Ahorro e inversión

Cómo funcionan los nuevos plazos fijos en UVA para no perder frente a la inflación

17/01/2020

Los depósitos son a 90 días pero podrán cancelarse anticipadamente a partir del día 30 si el cliente se lo comunica al banco con 5 días de antelación. En ese caso, recibirán una tasa similar a los plazos fijos convencionales.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó, a partir del 1 de febrero de 2020, la operatoria en el mercado de un plazo fijo a 90 días, que se ajustará por el índice de inflación y al que se le sumará una sobre tasa de al menos 1% que podrá ampliarse según cada banco.

A través de la resolución A 6871, el Central dispuso que el objetivo de este nuevo plazo fijo en UVA sea una “alternativa atractiva de ahorro en moneda local, ajustable a la evolución de los precios, a una tasa real positiva con opción de cancelación anticipada”.

Con esta nueva disposición se trata de encontrar un instrumento de ahorro con el atractivo suficiente para tentar a los inversores frente a las distintas variantes del dólar, darle protección frente al alza de los precios y reforzar el stock de depósitos en pesos del sistema financiero.

¿Conviene o no?

Los nuevos depósitos con opción de cancelación anticipada funcionarán como un plazo fijo en UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) a 90 días pero con la posibilidad de interrumpirlo a partir del día 30, recibiendo en este último caso una tasa menor.

La nueva herramienta ofrecerá al ahorrista en pesos, como mínimo, una tasa de UVA más 1% nominal anual a 90 días, de manera de no perder contra la inflación.

La UVA se actualiza cada día con el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que replica el Índice de Precios al Consumidor  (IPC).  Esta es una manera de asegurar que tu dinero no pierde contra la inflación, siempre y cuando el dato del IPC del Indec refleje la realidad (y no se lo «dibuje» como en otras épocas).

De todos modos, al cancelarlo en forma anticipada, la tasa de interés puede ser menor incluso que la inflación, habrá que ver qué ofrece cada banco.

¿Qué pasa si lo cancelo al día 30?

Si llegado el día 30 del depósito el cliente desea interrumpir el plazo fijo, deberá solicitarlo al banco con una anticipación de 5 días hábiles, a través de los canales electrónicos de atención (homebanking, banca telefónica, cajeros o terminales de autoservicio) o en la sucursal en caso de que el plazo fijo se hubiese constituido por esa vía.

En ese caso, el depósito no se devolverá ajustado por inflación sino por una tasa que será equivalente al 70% de la tasa de Leliq, hoy fijada en el 50%. Ese rendimiento se ubicaría en el 35% anual, similar al de los plazos fijos convencionales cuya tasa. En ese caso, el rendimiento corre riesgos de no alcanzar a la inflación.

Esta tasa de interés para la precancelación quedará fija y será conocida por el cliente al momento de constituir el plazo fijo. Al momento de depositar el dinero, el ahorrista sabrá con precisión qué tasa recibirá en caso de no querer esperar los 90 días.

Con este nuevo formato, el Banco Central aspira a eliminar la reticencia de los ahorristas, dándoles una vía de salida a partir del día 30 del depósito y apostar a ahorrar en pesos.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

2 respuestas a “Cómo funcionan los nuevos plazos fijos en UVA para no perder frente a la inflación”

  1. Javi dice:

    Buen día Paula, ¿las Cauciones pagan algún tipo de impuesto? Y en caso que así sea, ¿hay algún mínimo no imponible?

    Gracias y Feliz Año!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Javi. Feliz año para vos!
      El impuesto a la renta financiera, desde 2020 se quitó para casi todos los instrumentos. Para 2019, los instrumentos en pesos también quedaron afuera. El mínimo no imponible para todo el impuesto a la renta financiera es en 2019 equivalente a uno 103 mil pesos (de ganancia) pero para 2020 se paga junto con el Impuesto a las Ganancias (deja de ser cedular).
      Espero que se entienda! Cualquier duda puntual, consultale a los agentes de Bolsa porque ellos tienen bien claro este tema; sobre todo en cada instrumento puntual, que puede tener un tratamiento impositivo diferente.

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