Servicio doméstico

Empleada doméstica: consultá nuestra calculadora con los sueldos de junio 2019

01/07/2019

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Se fijó el  convenio de 2019, con un incremento del 30% sobre los salarios mínimos, dividido en tres veces. El primer ajuste rige para junio. Mirá los nuevos valores mensuales y por hora.

El acuerdo colectivo de trabajo para el personal de casas particulares para 2019 se estableció en tres tramos: un 10% se aplica desde el 1 de junio, otro 10% desde agosto y otro 10% desde noviembre. También hay una cláusula de revisión antes del final del convenio actual, el año próximo.

Este incremento se suma al 15% que se otorgó en marzo de 2019 por la cláusula de revisión del año pasado.

Como siempre, hay que recordar que el convenio establece sueldos mínimos por mes y por hora (después de descontar los aportes) por lo que, no es necesario que todos los sueldos se incrementen en el porcentaje fijado si ya estuvieran por encima de los pisos fijados por la normativa.

Nuevos valores

Las remuneraciones mínimas que están vigentes para junio y julio de 2019, se pagan desde fin de junio o principios de julio e impactan sobre el medio aguinaldo de la primera mitad del año (si ya se abonó sin el incremento, hay que pagar la diferencia).

Categoría 5 (tareas generales). El monto mínimo para el pago mensual (por 48 horas semanales) es de $ 13.974 y de $ 113,5 por hora, con retiro. Para las empleadas domésticas cama adentro es de $ 15.539 y $ 122, respectivamente.

Categoría 4 (cuidado de personas). El salario mínimo queda en $ 15.539 por mes o $ 122 por hora para las empleadas con retiro. En tanto, las trabajadoras cama adentro pasan a $ 17.316,50 mensual y $ 137 la hora.

Utilizá nuestra calculadora para ver el pago proporcional:

CALCULAR SUELDO EMPLEADA DOMESTICA

Consultá la tabla completa con todas las categorías: Remuneraciones servicio doméstico de Junio y julio de 2019.

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

59 respuestas a “Empleada doméstica: consultá nuestra calculadora con los sueldos de junio 2019”

  1. Marianela dice:

    Hago una consulta. Trabajo hace 5 años en una casa particular donde mis patrones dicen q no me blanquearon xq nunca fui al afp hacer los papeles. Y como trabajo 2 veces por semanas 8hs me dijieron que no me corresponde vacaciones ni aguinaldo. Y durante esta pandemia no quieren q valla a trabajar ni tampoco pagarme. Esto es así o no?

    • Paula Martinez dice:

      Todas las empleadas tienen que estar en blanco y a todas les corresponde que les sigan pagando.

  2. Ale dice:

    Que suerte tiene yo trabajo mínimo 10 horas al dia de lunes a viernes y a veces fines de semana me pagan 20 mil desde el mes pasado estoy cama dentro, obvio que no esta bien….

  3. Maxi dice:

    Hola Paula, tenemos una empleada para tareas generales en mi casa, hace un casi dos meses, quiero ponerla en blanco y ella se niega, y ademas suele faltar mucho o llegar fuera de horario, no hace mal sus tareas y le tenemos confianza, pero en realidad queremos estar tranquilos… ella dice q si la ponemos en blanco va a tener problema con su jubilación, viene 5 horas por dia y le pagamos 14000 …

    • Paula Martinez dice:

      Hola Maxi.
      tenés que explicarle que registrarla es una obligación de ustedes, no es voluntario. Por lo tanto, si ustedes no la blanquean en el futuro pueden tener problemas (si llega a tener un accidente por ejemplo).
      Sobre la jubilación, el aporte también incluye este ítems y los años de aporte. Si ella es jubilada, el trabajo en el servicio doméstico es compatible y tiene un aporte más bajo.

  4. Nadia dice:

    Cuál es el sueldo mínimo para la 4 categoria? Sueldo mínimo por ley mensual

  5. Marcela rios dice:

    Buen día… Quería saber cuánto gana una ama de llaves ocho horas diarias seis días a la semana…

  6. Carolina dice:

    Hola, mi empleada está registrada en la 4ta cat, trabaja de lunes a viernes de 08 a 12 hs. quisiera saber si le corresponde que le pague por hora porque no completa la media jornada laboral que es de 48 hs y ella semanalmente trabaja 20.
    Y su tarea ppal ahora es la de limpieza de la casa, si la puedo cambiar de categoría ( a la 5ta), sin que ello implique un perjuicio para ella y se pueda considerar injuriada y despedida con causa.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carolina.
      Se puede cambiar de categoría, pero si se reduce el sueldo corresponde indemnizar por la diferencia.
      Se puede pagar por hora o por mes, en la normativa no se especifica nada (aunque en algunas jurisdicciones dicen que hasta 20 hs. semanales es por hora y por más, se proporcional el mensual).

  7. Mara Vidal dice:

    Hola Paula! Tengo a mi empleada (categoría 4) en regla y hago los aportes de ley. Ella trabajaba 30 hs semanales. Desde el 2 de agosto está de licencia por enfermedad. Presentó certificados médicos pero el tratamiento traumatológico tiene para largo (el médico le va indicando reposo por 15 días, más otros 10 días, y 10 días más. Hoy le indicó 10 días más), además de que ella no hace el reposo como le indica el doctor. Más allá de eso, tuve que buscar a otra persona para que cuide a mi madre y haga las tareas del hogar, a quien también regularicé ante Afip. En este momento, el 80% de mi sueldo se va en el pago de ambas colaboradoras. No sé hasta cuándo podré hacer frente a los dos sueldos. Por favor: qué debo hacer? Hay algún tipo de jubilación por incapacidad transitoria? Te suplico me asesores. Agradecida desde ya.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que está previsto es el pago de licencia por enfermedad según la antigüedad: hasta 3 meses al año para menos de 5 años; o hasta 6 meses por más antigüedad.
      No hay otra opción que afrontar el pago y reemplazar la trabajadora, si hiciera falta. Slds.

  8. Eliana Ramos dice:

    Hola Paula buenas noches yo trabajo ,4 horas y medias cuatro veces a la semana , tareas generales ,domesticas cuanto deberia de ganar’? GRACIAS.

  9. anibal dice:

    hola, quiero contratar una niñera 3 veces a la seman 6hs corridas y 2 veces a la semana 4hs corridas, solo para cuidar un bb de 1 año estando yo presente, no quiero pagarle viaticos, si q este en blanco y cumplir con todas las obligaciones (art, vacaciones, etc). Lei q los abogados laboristas indican que si la empleada cobra x mes y trabaja mas de 20hs se calcula un proporcional, la formula seria (sueldo neto/48) *24 (hs semanales trabajadas). ¿es correcto liquidarle el sueldo asi o debo pagarle por hs, el sindicato del servicio domestico aprueba este mecanismo? sinceramente no quisiera complicarme legalmente con nadie y cumplir tanto con la ley de trabajo como con el convenio de servicio domestico 4ta categoria. Otra consulta ¿tienen un unico sindicato reconocido por el ministerio como valido? gracias por tu tiempo

  10. Yanina dice:

    Hola, trabajo 40 horas semanales, cuánto debe ser mi sueldo???

  11. Brenda dice:

    Hola!! quiero contratar una persona de lunes a viernes para cuidado de un niño 17hs semanales.. aproximadamente cuanto seria el sueldo? 8500 estara bien?

  12. MARIA EMILIA dice:

    Hola, Consulta sobre servicio doméstico, personal para tareas generales que trabaja entre 25 y 30 hs. semanales. La empleadora siempre abonó por hora (porque a más horas trabajadas, mayor sueldo…); ahora me plantea abonar por mes, con lo cual monto a pagar disminuye, ¿como puedo resolverlo sin perjudicar a ninguna de las dos partes?? Desde ya muchas gracias por su ayuda

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No se puede reducir el sueldo sin indemnización aunque cambie la forma de pago . Si va a trabajar menos horas, corresponde que se indemnice esa parte.
      Cualquier duda, te sugiero consultar en el Ministerio de Trabajo. Slds.

  13. Mirta leguizamon dice:

    yo entre a trabajar en agosto, en febrero cumplía los 6 meses q me corresponden 14 días de vacaciones, pero en enero mis empleadores se fueron de vacaciones y me dijeron q me corresponden 4 días de vacaciones, ¿ es así porque estaba dentro del tiempo de diciembre a marzo q corresponde las vacaciones? aclaro que no las tome ni las cobre !

  14. Silvina dice:

    Buen día quisiera consultar que se establece con relación a los aportes debido a que yo nunca se los he descontado a la empleada. A quien le corresponde el gasto ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola, la parte de la obra social son «aportes del trabajador» según la Afip. Esa parte se descuenta del sueldo bruto (no se puede bajar el salario de bolsillo) porque el empleador lo paga todo junto en los aportes mensuales.

  15. leandro dice:

    hola buenas noches, como se calculan las horas extras para personal bajo modalidad de prestación sin retiro, 4ta categoría ? o al ser modalidad sin retiro no deben calcularse?

    gracias

  16. Estela dice:

    Hola , niñera por 8 horas de trabajo corresponde categoría 4 ,cuidado de personas ?

  17. Alejandra Cáceres dice:

    Buenas noches yo iba dos veces por semana el año pasado a éste. Luego me dijo sólo niña vez los sábados cobro por mes. Me corresponde el aumento y aguinaldo haciendo 20 hs semanales?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. todas las empleadas tienen que cobrar los salarios mínimos de convenio y recibir aguinaldo, vacaciones, aportes y el resto de los derechos y obligaciones de la ley.

  18. Gabriela dice:

    Consulta por seis horas diarias cuidados de chicos cuanto debería cobrar

    • Leandro dice:

      Hola buen día una consulta.
      Quiero Contratar por la tarde del sábado y todo el domingo sin retiro categoría 4.

      Debería pagar todas las horas como extra al 100 % ?? Por ser la contratación solamente esos días. ?

      Gracias

      • Paula Martinez dice:

        Hola. Si el régimen de trabajo habitual va a ser el fin de semana, no se consideran horas extra (salvo que trabaje más de 48 hs. semanales). Slds.

      • Silvina dice:

        Hola Paula,
        Consulta los 3 tramos del aumento 2019 se hacen calculando el 10% del sueldo a Mayo 2019? Es decir, ultimo sueldo antes del aumento o 10% sobre el sueldo del mes anterior al pago de cada tramo (lo cual me daria mas de 30% anual).
        Gracias.

        • Paula Martinez dice:

          Hola Silvina.
          Lo que tenés que ver son los sueldos mínimos vigentes en cada momento. Primero habían dicho que eran porcentajes sobre los sueldos de mayo pero, cuando publicaron las tablas es como vos decís, se acumulan las subas.
          Un saludo.

  19. Josefina dice:

    Hola, muy buenas noches. Pregunto hace 1 año que estoy anotada ; si tengo vacaciones me las tienen que pagar aparte del sueldo? Cuido un bb de 2 añitos 36hs semanales con un sueldo de 11.000$
    El año pasado no me las pagaron .
    Me pueden orientar ? Gracias mis estimados..

  20. Miriam dice:

    Hola yo trabajo tres veces por semana 9 hs por dia .¿cuanto seria mi sueldo?

  21. Soy empleada domestica.Me corresponde el medio aguinaldo?El es contador debe saberlo.

    • Paula Martinez dice:

      A todas las empleadas les correesponde

    • Paula1 dice:

      Hola! Yo trabajo 35 horas semanales, me pagan el sueldo mínimo ($15.538,60) Y de ese sueldo me descuentan los aportes de la obra social ($689), osea que recibo $14.849,60! Esta bien lo que me pagan??

      • Paula Martinez dice:

        Hola.
        El sueldo mínimo es de bolsillo, después de descontar los aportes.

  22. Si yo gano 19,000 cuanto recibo en junio con el aumento y el aguinaldo por favor me avisa gracias atte.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El aumento de junio es del 10% sobre los salarios mínimos, si estabas cobrando más del mínimo no necesariamente te corresponde aumento en esa proporción.
      El aguinaldo es la mitad del mejor sueldo del semestre. Slds.

  23. Laura Beatriz Ribero dice:

    Quiero saber nuevas noticias

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