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Dólares o pesos: cómo conviene pagar las vacaciones del verano 2023

14/11/2022
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Con la nueva percepción del 25% (dólar “Qatar”) al pagar con tarjeta el tipo de cambio queda más alto que el dólar blue o el dólar MEP. Pero, hay una parte que se podría recuperar porque es a cuenta de impuestos.

Viajar afuera del país en la temporada 2022-2023 tendrá un dólar más caro porque se aplica un nuevo recargo extra del 25%. Con esta nueva percepción a cuenta de impuestos, el tipo de cambio (conocido como “dólar Qatar”) queda al doble (100% más) que el dólar oficial.

En esta situación ¿cómo conviene pagar los servicios turísticos? ¿con tarjeta en pesos o con dólares? En esta nota vamos a analizar qué pasa en cada situación.

Esta disyuntiva es relevante siempre y cuando el dólar blue o el dólar MEP (Bolsa) tengan una cotización inferior al dólar Qatar. Si fuera al revés, no habría dudas: sería más barato abonar con peso al tipo de cambio oficial más el 100%.

Cómo evaluar

La respuesta depende de dos cosas:

  • La situación tributaria de la persona.
  • El momento que se paga el viaje y practica la percepción.

Hay que recordar que el dólar Qatar está compuesto de:

  • tipo de cambio oficial
  • impuesto PAIS del 30%
  • una percepción del 45% a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.
  • Una percepción del 25% a cuenta de Bienes Personales.

Como estos dos últimos rubros son pagos anticipados de los impuestos, en teoría, quien los paga los podría recuperar en el futuro.

El problema es que no todos pueden hacerlo. En algunas circunstancias podrían ser irrecuperables porque la persona tiene un saldo a favor, o porque el fisco considera que no le corresponde. En estos casos, el costo del dólar Qatar es el 100% más que el oficial, sin atenuantes.

También depende si la persona tributa el Impuesto a las Ganancias como empleado o jubilado, si es autónomo, si paga Bienes Personales o no abona ninguno de estos dos gravámenes.

Cuándo se hace el gasto

Y aquí es relevante el momento en que se compra el viaje o se paga el alojamiento.

En cualquier caso, los contribuyentes pueden computar las percepciones, de 45% o de 25%, en su liquidación anual del año calendario donde se realizó el gasto. Esto es, al año siguiente.

Entonces, no es lo mismo realizar el consumo hasta el 31 de diciembre 2022 que a partir del 1 enero de 2023.

En el primer caso, se puede pedir la devolución de la percepción en 2023; en el segundo caso, recién la reintegrarán en 2024. En general, es a valor nominal (solo en casos contados tiene un interés muy bajito) que estará desvalorizado por la inflación.

Algunos cálculos

Veamos la comparación con algunos ejemplos.

Supongamos una persona que quiere pagar un viaje al exterior de U$S 1.000 el 11 de noviembre de 2022. Tiene la opción de abonar en dólares de su caja de ahorro; o bien, con pesos desde su tarjeta de débito (el análisis es bastante similar con la tarjeta de crédito).

En la primera alternativa, el tipo de cambio que habría que aplicar es el del dólar MEP (o el dólar blue, según su posibilidad de compra), que está en $ 300, y el costo total sería de $ 300.000. En el segundo caso, el tipo de cambio es el oficial ($ 167,77) más el 100% y quedaría en $ 335,54, con un desembolso de $ 335.540.

Visto así, sería más conveniente usar dólares propios (o comprarlos en el MEP) y pagar con divisas. Pero esto es cierto si la persona no puede recuperar las percepciones de ninguna manera.

Recuperar parte de lo pagado

En cambio, si la persona sí puede pedir el reintegro de las percepciones, la comparación cambia.

Aquí hay que considerar, entonces, su situación fiscal.

-Los asalariados y jubilados que pagan Ganancias pueden incluir la percepción del 45% en el Siradig para que el empleador lo tome en la liquidación final, con el sueldo de abril/mayo del año siguiente, 2023. Hay que tener en cuenta que sólo se devolverá hasta el monto del impuesto retenido por el empleador.

En cambio, la percepción del 25% es sólo a cuenta Bienes Personales. Si la persona paga este impuesto, la puede incluir en la declaración jurada de 2022 que vence alrededor de junio de 2023. Si no, puede pedir la devolución con una herramienta especial de AFIP

-Los autónomos pueden incluir las percepciones en la declaración jurada anual de Ganancias o de Bienes Personales, de junio del año siguiente.

-Quienes no pagan ninguno de los dos impuestos, pueden pedir su reintegro con la misma herramienta de Devolución de Percepciones. Esto se suele devolver en octubre, con intereses desde el momento de que se hace el pedido.

Impacto de la inflación

Para calcular cuánto se recupera hay que tener en cuenta la inflación.

En el caso analizado (U$S 1.000) si se pagará en pesos, el viaje costaría $ 335.540. De estos, $ 167.770 corresponden al dólar oficial, $ 50.331 al impuesto PAIS (que no se recupera por ser un gravamen establecido por ley) y $ 117.439 a las dos percepciones, de 45% y 25%. 

Para simplificar, los tributaristas del Estudio Castillo y Asociados consideraron que la percepción se recuperará en ocho meses promedio (entre abril y octubre del año siguiente) considerando que inflación será similar a la actual (alrededor del 6% mensual).

En este caso, la percepción perdería el 40% de su valor por la inflación (se recuperaría el 60%) y es lo que habría que tomar como costo de la percepción. Así, los 1.000 dólares costarían $ 265.076,6, con un tipo de cambio implícito de $ 265,08, inferior a los $ 300 del dólar MEP.

¿Qué pasa si el mismo gasto se realiza en enero?

La ecuación cambia totalmente porque, en lugar de esperar 8 meses promedio para recuperar la percepción, esto va a demorar más de un año.

Por supuesto que dependerá de la cotización del dólar oficial y del dólar MEP (o del blue) de ese momento. Suponiendo que la brecha sea el mismo, el Estudio Castillo calculó una demora de 18 meses promedio con la misma inflación y eso arroja una pérdida del 68% del valor de la percepción.

Entonces, el costo total del viaje sería (al precio de hoy) de $ 297,959,52. El tipo de cambio sería de $ 297,96, muy similar a los $ 300 del MEP. En este caso, convendría pagar con dólares ya que la cotización es similar, pero es un valor cierto, mientras que el reintegro de la percepción se da en el futuro y depende de varios factores.

¿Qué puede variar el análisis? Una diferencia entre la brecha del dólar oficial y el dólar MEP o el blue. Mientras más chica sea, más convendrá pagar en pesos (no importa el valor de los dólares).

Esto sería así, sobre todo, si el MEP o el blue quedan más caros que el Qatar.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

4 respuestas a “Dólares o pesos: cómo conviene pagar las vacaciones del verano 2023”

  1. psp23 dice:

    Buenos días, gracias por la respuesta.
    La única duda es, si bien entiendo que los gastos de tarjeta en dólares son los que restan del cupo mensual de compra del dólar ahorro mi duda es si compro el pasaje en Aerolíneas Argentinas, por mas que venga en $ pesos argentino el gasto, si esa operación podría impedir la compra de dólar ahorro.
    Espero se entienda la consulta.
    Saludos!

    • Paula Martinez dice:

      Si el gasto te llega en pesos, no se debería restar del cupo en los meses siguientes.

  2. psp23 dice:

    Hola, si compro un pasaje al exterior en Aerolineas Argentinas pero el pasajero es otra persona:
    1) Entiendo que el importe viene en $ en la tarjeta, y esto no perjudica mi capacidad de compra de USD200 mensuales no es asi?
    2) La Percepción del 45% puedo deducirla yo o va a estar asociada al Cuil del pasajero?

    Si la compra del pasaje lo realizo, por ejemplo en IBERIA (pagina web argentina):
    1) Entiendo que por mas que me muestren los precios en ARS eso viene en USD en la tarjeta, no es asi?
    2) Si viene en USD, la tarjeta me va a cobrar las percepciones adicionales?
    3) La Percepción del 45% puedo deducirla yo o va a estar asociada al Cuil del pasajero?

    Saludos y Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Te respondo de a uno:
      1) los U$S 200 son el límite de compra del dólar ahorro. Los gastos con tarjeta en dólares se restan de esos 200 dls. en los meses siguientes (hasta que se compensen).
      2) la normativa dice que el contribuyente puede tomarse las percepciones de la carga de familia. Pero, por lo que he visto, la percepción se carga al CUIT/CUIL de la factura y este lo puede computar.
      La compra en Iberia depende y te sugiero que lo consultes en la empresa. Si es una facturación desde Argentina, en general, los precios te los cobran en $$ ya con la percepción del 45% y 25%. Pero, deberías preguntar.
      Si te cobran el pasaje en U$S, lo podés pagar con dólares (y no abonar las percepciones) o bien, en pesos con las percepciones de 45% y 25% (si superás los U$S 300 por mes de gastos).

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