• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria
  • Ir al pie de página

Mi Presupuesto Familiar

Herramientas para manejar la economía de tu hogar

  • Inicio
  • Categorías
    • Ahorro e inversión
    • Consumo inteligente
    • Emprendedores
    • Impuestos
    • Trabajo e ingresos
    • Mi Dinero
    • Servicio doméstico
    • Vacaciones
  • Herramientas
    • CALCULADORAS
      • Calculadora Servicio doméstico
      • Calculadora Monotributo
      • Calculadora Impuesto a las Ganancias
    • Videos
    • Planillas de cálculo
    • Normativa
    • Formularios
  • Comunidad Mi Presupuesto
  • Quiénes somos
  • Contacto

Cómo pagar menos por el Impuesto a las Ganancias

11/12/2012 Impuestos

Con el atraso en la actualización de los pisos para comenzar a pagar el Impuesto a las Ganancias, es útil conocer los procedimientos que la ley habilita para tributar lo menos posible.

En particular, la principal manera para pagar menos es reducir la base imponible, es decir, el monto de nuestros ingresos sobre el cual se calcula el impuesto.

En un post anterior (ver “Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias”), explicamos que las alícuotas se aplican sobre los ingresos totales de una persona menos las deducciones permitidas por la ley.

Así, ante un mismo nivel de ingresos, mientras mayor sea el monto que podamos deducir, menor será el monto que tendremos que tributar por el Impuesto a las Ganancias.

Para los trabajadores, autónomos y jubilados (las denominadas “rentas de cuarta categoría), existen deducciones comunes para todos (mínimo no imponible, deducción especial para independientes o para asalariados) y otras que varían según cada persona.
A las primeras, el fisco las efectúa directamente, las segundas (cargas de familia, intereses de créditos hipotecarios, pago al servicio doméstico, seguros de vida, gastos médicos y de sepelio, entre otros), deben ser declaradas por cada contribuyente para que sean efectivas.

Cómo se deduce

Los trabajadores en relación de dependencia, que pagan el impuesto a través de sus empleadores, deben informar a estos las deducciones que corresponden a cada ejercicio fiscal (un año calendario).

Esto se realiza presentando a la empresa u organismo que liquida el sueldo el formulario 572, desde 2017 todo el mundo está obligado a utilizar el Formulario 572 Web /Siradig.

EL TRÁMITE. “Cómo completar el formulario 572 web (SIRADIG).

Según el tipo de deducción pueden realizarse en forma mensual o anual. Según la ley, hay que informar cada vez que se produce una novedad.

Para realizar los ajustes de cada ejercicio, hay tiempo hasta febrero del año siguiente en papel o hasta el 31 de enero vía web (Siradig), pero es conveniente entregar el formulario lo antes posible para evitar que el empleador retenga de más y luego tenga que devolver el impuesto. Ver Deducciones vigentes para 2017.

Descargá la Planilla de cálculo Impuesto a las Ganancias. Año 2017.

Qué se puede deducir

Ganancia no imponible. Este monto, junto con la deducción especial para trabajadores independientes o para empleados,  se detrae de los ingresos en forma directa, sin que el contribuyente tenga que realizar ninguna declaración (mirá aquí las deducciones vigentes).

Cargas de familia. Se pueden deducir familiares siempre que estén a cargo de cada persona y su ingreso anual no supere el mínimo no imponible. Los montos son diferentes según la relación familiar (mirá aquí las deducciones vigentes).

Servicio doméstico. Se incluyen las remuneraciones y los aportes y contribuciones. El tope anual es la ganancia no imponible. La empleada doméstica debe tener CUIL y se deben realizar los aportes a la AFIP.

Seguro de vida. Se incluyen las primas pagadas a lo largo del año, incluso aquellas incluidas en resúmenes de tarjetas de crédito o en el recibo de sueldo, hasta un total de $ 996,23.

Intereses de créditos hipotecarios. Se permiten deducir aquellos correspondientes a préstamos para vivienda habitación, hasta $ 20.000 al año.

Gastos de sepelio. Los incurridos en cada período por familiares a cargo hasta $ 996,23 al año.

Gastos y honorarios médicos. Se permite descontar hasta el 40% de lo facturado por este rubro (no incluye medicamentos), con un tope equivalente al 5% de la ganancia neta del año. Puede ser propio o de familiares a cargo.

Cuotas de medicina prepaga. Se puede deducir hasta un monto equivalente al 5% de la ganancia neta de cada año.

Donaciones. Solo se admiten aquellas realizadas a los fiscos nacional, provincial o municipal y a entidades de bien público que estén exentas.

Impuesto a los débitos y créditos. Los importes pagados por titulares de cuentas bancarias.

Aportes jubilatorios. Se computan las contribuciones o descuentos para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, destinados a cajas nacionales, provinciales o municipales.

Percepciones de AFIP a viajes, gastos con tarjeta en el exterior, compra de moneda extranjera. Este recargo que se paga en el momento de realizar las operaciones (según el caso, puede ser del 20% o el 35%) se puede tomar a cuenta de Ganancias. Para los empleados, se reintegra recién en febrero del año siguiente cuando el empleador realiza la liquidación anual del impuesto.

Lo que hay que tener en cuenta es que hay que informar estas percepciones a través del Siradig (Form. 572 web) y hay tiempo hasta el 31 de enero para completarlo. Si queda un saldo a favor para el trabajador, la forma de recuperarlo es informándolo en su declaración jurada de Bienes Personales (si es contribuyente) o, inscribiéndose en el Impuesto a las Ganancias y expresándolo en la declaración jurada que vence en abril o mayo (para más detalles, leé: “Cómo recuperar el 20%/35% de las compras con tarjetas“).

Pagos extraordinarios

Un tema a tener en cuenta en diciembre es el cobro de cifras extraordinarias. Además del aguinaldo, hay otras bonificaciones (vacaciones, premios, etcétera) que se suelen pagar con el sueldo del último mes del año.
En estos casos, siempre es conveniente cobrar estos conceptos en los primeros días de enero, para que ingresen en el cálculo de Ganancias del año siguiente (y, por lo tanto, se podrán prorratear por 12 meses).
[sam_ad id=”14″ codes=”true”]

Notas relacionadas

  • ¿Cuánto voy a pagar de Ganancias en 2017?
  • Cómo completar el formulario 572 web (SIRADIG).
  • Descargar la   Planilla excel para estimar el Impuesto a las Ganancias 2017.
  • Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias
  • Quiénes tienen que pagar Bienes Personales
  • Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica

 

 

¿TE GUSTÓ ESTA NOTA?

APOYÁ NUESTRO TRABAJO CON UN PEQUEÑO APORTE:

Invitame un café en cafecito.app

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

  • pedir-exencion-medio-aguinaldo-GananciasGanancias: Paso a paso cómo pedir la exención del aguinaldo de junio
  • Tutorial: cómo consultar si la AFIP te devuelve las percepciones
  • Las claves de la moratoria ampliada de la AFIP
Claves para usar la tarjeta de crédito
Al viajar al exterior, mejor usar la tarjeta

Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas e impuestos. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Romina

    16/10/2019 en 23:48

    Hola, les consulto que monto se puede deducir de donaciones? y en el caso de que mi empleada domestica sea mi madre puedo deducir ganancias igual?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/11/2019 en 21:24

      Hola Romina.
      No puede ser empleada doméstica un familiar directo del empleador.
      por otra parte, te copio lo que dice Afip de las donaciones: Donaciones: “Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias. Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito. La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.”

      Accede para responder
  2. Edgardo

    27/07/2018 en 16:24

    Buenas tardes. Soy trabajador en relaciòn de dependencia y ademàs soy monotributista, consulta: la empresa en la que trabajo debe retenerme el impuesto a las ganancias ?? ò, al ser monotributista, estoy exceptuado de pagar tal impuesto ??
    Gracias.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/08/2018 en 15:15

      Hola.
      El impuesto a las Ganancias lo vas a pagar por el sueldo como empleado (si te corresponde). Los ingresos como monotributista se toman por separado y acá no se consideran (ya estás pagando Ganancias en la cuota del Monotributo). Slds.

      Accede para responder
  3. marcelo

    02/10/2017 en 18:11

    Hola le queria hacer una consulta yo fui de viaje turismo a cataratas se puede cargar el gasto de la los pasajes en el formulario o solo tiene que ser al exterior del pais gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      03/10/2017 en 22:29

      Hola. Lo que se carga no es el costo del viaje sino la percepción (un recargo del 5%) en caso de pago en efectivo. Como se toma a cuenta de Ganancias, se resta de lo que hay que pagar del impuesto . Slds.

      Accede para responder
  4. Celeste

    28/06/2017 en 18:23

    Buenos días! Para la declaración correspondiente a 2016 los impuestos a los créditos y débitos se pueden deducir completos o solo lo que figura como “crédito computable como pago a cuenta”? Gracias!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      26/07/2017 en 21:11

      No se puede deducir completo sino lo que figura como crédito computable…

      Accede para responder
  5. roque

    15/05/2017 en 14:48

    por tener una empleada domestica..la deduccion por impuesto a las ganancias comprende los aportes mensuales y las horas mensuales que se le abonan…o hay que contratarla en forma mensual para obtener la deduccion???

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      20/05/2017 en 13:18

      Se puede deducir el sueldo (mensual o por hora) y las contribuciones patronales ($ 35).

      Accede para responder
  6. Pablo

    18/04/2017 en 19:28

    Si compro un auto a traves de un leasing, puedo deducir el canon? Si la respuesta es si cual es el tope anual?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/05/2017 en 17:22

      Para empleados no está prevista esa deducción, en caso de autónomos, consultá con tu contador porque se puede tomar como gasto.

      Accede para responder
  7. CLAUDIO

    02/02/2017 en 19:18

    SE PUEDE DEDUCIR LA CUOTA ALIMENTARIA ???? ENTRE GANANCIAS Y CUOTA ALIMENTARIA QUEDA POCO DE SUELDO

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      02/02/2017 en 20:29

      No

      Accede para responder
  8. SANDRA

    13/12/2016 en 15:37

    Cobre un juicio por diferencias en un haber previsional de lo que fueran las AFJP, y cuando dicha aseguradora deposita me retiene impuesto a las ganancias por 100.000 sobre un total de 554.000, dicho retroactivo arranca en el año 2001. Es correcto o se puede hacer algo?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/12/2016 en 19:59

      Te sugiero consultar a un contador

      Accede para responder
      • Christian

        08/04/2017 en 05:42

        Se puede deducir prestamo bancario?

      • Paula Martinez

        09/04/2017 en 17:57

        Solamente los intereses de créditos hipotecarios para vivienda única.

  9. gabriela

    15/11/2016 en 16:08

    Mi marido gana menos de 4000 por mes. Un mes le pagaron 10000 por un retroactivo. Lo puedo incluir en la categoriade cargas de familia? Por lo que entendi si no supera los 42.000/año lo puedo incluir pero donde dice que esta a mi cargo?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      24/11/2016 en 21:38

      Lo podés incluir en el Siradig en la deducción por cónyuge, pero tendrías que sumar el ingreso de todo el año para ver si se puede deducir o no. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/

      Accede para responder
  10. ismael

    27/07/2016 en 15:12

    que significa lo siguiente;
    Cuotas de medicina prepaga. Se puede deducir hasta un monto equivalente al 5% de la ganancia neta de cada año.
    me lo pueden explicar en forma mas detalla, con algún ejemplo de montos? yo pago 1500 pesos de ganancias por mes; si contrato una prepaga de 1000 pesos, pagaria solo 500 de ganancias por mes?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/08/2016 en 22:39

      Hola.
      La ganancias que te queda después de las deducciones (monto anual) es la neta. El 5% de ese monto es lo que podrías deducir por cuotas de medicina prepaga (no se resta del impuesto sino de la base imponible, recién después se aplican las alícuotas).
      Ejemplo: si tu ganancia neta son $ 100.000 al año, podés deducir hasta $ 5.000 anuales por el pago de estas cuotas.

      Accede para responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Comentar Cancelar la respuesta

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Barra lateral primaria

mipresupuestofamiliar

📣 El ritmo inflacionario viene subiendo sin pau 📣 El ritmo inflacionario viene subiendo sin pausa durante todo el año. 
.
.
.
📣 Julio marcó un nivel récord desde la crisis posconvertibilidad y es difícil anclar las expectativas que ya superan el 90% para diciembre. 
.
.
.
📣 Qué esperar para los próximos meses.Más info en este post 👇
.
.
.
#Inflación #MiPresupuestoFamiliar #Argentina
📣 Este miércoles vencen los aportes al servici 📣 Este miércoles vencen los aportes al servicio doméstico.
.
.
.
📣 Consulta cómo quedan los nuevos valores según la cantidad de horas trabajadas.
.
.
.
📣 Más info en este post. Link en BIO 🙌
.
.
.
#PersonalDomestico #Aportes #mipresupuestofamiliar
📣 Tarifas de luz y gas, inflación, cotización 📣 Tarifas de luz y gas, inflación, cotización del dólar, nivel de actividad. 
.
.
.
📣 Los primeros anuncios del flamante ministro de Economía apuntan a causar impacto en estos rubros.
.
.
.
📣 El detalle, en este post. Link en BIO.
.
.
.
#Tarifas #Anuncios #Argentina #Dólar #Inflación #MiPresupuestoFamiliar
⭐ ENCUENTRO EN VIVO PARA SUSCRIPTORES . . . 💸 ⭐ ENCUENTRO EN VIVO PARA SUSCRIPTORES
.
.
.
💸 Qué puede pasar con le economía y cómo podemos cuidar nuestro dinero
.
.
.
📈 Expone: Matías Daghero (Asesor Financiero)
📈 Modera: Paula Martínez (Mi Presupuesto)
.
.
.
📣 Fecha: Martes 9 de agosto. ¡Te esperamos!
.
.
.
#mipresupuestofamiliar #Córdoba #Argentina #comunidadmipresupuesto⭐
Cargar más... Síguenos en Instagram

CALCULADORAS


CALCULAR SUELDO EMPLEADA DOMESTICA

MIRÁ NUESTROS VIDEOS


Footer

© 2022 Mi Presupuesto Familiar • Theme by Maira G.