Ademas queria saber si esta devolucion puede ser pedida por personas que adquirieron un prestamo a tasa cero del estado.
    Muchas gracias.

  2. Paula dice:

    Hola! tengo que presentar una ddjj de bs personales 2015 (y no corresponde presentar ganancias), y tengo percepciones por compras en el exterior con código de impuesto a las ganancias. Se pueden computar de todos modos las percepciones de ganancias en bs personales (cambiando el código)?
    Gracias!!

  3. Dario dice:

    Hola, realicé una compra de pasajes aéreos para mis padres, la percepción la realizó la aerolínea, a través del impuesto ZK, como no figuraba en las percepciones en la pagina de la afip, las ingresé manualmente. Quisiera saber si corresponde reclamar como pagador esas percepciones o no. Ya que son los únicos meses en donde no me aparece que el tramite está aprobado.

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Según las resoluciones de Afip, quien tiene que pedir la devolución de las percepciones es quién las paga, pero agrega que la persona tiene que estar a cargo. Si la facturación salió con tu CUIT, no hay problema; si salió con el Cuit de tus padres, es probable que no te la aprueben.
      Slds.

  4. Claudia dice:

    Hola mi primo compró dólares pero quedó sin trabajo y no tiene cuenta bancaria. Puedo ingresar mi numero de cbu en su cuenta de afip para q cobre él?

    • Paula Martinez dice:

      El CBU debe ser de una cuenta a nombre del titular de la percepción. Se pueden abrir cuentas gratuitas en los bancos .

  5. Ignacio dice:

    Estoy viviendo en el exterior y cerré mi cuenta bancaria en Argentina. Ya di de baja mi CBU en mi cuenta de AFIP, y cuando quise declarar el CBU de mi madre para recibir las percepciones, la AFIP me la rechazó. Alguien sabe como hacer esto?

  6. Belen dice:

    hola queria saber si se sabe el día de pago de las percepciones 2015 ya que tengo todo ok pero al momento no me depositaron
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Que yo sepa todavía no depositaron a nadie, incluso a los aprobados. No dijeron nada, así que hay que esperar. Slds.

  7. Marti dice:

    Hola se sabe q dia de agosto pagan las percepciones 2015, ya me figura aprobado pero no dicen q dia pagan. Gracias

  8. gaston dice:

    Hola a mi me apareció la misma leyenda que el primer comentario“De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción”
    que debería hacer ? gracias

  9. Daniel Alejandro Barroso dice:

    Hola entre para ver como iba el tramite de la devolución de compras de dolares 2015 y me encontré con este cartel eso que significa. me podrás ayudar. desde ya muchas gracias.
    «De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción».

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Hubo varias preguntas sobre lo mismo.
      Muchas veces pasa que los agentes de percepción (bancos, tarjetas, agencias de viajes, etc.) hacen ajustes o correcciones, aparecen montos sumados y restados.
      En realidad, el saldo debería ser el total de las percepciones que sí te hicieron.
      Igual, chequeá para ver si es así.
      Un saludo,

  10. CARLOS ALBERTO OLIVIERI dice:

    En cuantas cuotas devolverá la AFIP las retenciones 20/35 % . Si por ejemplo el monto a devolver es de $ 100.000 , siempre serán cuotas de $ 6000 . Muchas gracias por la info.

  11. laura dice:

    si presente saldo a favor en la ddjj de ganancias por las percepciones, ahora me figura un saldo de libre disponibilidad y me dice que vaya a la agencia, que debo hacer, puedo rectificar la ddjj de ganancias???

    • Paula Martinez dice:

      Hola Laura,
      tenés que ir a la dependencia de AFIP, consultale a tu contador.

    • Sandra dice:

      Fíjate si podes hacer una rectificativa no exteriorizando el saldo a favor de las percepciones en la dj. Me pasó lo mismo.

      Saludos

  12. Federico dice:

    Hola una consulta. A mi me descuentan impuesto a las ganancias yo cargue el formulario 572. En marzo aprox me devolvieron un dinero que me figuro como ajuste de impuesto a las ganancias. Mi consulta es si corresponde ademas que me devuelvan todas las compras de dolares que realice el año pasado. En el 572 yo cargue todas las compra de dolares. Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Las percepciones que cargaste en el 572 por el período 2015, te las tendrían que haber devuelto con el sueldo de febrero último. Pedí el formulario 649 del ejercicio 2015, para ver si está OK.

  13. Ezequiel Cappellano dice:

    Buenas, le hago una consulta. Recién hice desde «mis aplicaciones web» la presentación de las retenciones que me aplico la afip durante el año pasado. Aparecen como estado «presentado» pero nada mas, no dice «en proceso» ni nada que indique cuando me van a devolver esos montos. Como puedo saber cuanto tardan en depositar el dinero? muchas gracias por toda la info.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si tenés todo en orden, tendrían que empezar a devolverte el mes que viene (pagan entre el 10 y el 20 de cada mes).

  14. Emi dice:

    hola te hago una consulta yo en el exterior hice compras con una extension de una tarjeta de credito de mi padre… quien debe reclamar las retenciones? gracias… solo mi padre o puedo hacerlo yo mismo. En mis retenciones no me aparece… pense que era por mi dni. Bueno gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El pedido lo tiene que hacer el titular de la tarjeta, pero siempre que la persona esté a su cargo. Tendría que probar él de hacer el pedido.
      Slds.

  15. Gisele dice:

    Quiero cargar una percepcion de una aerolinea que pague con 2 tarjetas de credito, Se el importe total de la percepcion pero no cuanto es de cada tarjeta, como puedo hacer?

  16. christian dice:

    F746/A – PERIODO [201409] – TRANSACCION [490358657] – FECHA CONSULTA [20-07-2016 16:48]
    IMPORTE [$450,21]
    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [09-07-2016]

    Estamos a 20 de Julio y aun no me depositaron en la caja de ahorro . Que puede haber pasado ?

    • Paula Martinez dice:

      Si son percepciones de 2015, las devolverán recién desde agosto.

  17. Sergio dice:

    Hoy es 20/7 y aun no me depositaron la cuota del 14/07. Hasta ahora no tuve problemas y me depositaron todos los meses montos de $6000. Lo particular de esta cuota es que este mes es menor a 6000. ¿Tiene algo que ver o hay algun atraso en los pagos de este mes? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      No dijeron nada de atraso. Lo que sí dijeron es que las percepciones de 2015 recién las empiezan a pagar en agosto.

  18. marcos dice:

    Hola! una consulta, yo tengo gastos con tarjeta realizados en el exterior pero no tengo cuenta bancaria (es una tarjeta universitaria) puedo poner el cbu de otra persona para que se realice el reintegro en esa cuenta?? gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcos,
      Me parece que la Afip no está aceptando el CBU de terceras personas, probá pero creo que no.
      De todos modos, podés abrir una cuenta gratuita (caja de ahorro) y no hay problemas. Saludos!

  19. sheila dice:

    hola: hoy es 14/07 julio es la ultima cuota de pago, para la de devolución de percepción, mi estado es aprobado devolución en cuotas, tengo que esperar mas dias si hoy no me lo acreditan en mi cuenta?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si si te aprobaron la devolución te la devolverán en cuotas, hasta un máximo de 6000 por mes.
      En julio no es el último pago, se sigue pagando todos los meses.

  20. Gabriel dice:

    Buen dia: Soy empleado en relacion de dependencia. Despues de haber descontado de Ganancias las comprase en el exterior me quedo un saldo a favor (ya presente Ingresos Brutos pero no tengo que pagar nada, asi que de ahi no puedo descontarlo), como hago para recuperar ese dinero? El Form 746/A no me deja llenarlo porque presente Ganancias y algo del dinero ya me devolvieron en febrero de 2016. Muchas gracias por su respuesta! Saludos! Gabriel.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gabriel,
      Tu caso es un tema que aún no tiene respuesta!
      En teoría, tendrías que presentar una DDJJ de Ganancias con saldo a favor y, después, usar ese saldo para pagar otros impuestos (Bienes Personales) o pedir la devolución. El problema es que esta devolución tiene un trámite que los contadores no sugieren seguir (no devuelven a casi nadie y podés quedar sujeto a una inspección).
      Te sugiero que consultes a un contador tu caso para que te asesore personalmente.
      Saludos,

  21. jonathan lozada dice:

    Hola nunca pague ganancias y a la hora de completar los datos en la parte de misaplicaciones web me dice que no puedo hacerlo por que pagó impuestos a las ganancias. Que debo hacer?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es probable que hayas tenido alguna retención de Ganancias en el año que vas a pedir las percepciones por la compra de dólares.

      • jonathan lozada dice:

        Tengo todos los recibos y no pague ganancias en 2015 nunca pague ganancias

  22. matias dice:

    consulta.en el 2013 me retuvieron el 20% y en el 2014 el 35% por unos viajes que hice al exterior. trabajo en relacion de dependencia y no pahgo ganancias. como hago para que me reintegren lo del paquetes y los gastos que hice con la tarjeta. no tengo todas las facturas ya que en el momento que pague los viajes les comente que no pagaba ganancias y me dijeron que no podia recuperar ese porcentaje

  23. Juan Carlos López dice:

    Hola. Fui a la AFIP para sacar mi CUIT para que me reintegren todas las compras en dólares que hice en EBay en internet desde 2012. Pero cuando ingreso a mis Retenciones, no aparece NADA!!!! Qué debo hacer?
    Lo único que logré al intentar que me devuelvan mi dinero con este tramite, es que la AFIP me empiece a descontar 1500 pesos por mes, siendo docente!!!! No sé qué hacer… Gracias

  24. Sandra dice:

    Hola que tal? Tengo una duda, sobre la declaración jurada de gcias y bs personales. Soy empleada en relación de dependencia, nunca me tocó pagar ganancias ni bs personales. Recuerdo que el año pasado lo presente como informativa. Como se si este año me toca presentar para el período 2015?

    Desde ya muchas gracias

  25. Hernan dice:

    Un trabajador en relación de dependencia (trabaja de docente municipal) tuvo una percepción en 2015 por una compra de pasaje marítimo (Regimen 893). Nunca pagó ni Ganancias ni Bienes Personales y no le deja cargar el Domicilio fiscal Electrónico en la pagina de AFIP porque su clave es nivel 3 pero CUIL (no CUIT). ¿La única forma de poder recuperar la percepción es solicitando el CUIT en AFIP, correcto? Si nunca estuvo inscripto en ningun impuesto, al solicitar el CUIT debería inscribirse en Ganancias? Gracias por la ayuda.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tiene que sacar el CUIT, pero no se tiene que inscribir en ningún impuesto. Slds.

  26. Ornella dice:

    Hola! Yo compré un paquete en el 2013 por medio de viajobiej.com, me retuvieron el 20%, pague con tarjeta, me lo tendrían que devolver no? El tema es que no me aparece en mis retenciones en la página de la afip, aparecen otras cosas y eso no figura, como tengo que hacer?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tendrías que cargar manualmente la percepción, con los datos de la factura.

  27. LUCIO dice:

    Consulta: nunca pedí el recupero. Pero tengo percepciones del 2013, y este año me toca presentar DJ de Ganancias y DJ de Bienes, y pagar en la DJ de Bienes.
    ¿Como hago para tomarme las percepciones de ganancias 2013 en la DDJJ 2015 para poder después compensar el saldo a favor de ganancias con el saldo a pagar de bienes? Por que el aplicativo no me permite cargar percepciones del 2013.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tendrías que presentar una DDJJ rectificativa de Ganancias de 2013 con saldo a favor y después usarlo en la DDJJ de Bienes de este año. Te sugiero que te asesores con un contador.

      • LUCIO dice:

        Hola!! Gracias por tu respuesta. Estoy haciendo el intento de recuperarlo, por que el 2013 no me correspondía presentar DDJJ de ganancias, por lo cual no debería hacer rectificativa, sino que debería presentar una original 2013, pero no se si es la mejor alternativa.
        Muchas gracias!!

        • Paula Martinez dice:

          Tendrías que asesorarte con un contador, la verdad que no sé si te conviene…

  28. Carolina dice:

    Hola, en febrero AFIP me hizo una transferencia por percepciones a una cuenta del Nacion y se acredito el mismo 16/02, me quedaba pendiente un periodo el cual al dia de hoy aparece como aprobado y transferido pero no lo estoy viendo reflejado en mi cuenta. Que deberia hacer? Puede ser que tarde en verlo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Supongo que a esta altura del mes ya te lo deberían haber pagado.

  29. cesar blanes dice:

    quiero recuperar lo que me cobraron cuando retire dolares y cuando pongo la fecha de pago de percepcion, me aparece un cuadro en rojo que dice: la fecha de pago de la percepcion no corresponde al periodo 2016. yo retire los dolares el 24/02/2015 y ahi pague la diferencia. como debo hacer???

    • Paula Martinez dice:

      Es que el período es 2015, no 2016. Recién se puede pedir a partir de junio.

  30. Guillermo dice:

    Hola, yo trabajo en relación de dependencia, y pago ganancias. El año pasado me descontaron ganancias y tuve retenciones por viajes al exterior y compra venta superiores a lo que pagó de ganancias. Me devolvieron ok pagado pero el excedente no. Como tengo que hacer para que me devuelvan el resto? Gráficas por la respuesta

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es bastante difícil que te devuelvan ese saldo.
      Tendrías que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ con saldo a favor para luego pedirlo. Lo otro es usar ese excedente para pagar Bienes Personales, si tuvieras que hacerlo.
      Te sugiero consultar con un contador. Slds.

  31. Martin SZECHET dice:

    Hola, completé por error el F572, pensando que tneía que pagarlo (dado que nunca pagué ganancias, no sabía lo de los suelods menores a $15.000 antes de agosto 2013) en el 2014 y 2013, por lo que me dicen que está sujeto a fiscalización el trámite.
    De todas formas, nunca me devolvieron nada por la vía de trabajador que paga ganancias.
    Como no se puede borrar el 572, ni tampoco rectificar, qué se hace?

    Gracias,
    Martin.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Martín,
      En ese caso es bastante complicado pedirlo. El empleador no te lo devuelve porque él reintegra solo hasta el monto que retuvo por Ganancias durante el año (si no te retuvo, no te devuelve nada):
      Lo que habría que hacer es inscribirse en Ganancias y presentar declaración jurada de 2013 y 2014 con saldo a favor.
      La otra es que, si pagás Bienes PErsonales lo apliques al pago de este impuesto.
      En cualquier caso, te sugiero que consultes un contador para que te asesore en tu caso particular.

  32. Lorena dice:

    Hola, yo pedi el reintegro y como no tenia mi propio CBU puse el de mi papa y me lo rechazaron, ahora cuando pongo cuales son mis retenciones dicen que son cero. Saben que puedo hacer? y otra pregunta hay alguna otra forma de cobrarlo que no sea a travez del CBU?

  33. pablo dice:

    hola buen dia, mi consulta es respecto a la tarjeta de credito.
    si a mitad del 2015 me renovaron la tarjeta y me dieron una con un «numero» nuevo, automaticamente se deberia solucionar ese tema, para cobrar tmb los gastos en dolares de esa tarjeta?

  34. Cesar dice:

    Si no hago los trámites en la AFIP no me devuelven la percepciones por la compra de dólares?

  35. hernan dice:

    hola omiti completar a tiempo el 572 web y estaba obligado por pasarme de los 250000 bruto, como puedo hacer para recuperar el ajuste anual que me aplicaron por no haber completado a tiempo las cargas familiares
    desde ya muchisimas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tendrías que presentar la DDJJ de Ganancias con esos datos. Consultá con un contador. Slds.

  36. luis emanuel dice:

    Hola. Consulta. En 2015 sufri el descuento de impuesto a la ganancias, la compra de venta de dólares la declare en los primeros días de este año, masomenos cuando esta prevista la devolución de esa percepción, gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola, si completaste el Siradig, tu empleador te lo tendría que haber devuelto con el sueldo de febrero (el mes pasado):
      Pedile que te dé el formulario 649 con la liquidación anual. Slds.

  37. ROCIO dice:

    HOLA!saben cuanto tarda en cambiar NIVEL 2 AL NIVEL 3, una vez q ya fui a afip y deje formulario 746A y complete todo? son 2 hrs o 48hrs? se olvidaron de cambiarlo ? QUE FRUSTRANTE

  38. Andres A Contarino dice:

    buenos días.

    Acabo de volver de la Afip hace una hora para que me habiliten el 746/A (me habilitaron el cuit), por las compras de 2012 y 2013. Cuando voy a hacer el tramite, me encuentro la sorpresa que me han borrado todas las percepciones que en enero y febrero me mostraba.
    No estoy adherido a ganancias, que debo hacer?

  39. Juan López dice:

    Hola. Yo soy docente. Quiero recuperar el 35 % de las compras q hice por internet en estos años (por Ebay, en dólares). Pero: nunca la AFIP me descontó nada en mi recibo de sueldo… Y tengo miedo de q si reclamo la devolución del 35%, salgan con q yo no pagué impuesto a las ganancias (como docente en estos años) y terminen descontandome un montón de dinero… Puede pasar esto?? Gracias!!!

  40. Mario Guido dice:

    Hola. por que la demora en acrediarme las cuotas de $6000.-? Habiendo cumplimentado la base biometrica, declarado el CBU. . Presentado todo el 2014 por F746A.NO PAGUE GANACIAS ESE AÑO. Apenas se cambia el estado Presentado (EN TRAMITE)11/03/2016. ME DEBEN LOS 2 PRIMEROS DEPOSITOS. No recibbo informacion por e-vntanilla. Hay casos similares a los mios? Gracias y Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Depende cuándo hayas presentado el trámite. Si fue en marzo, te van a ir devolviendo después.

  41. Romina dice:

    Yo normalmente pago impuesto a las ganancias, excepto el año pasado que estuve con licencia por maternidad y no me descontaron en todo el 2015. Pero sí compré dolares y cosas en el exterior. Cómo hago para recuperar el 20 y 35% de esto?

    • Romina dice:

      perdon, no aclaré que trabajo en relación de dependencia y cargo todo en el sigradig.

    • Paula Martinez dice:

      Si no tuviste retenciones de Ganancias en todo el año, podés pedirlo por el formulario 746/A, aunque todavía no se habilitó el pedido para 2015.

  42. Micaela dice:

    Hola! yo pago impuestos cargue en Diciembre el SIRADIG y aun no me depositaron. Hoy cargue en la afip mi CBU porque parece que no estaba anotado. Tengo que hacer algun reclamo? Grracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si cargaste el Siradig, te lo tendría que devolver tu empleador por recibo de sueldo. Pedile el formulario 649 con la liquidación anual de Ganancias para ver si está incluido el pago a cuenta. Slds.

  43. Marco dice:

    Hola! Yo completé todos los requisitos para recuperar percepciones de los años 2013 y 2014. Los de 2013 me los reintegraron sin problemas pero los de 2014 no. La única diferencia que se me ocurre es que para 2014 también presenté el SIRADIG (por las dudas). Puede que sea eso lo que esté impidiendo la devolución?
    Hay algo que pueda hacer?

    Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Puede ser que haya surgido ahí un inconsistencia. Te sugiero consultar a la Afip para ver qué pasó. Slds.

  44. Fer dice:

    Mi padre falleció y su cuenta en el banco está bloqueada por fallecimiento tanto para extraer como para depositar dinero. El sistema me rebotó el reintegro cuando quise que lo depositaran en mi cuenta, sólo lo aceptó cuando puse el CBU de la cuenta de él. En la propia AFIP nadie tiene idea de cómo tengo que hacer para cobrar ese dinero. Ya tengo hecha la declaratoria de herederos.

    • Paula Martinez dice:

      supongo que podrás acceder cuando desbloqueen su cuenta.

      • Fer dice:

        Gracias por la respuesta pero la cuenta está bloqueada para depositar también. La semana pasada debería haber cobrado la primer cuota ¿Dónde va ese dinero?

        • Paula Martinez dice:

          Tendrías que cambiar la cuenta declarada en la AFIP, o consultar a tu banco.

  45. Mariano dice:

    Hola que tal , mi consulta es la siguiente , si en el año yo pague 30000 mil pesos de ganancias y mis percepciones fueron por 21 mil pesos ( producto de 35% y del 20% de compras en el exterior y dolar ahorro ) cuanto tiene que devolverme mi empleador una.vez ya realizado el cierre de ganancias anual en febrero?
    Atte

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Te devuelve hasta el monto retenido en el mismo año fiscal. Slds.

  46. Micaela dice:

    hola, muy bueno el post! Tengo una consulta, yo cargue el siradig ya que me sacaban ganancias pidiendo la devolucion del 20 por compra de dolar del año 2015. Hay que hacer algun tramite mas, o solo con el envio del formulario es suficiente? Cuando me lo tendrían que devolver? Muchas Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es suficiente con enviar el Siradig a tiempo.
      Se reintegra con el sueldo de febrero. Cualquier duda, pedí el formulario 649 a tu empleador para ver el detalle de la liquidación anual.
      Slds.

  47. eduardo dice:

    Hola, mi pregunta es: yo hice el tramite los primeros dias de febrero sobre la devolución del 20% para cuando lo depositan eso, gracias…

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Están aprobando de a tandas, según la fecha del trámite. Podría ser que te paguen en marzo o en abril, si está todo OK. Slds.

  48. jose dice:

    Hola soy monotributista y no aporto ganancias ni bienes personales. ViAJE AL EXTERIOR EN MARZO DE 2015, PREGUNTO CUANDO DEBO HACER LA PRESENTACION ANTE AFIP?

  49. emilce dice:

    hice un viaje en 2013 , solo me aparece un tramo de viaje, no estan ni resto de aereos, hoteles ni transfer, todo pagado con tarjeta de credito, que hago?

  50. FABIO dice:

    Hola, mi inconveniente es el siguiente, por error cargue todas mis retenciones de compras en el exterior por el SIRADIG del 2013, 2014 y2015 cuando en realidad no lo debia hacer porque no me retenian ganancias. Ahora cargue por el F746 las retenciones del 2012, 2013 y 2014 para que me las devuelvan pero solo me reintegraron la del 2012 que fue la que no cargue en el SIRADIG las del 2013 y 2014 me aparecen en tramite. QUE TENGO QUE HACER SI CARGUE EN EL SIRADIG Y EN EL FORMULARIO F746????

  51. Miriam dice:

    Buenas tardes ! tengo todo presentado para la devolución del 35 %, pero al ver que no me lo depositaron entre a la pagina y dice que tengo una deuda la cual desconocía ya que di de baja monotributo el 01-10-15 y me facturaron ese mes también y no lo sabia. Luego que regularice me devuelven igual el 35%. ? muchas gracias

  52. Vanesa dice:

    Hola! Hice todo el tramite para solicitar la devolución, y al día de hoy aun no me depositaron el dinero. Cuando consulto en «mis aplicaciones web» es estado del tramite me dice «ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS] FECHA ESTADO [02-09-2015]». Es normal que no me lo hayan devuelto? Había leído que iban a terminar con el reintegro el 16/2.
    Otra duda: es condición para la devolución lo del domicilio fiscal? Lei en varias notas lo siguiente «Las personas interesadas en consultar si le depositaron el reintegro del 20% o 35% deben acceder a su Domicilio Fiscal Electrónico.». Yo no quería «adherirme» para no tener la obligación de entrar alli para notificarme de posibles notificación que me curse la AFIP.
    Sólo esas dos preguntas! MUCHAS GRACIAS POR TODO!!!!!
    Saludos

  53. paula dice:

    Hola una consulta, yo reaice muchas compras en el exterior y viajes, con tarjetas adicionales (no soy la titular), cargue todos los datos para la devolucion mediante formulario 746, pero hay un monton que me aparecen presentadas pero no me figuran ni rechazadas y aceptadas, a que puede deberse? tendra que ver con que no soy titular de la tarjeta? cuando rellene la presentacion, la fecha de pago que puse fue estimativa, porque los bancos debitan en distintos momentos del mes, sera por eso?
    agradeceria me ayudaran,
    saludos
    Paula

  54. hector dice:

    Hola . Yo no presentó ddjj por estar desocupado pero si pago Bienes personales..
    Cual es el procedimiento que debo seguir

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que incluir las percepciones como pago a cuenta en Bienes Personales.

  55. cecilia dice:

    Paula, yo hice el tramite de las devoluciones por siradig en el 2013 ya que pagaba ganancias pero nunca me lo devolvieron. ahora no pago ganancias por el decreto pero cuando quiero entrar a cargar las percepciones sin tener ganancias me dice que el período del 2013 se carga por ganancias y yo lo había cargado en su momento.
    Cómo se hace con esto?

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Si tuviste retenciones de Ganancias en 2013 no podés pedir las percepciones por el 746. Si te quedó un saldo a favor superior a la retención del año, tu empleador no te lo devuelve.
      Se puede pedir presentando una DDjj de Ganancias y el saldo a favor aplicarlo a otros impuestos, pero te sugiero consultar con un contador.

  56. Monica dice:

    Hola Paula! mi consulta es: por Siradig me aparecen percepciones por el 20% retiro de ME por casi $4.000, y por mis aplicaciones web me aparecen $3.400 (es decir tengo una diferencia de algo mas de $500) porque puede ser?. Tengo que presentar el 572web porque tengo remuneraciones mayores a 250mil pero no pago ganancias. Por eso voy a exteriorizar la devolución por el 476. Ahora nose porque la diferencia, corresponde el importe mayor.
    Grcaias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.En el Siradig solo aparece el 20% por compra de moneda extranjera, no aparece en forma automática la percepciones por viajes o turismo.
      Si no pagaste ganancias, pedí todo por el 746- Slds.

  57. Alejandra dice:

    Buen día. Mi marido pagaba ganacias pero luego quedó exento por el Decreto 1242/13. Qué formulario debe completar para la devolución de percepción por viajes/compras en el exterior? Cuándo pagaba ganacias corresponde ingresarlas al Siradig? Las percepciones cuando él ya no pagaba ganacias, por el 746 A? Muchas graucas!!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Puede pedir por el 746/A los años en los cuales no pagaba Ganancias. Saludos,

  58. Natalia dice:

    Qué tengo que llevar a la agencia para tramitar el CUIT y la clave nivel 3?

  59. Andrés dice:

    Hola Paula, la página está excelente, muchas gracias por la ayuda que le das a todo el mundo.
    Me sigue quedando una duda que no encontré la respuesta. Te comento a ver si la sabés y podés ayudarme:
    Estoy dentro de la gente «2- Empleados que no pagan Impuesto a las Ganancias».
    Por tal motivo, tengo que sacar la CUIT, Formulario 746, etc.

    La consulta es: ¿Hasta cuándo tengo tiempo para pedir desde el 2012 hasta el 2015 inclusive? Entiendo que en una de las respuestas dice que no hay plazo, pero me sigue quedando la duda si necesito hacer este trámite antes del 31/01/2016 sino pierdo mi chance. En mi caso, necesito pedir desde 2012 en adelante, nunca hice el trámite. Entiendo que empiezan a pagar a partir de Febrero, la verdad no me importa si no me pagan en la primera fecha, con eso no hay problema.

    Aguardo tu respuesta, muchas gracias!
    Andrés.-

  60. lorena dice:

    hola quisiera que me expliquen de manera clara porque no logro entender que tramite debo hacer; yo utilice la tarjeta de debiro y credito en el 2014 en Uruguay y en 2015 anterior al 16/12 compre dolares donde me cobraron el 20% para retirarlos, ademas hice una compra con la tarejta de credito donde me cobraron el 35%, alguien si me orienta le agradezco y que Afip debo ir? la de mi domicilio del DNI o donde realmente vivo??
    graciassssssssssss

  61. hernan dice:

    hola, hice la presentacion de tres periodos 746/a , a partir de ahora , me lo van a reintegrar cuando ?
    es una loteria no?
    saludos gracias –

  62. Ignacio dice:

    Buenos días! Aquel trabajador en relación de dependencia que paga el Impuesto a las Gananacias y tiene retenciones y percepciones de años anteriores al 2015 (2013 y 2014) por recuperar (nunca las informo por SiRADIG). Las pierde? Si no es así, como debe hacer para informarlas y recuperarlas?
    Gracias por la ayuda!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No las pierde pero no es fácil de recuperar.
      Hay que inscribirse en Ganancias y presentar una DDJJ en abril con saldo a favor y recién entonces pedir que se devuelva. Te sugiero que consultes a un contador que te asesore personalmente para ver si vale la pena en tu caso. Saludos,

  63. Eduardo dice:

    Buenos días. Compré un pasaje para mi hermana con mi tarjeta de crédito a United Airlines. Me aparece la percepción para agregarla en el Siradig, pero la selección del campo «Pasajero», sólo me permite seleccionarme a mi. Si la que viajó fue mi hermana (que NO está a cargo mio), es correcto que me seleccione a mi como pasajero? o no me corresponde?
    Gracias por la respuesta.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si el pasaje salió con el cuil de tu hermana y ella no está a tu cargo, no la podés pedir. Un saludo,

  64. Marita dice:

    Hola mira yo complete el siradig hoy…con las percepciones del dólar ahorro….cuando lo estaría cobrando?pago ganancias….gracias

    • Paula Martinez dice:

      Tu empleador te lo va a liquidar con el sueldo de febrero (se resta de lo que deberías pagar de Ganancias ese mes). Es decir, a finales de febrero o principios de marzo. Saludos,

  65. DANIEL dice:

    HOLA MI EMPLEADOR ME OBLIGA A PRESENTAR SIRADIG Y COBRO MENOS DE 2500000 ANUAL NO TENGO RETENCIONES DE GANANCIAS, Y COMPRE DOLARES QUE FORM PRESENTO PORQUE , TENGO ENTENDIDO QUE EL EMPLEADOR ESTA FACULTADO A OBLIGAR AUNQUE NO LLEGUE A LOS 250MIL A EXIGIR LA PRESENTACION DEL SIRADIG

    • Paula Martinez dice:

      Sí puede obligar, pero no tendrías que pedir las percepciones por el Siradig sino por el 746 A.

  66. Cristian dice:

    Hola Paula, te queria consultar.

    Yo compre un pasaje para mi novia con mi tarjeta de credito, la percepción me figura dentro de mis percepciones pero al querer cargarlo en el 572 WEB solo puedo cargar el mío, el de ella no me figura y según lo que encontre en Internet solo se puede cargar el de las personas a cargo.

    ¿Como debemos hacer para cargar esa percepción y cobrarla ? ¿lo puede cargar ella en su 572 web ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es así, sólo puede pedir la percepción quien la pagó (se supone que el titular de la tarjeta) pero tiene que estar a su cargo. No se puede pedir si no es así.

  67. andrea dice:

    si no pago ganancias ni bienes p., para solicitar el reintegro del 20 % x dolar ahorro, hay alguna fecha límite para hacer esa solicitud?. gracias

  68. Malena dice:

    Hola Paula. Me quedó claro que es obligatorio tener CUIT para recuperar las retenciones. Tenes alguna guia para completar el formulario 460? Soy empleada en relacion de dependencia, no pago ganancias ni bienes personales. Tengo clave fiscal 3 y los datos biometricos aceptados. Si saco el CUIT me genera algun gasto mensual? Lo puedo sacar sin tener ninguna actividad economica? Y la última pregunta, como constancia de domicilio aceptan facturas del celular, resumen de tarjeta, resumen obra social? Porque los impuestos no vienen a mi nombre. Gracias de antemano. Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Llená los datos personales y el domicilio y lo que no sepas no lo completes, preguntá cuando vayas a la Afip.
      No tiene ningún cargo sacar el CUIT.
      Cualquier constancia de domicilio. Saludos,

  69. carla calafiore dice:

    Hola. Si estoy pagando una deuda en la afip a través de una moratoria, me pueden devolver las percepciones?
    O lo toman como parte de pago de esa deuda?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Supongo que si estás al día con la moratoria no te la pueden exigir toda de golpe.

  70. gonzalo dice:

    buenas, yo hice compras durante todos estos años con una tarjeta adicional de mi madre. Quien tiene que hacer el tramite? porque me fije y no me estan devolviendo nada.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La devolución no es automática.
      La Afip dice que las percepciones las tienen que pedir los titulares de la tarjeta porque se supone que es quien paga.

  71. laura dice:

    Buenas. Hice una compra de vuelos en el 2014.para abonarlo hice un deposito bancario por caja(es decir no directamente desde mi caja de ahorro)ya pedi la factura a la agencia de viajes. En este caso puedo cargar esto en la pagina de la afip y me van a devolver el 35?desde ya,muchas gracias

  72. LEANDRO dice:

    Les hago una consulta mi señora si paga ganancias trabaja en relación de dependencia y realizo varias compras que tienen el 35% ya se cargo todo en siradig a ella no le hace falta sacar el CUIT no?

    • Paula Martinez dice:

      Ella tiene que cargar todo en el Siradig y enviarlo a su empleador, no se carga en forma automática (tiene tiempo hasta el 31 de enero).
      Si ya lo hizo no tiene que pedirlo por otra vía ni hacer otro trámite.

  73. agustina dice:

    buenas. cuando intento cargar los del 2015 me aparece un cartel «ADVERTENCIA: La carga de datos que está a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias
    y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir y la información ingresada quedará en estado BORRADOR hasta las fechas mencionadas.»

    a que se debe?

  74. Belrom dice:

    Hola!! Yo poseo CUIL y tengo mis datos biométricos aceptados, nivel 3 de seguridad y puedo ingresar a la afip, pero me acabo de dar cuenta que lo que yo tengo no me sirve para pedir el 35% que se me retuvo por compras en el extranjero. Tengo que solicitar un CUIT?? aunque no sea monotributista ni tenga una empresa? Si solicito CUIT me van a cobrar algo? …Cuánto demora esto? Gracias

  75. Yami dice:

    Gracias por la información
    La consulta es: Le pagué el pasaje aéreo a unas amigas, yo pago ganancias asi que estoy completando el SIRADIG. Ellas ¿pueden reclamar el pasaje, o lo tengo que hacer yo por ser la titular de la tarjeta? (aunque no están a mi cargo segun el criterio para el siradig)

    • Paula Martinez dice:

      No las podés cargar por el Siradig ya que no están a tu cargo. Ellas tampoco podrían, en principio, ya que las percepciones las deben pedir quienes las pagan (el titular de la tarjeta).

  76. mariana dice:

    puede una persona recuperar la retencin de ganancias por la compra de pasajes si lo abono con la tarjeta de credito de otra persona ?

  77. Vic dice:

    Hola, el año pasado hice la presentación para recuperar las retenciones (yo no pago imp. a las ganancias ni bienes personales) hasta Dic/2014. Por supuesto, todavía no me pagaron nada. Espero que ahora cumplan lo que están diciendo y me vayan devolviendo en cuotas a partir de Febrero.

    La pregunta es, ¿puedo presentar las retenciones de 2015? ¿corresponde hacerlo ahora o debería esperar a que pase un año?
    Muchas gracias!

  78. Gastón dice:

    Hola, compra de dolares en 2015 devuelven el 20%?

  79. sandra dice:

    hola, yo hice todas las indicaciones en la pagina pero me dicen que debo esperar que la afip valide mi cuit.
    Se sabe cuanto tardan?

    solo hice el tramite por compra de dolares, es decir devolucion del 20%

    para mi tambien tardara lo que afip disponga?

  80. Mónica Costa dice:

    Consulta soy jubilada desde abril de 2015 pero recién me empezaron a descontar ganancias a partir de setiembre 2015, tengo que recuperar la percepción del 35% por viaje al exterior pero este supera lo retenido por ganancias. Cómo recupero la diferencia, teniendo en cuenta que seguramente cuando modifiquen la ley de ganancias no me descontarán mas. Desde ya muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      En principio, cargá el Siradig con todas las percepciones (https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/)
      Te van a reintegrar hasta el monto de las retenciones de Ganancias de 2015. El saldo a favor lo podés pedir si pagás Bienes Personales. Si no, te tenés que inscribir en Ganancias y presentar la DDJJ en abril con saldo a favor.
      Para pedir esto tenés que hacer otro procedimiento. Te sugiero que consultes un contador. Saludos,

  81. Elian dice:

    Hola, soy empleado en relación de dependencia pero en concepto de «beca» (regimen de residencias medicas), estuve investigando en la pagina de la AFIP el tema de la devolucion de retenciones, mediante el acceso al formulario F746 e ingrese por ejemplo al periodo 2013/11 donde me aparecian percepciones y el monto total a percibir. Quise salir de esa pagina por lo que clickee en la cruz a la izquierda al lado de «devoluciones y transferencias» y me aparecio el mensaje: «desea cancelar la edición dle formulario» y puse que si, interpretando que dejaba de editarlo (que de hecho ni lo toque) y volvia a verlo mas adelante.
    Ahora me encuentro que intenro acceder al mismo periodo y ya no me aparecen esas percepciones a las retenciones….eso significa que se borro solo por intentar salir de esa pagina?? nunca puse borrar ni nada, ni agregue o realice cambios, simplemente vi las percepciones que se generaron automaticamente y trate de salir.
    Si alguien puede ayudarme con este tema o le paso algo similar sinceramente se lo voy a agradecer, porque cargar todas las retenciones de cero cuando ya estaban todas hechas automaticamente me va a resultar casi imposible.
    Saludos y gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si no te aparecen, supongo que las tendrás que volver a cargar manualmente. Fijate en Mis Retenciones y guiáte con esta información.

  82. MARIANA dice:

    si no tengo CBU a mi nombre puedo poner el de otra persona?

  83. Rodrigo dice:

    Hola Paula. Trabaje en relacion de dependencia hasta Diciembre de 2015. En 2013 y 2015 compre aereos y solicite los dolares que se me permitian comprar. En este caso me corresponde tramitar esta devolucion?. Por otro lado, debo tramitar un CUIT? porque solo tengo CUIL y es la parte que no me queda clara. Perdon por la Ignorancia!

    Saludos

  84. Gabriel dice:

    Hola ,yo compre en el exterior con tarjeta de credito de una extension de la trajeta de credito de mi mama y otra de mi hermana, yo no tengo CBU ,puedo ingresar el CBU de la cuenta del banco de mi mama en mi cuenta de afip?
    O puedo cargar las retenciones del 35% con el cuil de mi mama o de mi hermana ya que las titulares de las trajetas son ellas?? muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las percepciones las tiene que pedir el titular de la tarjeta. Slds.

  85. JOse dice:

    Buenas! No pago ganancias por estar en el decreto 1242/13, sin embargo por operaciones en años anteriores vengo presentando el F572 Web, en este caso corresponde que solicite el reintegro por este formulario o a través del F746A? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Si no tuviste retenciones de Ganancias en 2015 no corresponde pedir por el F572 sino por el 746. No hace falta que tu trámite sea el mismo tdos los años.

  86. Pablo dice:

    Hola, quería hacerle una pregunta muy específica. Durante el 2015 trabajé en relación de dependencia y además nunca dejé de pagar el Monotributo. Además, no pago Ganancias. Me conviene tramitar por medio de Siradig o por Mis Aplicaciones Web?
    y por otro lado, de qué mes a qué mes debería hacerlo? sólo 2015?
    Muy agradecido por tener esta información de forma gratuita y tan detallada
    saludos

  87. carlos dice:

    Hola, pregunto, acabo de hacer el reclamo de retensiones del 2014 y lo hice OK, pero las del 2015 me dice que aun no cumplio el año y que me las guarda en un borrador, entonces cuando seria el mes indicado para reclamar lo del 2015??? aclaro q todos los meses compre dolares. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. se pueden pedir recién en julio y se devolverán en agosto. Slds.

  88. fabio dice:

    hola yo no pago ganancia x que quede excento con el decreto 2012, pero solicite la devolucion del 20% a traves del siradig, la pregunta es me pagaran o no ya que por el f 746 no lo puedo ver. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si no tributás Ganancias corresponde pedir a través del 746. Slds.

  89. Adriana Angélica Billone dice:

    Soy empleada y no pago ganancias porque mi sueldo es bajo, pero en la página de la AFIP no me deja llenar el 746 A, porque hace dos años pagué ganancias una sola vez ($74), y dice que debo pedir el reintegro por ganancias. Qué puedo hacer? Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Deberías cargar por el Siradig las percepciones del año que pagaste Ganancias y por el 746/A el de los otros años.

  90. Ceci dice:

    Soy empleada en relación de dependencia. Debido al decreto 1242/2013, no pago Ganancias. Debo pagar, sin embargo, Bienes Personales que realizo en forma de anticipos. En 2013/2014/2015 realicé compras de moneda extranjera e hice consumos en el exterior. He presentado el formulario F.572 Web para los años 2013, 2014, y 2015 a mi Empleador. Dado que no pago Ganancias, ¿qué pasos debo seguir para que me descuenten esos consumos/esas compras de Bienes Personales? Si tuviese saldo a mi favor debido a la compra de moneda extranjera, ¿lo puedo recuperar? ¿Cómo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si no pagaste Ganancias no tenés que pedir las percepciones por el Siradig.
      Como tributás BIenes Personales, tenés que incluirlas en la declaración jurada anual de abril/mayo como pago a cuenta. Los saldos a favor después te servirán para cubrir los anticipos. Consultale bien al contador que te hace la DDJJ. Saludos,

  91. andrea dice:

    Yo gestionè una devoluciòn en 2014 por descuentos del 2012 y 2013, aùn no me hicieron ninguna devoluciòn. ¿què tengo que hacer?

  92. Bruno Ivaldi dice:

    Hola, estuve escuchando por television y radio que estarian devolviendo esta semana el 35% a los que no pagan ganancias, que se sabe de esto? es cierto? hay un cronograma?

  93. Joel Morato dice:

    Tengo una duda con respecto a la devolución de las percepciones, leí que la percepciones del 2015 se reintegraran luego del vencimiento de Ganancia y Bienes Personales a mediados de año. Yo trabajo en relacion de dependencia y nunca presente ninguna DDJJ ni de Ganancias ni de Bienes Personales. Debo hacerlo para que me lo reintegren aunque a pagar de Cero? O no es necesario. Mi duda es principalmente con bienes personales ya que hace un año compre un departamente pero nunca declare nada. Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Yo sugiero tener todo en orden antes de pedir algo en la Afip. Hay personas que no le pidieron nada y ni se fijaron, pero…

  94. Claudia dice:

    Hola. yo compré dolares (libre disponibilidad ) durante todo el año, también puedo pedir la devolución del impuesto que se me cobró por cada vez que realice la compra? no pago ganancias.
    Muchas gracias y la pagina es excelente.

  95. Sandra dice:

    Hola! Necesito ayuda. Tengo una duda sobre el f. 746/a, lo estoy haciendo mes a mes, pero después de grabar sin problema las percepciones, no me deja presentar hasta que llegue el vencimiento de gcias y bs personales. Puede ser posible? Como que quedaría en borrador.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sandra,
      Sí, para 2015 no te deja presentar todavía. Hay que esperar.

  96. ANAMARIA dice:

    Hola, pagué con transferencia bancaria pasajes a Europa para mi y para mi hija mayor de edad, cómo debo cargar las retenciones? Esto no figura en Mis retenciones pero poseo la factura de compra de Aerolíneas Argentina en la que se discrimina el 35% retenido. Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Las percepciones que no figuran en Mis Retenciones se pueden cargar a mano (en la factura está el CUIT y todos los datos que necesitás). El procedimiento depende de cómo pidas el reintegro (Siradig, DDJJ, 746, etc.)

  97. Hernan dice:

    Estimado/a, buenas tardes. Interesantes las respuestas que dan a la gente, son de gran ayuda, ya que personalmente, nisiquiera con contadores he podido sacarme las dudas que tengo al momento. En mi caso, les comento que pago ganancias y bs personales, desde 2013, he realizado las cargas correspondientes en SIRADIG casi mensualmente y se las he ido enviando a mi empleador a cada una de ellas. Ahora, nunca he recibido ningún peso de devolución de AFIP, siendo que tengo saldos a favor por compras con tarjeta de crédito y por compra de dólares en los años 2013, 2014 y 2015. Preguntas 1) si pago ganancias implica que ya estoy inscripto en el impuesto? o debo inscribirme para lograr esta devolución? 2) como debo seguir una vez incripto y teniendo ya los SIRADIG completos? 3) que probabilidad tengo de que me devuelvan ese dinero y en que plazo? Gracias adelantadas desde ya. Slds,

    • Hernan dice:

      Me olvidaba, trabajo en relacion de dependencia y también soy monotributista categoria F, por lo que realizo las DDJJ cuatrimestrales y he realizado todas las DDJJ de ganancias y bs personales estos años nombrados. Slds,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hernán,
      Se supone que tu empleador te tiene que computar las percepciones que cargaste en el Siradig, cuando hace la liquidación anual de Ganancias en febrero.
      Puede pasar que las percepciones superen lo que te retuvieron de Ganancias con lo cual tu empleador no te lo devuelve.
      En ese caso, los saldos a favor los tenés que incluir en la declaración jurada de Ganancias de abril (te tendrís que inscribir para presentarla) o en la de Bienes Personales. Si tenés un saldo a favor te sirve para pagar los anticipos.
      Informale al contador que te presenta las DDJJ que te incluya las percepciones como saldo a favor. Slds.

  98. FLP dice:

    Hola..Soy empleado en relacion de dependencia y NO pago Imp. a las Ganancias…Por que tengo que sacar un CUIT para poder recuperar la percepcion?. Si saco un CUIT no me voy a ver obligado todos los años a presentar una DDJJ de Ganancias?.

    Solo quiero recuperar lo que gaste en mis viajes al exterior

    • Paula Martinez dice:

      El CUIT es obligatorio y no te genera ninguna obligación formal.

  99. liliana dice:

    me descuentan gcias pero me las reintegran en el mismo recibo de haberes ( por el decreto del anterior gobierno ) que formulario presento para el reintegro dle 35 % ?
    gracias !!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola, fijate en el primer punto de la pregunta 3. Tenés que completar el Siradig antes del 31 de enero.

  100. Leandro dice:

    Hola, queria saber si me podian ayudar, al cargar los datos en el formulario 746/a e intentar aceptarlos, me aparece un error «La solicitud de devolucion de las percepciones establecidas de acuerdo a la RG 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, debera ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentacion de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales». Esto significa que tengo que esperar a despues del 31 de enero, ultima fecha de presentacion del formulario de ganancias, para poder presentar el formulario 746/a? Muchas gracias por la ayuda!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leandro,
      Los vencimientos de las declaraciones juradas son en abril y mayo, hay otro vencimiento en junio de la DDJJ informativa para empleados. La verdad es que no sé cuál tomará la AFIP, pero todavía no se pueden enviar las percepciones de 2015. Sí las de 2012 a 2014. Saludos,

  101. Alejandra dice:

    En los últimos 3 años mis DDJJ de Impuesto a las Ganancias no me dieron saldo a abonar. Las mismas fueron presentadas oportunamente, sin la inclusión de las percepciones de compra de moneda extranjera y compras realizadas con tarjeta de crédito en el exterior ya que, al realizar la consulta personalmente en distintas agencias de la AFIP, no sabían el procedimiento a seguir para estos casos. En todas las agencias consultadas me dijeron que este caso no había sido contemplado. Así como los monotributistas pueden ahora solicitar la devolución de la percepción y compras en el exterior por el 746/A, para este caso NO encontré un aplicativo que me permita solicitar dicha devolución. Por sistema pueden comprobar las compras de moneda extranjera para tenencia y para turismo que el organismo me autorizó, las cuales fueron realizadas con la percepción del 20% y del 35%, respectivamente, a lo que hay que agregar las percepciones sobre compras realizadas con tarjeta de crédito en el exterior. Cuál sería, entonces, el procedimiento a seguir para que me devuelvan todas estas percepciones?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si no pagaste Ganancias ni Bienes Personales podés pedir el reintegro por el 746/A.

  102. Sandra dice:

    Gracias Paula! Hice bastante, ya saque cuit las percepciones me aparecieron. Ahora debo solicitar la dev. con el f. 746, tengo una inquietud del servicio interactivo en «sistema registral» me aparece como nota – debe declarar actividad económica – . yo soy empleada en relación de dependencia, no pago gcias ni bienes personales. Que me correspondería declarar como actividad?

  103. Marcelo dice:

    Quiero completar el formulario 746/a para recuperar el 20% de la compra de dolar ahorro durante el 2015 y al querer presentar el formulario me salta la leyenda «La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales». No entiendo el porque ya que el año pasado lo cargue cerca de esta fecha y no tuve problemas, tengo entendido que el plazo finaliza el 31/1/2016
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marcelo,
      El plazo no termina el 31 de enero para el formulario 746 (eso es para quienes pagan Ganancias por recibo de sueldo).
      Desde este año se pide que esperes al vencimiento anual de las DDJJ de Gcias y Bs. Personales a mediados de año para pedir por el f. 746.
      Supongo (no se puede saber qué busca la Afip) que es por si tenés que tributar Bs. Personales, lo pidas a través de esta declaración jurada (y para que cumplas con la obligación de informar en junio si no pagas nada).
      Saludos,

  104. vanesa dice:

    Soy monotributista pero estoy atrasada con el pago. Y Compre un pasaje en diciembre con tarjeta y me quedo para febrero
    pagar el afip. Puedo pedir la devolución con la deuda o debo pagarla antes. Hasta cuando tengo tiempo?? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si vas a pedir la devolución, te sugiero tener todas las obligaciones al día con la AFIP porque te analizan todo con lupa.

  105. andrea dice:

    2 consultas: mi papa es jubilado (con la minima) y aparte es monotributista (minimo tambien) porque es taxista: tengo que completar la devoluciòn por Mis Aplicaciones Web F 746 o a traves de la declaracion de bienes personales?
    la segunda consulta: hasta cuando se pueden hacer los datos biometricos, ya que mi marido tiene unan devolucion de un pasaje al extranjero pero no tiene ni clave fiscal?
    GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si tu papá tiene que pagar Bienes Personales, las percepciones las tiene que pedir en la declaración jurada anual de este impuesto (abril). Si no, las puede solicitar por el F 746, pero después de mitad de año.
      No hay fecha límite para este último trámite. Slds.

  106. Gerardo dice:

    Buenas tardes, trabajo en relación de dependencia y desde hace años mi empleador me retiene ganancias todos los meses. El año 2014 complete el 572 WEB y en el cual indique las percepciones por viaje al exterior, las mismas fueron inferiores al total de mis retenciones de ese año. De todos modos, mi empleador al recibir el 572 me comunicó que no estaba de acuerdo con la devolución de ganancias y por tal motivo NO me lo reintegro; fiel reflejo de esto son los recibos de sueldo donde la devolución no aparece plasmada. Este año también completé el formulario con percepciones y ya lo envié a mi empleador. ¿Qué debo hacer, puesto que nuevamente me indica que NO está dispuesto a realizar el reintegro? Gracias y salu2!

    • Paula Martinez dice:

      Gerardo,
      Lo que no entiendo es cuál es la explicación de tu empleador para no devolverte las percepciones si es el procedimiento que corresponde.
      Te sugiero que le pidas el formulario 649 por el año fiscal 2015 y que lo hagas revisar por un contador para ver qué te sugiere. Es bastante raro.
      Un saludo y suerte!

  107. Alejandra dice:

    Hola yo soy jubilada, me descuentan en mi suledo ganancias. En en mes de junio viaje a Madrid y tengo retención de afip del 35% del pasaje que compre en mayo y de las compras que hice desde junio a a agosto durante mi estadia. Mi hija completo el Siradig y envió el Formulario 572 al empleador con el detalle de cada retención. Ahora no sabemos si se debe hacer algo mas o si ya estaría finalizado el tramite?

    • Paula Martinez dice:

      No tienen que hacer nada más. Se incluye con la jubilación de febrero de este año todas las percepciones de 2015.

  108. Enrique dice:

    Hola Paula.

    Muy buena la pagina!!
    Quería comentarte lo siguiente. Este año pague un viaje con débito a una agencia de viajes. Como debería hacer para que me devuelvan el 35 % ? Que debería pedirle a la empresa? En caso de ser posible, se puede solicitar junto con el 20 % que me retuvieron por la compra de dolares? En este momento estoy desempleado.
    Me podrás orientar un poco?

    Gracias y feliz año!!!

  109. Alejandra dice:

    Hola yo soy jubilada, me descuentan en mi suledo ganancias. En en mes de junio viaje a Madrid y tengo retención de afip del 35% del pasaje que compre en mayo y de las compras que hice desde junio a a agosto durante mi estadia. Mi hija completo el Siradig y envió el Formulario 572 al empleador con el detalle de cada retención. Ahora no sabemos si se debe hacer algo mas o si ya estaría finalizado el tramite.

    • Paula Martinez dice:

      Si está enviado el Siradig tenés que esperar hasta febrero. La liquidación anual (donde te restan la percepción de lo que te correspondía tributar) se hace con el sueldo o la jubilación de febrero.
      Fíjense que esté enviado correctamente (no solo cargado). Slds.

  110. eugenia dice:

    TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA PERO NO PAGO GANANCIAS, YA HICE LOS FORMULARIOS F746 EL 22/10/2014 PERO NO TUVE NUNCA RESPUESTA POR PARTE DE AFIP, QUE DEBERIA HACER PARA PODER COBRARLO?
    GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Eugenia,
      Hasta el año pasado demoraban más de un año en responder, ahora prometieron que van a agilizar estos trámites. Esperemos.

  111. Óscar dice:

    Quería saber si al haber cargado todo en su debida forma encontrándome trabajando bajo relación de dependencia, el empleador podría devolvérmelo en diciembre y/o enero ya que habitualmente lo hace en febrero. Desde mi punto de vista este obrar obedece a una sobrecarga de trabajo y no así a un impedimento de la afíp.
    Gracias
    Espero respuesta aclaratoria

    • Paula Martinez dice:

      Hola Oscar,
      El empleador hace el cierre anual del Impuesto a las Ganancias en febrero y los saldos a favor o en contra se liquidan con el sueldo de ese mes. Saludos,

  112. maricel dice:

    Hola! mi marido tributa ganancias. El año pasado enviamos por siradig todos los gastos en el exterior y compra de moneda extranjera del 2014, pero lo hizo el 31 de marzo de 2015!!!! Nunca recibió nada. Por favor me podrás informar si cometimos algún error y como podemos reclamar.
    Mil gracias
    Maricel

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Si pagó Ganancias como empleado, la fecha límite para que le devolviera su empleador vía recibo de sueldo era el 31 de enero.
      Si no había cargado el Siradig hasta esa fecha, lo que le queda es presentar una DDJJ de Ganancias (aunque ya venció el plazo) con saldo a favor y después pedir la devolución.
      Te sugiero que consultes a un contador para ver si vale la pena hacerlo en tu caso.
      Para este año, si tiene percepciones de 2015 que no olvide cargarlas en el Siradig y enviarlas a su empleador antes del 31 de enero.
      Saludos,

  113. Luca dice:

    Hola, quiero realizar el formulario 746, sin embargo al momento de ver mis retenciones no figura nada, siendo que compre dolares en Diciembre de este año 2015 (oficial) y costee un viaje al exterior a través de una agencia de viajes. También realice compra al exterior por tarjeta que se pagará en enero 2016 asi que supongo que esa no figurará. Si me importan los otros dos descriptos.
    Podrías darme una manos de los procedimientos a seguir o debo cargarlos a mano?
    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Las operaciones de diciembre todavía no aparecen (después del 10 de enero, recién).
      Si entrás en el formulario directamente, te van a aparecer cargadas las percepciones, si no la subís a mano.
      Saludos,

  114. lucas dice:

    hola. si la compra en dolares se realizo un mes antes de diciembre, es obligacion del banco cobrar el 35% y un dolar de 9,60 ?

    • Paula Martinez dice:

      Depende del cierre del resumen de la tarjeta de crédito. Si cerró a partir del 17 de diciembre, no te cobran el 35%. Si cerró antes, sí te cobran el 35% pero a la cotización de 9,80 (más o menos).
      Lo que te queda en dólares se cotiza al tipo de cambio del día de pago de la tarjeta.
      Fijate al final de la nota que hay preguntas y respuestas sobre esto.

  115. Nicolas dice:

    Buen día, una consulta, si realice un viaje en febrero de 2015, tengo que esperar hasta enero de 2016 para poder solicitar la devolución de las percepciones?

    • Paula Martinez dice:

      Según tu situación fiscal. Si sos empleado y pagás Ganancias, lo tenés que cargar por el Siradig ahora y antes del 31 de enero.
      Si no pagás impuestos, lo podés pedir por el formulario 746/A (Mis Aplicaciones Web) pero recién lo podés hacer a partir de 2016 (no hay límite previsto por ley).

  116. graciela dice:

    hola: queria preguntarte si con esta nueva reglamentación puedo pedir la devolución del 20% por compra de dolares para tenencia que compre y si fuera asi es solo del 2015 o por el 2014 tambien que hice algunas compras de moneda extranjera?gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las percepciones ya cobradas por la Afip, se pueden pedir igual que antes. O sea, se mantiene el mismo sistema de antes, según tu situación fiscal. Un saludo,

  117. Romi dice:

    Hola te queria hacer una consulta, trabajo en relacion de dependencia y no pago ganancias, compre dolares en el 2014 y 2015 y me cobraron el 20% de retenciones a cuenta de ganancias. Como tengo que cargar los datos? mes a mes o puedo generar uno con todas las retenciones del 2014 y 2015? es el f746/a que tengo que llenar? puedo recuperar lo del 2014 o esta perdido? mil gracias espero tu respuesta!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que completar el 746 y ahora podés pedir 2014 (se carga mes por mes en pedidos separados) Antes no te dejaba pedir 2015, había que esperar a enero del año que viene.

  118. eugenia dice:

    Otra consulta: mi marido no paga ganancias y trato de realizar la devolucion del 20% por la compra de dolares de este año y No me deja. Ya cargue cbu y tiene clave seguridad 3 por lo q no entiendo porq no me deja. En mis consultas veo todas las retenciones del 20% o sea q estan en el sistema. Porq pide q vaya a una delegacion?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tiene que sacar el CUIT y registrar datos biométricos en una oficina de AFIP.

      • Sandra dice:

        Hola, estoy por sacar el cuit, para solicitar la dev. de la percepción de la compra de moneda ext.Trabajo en relación de dependencia, así que debo presentar el f746, tengo entendido que debo presentar dos comprobantes de domicilio para sacar el cuit, no tengo ningún servicio a mi nombre, vivo con mi mama, y esta todo a su nombre. Me serviría presentar un servicio a su nombre y mi partida de nacimiento , además del certificado de domicilio extendido por PFA?

        • Paula Martinez dice:

          Depende la dependencia, pero creo que con el DNI con domicilio actualizado está bien. (podés llevar certificado de domicilio de la policía).

          • Sandra dice:

            Gracias!!! Para registrar los datos biométricos necesito algún formulario? Para sacar el cuit es el f. 460/f , hay otro más para llevar?
            En «mis retenciones», cuando entro con cuil y clave fiscal, no me aparece ninguna percepción de las compras de moneda extranjera que hice en el 2015. Es normal?

            Saludos

          • Paula Martinez dice:

            Hola. No necesitás nadda más.
            Fijate si estás marcando bien el casillero «percepciones». Mirá este video: https://www.youtube.com/watch?v=DIqU2_gfIt0 Slds.

  119. eugenia dice:

    Hola queria preg si puedo agregar en siradig (pago impuesto a las ganancias) gastos de partera q tuve por el nacimiento de mi bebe? Q datos debo cargar?
    Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Podés cargar los gastos médicos, siempre que tengas factura.

  120. martin dice:

    Estimados,

    ¿Hay alguna posibilidad de recuperar la percepción por un pasaje en caso de que haya sido abonado por una persona distinta a la que viaja, y que no esté a cargo? En la página del SIRADIG sólo aparece el CUIL de la persona titular de la cuenta. ¿Es necesario realizar algún otro trámite para recuperarla?
    Saludos y muchísimas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No se puede en el Siradig, la resolución dice que solo lo puede pedir quien está a cargo de esa persona. Saludos,

      • martin dice:

        Muchas gracias por la respuesta! En mi caso compré un pasaje para alguien que no está a cargo mio. Básicamente se puede decir que lo perdí? O existirá alguna manera de recuperarlo (dado que es una percepción) por un mecanismo alternativo al siradig?

        Muchas gracias de nuevo

  121. Gabriel dice:

    Buen día: Soy empleado en relación de dependencia, pago ganancias y lleno mensualmente el F572. La devolución que me tendrían que hacer x compra de dólar ahorro + compras en el exterior supera lo que me descontaron de ganancias en el año. Mis preguntas son las siguientes:
    1- Recibo igual el monto total?
    2- En que fecha me lo pagan?
    3- Como puedo cobrar el remanente si no pago Bienes Personales y no tengo otra forma de deducirlo?
    4- Debo llenar un FORM adicional o queda a cuenta para deducir de Ganancias del periodo 2016?

    Muchas gracias por tus respuestas y paciencia. Saludos, Gabriel.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Tu empleador te va a devolver hasta el monto que te retuvo de Ganancias. Recordá informar todo en el Siradig antes del 31 de enero. Te lo devuelven con la liquidación anual de Ganancias que se realiza con el sueldo de febrero de 2016.
      Lo podés pedir pero tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ con saldo a favor para después pedir la devolución. Fijate en esta nota, en la primera parte hay un párrafo que lo explica: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-recuperar-20-por-ciento-compras-exterior-con-tarjeta/
      Slds.

  122. juan dice:

    hola, soy empleado en relación de dependencia, trabajo en una institucion militar, precisamente en la Armada Argentina ,quisiera saber que tramite debo hacer para percibir la devolucion por la compra de dolares, gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      depende de tu situación fiscal. Si pagás Ganancias, se pide por el Siradig (antes del 31 de enero). Si pagás Bienes Personales, en la Declaración jurada anual del año que viene. Si no tributás ningún impuesto, a través del formulario 746/A (Mis Aplicaciones Web).
      Fijate cada opción en la nota. Saludos,

  123. pablo dice:

    En el formulario 649 especifica la percepcion de compra de moneda extranjera???

    • Paula Martinez dice:

      Sí. Te tiene que aparecer restando del monto pagado del impuesto. En la parte de percepciones y pagos a cuenta.

  124. Esteban Navarro dice:

    Buenos días! Anteriormente les había consultado acerca de cómo cargar un importe de un pago facturado en dólares (dentro de la opción «Otras Retenciones, Deducciones y Pagos a Cuenta») porque, por lo que veo, el sistema no permite distinguir entre dólares y pesos, solo se pueden poner números. Cómo se hace para que se aclare que el monto ingresado corrsponde a dólares y no a pesos? Muchas gracias!

  125. Juan dice:

    Buenos días,
    Soy empleado en relación de dependencia, este año no me descuentan ganancias, estoy inscripto en ganancias, pago impuesto a los bienes personales y soy monotributista. Hasta ahora venía recuperando las percepciones mediante el f.572 y el remanente lo utilizaba para el pago de bienes personales. ¿Hay alguna forma de recuperar las percepciones del 2015 que no se por medio del f.572? Aún tengo bastante crédito para pagar impuestos y no quisiera que se me acumule lo de este año.
    Muchas gracias!
    Saludos.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      Si pagás Bienes Personales tenés que incluir las percepciones en la DDJJ anual del año que viene. Si te da saldo a favor, después lo tenés que recuperar (te sugiero consultar con un contador para que te asesore en tu caso personal sobre cómo hacerlo).
      Saludos,

  126. Esteban dice:

    Buenas noches: te hago una preguntonta, cómo cargo una percepcion en dólares (por una compra de un servicio con tarjeta de crédito a través de una página web de turismo) para que el sistena me reconozca que el monto de esa percepción son dólares y no pesos? Digo, porque no es posible poner símbolos delante de los valores.
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Lo tenés que cargar en pesos (al tipo de cambio que pagaste).

  127. Cintia dice:

    Hola, una consulta, si estoy en relación de dependencia pero por el decreto que se emitió no me descuentan ganancias (en 2013 no superaba los 15.000) me devuelven la percepción por compra de dólares si presento el siradig? o debo presentar el 746?. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Por Siradig no (no lo completes), tenés que hacerlo por el 746. Slds.

  128. Emmanuel dice:

    Hola, Una consulta, Ya tengo realizada las presentaciones para la devolución mes a mes de todas las retenciones que se me hicieron por viajes al exterior y percepción del 20% de compra de dolares.
    No pago ganancias por que nunca me pase de los 15mil pesos.
    Pregunta: Como yo No pague ganancias, Es necesario cargar los datos Siradig (F.572 web). para que se genere la devolución correspondientes a los períodos fiscales 2013 y 2014?
    Muchas Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si no pagás Ganancias no tenés que cargar el Siradig (y no podés pedir las mismas percepciones por dos lados). Slds.

  129. belen dice:

    Hola! Entre por consulta de ddjj y de la 746 me dice aceptada, cuando lo devolveran? y a donde me lo devuelven? ellos tienen mi cbu?

    • Paula Martinez dice:

      El CBU lo tenés que declarar con la clave fiscal.
      La Afip demora bastante más de un año para resolver estos casos, así que solo queda esperar. Saludos,

  130. Hugo dice:

    Estimada, durante este año, en mayo, realicé un viaje al exterior (Cuba) y el mismo lo pagué con tarjeta de crédito en diciembre del 2014. Dado que viajaba en mayo no lo declaré en el formulario para que me lo descontaran de Ganancias (trabajo en relación de dependencia), puede declararlo ahora?.
    Otra consulta: en los viajes realizados al exterior pagué con mi tarjeta de crédito mi pasaje y el de mi mujer, cabe aclarar que no estoy casado sino que convivo con ella pero no la tengo a cargo en Ganancias. Corresponde que descuente ambas retenciones?.

    Muchas gracias por las respuestas. Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La percepción la tenés que cargar en el período (año) en el cual te la facturan, con tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente para el Siradig y sin plazo por el formulario 746/A.
      Fijate si te deja cargar el pasaje de tu mujer. En principio, debería ser por personas a cargo, solamente, pero en el f. 746 no te piden eso.
      Slds.

  131. Rodrigo dice:

    Hola Paula

    Te quería consultar algo..
    Adquirí paquetes turísticos para viajar al exterior, los pague en la agencia turística con la correspondiente percepción del 35% de AFIP.
    La factura tipo B es por 44551 pesos y la percepción es por 5147pesos, ya que solo algunos de los servicios están sujetos a dicha percepción.
    En el Siradig me pide el monto de la percepción y el monto total.
    Mi consulta…En el monto total: cargo el total de la factura o solo el monto de los items que están sujetos a la percepción del 35%.

    Desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que cargar el monto total sujeto a percepción. No sé por qué hay rubros que no pagan (puede ser algún servicio que se brinde en ARgentina y no requiera comprar dólares, o bien que te discriminen el monto de las aerolíneas en otra factura).
      Slds.

  132. Esteban dice:

    Una consulta si un amigo hace compras en el extranjero con una extension de mi tarjeta yo me puedo computar dichas percepciones?

    • Paula Martinez dice:

      Podés pedir las percepciones de otra persona, siempre y cuando esté a tu cargo

  133. matias dice:

    Mi caso es bastante especial.
    Yo pago bienes personales pero no ganancias.
    Según la nota, debería utilizar el 746/A, pero en la AFIP me dicen que tengo que bajarme el SIAP y una aplicación especial llamada «Devoluciones», pero no entiendo realmente cómo usarla…
    Cómo tengo que hacer?…

    • Paula Martinez dice:

      Hola Matías,
      Te recomiendo que le pidas al contador que te hace la declaración jurada de Bienes Personales que pida la devolución del saldo a favor a través del aplicativo. Es correcto lo que te dijeron en la AFIP, no podés usar el 746/A sino el aplicativo Devoluciones…
      No son fáciles estos trámites y, si no los podés hacer, lo mejor es pagarle a un profesional que te asesore bien para no tener problemas luego. Slds.

  134. MARIA dice:

    hay alguna forma de saber si me devolvieron lo declarado en formulario 746A?? Se puede consultar el estado en que se encuentra??

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Te va a llegar una comunicación de AFIP diciendo si está aprobado o si te piden alguna documentación extra. Pero tené paciencia porque demora bastante.

  135. gustavo dice:

    compre pasajes al exterior para mi familia esposa e hijas , pude cargar en el formulario 572 en la web en la opción pagos a cuenta , pagos de servicios pasajes aéreos o algo asi , donde colocas los datos de cada ticket , fecha , numero , cuit de la empresa , pasajero monto percepción etc , pero solo me aparecen mis hijas con su cuil para cargar . Como hago para cargar el pasaje de mi esposa ?

    • Paula Martinez dice:

      Solamente se puede pedir la percepción de personas a cargo (si no tenés a tu esposa cargada en el Siradig porque ella tiene ingresos, no podrías): Probá hacerlo en forma manual, pero no creo que te deje. Slds.

  136. Mariano dice:

    Buenos días, hasta ahora hice todos los pedidos pero no me devolvieron nada, me deben desde 2012 en adelante.. esta bien? o tengo que reclamar algo?
    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Si pediste desde 2012 ya te tendrían que haber respondido (estaban analizando pedidos de 2013).
      Te sugiero hacer un pedido de pronto despacho para ver qué te dicen. Slds.

  137. marta barcala dice:

    hola necesitaba sacarme la duda yo compro dólares pero no para ahorro…puedo reclamar la percepción o es solamente para las personas que compran y no toenen posibilidad de sacarlo del banco por 1 año gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si te cobraron la percepción, la podés reclamar. No importa lo que hacés con los dólares. Slds

  138. Francisco dice:

    Hola. Compré un pasaje por LAN (ida y vuelta), en 12 cuotas fijas en AR$. Lo mismo hice para el hotel en el extranjero, ya que lo compre por medio de compañia local. La idea es solicitar devolucion de AFIP (35%).

    Pregunto: Ambas empresas me deben proveer la factura de compra donde se discrimine el recargo de AFIP (35%), de modo que pueda cargarlo en el SIRADIG? Al momento ninguna de las dos me proveyo la misma.

    Saludos, Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que pedir la factura de compra con el monto de la RG de AFIP separado. Si no te la dieron, pedilo.
      En el Siradig vas a necesitar los datos del agente de percepción (Nombre correcto y cuit) y eso está en la factura. Slds.

  139. Maria L dice:

    Buenas tardes. Al completarbel SIDARIG de mi marido, (a quien le descuentan Ganancias), por los gastos con tarjeta en el exterior, me pide el num de tarj que se uso p el gasto. Con Visa, usamos tanto la de él, Titular, como la mia adicional. Con Master, solo usamos la mia adicional. Que numero indico en cada caso? O solo basta con poner el numero del plastico del titular?
    Y qué fecha corresponde ingresar en ese item, la del cierre de la tarjeta (que figura en el mismo renglon de la percepcion) o la del vencimiento (que es al mes siguiente)?
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La percepción del gasto con tarjeta la tiene que reclamar el titular (es quien se presupone que paga).
      La fecha es la del pago del resumen (aunque sea antes del vencimiento).
      Slds

  140. luciana dice:

    Hola! yo hice e tramite de presentación del 35/ en julio, me dice aceptado. Pero no cobro ganancias. Y no me aparece el dinero en la cuenta que yo tengo para que me depositen. Cuanto tardan en pagar? o al alguna manera de saber cuando te depositen o como se ve…
    Gracias saludos

    • Paula Martinez dice:

      Demoran más de un año en responder. Te va a llegar una comunicación por correo.

  141. Felipe coni dice:

    Hola ,yo vengo comprando dolares desde principio de este año, no he pagado impuesto a las ganancias y trabajo en relación de dependencia, mi pregunta es , me devuelven esa percepción ? Yo complete y cargue los datos en el informe siradig .

    • Paula Martinez dice:

      El Siradig no te va a servir si estás exento de Ganancias. En tu caso deberías ver si lo podés pedir por el formulario 746 (Mis Aplicaciones Web) o, si no, te vas a tener que inscribir en Ganancias y presentar DDJJ con saldo a favor para luego pedirlo.

  142. Alberto Boullosa dice:

    Hola que tal. Compré dólares para viajar el extranjero, llegado el ,momento del viaje no lo pude realizar por problemas con la visa asi que di de baja la operación y devolví los dólares al banco donde los había comprado. El banco me devolvió los pesos correspondientes a mi compra pero no así el 35% del impuesto que percibieron como agente de retención ni me dicen como debo manejarme para conseguir su devolución por parte de la Afip. Que debo hacer??. Gracias desde ya

  143. Antonia dice:

    Buen día Paula, antes que nada muy útil la información que nos brindas. Te cuento que solicité la devolución a la AFIP por compras con tarjeta en el exterior y compra de dólares el año 2014. Ahora la AFIP me solicita que presente DDJJ de Ganancias y Bienes Personales. Cómo se hace si soy empleada en relación de dependencia pero no me descuentan Ganancias porque no llego al monto.Por favor me podrás indicar los pasos que debo seguir.
    Muchas gracias.

  144. FERNANDO dice:

    Soy empleado en relacion de dependencia (me retienen gcias ) y por error / olvido, no he cargado en el Siradig las compras de dólares, del año 2014. Es viable poder cargarlas en este ejercicio 2015, junto con las compras de este año. Cabe destacar que las DJHAS por compras 2014 figuran como pendientes de declarar en el Siradig.
    En caso de poder cargarlas me van a quedar 2 DJHAS en cada mes del 2015.
    Como debo proceder ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      No se pueden cargar. La fecha tope era el 31 de enero. Sí podés pedir el reintegro a la AFIP pero tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la declaración jurada con saldo a favor, para esto también se pasó la fecha porque para el ejercicio 2014 fue en abril de este año.
      Si es mucho dinero, te sugiero consultar a un contador a ver si realmente te conviene porque no es algo fácil. Habría que ver el caso en particular. Slds.

      • FERNANDO dice:

        Hola Paula, muchas gracias por tus comentarios.
        El tema es que yo estoy inscripto en Ganancias y de hecho me descuentan todos los meses.
        Algun contador me comento (sin mucha certeza) que si las DJHAS del año pasado 2014 aun están disponibles para declarar en el Siradig, las mismas son validas, caso contrario no tendría posibilidades de poder tomarlas para la declaración.
        De todos modos muchas gracias por tu opinión. Un saludo.

  145. leonardo dice:

    Me cobraron el 35% por comprar en una pagina web con tarjeta este monto lo puedo descontar del impuesto de afip compras en el extranjero cuando retire el producto en aduana o es aparte?

    • Paula Martinez dice:

      No lo podés descontar. Es a cuenta de Ganancias o Bienes Personales, no de otros impuestos. Slds.

  146. Cristian dice:

    Hola, primero que nada quiero agradecerles toda la información que nos brindan siempre, es de mucha utilidad.

    Trabajo en relación de dependencia, en Agosto 2013 no llegaba a los 15 mil pesos, por lo cual no pago ganancias.
    Durante el 2014 compré dólares y realicé compras en el exterior.
    En enero de 2015 presente los formularios 742/A en la página de AFIP mes a mes por todo el 2014. También me presente en la AFIP y me dijeron que tenía que presentar ganancias y bienes personales.
    Presente todas las declaraciones adeudadas de ganancias y personales y ahora estoy al día.

    En septiembre de 2015 me presenté en AFIP para ver en que estado se encontraba mi trámite, y me dijeron que en Agosto 2015 pasó a regional. No me supieron explicar nada más. Sabes que significa esto? Como puedo hacer para ver en que estado se encuentra mi solicitud?

    Por otra parte, leí que se puede presentar una solicitud de pronto despacho por cada 741/A presentado, es conveniente hacer esto?

    A la espera de tus comentarios y nuevamente muchas gracias

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Gracias por el comentario. me alegro que te sea útil la página.
      Te comento que yo también estoy con este trámite. En mayo me llevó una requisitoria para presentar un montón de documentación (comprobantes de todas las percepciones, presentaciones de Ganancias y Bs. Personales de empleados, jsutificación de movimientos en cuenta bancaria, entre otros). Eran varios pedidos de 2013 y 2014.
      La contadora que llevó mi caso, muy amable, me dijo que tenían 35.000 pedidos en carpeta y, además, otras tareas, así que se demoró. A esta fecha, ella ya me aprobó todo pero quedó en manos del jefe de sección.
      Así que estoy esperando para poder cobrar (espero que pronto). Cuando lo haga voy a hacer una nota para contar mi experiencia.
      Te digo esto porque no creo que sirva de mucho una nota pronto despacho y te sugiero paciencia. Sé de gente que ya lo cobró pero van sacado los pedidos de a poco.
      Saludos,

  147. Alan dice:

    Hola, no pago impuesto a las ganancias pero he comprado algunos dolares del 01-2013 a la fecha. Veo que tengo retenciones, pero no me deja completar el formulario 746A, qué es lo que debo hacer? y desde donde puedo reclamar?

    • Paula Martinez dice:

      Tenés que ir a una oficina de la AFIP, es probable que no tengas CUIT (solo CUIL) y este es un requisito imprescindible. También tenés que registrar datos biométricos.

  148. Sebastian dice:

    Buenas tardes; tuve que cancelar un viaje por motivos personales, por ende tuve que devolver los dolares adquiridos para dicho viaje.
    Lo que no me han restituido es la parte del 35% de la percepción, se sabe cuando te lo devuelven?

    • Paula Martinez dice:

      Me mataste con la pregunta, creí que te lo devolvían en el momento. Por qué no consultas en el banco donde los vendiste?

  149. Cristian dice:

    Hola, trabajo en relación de dependencia. Desde Agosto-2013 en adelante que no estoy alcanzado en impuesto a las ganancias. Tengo presentadas todas mis declaraciones de ganancias y bienes personales. Presenté los formularios 746/A por las retenciones de 2014 antes del 31 de Enero de 2015 y tengo vinculado mi CBU en la página de la AFIP.

    Hace unos días me presenté en las oficinas de AFIP para ver en que estado esta mi trámite, y me comentaron que los primeros días de Agosto de 2015 ascendieron a regional, que ellos desde la dependencia no me pueden dar ninguna otra información y que ahora es todo esperar.

    Leyendo por internet, encontré que se pueden presentar en la dependencia de AFIP notas de pronto despacho por cada F746/A presentado. Todavía no llegue a esta instancia.

    Me sabrían decir como tengo que hacer para saber en que estado se encuentra mi trámite? Si es recomendable presentar la nota de pronto despacho? Que me falta hacer para recuperar mi dinero?

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Te cuento que yo estoy hace tiempo con este trámite. Me llegó una carta en mayo para presentar un montón de documentación (tenés que tener todos los comprobantes de las percepciones pedidas y todas tus obligaciones al día, sobre todo, la presentación de Ganancias y Bienes Personales, además de justificar los movimientos de las cuentas). Yo había pedido percepciones del año 2013 y 2014.
      La contadora que analizó mi caso me dijo que tenía mucho atrasado (hay más de 35 mil pedidos), ya lo aprobó y ahora tiene que dar el visto bueno el jefe de sección, así que estoy esperando.
      Cuando pueda cobrar (espero que pronto), voy a hacer una nota para contar mi caso.
      Lo que te quiero decir es que hay que tener mucha paciencia y no creo que tenga mucha efectividad una nota de pronto despacho. Yo lo tomé como un gasto y, cuando lo cobre, mejor. Slds.

  150. Gabriel dice:

    Buenas Tardes,

    Trabajo en relacion de dependencia y queria saber como me doy cuenta si me devolvieron las percepciones por compra de usd. Es decir, complete y envie todo correctamente antes de 31 de enero por 6700 pesos y en febrero me aparecio una devolucion de ganancias por 3200 pesos, similar al ano anterior q no habia presentado nada. Dudo que me hayan realizado la devolucion, por lo que pregunto si tengo alguna manera desde la pag de afip u otro lugar para darme cuenta si se me devolvieron las percepciones? Por ejemplo, cuando las devuelven siguen apareciendo en ^mis retenciones^ o se borran?
    Gracias
    Saludos
    Gabriel

    • Paula Martinez dice:

      Gabriel,
      Pedí a tu empleador que te de el formulario 649. Es la liquidación anual de Ganancias de 2014. Ahí debería figurar. Slds.

  151. Fabian dice:

    Buenas, en 2014 estaba inscripto en Ganancias PF. Soy empleado en relación de dependencia, (no alcanzado por Ganancias). Hice la presentación de F711 y F746 para pedir devolución de las retenciones. Me pidieron de AFIP Bs Personales 201 y 2013 y DDJJ Gcias 2013, realice las presentaciones pero fuera de termino. Por lo que archivaron mi reclamo.
    Que debería hacer ahora? Esperar a abril/mayo 2016 para reclamar de nuevo , o puedo hacerlo todo de nuevo ahora?
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Si archivaron el reclamo no lo vas a poder pedir otra vez. Si te parece que no corresponde deberías rechazar la decisión de Afip. Te sugiero consultar a un contador que te asesore con tu caos. Slds.

  152. Carolina dice:

    Hola soy monotributista – Categoria E, nunca hice DDJJ de ganancia ni bienes (porque no los tengo). En agosto del año pasado viaje al exterior y en enero de este año solicite por medio del F.746 la devolución del 35%, jamás tuve novedades. Que debería hacer?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carolina, tené paciencia porque hay mucha demora (más de un año, seguro). Guardá todos los comprabantes con el detalle de las percepciones y tené todas tus obligaciones en regla. Slds.

      • Carolina dice:

        Muchas gracias Paula, la verdad no sabia si ya darlo por perdido o como actuar.

  153. Pablo dice:

    Hola Paula cómo estás?

    Veo que estás super metida en el tema y quisiera asesorarme un poco:

    Soy empleado y no aporto ni aporte por ganancias en ningùn momento.

    Ya declare CBU y revise «mis retenciones» para verificar los montos y estoy haciendo todo al pie de la letra, segùn instructivo de AFIP(http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/GuiaPasoAPasoMisAplicacionesWeb.pdf)
    Sin embargo el problema reviste en que poseo CUIL y no CUIT… Es posible tener ambos? En la página de AFIP el instructivo (http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/GUIAPASOAPASODatosBiometricos2.pdf) informa una serie de pasos para darse de alta algo que no tengo ni idea de que es lo que es o acerca de que me estaría haciendo acreedor por tener una CUIT. Se puede pasar de CUIL a CUIT¿? Se puede tener ambas? Hay que darse de alta en impuestos/monotributo?
    Además debe de cargarse mes a mes o hacer una antes de fin de año? Perdón tanto embrollo pero siento que estoy encaminado y no sé bien hacía adonde porque entiendo que incluso haciendo todo lo que se indica no hay certeza de la devolución en las percepciones, verdad?

    Desde ya te agradezco muchísimo tu tiempo y la energía puesta en el sitio, toda la información es de gran valor!

    Saludos,

    Pablo.

  154. pablo dice:

    Buenas noches,
    no me retienen ganancias en mi trabajo y tengo que recuperar las percepciones que me retuvieron por compra de aereos, hotel, y gastos en el exterior.
    Se recupera el total de lo retenido? si se recupera es lento el reintegro o tengo que esperar 1000 años?
    tengo gastos desde el 2013/14/15.
    gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Pablo,
      Justamente yo estoy en este trámite. Una vez que cobre voy a hacer una nota contando mi experiencia.
      A grandes rasgos te digo:
      – demora más de un año el procesamiento del pedido (a mí me vino todo junto hace un par de meses lo pedido durante 2013 y 2014).
      – si la Afip ve inconsistencias o le faltan comprobantes, te los van a pedir. A mí me pidieron un montón de cosas que tuve que llevar.
      – Tenés que guardar los comprobantes con el detalle de la percepción (factura de aerolíneas y hoteles, resumenes de cuenta y de la tarjeta, etc.).
      – Tenés que justificar todos los movimientos en tu cuenta bancaria.
      – Tenés que estar al día con todas tus obligaciones, sobre todo, la presentación de la DDJJ de Ganancias y Bienes Personales de trabajadores, si corresponde: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/trabajadores-presentacion-de-ganancias-y-bienes-personales-2/
      Si tenés todo, a esperar con paciencia!

  155. María dice:

    Hola: soy empleada del gobierno de la ciudad quien me retiene impuesto a las ganancias. Por los gastos en el exterior me devolvieron lo que había tributado, pero el monto que me tienen que devolver es mucho mayor. Consulte a un contador, me sugirió sacar cuit y hacer la aceptación de datos biométricos para el reclamo. Lo hice, pero ahora me dice que no se puede pedir el resto que solo se puede pedir que se compute contra futuros saldos a favor… esto es así?

    • Paula Martinez dice:

      Hola María, ambos tienen razón.
      En tu caso, lo que tenés que hacer es inscribirte en el Impuesto a las Ganancias y presentar la declaración jurada anual con saldo a favor. El tema es que esto no te lo devuelven así nomás, te lo toman como pago a cuenta de impuestos futuros (lo podés aplicar al pago de Bienes Personales, por ejemplo). Pero si no tenés que pagar, te queda el reclamo pendiente.
      Te sugiero que un contador te asesore bien las implicancias de inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ, para ver si vale la pena en tu caso. Slds.

  156. Federico Villanueva dice:

    Hola como estas tengo una consulta,
    Tengo pensado realizar un viaje a estados unidos, pero la unica tarjeta que tengo para utilizar es una extension de mi padre.
    Todas las compras que realice (pasaje, hospedaje, compras, etc), que tengan el 35% de percepcion de AFIP, el puede pedir la deduccion de impuesto a ganancias?, ya que el si tributa y yo por mi sueldo no.

    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Según la resolución de Afip, solo puede pedir la percepción quien paga la tarjeta (se supone que es el titular de la cuenta) y por las personas que están a cargo. Te sugiero una consulta al sitio de la Afip [email protected] para que te hagan den una respuesta que puedas presentar cuando hagan el trámite. Slds.

  157. Guillermo dice:

    Soy autonomo . He comprado dolar ahorro un par de veces acorde al limite permitido para mi caso . Ahora la duda que me surge es la siguiente . Cuanto me va a costar esta tenencia de dinero al momento de liquidar el año proximo el impuesto a las ganancias y/o bienes personales . Esto lo consulto , porque no tengo manera de » esconder » esta tenencia dado que lo compre con autorizacion de AFIP . Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      Si no tenés cómo justificar que te gastaste los dólares (por ejemplo, un viaje al extranjero), vas a tener que declararlo en Bienes Personales (en Ganancias, no). Si están depositados en el banco, están exentos, pero si los tenés en efectivo sí tributan.
      De todos modos, podés utilizar la percepción del 20% como pago a cuenta de Ganancias en la declaración anual.
      Slds.

  158. Yolanda dice:

    Hola quisiera saber si puedo realizar compras al exterior con la extencion de tarjeta que me hizo mi marido, èl con su tarjeta ya realizo las dos compras por año que le autoriza afip.
    Si es q puedo comprar con la extension de tarjeta que mi marido ya haya comprado no importaria..? en caso de poder comprar con la tarjeta adicional como deberia hacer para recuperar la percepcion de afip.?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si la tarjeta está a tu nombre (aunque seas adicional), la compra se carga para vos, así que sí podrías. El reinegro de la percepción de Afip se realiza de la misma manera.
      Sld.s

  159. Vanesa dice:

    Hola:

    Tengo el siguiente problema me han despedido de mi trabajo en el cual me hacian retenciones de ganancias. la empresa me hace la devolucion de lo cargado en el F572 web con la DDJJ anual. que va a pasar con las percepciones que ingrese este año?

    • Paula Martinez dice:

      Cuando te hagan la liquidación final tienen que tener en cuenta también las retenciones y percepciones de Ganancias. Por las dudas, te sugiero que la hagas ver por un contador para que te asesore en tu caso particular. Slds.

  160. Susana Diaz dice:

    Muy buena v/web
    Les hago una consulta. Compré dólares para ahorro durante 2014 y hasta febrero 2015 y tambien tengo alguna retención en mis tarjetas de crédito por un viaje a Montevideo. En esa época trabajaba en relación de dependencia, pero no pagaba ganancias-.
    Me desvinculé en abril 2015 por jubilación.
    Quisiera recuperar el 20/35% Lo tengo que hacer por el form. 572 SIRADIG o por el form. 746 pero creo que para eso tengo que sacar el cuit en la afip. Es así?, puedo tener CUIL y CUIT?
    Espero su respuesta.
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Susana,
      Sí. lo tenés que hacer por el formulario 746 y tenés que sacar el Cuit y registrar tus datos biométricos en la Afip.
      El número de Cuil y Cuit es el mismo y no tiene ninguna consecuencia si no te inscribís en ningún impuesto. Slds.

  161. Guillermo dice:

    Paula, buenas tardes. Te comento que en diciembre pasado realice un pago por una reserva en un hotel del exterior y hoy tuve que hacer una modificación en esa reserva, por lo tanto me hicieron una cancelación de la primera reserva y luego una nueva. Mi pregunta es si me van a reintegrar el 35 por ciento que pague en la primera reserva, gracias

    • Paula Martinez dice:

      Fijate el mes próximo en la herramienta Mis Retenciones. Es muy probable que te aparezcan sumadas y restadas las percepciones anteriores y también la nueva. Tomá esto como referencia para pedir el reintegro. Slds.

  162. gustavo daniel gomez dice:

    Buenos dias , muy bueno y util el informe .
    Pregunto : si en ¨»mis retenciones» no aprece los datos del impusto retenido por una empresa pero yo lo cargue correctamente para el reintegro , debo realizar alguna otro reclamo ante el afip o me lo devuelven sin problema ?.
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gustavo, gracias por el comentario, me alegra que te sirva!
      Lo que vale es lo que pedis a través del Siradig, o el formulario 746, o declaración jurada, según corresponda, no lo que sale en mis retenciones (esto es lo que Afip tiene declarado de los agentes de percpeción, pero no te lo devuelve en forma automática). Slds.

  163. mariana dice:

    Hola! en principio te felicito porque esta pagina me parece super util!! Y ademas te hago una consulta. Una persona que tiene que solicitar CUIT porque esta en relacion de dependencia pero no sufre retenciones, no paga ganancias ni bienes personales, y por lo tanto debe presentar el F.460/F, tiene que completar el item de «Domicilio Fiscal»?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mariana, me alegro que te guste la página!
      Sí hay que declarar el domicilio fiscal (en este caso es el mismo que el domicilio real). Slds.

  164. Luciano dice:

    Paula buen dia quería consultarte si mi contadora puede modificar ganancias que cerro el dia 31/1 y según ella realizo la carga mínima de descargo y luego realizara una ampliación con el anexo de mis ticket de peajes y nafta ya que soy vendedor viajante, esto es verídico puede hacerlo o perdi todos mis gastos (según me comentan).
    por otro lado compre algunos meses dólar ahorro con el 20% de recargo, esto puedo recuperarlo también en ganancias?? gracias aguardo comentarios

    • Paula Martinez dice:

      Luciano, no conozco tu caso particular y no soy contador ni liquido impuestos. Seguramente si ella te lo dijo, así será. Si no estás conforme con su asesoramiento, te recomiendo consultar a otro profesional matriculado. Slds.

  165. Vanesa F dice:

    No llegue a presentar el tramite, ya que me solicitaban que me acerque a una agencia para verificar mi domicilio (justo me mudé y tenia un domicilio en el dni, y en los servicios en otra). Puedo hacer algo?

    • Paula Martinez dice:

      Vanesa, andá a la Afip para fijar el nuevo domicilio. Slds.

  166. Atilio dice:

    Muy buena la pagina, con datos claros que son una gran ayuda!
    Te quería hacer una consulta relacionada al tema, o estoy alcanzado por el impuesto a las ganancias y trabajo en relacion de dependencia, en marzo del año pasado fui a brasil y realice algunos gastos con tarjeta y en el correr del año alguna compra de dolares, puedo intentar la devolución de lo que me retuvieron o hay algún limite de tiempo para hacer el reclamo?
    Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si te retienen Ganancias del sueldo, el plazo por el año 2014 era el 31 de enero a través del Siradig. Si no pagás ningún impuesto, podés pedir por el formulario 746 (Mis Aplicaciones Web) sin límite de tiempo. Slds.

  167. nico dice:

    hola, te consulto, en mi caso relacion de dependencia (cobro menos de 15mil) y soy monotributo categoria f, relice viajes al exterior, me conviene presentar para pedir reintegro? me paso que en 2013 tambien viaje, hice el tramite y lo veo presentado, pero nunca me reintegraron. Conviene ahora volver a hacer las cargas para pedir reintegro si no tengo un sueldo alto en blanco?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nico. Si tenés como justificar losgastos con tu ingreso creo que sí conviene pedirlo. Algún día lo devolverán. …

  168. Mauro dice:

    Hola ,queria pedirles ayudas con un par de dudas, mi padre cobra mas que el minimo no imponible pero por el cambio en la ley del impuesto a las ganancias de SEP-2013 no tributa ganancias, no tributaria por mas aumento que le den hasta nuevo cambio en la ley no?
    Ademas , el año pasado, despues de tanto tiempo ahorrando, pudo ir una semana a Brasil durante el mundial 2014, por mas que no tribute ganancias puede pedir igual el reintegro por el 35% del uso de la tarjeta alla y del 20% de la compra de moneda extranjera?

    Muchisimas Gracias, y les agradezco el haber hecho esta pagina que tanto nos ayuda a entender un poco mas como funciona el sistema tributario.

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mauro. Gracias por el comentario. Me alegro que te sea útil la página!
      Sobre Ganancias, mientras no se modifique el decreto sigue igual. Si estaba exento seguirá así
      Y sí puede pedir la devolución pero con el f 746, que demora muchísimo. Slds

  169. meli dice:

    hola paula yo viaje en octubre del 2014 puedo pedir el reintegro del 35 de las tarjetas y compra de dolares se puede hacer personalmente o tiene q ser x internet espero tu respuesra sera de mucha ayuda gracias

  170. Nicolas dice:

    Hola Paula muy útil tus instructivos. Tengo una consulta, ya presente el formulario 746 para las percepciones del 2014 ya que no pago ganancias. Ahora, estoy por presentar el F572 web (Siradig) debo también completar las percepciones del 2014 a pesar de que no las tenga que pagar mi empleador? Es decir debo llenar el punto 4 con las compras del exterior, moneda extranjera, etc?
    muchas gracias
    Slds!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás,
      Si no pagás Ganancias, no necesitás presentar el Siradig. No pidas las percepciones por dos vías porque va a surgir una inconsistencia.
      Slds.

      • Nicolas dice:

        Gracias por tu pronto respuesta. Te comento que yo el año pasado presente el Siradig porque durante el 2013 pague ganancias previo al decreto (hasta agosto). Este año 2014 no pague ganancias pero no lo debería presentar igualmente? Aunque sea solo completando mis datos personales o solo se completa cuando se paga ganancias?
        Muchas gracias
        Slds.

        • Paula Martinez dice:

          Hola. Si ya llenaste tus datos personales no necesitás volver a cargarlos (lo que se carga en cada período son las nuevas deducciones).Slds.

  171. Mauro dice:

    Soy empleado en relación de dependencia y no estoy alcanzado por el impuesto a las ganancias. Al sacar el CUIT, ¿voy a estar sujeto a alguna otra obligación (presentación de DDJJ anual de algo, por ej)? ¿Cuáles son las consecuencias de tener un CUIT?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mauro,
      No tenés ninguna obligación, salvo que te inscribas en un impuesto (solo que ahora estarás más controlado por la AFIP). Slds.

  172. Rocio dice:

    Hola!
    Compre un pasaje en Noviembre del 2014 en 6 cuotas con una extensión de la tarjeta de mi mamá. El pasaje lo estoy pagando yo. Ya no estoy bajo la tutela de mi madre. Quien debe hacer el pedido de devolución del 35%? Ella a su cuenta ya que el resumen de la tarjeta está a su nombre? O yo, que soy la persona que lo paga y que viajó?
    Además, si las cuotas son menores al total de la retención que me hicieron (es decir, se completará el monto de la retención con la primer cuota y parte de la segunda), que período debo poner en el formulario?
    Por ultimo: Hasta cuando tengo tiempo de hacer el pedido de devolución?
    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Rocío,
      Si pagás Ganancias y sos empleada, el plazo para cargar el Siradig es el 31 de enero por las percepciones de 2014.
      El tema de una tarjeta de otra persona es complicado. La AFIP no deja que tu madre lo pida si vos no estás a su cargo y sos contribuyente. El tema que deberías demostrar de alguna forma que pagaste vos la tarjeta. Slds.

      • Rocio dice:

        Hola Paula, muchas gracias por tu respuesta!
        Soy empleada pero no pago ganancias ya que mi sueldo no lo habilita.
        Lo qur no entiendo es si el resumen esta a nombre de mi mamá, es ella la que tiene que hacer el tramite a nombre de ella? O lo hago yo con mi clave fiscal?
        Las transferencias del costo de las cuotas serán suficientes para probar que las pago yo?

        • Paula Martinez dice:

          Rocío, me parece que lo mejor es que tu mamá lo pida (salvo que hayas comprado un pasaje a tu nombre). Demostrar que vos lo estás pagando va a ser bastante complicado. Cualquier duda, consultá a la AFIP: 0810-999-2347, o al mail: [email protected]
          Slds.

      • Rocio dice:

        Paula, muchas gracias por tu respuesta!
        Yo no pago ganancias aunque si soy empleada.
        Entonces, si ya no estoy a cargo de mi mamá no puedo hacer el pedido? Servirán como comprobante de que yo estoy pagando las cuotas los comprobantes de las transferencias a la cuenta de mi mamá?
        El trámite lo tiene que hacer ella o yo desde mi cuanta en la afip con mi clave?
        Gracias!

  173. Ana Clara ALtieri dice:

    Yo hice la presentación del formulario 746 correspondiente a las percepciones de 2013 y 2014. Ayer recibí por correo la convalidación del saldo solicitado correspondiente a 2013. Eso me asegura que me lo vayan a devolver? QUé pasa con las correspondientes a 2014?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ana.
      Sos una de las «privilegiadas» que recibieron la confirmación! Te tendrían que depositar en tu cuenta (asegurate de que declaraste el CBU de tu cuenta bancaria.
      Lo otro supongo qulo verán después. Slds

      • Ana Clara ALtieri dice:

        Muchas gracias por tu respuesta Paula. Y muy útil la información de tu blog. Saludos!

    • graciela dice:

      Hola, yo recibí la convalidacion de saldo en estos días, cuanto demoraron en depositarte la plata? No tuviste que hacer ningún trámite más?

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