Impuestos

Bienes Personales: todo lo qué hay que considerar al cierre de 2022

05/12/2022

El impuesto patrimonial se basa en una “foto” al 31 de diciembre de cada año. Hay que considerar bienes exentos, la actualización de mínimos no imponibles y las alícuotas diferenciales para activos del exterior.

Se acerca el fin de 2022 y quienes tengan bienes deberían prestar atención a la composición de su patrimonio al 31 de diciembre porque es esta “foto” la que determinará cuánto se pagará del Impuesto sobre los Bienes Personales por este año.

En esta ocasión, como novedad, hay una actualización del mínimo no imponible y el monto exento de vivienda actualizada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), según los cambios que se aprobaron hace un año en el Congreso.

El problema de esto es que la ley marca la variación interanual a octubre, pero del año anterior al del ajuste; por lo tanto, con esta inflación la actualización queda totalmente atrasada respecto a la suba de precios.

Mínimo no imponible

Para el año fiscal 2021, el mínimo no imponible fue de $ 6.000.000 y la vivienda única estuvo exenta hasta $ 30.000.000.

Para el cierre de 2022, los valores se actualizan un 88% en función de la variación interanual del IPC de octubre 2021 a octubre 2022.

Entonces, según los montos publicados por la AFIP, los nuevos parámetros serían:

-Mínimo no imponible: $ 11.282.141,08.

-Casa habitación, exenta hasta $ 56.410.705,41. Cabe recordar que aquí se toma la valuación fiscal del impuesto inmobiliario provincial 2022.

Bienes del país o del exterior

Un tema para tener en cuenta es que existe una alícuota diferencial para bienes del exterior. Esta nueva alícuota quedó permanente con la modificación de 2021.

Mientras los bienes del país pagan una alícuota progresiva entre 0,5% y 1,75%, para bienes en el exterior, oscila entre 0,7% y 2,25%.

Qué bienes no pagan el impuesto

Así, la cierre de diciembre, cada persona debería conocer cómo está compuesto su patrimonio para ver cuáles bienes tributan, cuáles están exentos y qué alícuotas se aplican. Así, podrá ordenar su patrimonio de modo de tributar lo menos posible.

Una advertencia: aunque Bienes Personales se aplica sobre el cierre de 2022, el fisco tiene la potestad de realizar controles si considera que podría haber una maniobra elusiva (por ejemplo, si la cartera se modifica sólo por pocos días al finalizar el año y con este único fin).

Vivienda. Una de las exenciones más importantes es la de la casa habitación. El monto que queda fuera del tributo es subiría a $56,4 millones (valuado según las normas del impuesto que establece la AFIP). Cabe aclarar que los inmuebles se toman según la valuación del impuesto inmobiliario provincial (incluida CABA).

Depósitos bancarios. Las cajas de ahorro en bancos argentinos, tanto en pesos como en moneda extranjera, están exentas del impuesto (las cuentas corrientes, no). Como los dólares en efectivo sí tributan, para quien tiene dólares puede ser más conveniente tenerlo en una cuenta bancaria que declarar dinero “bajo el colchón” o en una caja de seguridad.

La tenencia de cuentas bancarias en el exterior sí esta gravada por este tributo, con la alícuota agravada.

Plazos fijos. Estas colocaciones también están exentas de tributar. La exención alcanza a plazos fijos en pesos, dólares o con cláusula de ajuste (como UVA).

Títulos públicos. Los bonos del Estado nacional, provincial o municipal tampoco tributan Bienes Personales.

Acciones y otras participaciones societarias. No están exentas pero el impuesto lo pagan las sociedades al 0,5% (no las personas dueñas)

Cedears. Estos activos representan acciones de empresas extranjeras. Por ser activos del exterior (aunque coticen en pesos) sí están alcanzados por Bienes Personales, y a la alícuota diferencial para bienes fuera del país.

El mismo criterio se aplica para los Cedears de ETF (fondos que replican índices de Bolsas extranjeras, como el S&P500, el Nasdaq y otros). Por ser activos que están fuera del país pagan el impuesto con una tasa más alta.

Obligaciones negociables (ON). Están exentas las emitidas en pesos con oferta pública que destinen los fondos a inversiones y capital de trabajo en el país. Sí tributan las ON en dólares.

CAMBIOS 2021. “Estos activos financieros ahora están exentos de Bienes Personales”.

Fondos Comunes de Inversión (FCI) y fideicomisos financieros. También están exentos si cuentan con oferta pública autorizada por la CNV y su activo subyacente principal está integrado por los depósitos y bienes exentos de Bienes Personales. Se incluyen en la exención los fondos de dinero (money market, T+0), los de renta fija en pesos (T+1) y otros en pesos.

Otros instrumentos en moneda nacional. Quedan exentos aquellos destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo Nacional, siempre que así lo disponga la norma que los regule.

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Por: Paula Martinez

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