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Feriados 2019: cómo tienen que cobrar los trabajadores

07/10/2019 Servicio doméstico, Trabajo e ingresos

calendario

El domingo 8 de diciembre es feriado nacional para  todos los trabajadores del país incluidos los del servicio doméstico. Diferencias con días no laborables.

En la segunda mitad de 2019 hay varios feriados inamovibles, otros trasladables y días puente no laborables. En este nota podés ver la diferencia entre uno y otro y fijarte cómo cobran en cada caso los trabajadores del sector privado (salvo bancos, sector público y casos especiales) y las trabajadoras de casas particulares.

Feriado nacional. Los empleados no están obligados trabajar. Si trabajan, se les debe abonar el doble (un 100% más que un día habitual).

Día no laborable. El empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no. Si se trabaja, el pago es el de un día normal; si no hay actividad, no se recupera otro día. En general, los empleados públicos, bancarios y de algunos servicios, no trabajan pero el resto sí.

Agosto

En este mes, el 17 de agosto es feriado por el Paso a la Inmortalidad (fallecimiento) del General José de San Martín. Según la ley y el sitio oficial del Ministerio de Interior, es una fecha trasladable siempre que caiga entre martes y jueves. Pero, como este año cae en fin de semana no se traslada ni a lunes ni a viernes.

Pero, sí se estableció el lunes 19 como día no laborable “puente con fines turísticos”. ¿Qué quiere decir esto? Veamos:

Sábado 17 de agosto. Feriado nacional. Los empleados no están obligados trabajar. Si trabajna, se les debe abonar el doble (un 100% más que un día habitual).

Lunes 19 de agosto. Día no laborable. El empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no. Si se trabaja, el pago es el de un día normal; si no hay actividad, no se recupera otro día.

Octubre

Sábado 12 de octubre. Feriado nacional (igual tratamiento que el 17 de agosto). Día del Respeto a la Diversidad cultural.

Lunes 14 de octubre. Día no laborable (igual tratamiento que el 19 de agosto) “puente turístico”.

Noviembre

Lunes 18 de noviembre. Feriado nacional (igual tratamiento laboral que el 17 de agosto y 12 de octubre). El 20 de noviembre es el Día de la Soberanía nacional, pero se traslada al lunes 18.

Diciembre

Domingo 8 de diciembre. Feriado nacional. Día de la Inmaculada Concepción de María. No se traslada

Miércoles 25 de diciembre. Feriado nacional. Navidad. No se traslada.

El martes 24 suele ser día no laborable o asueto para la administración pública y algunas actividades (como bancos). Lo mismo sucede con el martes 31.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Malvina

    01/08/2020 en 10:47

    Buenos dias, en el recibo de sueldo, en “horas trabajadas”, en el caso de un mes donde hubo 2 feriados y la empleada no los trabajo. Pongo la sumatoria de las horas de los días trabajados pero al calcular el sueldo sumo esos dos días? Si la empleada trabajo 21 dias * 2 hs:42 horas trabajadas, pero para calcular el sueldo serian 23 dias * 2 hs : 46 * $144.50 = $ 6647 sueldo. Es asi? Consulto porque en el recibo me va a figurar 42 horas pero el sueldo correspondiente a 46.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      17/08/2020 en 20:24

      Hola. Los feriados se pagan igual que los demás.
      Podés aclarar en las observaciones los días feriados. La cantidad de días pagados sí los incluye.

      Accede para responder
  2. Marcela ontivero

    06/07/2020 en 17:50

    Hola soy Marcela pregunto yo trabajo mensualmente 8 ha diarias cuidando personas mayores pregunto yo sábado y domingo no trabajo tengo que trabajar igual los feriados ?y me tienen que pagar doble los feriados ?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 21:20

      Hola. Los feriados trabajados se pagan doble.
      Si no trabajás, el pago es normal (es decir, el sueldo habitual sin ir esos días).
      Siempre que sean feriados que caen en tus días de trabajo habitual.

      Accede para responder
  3. Adriana Nuciforo

    03/07/2020 en 22:32

    Hola!! Los empleados que en cuarentena trabajan de Lunes a Viernes…corresponde abonarles como feriado el sábado 20/06?
    Muchas gracias x éste espacio

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      04/07/2020 en 12:58

      Hola.
      No, el feriado se paga si cae en un día de trabajo habitual.

      Accede para responder
  4. rosalia

    17/06/2020 en 11:50

    hola por primera vez tome una persona sin retiro para el cuidado de mi mama, por la cuarentena se esta quedando todos los dias , el sueldo acordado es de !9777,por cuantos dias tengo que dividir para pagarle el feriado, el franco cuando se da, desde sabado a la mañana hasta el domingo a la noche?
    y si lo trabajase como se calcula???

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      17/06/2020 en 21:44

      Hola.
      El franco lo podés arreglar con la empleada. El sueldo mensual previsto por convenio prevé 6 días de trabajo, de 8 horas diarias (se pueden acomodar esas 48 horas) con un franco semanal.
      El feriado surge de dividir el sueldo por los días de trabajo efectivo en el mes. Si no trabaja el feriado, el sueldo mensual es el mismo (se considera pago simple); si lo trabaja se paga extra como un día más.

      Accede para responder
  5. Ines

    04/05/2020 en 13:02

    Hola Paula,
    Tenemos dos empleadas de compañia sin retiro para atender a mi abuela, una de lunes a viernes y la otra sabado y domingo.
    Los feriados trasladables trabajados se paga un solo dia adicional? Que pasa cuando el feriado original cae en fin de semana y se traslada a la semana, tenemos que pagar un dia adicional a cada empleada? Si es un solo dia de adicional a cual de las dos le correponde? A la que le toca la fecha original del feriado o a la que trabaja en del transferido?.

    Muchas Gracias
    Slds
    Ines

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      06/05/2020 en 20:42

      Hola Inés.
      El feriado trabajado se paga doble el día que establece el calendario oficial como feriado nacional. No es el día original, sino el que se traslada. Ejemplo: el 2 de abril se pasó al martes 31 de marzo. El que se considera feriado es este último, no el 2.
      Si la empleada no trabaja, se paga normal siempre que sea su día laborable habitual (no importa si es sábado, domingo o día de semana).
      Slds.

      Accede para responder
  6. Stella

    28/03/2020 en 10:17

    Buen día. Cómo se hace el cálculo para abonar descanso y feriado a una empleada de casa particular, sin retiro. Está en blanco. Gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      30/03/2020 en 20:49

      Hola Stella.
      Se divide el sueldo mensual por la cantidad de días de trabajo y ese es el monto diario. Si trabaja el feriado, se paga un día extra.
      Si no trabaja, se paga el sueldo mensual habitual (no se discrimina en el recibo).

      Accede para responder
  7. karina

    05/02/2020 en 20:05

    mi empleada domestica trabaja de 14 a 20 horas, comenzò sus vacaciones lunes 30/12/2019.
    Dice que en el sindicato le dijeron que el 31/12/2020 a la tarde es feriado ademàs del 1/1/2020.
    entonces ella se deberìa reincorporarse al trabajo el mièrcoles 15/1, es correcto?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      05/02/2020 en 20:47

      Hola. El 31 no es feriado nacional.
      Hubo día no laborable pero para la administración pública, no aplica al resto de los trabajadores.

      Accede para responder
  8. Jonatan

    25/01/2020 en 03:52

    Hola yo quiero saber yo trabajé el 31/12/19 entre a las 19 horas y salí el 1/1/20 como se pagan esas horas

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      05/02/2020 en 21:08

      Hola.
      Las horas de trabajo del 1 de enero se pagan como feriado. Según la ley de contrato de trabajo es el doble de una hora normal, pero algunos convenios tienen un monto mayor.

      Accede para responder
      • Lina

        25/05/2020 en 09:51

        Hola soy empleada doméstica con retiro trabajo 12 hs de corrido de lunes a lunes… pensé que como iba todo por contador deberían saber que lose feriados se pagan y los fines de semana también pero no los tendré que reclamar

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