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Bienes Personales: todo lo que cambia para 2019

28/12/2019 Impuestos

La nueva ley que aprobó el Congreso sube las alícuotas y mantiene el mínimo no imponible de $ 2 millones para este año. Aumenta el impuesto para bienes del exterior y fomenta repatriación de capitales. 

Esta nota se actualizó con las novedades incluidas en la reglamentación del 28 de diciembre.

bienes-personales

Uno de los cambios de la Ley de Solidaridad es un aumento en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Se aplicará ya al cierre del ejercicio 2019, ya que se publicó el 23 de diciembre.

Además de un aumento de alícuotas y de mantener el mínimo no imponible en $ 2.000.000, se establecen cargos diferenciales para dinero fuera del país, con incentivos para repatriar capitales.

Los puntos principales

Esto es lo que tenés que saber de la ley que se aplicará sobre el patrimonio al 31 de diciembre de 2019:

Mínimo no imponible (MNI). Es de $ 2.000.000 para el patrimonio valuado según la normativa de AFIP. Desde este ejercicio quedan exentas las viviendas únicas hasta $ 18.000.000 (la valuación que se toma es la del Impuesto Inmobiliario de Rentas de 2019).

Exentos. Se mantiene la exención para los depósitos en caja de ahorro o plazo fijo, en pesos o en dólares, además de los títulos públicos. El dinero en efectivo se incluye en el pago de Bienes Personales, es decir que los dólares bajo el colchón o en caja de ahorro, deben tributar.

Alícuotas. Aumentan de la siguiente manera:

  • Patrimonio hasta $ 3.000.000. Pasa de 0,25% a 0,50% sobre el excedente del MNI.
  • Entre $ 3.000.000 y $ 6.500.000. Del 0,50% al 0,75%.
  • Entre $ 6.500.000 y $ 18.000.000. Del 0,50% a 1,00%.
  • Más de $ 18.000.00. Del 0,75% a 1,25%.

Bienes del exterior

Según la ley, el Poder Ejecutivo puede fijar una alícuota de hasta el doble de la anterior (podría llegar 2,5%) para aquellos bienes que están fuera del país, hasta el 31 de diciembre de 2020.

En la reglamentación de la ley (Decreto 99/2019) se optó por subir menos que el doble, en una escala progresiva:

  • Patrimonio hasta $ 3.000.000. Por los bienes en el exterior que superen el MNI (y no se computen a bines del país), 0,70%.
  • Entre $ 3.000.000 y $ 6.500.000. Tasa del 1,20%.
  • Entre $ 6.500.000 y $ 18.000.000. Tasa del 1,80%.
  • Más de $ 18.000.00. Tasa del 2,25%.

Repatriación. A su vez, la ley permite reducir la alícuota si se traen al país los activos financieros situados en el exterior. Esta devolución podrá ser hasta el monto ingresado por el impuesto.

La reglamentación estableció:

-Plazos. Los capitales podrán reingresar al país hasta el 31 de marzo del año siguiente al cierre del ejercicio.

-Activos. Se computa como repatriación, el ingreso de: tenencias de moneda extranjera en el exterior y importes que se obtengan de la venta de activos financieros de personas humanas y sucesiones indivisas.

Requisitos para no pagar el impuesto a bienes del exterior. Repatriar capitales por, al menos, el 5% del total de los bienes declarados fuera del país, hasta el 31 de marzo del año siguiente, siempre que permanezcan en Argentina hasta el 31 de diciembre del año de repatriación.

Residencia. Se modificó el criterio para considerar que una persona es residente en Agentina o en el exterior para igualarlo con el que está en el Impuesto a las Ganancias, que es más estricto que el de Bienes Personales. No será suficiente el cambio de domicilio, sino que la persona tendrá que demostrar su residencia por 180 días.

¿Cuáles son los bienes del exterior? La nueva ley enumera los siguientes:

  • Divisas depositadas en bancos,
  • participaciones societarias o acciones,
  • bonos soberanos y corporativos
  • fondos comunes de inversión
  • créditos y derechos reales.
  • derechos como beneficiario, fideicomisario o similar de fideicomisos (trusts o similares) de cualquier tipo constituidos en el exterior. Incluye fundaciones o cualquier otro tipo de patrimonio de afectación similar.
  • Toda otra especie que se prevea en la reglamentación

Esto implica que quedan alcanzados, incluso, las figuras de trust o fideicomisos que algunos patrimonios grandes estaban usando para evitar tributar el impuesto.

Los gravámenes similares que se paguen en el exterior se podrá tomar como pago a cuenta.

Cómo se valúan los bienes

Inmuebles. Se debe tomar el mayor valor entre: el monto de escrituración (menos el saldo adeudado del crédito hipotecario para comprar vivienda única, si corresponde) y la valuación fiscal (según el cedulón del Impuesto Inmobiliario de Rentas). Los inmuebles rurales no pagan Bienes Personales, pero sí el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

Automotores. La AFIP publica todos los años una tabla con el valor que se debe tomar por cada modelo. Ver Valuación de Automotores  y otros vehículos.

Moneda extranjera. Al tipo de cambio vigente al 31 de diciembre del año que se liquida.

Dinero en efectivo. El saldo en moneda nacional y extranjera al 31 de diciembre de cada año.

Depósitos. Según el saldo de la cuenta al 31 de diciembre. Las cajas de ahorro y plazo fijo están exentos (aún en moneda extranjera) pero no el dinero en las cuentas corrientes.

Títulos públicos y acciones. Se consignan según la tabla de AFIP. Las acciones y participaciones societarias no están exentas, pero el impuesto lo pagan las sociedades (no las personas). Los títulos públicos nacionales, provinciales y municipales están exentos de Bienes Personales.

 

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas e impuestos. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. retobao

    11/07/2020 en 10:56

    Cual es la alicuota que se paga por bienes personales?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/07/2020 en 14:19

      Acá podés ver los valores del impuesto para este año: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/quienes-pagan-bienes-personales/ (es una alícuota progresiva, según el patrimonio).

      Accede para responder
  2. Silvana

    09/07/2020 en 14:45

    Hola! una consulta, en el caso de un contribuyente que no repatrio el 5% de lo que tiene en el exterior para calcular la alícuota incrementada el aplicativo Web de bienes personales suma los bienes del pais + los bienes del exterior + los bienes exentos en el pais, esto es correcto? se deben considerar los bienes exentos en el pais para ver en que tramo cae de la escala?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 21:57

      Hola.
      Para la escala se suman todos los bienes gravados, después se aplica la alícuota para cada categoría.
      El aplicativo es el que lo hace (no es algo manual).

      Accede para responder
  3. Gabriel

    09/07/2020 en 11:32

    Hola como estás? Como se declaran los títulos públicos sobre todo en el item cantidad porque en el resumen de mi banco de DDJJ me da un valor (x cantidad) y cuando lo busco por tabla es otro. Entiendo que el banco publica la cantidad y en la tabla es por valor de a 100 cierto? La situación frente al impuesto es exento por ley?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      12/07/2020 en 17:15

      hola.
      Se pone el valor nominal valuado al cierre del año. La cotización la Afip la tiene porque es oficial.
      No me queda muy clato qué pone tu banco, pero lo usual es que te pongan la cantidad con valor nominal 100. Y también el monto en pesos (según la cotización del 31/12)

      Accede para responder
      • Gabriel

        01/08/2020 en 17:22

        los bonos de la nación argentina están exentos por ley ante el impuesto de bienes personales?

      • Paula Martinez

        01/08/2020 en 20:08

        Sí, está exenta la tenencia de todos los títulos públicos argentinos.

    • Andrea

      18/07/2020 en 15:10

      Hola! Consulta, en el caso de una compra venta de una propiedad, dónde el precio está conformado por un valor por la nuda propiedad a nombre de los hijos y de un valor por el usufructo vitalicio a nombre del padre, cómo se declara en el impuesto sobre los bienes personales para los nudos propietarios? Gracias!

      Accede para responder
      • Paula Martinez

        29/07/2020 en 21:18

        Hola. Cada uno tiene que declarar la parte que le corresponda. Consultale a un contador que te asesore bien.

  4. VERONICA

    08/07/2020 en 08:14

    en el caso de inmuebles si tengo la valuacion fiscal 2019, aun asi tomo esa o debo tomar la valuacoin 2017 por el indice de inflacion del 2019? 1.538 creo muchas gracias ( es un inmueble que tengo desde el 2010

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/07/2020 en 14:36

      Hola.
      Se toma la valuación 2017 y se actualiza por el IPC. Acá podés ver el coeficiente para 2019: https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=2546398

      Accede para responder
  5. Maria Teresa Franco

    03/07/2020 en 21:00

    Las obligaciones negociables de empresas privadas están alcanzadas por el impuesto de bienes personales?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      04/07/2020 en 13:02

      Sí.

      Accede para responder
  6. leticia

    03/07/2020 en 11:12

    buenos días los terrenos vacíos están exentos?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      04/07/2020 en 13:50

      No.

      Accede para responder
  7. NATALIA

    26/06/2020 en 11:07

    hola! como se actualiza la valuación de los inmuebles con el indice IPC con IPIM? gracias!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      04/07/2020 en 13:41

      Hola.
      Acá te dejo bien precisa la respuesta de Afip (es distinto según el período): https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=2546398

      Accede para responder
  8. Adrian

    21/05/2020 en 10:57

    Hola, tengo 2 plazos fijos, quisiera saber si debo pagar impuesto cedular por el ejercicio 2019 o quedo definitivamente derogado a partir de ese año. Gracias.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      26/05/2020 en 16:32

      Hola.
      No quedó derogado el impuesto, pero sí se limita bastante. En el caso de plazos fijos en pesos quedaron fuera del impuesto.
      En breve voy a publicar la información de este año, el vencimiento recién es a fin de julio y todavía no se puede cargar nada en la Afip.

      Accede para responder
  9. JOSE

    08/05/2020 en 20:58

    BUENAS PREGUNTO TENGO QUE PRESENTAR DD JJ GANANCIAS PERS. FISICA P.F. 2019 PERO NO ENCUENTRO EN LA PAGINA ( SOLO FIGURA HASTA EL 2018), ALGUIEN ME PUEDE DECIR COMO BUSCAR, GRACIAS

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      08/05/2020 en 22:12

      Hola José,
      Todavía no se habilitó el aplicativo para este año.
      Recordá que los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales 2019 son a mediados de junio (la Afip nunca se anticipa tanto, en fin…).
      En breve vamos a hacer un encuentro en vivo sobre este tema para los miembros de la Comunidad Mi Presupuesto: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/comunidad-mi-presupuesto/

      Accede para responder
  10. retobao

    08/01/2020 en 19:52

    A cuanto asciende el mínimo no imponible de un marimonio pára el pago de bienes personales?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      14/01/2020 en 15:41

      Hola.
      En caso de un matrimonio, cada uno debe tributar por separado.
      Según la ley, los bienes gananciales se declaran en la proporción que cada uno contribuyó a comprar. Lo más simple es que, si ambos trabajan (con ingresos suficientes), todo se declara un 50%. Los bienes propios, van a l00%.
      EL MNI se computa para cada uno. es decir, si un matrimonio tiene bs. gananciales solamente, por 3,5 millones, la base imponible para c/u sería 1,75 millones y no tributarían porque no llegan al MNI.

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