Impuestos

Ganancias: cómo queda la deducción por hijo y qué hay que hacer

30/07/2018

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Luego de que, a partir del año fiscal 2017, la deducción por hijo se limitara a aquellos menores de 18 años (cuando antes el tope era 24 años), pasada la mitad de 2018, se decidió restringir aún más esta reducción en el pago del Impuesto a las Ganancias.

NUEVO. Agregamos a esta nota aclaraciones de la AFIP a dudas muy importantes sobre esta deducción. 

Deducción al 100% o al 50%

Antes, si ambos padres tributaban el impuesto, cada uno de ellos podía tomar la deducción completa por cada hijo para calcular el monto a pagar.

Desde el año fiscal 2018, sólo uno de los progenitores podrá deducir la totalidad de la carga de familia o, los dos en un 50% cada uno.

Para 2018, la deducción total por hijo era de $ 31.461,09 al año y, para 2019, de $ 40.361,43.

Incompatible con asignaciones familiares

El otro punto que se especificó, aunque ya estaba previsto en la reforma tributaria que rige desde 2017, es que quien cobra asignaciones familiares por hijo no puede tomar esta deducción en Ganancias. El padre que percibe la asignación, no podrá deducir a los niños como carga de familia en el Siradig.

Para esto, también se adecuaron los topes salariales para tener derecho a recibir la asignación familiar por hijo.

Dudas que respondió la AFIP en sus Consultas y Respuestas Frecuentes:

-¿Si un padre cobra asignaciones y el otro no, puede este último deducir a los hijos en Ganancias? Este tema era confuso, pero la respuesta de AFIP es sí, el progenitor que no percibe las asignaciones puede deducir el 100% de Ganancias.

-¿Qué pasa con los padres que reciben un mes asignaciones y otros no? Este tema no es menor, porque el cobro de estos beneficios  puede variar de un mes a otro. La AFIP dice que sí se pueden deducir los hijos en los meses que no se perciben asignaciones. La carga de familia se puede informar en el Siradig en los meses que no se reciban asignaciones.

-¿Si un empleado cobra asignaciones de un régimen provincial, no de la Anses, es incompatible con la deducción por hijo? La AFIP respondió que no, ya que la norma solo señala a las prestaciones de la Anses. Es decir, que, quien recibe asignación por hijo de un régimen provincial sí lo puede deducir en Ganancias.

Cuándo rige

Las nuevas medidas se aplican para el ejercicio fiscal 2018.

Como se decidió cuando el año ya estaba avanzado y los asalariados y jubilados que estaban pagando Ganancias con los criterios anteriores y ahora no puedan deducir el 100%, tendrán un incremento en el pago del impuesto.

Trámite obligatorio

Todos los empleados y jubilados deben actualizar la información de sus cargas de familia a través del servicio Siradig Trabajador, en la página web de la AFIP, con clave fiscal.

Deberán realizarlo desde del 3 de septiembre 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019, el plazo para la presentación del F. 572 web. Aunque la norma no lo dice, quien no cumpla este trámite no podría tomar la deducción.

Advertencia. La AFIP está notificando a los padres vía electrónica que tienen hasta el 31 de marzo de 2019 para informar bien su situación respecto al cobro de asignaciones familiares o la deducción del 50% o 100% para 2018.

Para ver si uno tiene la advertencia, hay que entrar con clave fiscal y ver las notificaciones del domicilio fiscal electrónico.

Allí tendrán que detallar si perciben asignaciones familiares y si el otro progenitor tributa Ganancias, con lo cual, cada uno computará la mitad de la deducción.

¿Cuál es tu caso?

Con estas modificaciones, las familias pueden encontrarse en distintas situaciones.

1-Uno sólo de los padres tributa Ganancias.

Este podrá seguir deduciendo la totalidad del monto por cada hijo. No tendrá cambios en su liquidación del impuesto. Tampoco impactará en el otro padre, ya que no tributaba.

2-Los dos padres tributan Ganancias.

En este caso, uno o ambos tendrán que pagar más por el impuesto. Podrán optar entre que uno sólo deduzca $ 31.461,09 ($ 40.361,43) por año o bien, $ 15.730,55 ($ 20.180,72) cada uno.

Por lo tanto, si la deducción es del 50%, en los últimos meses de 2018 abonan la diferencia del tributo o bien en los primeros meses de 2019.

¿Cuánto más? Depende. Como Ganancias es un impuesto progresivo, tiene una alícuota que va aumentando con un ingreso más alto. El máximo de incremento para todo el año será de $ 5.505,7 para cada uno, si la persona estuviera tributando a la tasa máxima del 35%.

Y, si uno de los padres dejar de tomar esa deducción, el mayor aumento a pagar para este sería de $ 11.015.

En esta situación, la familia deberá evaluar qué le conviene.

3-Uno de los padres cobraba asignaciones familiares y tributaba Ganancias

Este es un caso muy raro, pero se daba en situaciones cerca del límite de remuneración permitida para cobrar asignaciones familiares. Ahora, el tope para percibir estas prestaciones de la Anses se redujo para que sea compatible con los mínimos de Ganancias, por lo que es probable que dejen de recibir las asignaciones.

En estos casos, ninguno de los dos padres podrían deducir a esos hijos del cálculo del impuesto.

Si cobrar asignaciones no es conveniente, se puede renunciar a cobrar el beneficio y, así, poder tomar la deducción por hijo.

En tanto, a priori, la norma establecería que quienes tienen hijos discapacitados no podrían deducirlos del impuesto si siguen recibiendo asignaciones familiares (no tienen tope salarial para cobrar estas prestaciones).

IMPORTANTE. Hay que estar atentos a actualizar los datos del Siradig, para clarificar las situaciones de cada uno y seguir realizando la deducción, en caso de que corresponda.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

110 respuestas a “Ganancias: cómo queda la deducción por hijo y qué hay que hacer”

  1. Silvia dice:

    Hola tengo un hijo con descapacidad de 5 años y en el trabajo me descontaban y ahora no se q paso me descuentan

  2. AGUSTIN dice:

    Hola
    Si tenes 2 hijos y cobras unico ingreso menor a $77664 tenes derecho a la asignacion pero a su ves si ganas mas de $73104 (casado con 2 hijos) te descuentan ganancias, algo anda mal…..
    es mi caso
    no puedo desgravar porque cobro asignacion???
    puedo desgravar la obra social que pago por ellos?
    gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El mismo padre no puede deducir a un hijo de Ganancias si cobra asignación (sí puede hacerlo el otro padre).
      La obra social de los hijos sí se puede deducir si están como carga de familia, siempre y cuando no sea el aporte obligatorio a la OS que se realiza para todos los empleados (tiene que ser un monto extra).

  3. cecilia dice:

    Buenas tardes,

    La pagina me parece super útil. Mi consulta es la siguiente, tengo tres hijos a cargo y a partir de este año cobran un pocentaje de pensión por fallecimiento de mi esposo. Es decir cada uno tiene una pensión. Puedo deducir como carga de familia a mis hijos? En algún porcentaje (100, 50 %, etc)? Esto depende de lo que cobran?
    Te agredezco la respuesta.
    Atte

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cecilia.
      Qué bueno que te sirva la página, espero que te sumes a la Comunidad, también!
      El cobro de pensiones no se solapa para nada con la deducción de Ganancias (al menos por ahora…). Así que podrías deducir el 100%.
      Slds.

      • cecilia dice:

        Muchas gracias por tu pronta respuesta.
        El tema es que no me deja ingresar la carga de mis hijos (la importa del año pasado), es decir no me deja guardarla en el sidarig. Por eso quizá era la razón por la que tenia que poner el ingreso de cada uno por año.(me aparece un cartel si ellos perciben algún ingreso) cuando quiero cargarlos como siempre.

        En mi caso tengo mi agente de retención que es mi actual trabajo y te consulto si debo ingresar mi importe por mes de pensión?

  4. Juan Gabriel dice:

    Hola que tal Paula
    Hace dos años le dieron a mi hijo el certificado de discapacidad. consulta, cuando lo registro en el SiRADIG en cargas familiares ahí coloco que si cobro por esta persona asignaciones familiares (suaf) y luego ingreso el monto anual de la misma? y me coloco en el porcentaje de deducción el 50% o 100% la verdad no entiendo mucho
    Gracias x tu tiempo, saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El mismo padre no puede cobrar asignaciones y deducir Ganancias por el mismo hijo (ni siquiera al 50%). Sí podría un padre recibir la asignación y el otro deducirlo.
      Slds.

  5. angel gomez dice:

    hola no entiendo que poner en 50% o 100% yo los tengo a cargo tengo dos nenes menores de 18 años que pongo 50% o 100% en el formulario 572 de la afip.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si los dos padres deducen a los hijos de Ganancias, cada uno puede hacerlo en un 50%. Si los deduce un solo padre, es el 100%.

  6. Diego enrique peiretti dice:

    Hola. Excelente la página. Tengo una consulta. Estoy divorciado y tengo dos hijos de 14 y 16 que viven con la madre. Yo le doy el 30 % de ni sueldo .. no me lo descuentan de mi sueldo pues no ha hecho ella aún el trámite por ANSES de manutención. Me hacen descuento a las ganancias aún aunque en el formulario 572 ya puse a mis dos hijos. Cambiaria algo si me descontaran la manutención por recibo? Pagaría menos? Ella recibe auh pues en ANSES puso hace algún tiempo a cargo a nuestros hijos. Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Diego.
      Entiendo que no cambia si incluyen la manutención en el recibo.
      Tené en cuenta que en Ganancias toman el ingreso bruto y le descuentan automáticamente los aportes a la obra social, jubilación y gremio. Pero no se restan los otros ítems que están en el recibo. Lo que quiero decir que lo que se computa en Ganancias es el sueldo bruto, no el de bolsillo (aquí va a influir que te incluyan la manutención).
      Si tenés dudas, consultá con tu empleador cómo hacen el cómputo de Ganancias, pero entiendo que es así como te digo.
      Un saludo,

  7. Gabriela dice:

    Hola que tal! una persona que le descuentan ganancias, se puede tomar al esposo como carga de familia, siendo el mismo jubilado y su jubilacion no alcanza el minimo no imponible

  8. carla perugini dice:

    Hola, tengo un hijo discapacitado menor de 18 años, siempre lo deduje como hijo y no con discapacidad, no percibo pension por el, el monto de deduccion es difernete si se declara como discapacitado, o es el mismo que mis otros dos hijos.

  9. veronica dice:

    Buenos dias, queria saber como funciona el tema de la deduccion al 50% por hijo y la correspondiente deduccion de la os prepaga? si yo deduzco al 50% a mi hija puedo deducir tambien el 50% de su prepaga? y el otro 50% el otro progenitor?

    • Paula Martinez dice:

      La verdadquelamorma no dice nada de esto. Entiendo que el gasto lo desuce quien lo paga.

    • Claudio díaz dice:

      Tengo una hija de 20 años que estudia y está a mi cargo se puede deducir?

  10. Samuel dice:

    Hola! Persivo impuestos a las ganancias. Tengo dos hijos con discapacidad y su correspondiente certificado (CUD). Siempre los registre en en formulario, pero este año me quedo la duda de si colocar que persivo la asignación familiar por hijo con discapacidad.
    Hace años que vengo percibiendo la asignación y me vienen descontando ganancias. Tengo a la fecha un sueldo promedio de $62000 en relación de dependencia. Espero puedas sacarme la duda! Gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Samuel.
      Según lo que dice la nueva normativa, si cobrás asignaciones no podé deducir a ese hijo de Ganancias. En el Siradig te pregunta si cobrás asignaciones y, cuando ponés que sí, ya no te permite la deducción. si no lo habías informado antes, es probable que no haya mucho cruce de datos, aunque en algún momento podría haberlo.
      Sí lo podría deducir el otro padre.

  11. Gustavo Daniel dice:

    HOLA CONSULTA EL AÑO PASADO CARGUE EN EL FORMULARIO A MI HIJO COMO MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD Y ESTE AÑO LE DECLARARON UNA DISCAPACIDAD Y PERCIBO DESDE SEPTIEMBRE LA ASIGNACIÓN, COSA QUE ANTES NO COBRABA PORQUE SUPERABA EL MONTO MÍNIMO. MI CONSULTA ES COMO TENGO QUE DECLARARLO (HIJO MENOR DE 18 AÑOS), NO HAY UNA OPCIÓN QUE DIGA (DISCAPACIDAD). Y LOS MESES DEL 2019 QUE NO COBRÉ TENGO QUE CARGARLOS APARTE?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El padre que cobra asignación familiar por el hijo no puede deducirlo de Ganancias (sí puede hacerlo el otro padre).

  12. juan Manuel dice:

    Buenas, persivo el impuesto a las ganacias y el año pasado le dieron a mi hijo el certificado de discapacidad. Como puedo registrar esto en AFIP y dedudir del impuesto
    Gracias

  13. Florencia dice:

    Hola queria saber no estoy casada pero convivo hace 5 años mi pareja tiene 2 hijos menores de 18, y yo 2 hijas menores que es lo que se puede degradar? El pasa cuota alimentaria aparte de pagar la totalidad de los colegios y matriculas y otros gastos se puede degradar como se hace? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Quien pague Ganancias, puede deducir a cada hijo hasta 17 años, siempre que no cobre asignaciones. Si los dos padres deducen a los hijos, cada uno puede tomar la mitad.
      El resto de gastos no se deducen.
      Slds.

  14. Horacio dice:

    Hola, como se interpreta hijo incapacitado para el trabajo, serian tambien aquellos que son mayores de 18 años y estan a cargo del padre? Se los puede deducir en ganancias?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para poder deducir por discapacitados tienen que tener certificado de discapacidad.
      En ese caso, la deducción no tiene límite de edad.

  15. Jose dice:

    Hola. Yo no estoy casado. Estoy juntado y tengo a mi hija a cargo con mi sra.
    En ese caso debo pagar igual el impuesto si paso el limite?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Podés deducir a tu hija (menor de 18 años) en un 100%, si lo hacés vos sólo. O la pueden deducir ambos, al 50%.
      La deducción se resta de la base imponible y sobre esta se aplica la alícuota para obtener el impuesto a pagar en cada caso.

  16. Santiago dice:

    Buenas, quisiera saber si puedo declarar a mi sobrino ya que yo soy el responsable del pago del colegio y convive en mi casa todo el año, el papa fallecio y mi hermana que es la mama no lo declara.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Santiago.
      No, sólo lo puede deducir el familiar más cercano, en ese caso, la madre.

  17. María Angela Bonigno dice:

    Hola, por favor necesito consultar lo siguiente:
    Un matrimonio tienen 3 hijos, uno de 19 años, uno de 16 discapacitado y uno de 10 años. La señora es profesional y trabaja en el relación de dependencia en Hospital de Provincia de Bs.As. El es profesional independiente monotributista. Por su nivel de ingresos no les corresponde el cobro de salario familiar, salvo por el hijo con discapacidad ( no tiene límite tope de ingreso) que lo cobra ella con su sueldo del hospital. Hasta la fecha no INFORMABA en el SIRADIG a ninguno de los hijos y no le retenían GANANCIAS. A partir del mes de julio 2019 con los aumentos le comienzan a retener IMPUESTO A LAS GANANCIAS en su recibo de sueldos. Es correcto si informo en el SIRADIG solamente al hijo de 10 años dado que no cobra salario familiar y así poder descontarlo en GANANCIAS. No va a tener problema y le dejen de pagar la asignación por discapacidad, pregunto esto dado que la dependencia que liquida los sueldos del Hospital son propensos a cometer errores y hay que hacerles reclamos por los temas de salario familiar.
    Muchas Gracias, es muy clara en sus respuestas

    • Paula Martinez dice:

      Hola María
      Según la normativa de la Afip no se pueden deducir de Ganancias los hijos por los cuales sí se cobran asignaciones familiares.
      Es decir que el resto de los hijos, sí se pueden deducir hasta que cumplen 18 años.
      Un saludo,

  18. Javier García Venturini dice:

    Hola. Excelente nota. Me ayudó mucho. Mi duda es: tengo un hijo que cumple 18 el 19/8. Está en el secundario. Lo vengo deduciendo de ganancias. Hasta cuándo puedo hacerlo? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Gracias por el comentario! Me alegro que te haya servido la nota.
      Los hijos se pueden deducir hasta el mes en el que cumplen 18. A partir del mes siguiente (en tu caso, septiembre), ya no se permite. Fijate cuando llenes el Siradig, no te va a permitir poner el año completo sino hasta el mes del cumpleaños. Slds.

  19. carina dice:

    Hola,tengo un hijo con certificado de discapacidad,mi pareja es el que trabaja,yo cobro la discapacidad del nene,por embargo,puedo ponerlo en la afip para deducir el impuesto a las ganancias?la declaración jurada es de mi pareja

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Quien cobra asignación por hijo no lo puede deducir de Ganancias. El otro padre, sí.

  20. Celia dice:

    Hola! Mi esposo paga ganancias.trabaja en el sur.tengo dos hijos.uno cumplió 18 en octubre de 2018.. y otra de 16…cuando navega ( es embarcado) no cobra salario solo lo percibe 4 o 5 veces por año.prefiero renunciar a la asignación y deducir de ganancias.. como y donde renuncia? Porque algunos meses ya los cobro

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La Afip aclaró que en esos casos, se pueden deducir los períodos que no se perciban asignaciones. Además, dijo que si un padre recibe la asignación, el otro sí puede deducir el 100% de Ganancias (es raro, pero eso puso en las preguntas y respuestas frecuentes).

  21. patricia dice:

    Consulta que sucede si un empleado no quiere presentar el f 572 porque se encuentra en una situacion de pluriempleo. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      No entiendo por qué no querría presentarlo. No es algo optativo sino obligatorio.
      Además, si las retenciones del otro ingreso (empleo) no se las realiza su empleador agente de retención, entonces tendrá que presentar la declaración jurada anual, con un trámite más engorroso y, probablemente más caro porque tendrá que pagarle a un contador que lo realice.
      Slds.

  22. Javier dice:

    Buenas tardes. Tengo un hijo discapacitado menor de 18 años. Anses me da un subsidio por discapacidad todos lo meses. Ésto se toma como asignación familiar ? Puedo cargarlo en el siradig? O la asignación por discapacidad no me permite deducirlo? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si es la asignación familiar por hijo con discapacidad no se puede deducir de Ganancias.

  23. Vilma elida baez dice:

    Buenas tardes quiero saber porque le descuentan ganancias y hay meses que es demasiado el descuento a mi marido soy casada legalmente tengo 3 hijos el mayor es discapacitado y el último es un bebe de 2 meses que hay que hacer para que no le descuenten tanto desde ya muchas gracias

  24. Wilfredo dice:

    Hola, una consulta. Si un empleado cobra $41.000 netos, la Anses no le paga la asignacion familiar, en este caso, ¿puede deducir los hijos por no cobrar la AAFF? Desde ya muchas gracias y muy clara toda la explicacion y respuestas que dan

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí. Si no cobra asignación familiar puede deducir los hijos de Ganancias. Recordá que hay que informar las cargas de familia en el Siradig. Saludos,

  25. Sergio dice:

    Buen día
    Cobre asignaciones familiares por hijo en 2018 salvo período 12/2018, en el formulario 572 web si le pongo SI cobro asignaciones familiares me exige llenar el casillero de % de deducción, pero no existe el 0%, si coloco otro % da error. Como solucionar este inconveniente? Directamente se elimina como carga de familia?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, hay que eliminarlo como carga de familia. Salvo que pongas solamente por el mes que no cobraste asignaciones.

  26. daniel dice:

    buenas tardes muy buena la nota una consulta mi pareja (empleada domestica) cobra la asignacion universal por hijo, si yo incorporo en ganancias a su hija osea seria mi hijastra , mi pareja tendria problemas para seguir cobrando la asignacion universal por hijo , desde ya muchas gracias y espero que se entienda…saludos…

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los menores por los cuales se cobra asignación familiar no se pueden deducir de Ganancias.

  27. Santiago dice:

    Mi mama con su pareja (No conyugues) hace ya 3 años, mi padrastro esta afiliado a un gremio (Atilra) al cual mi nombre esta a cargo de él (básicamente figuro como en estado de dependencia total de él) tiene un sueldo que paga Impuesto a la Ganancia. Mi pregunta seria ‘Cuanto le descuentan por persona cargo,del importe de impuestos a la Ganancia?’

    • Paula Martinez dice:

      La normativa establece una deducción por hijo (varía cada año, fijate que en la nota están los montos) pero lo que cada persona evita de tributar depende de su nivel de ingresos y lo que paga de Ganancias, porque depende de la alícuota que le corrresponda.

  28. Estela dice:

    Hola, si a los dos padres les retienen ganancias, pero sólo uno de ellos cobra asignaciones, el otro (que no percibe asignaciones) podrá deducirlo?
    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No pueden ninguno de los dos, salvo que renuncien a cobrar las asignaciones. Slds.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No puede deducirlo ninguno de los dos. Tené en cuenta que los datos de los menores están con número de CUIL y es muy fácil que la Afip vea si la Anses paga o no las asignaciones. Slds.

  29. Andrea dice:

    Hola hice el formulario 572 con mis 2 hijos a cargo, y cobre 3 meses solamente en Asignación Familiar pero en los 3 meses de deposito no llego a cobrar $4000, debo hacer el formulario 2018 de nuevo y sacarlo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La Afip tiene todos los datos para cruzar el número de CUIL de los menores con la Anses y saber si cobraste o no asignaciones. Por eso hay que declarar correctamente la situación en el Siradig.
      Lo que podrías hacer es poner a tus hijos como deducción por los meses que no recibiste asignaciones. La verdad que, como es la primera vez, no sé si la Afip lo va a tomar o va a considerar que, por haber cobrado un mes ya no los podés descontar todo el año.
      Otra opción para 2019 es renunciar a las asignaciones y deducirlos de Ganancias, todo depende si te conviene o no.

  30. Fernando PB dice:

    Hola, soy trabajador en relación de dependencia y tributo impuestos a las ganancias. Soy divorciado con un hijo a cargo cuya madre no tiene trabajo registrado. Tengo otra hija con mi actual compañera (no estamos casados) por lo que usualmente yo deducía dos hijos (sin cónyuge).
    En 2018 a mi mujer le abonaron asignación familiar hasta Agosto inclusive. Supongo que puedo deducir a mi niña para los meses de septiembre en adelante, es correcto? Me lo permite el sistema?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, el sistema te permite cargar a los hijos por algunos meses.

  31. Santiago dice:

    Hola, soy trabajador en relación de dependencia y no tributo impuestos a las ganancias por mi salario. Lo que si todos los años debo realizar la declaración jurada informativa por medio de SiRADIG y ahora me encuentro con este problema: yo cobro asignaciones familiares por mis dos hijos menores por medio de ANSES. Al hacer la declaración de la carga de familia pongo que SI cobro asignaciones familiares, pero luego en el porcentaje de deducción lo dejo en «seleccionar» ya que no hay 0% y me dice «campo obligatorio» teniendo de esa manera que seleccionar 50% o 100%. Cualquiera que seleccione me da un error y me dice «no puede deducir a la carga de familia que intenta informar ya que percibe asignaciones familiares por ella». Que es lo que tendría que hacer? Saco a mis hijos de la carga de familia?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No los podés poner como carga de familia. Es medio confuso el sistema pero si ponés que sí cobrás asignaciones, no te los deja cargar en 0%.

      • Evangelina dice:

        Buenas una consulta si los padres estan separados y uno de ellos cobra asignacion y el otro paga ganancias se puede deducir de ganancias al.hijo??

  32. alicia dice:

    Buenas tardes, quisiera hacerles esta consulta:
    Soy empleada en relación de dependencia, abono ganancias,y cobro una pensión de Anses donde me abonan (todo junto) pensión mas asignación por hijo con discapacidad. Por otro lado mis tres hijos menores cobran pensión de ANSES.
    Como debo informarlo? 1)Yo tendría dos empleadores…quien me descuenta ganancias y ANSES? Debo informar valor total de pensión mas asignación? 2) Puedo deducir a mi hijo con discapacidad si ya incluyo la asignación en mi pensión? 3)Debo informar ingresos de pensión de ANSES de cada uno de los menores??me descontarán por eso??
    Gracias
    Alicia

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si cobrás asignación familiar de Anses, no podés deducir a tus hijos en Ganancias (en el Siradig).
      Si los tenés como carga de familia en 2018, antes del 31 de marzo lo tendrías que modificar. Tené en cuenta que la Afip puede cruzar los datos con los números de CUIL de tus hijos.
      Slds.

  33. Roman dice:

    Paula, buenas tardes. Me llego una notificación de la AFIP por Asignaciones Familiares.
    Yo pago ganancias por relación de dependencia y mi mujer también trabaja en relación de dependencia pero No cobra ganancias.

    El tema que revisando en ANSES, ella cobró Asignaciones familiares ($620) por Febrero y Mazo 2018
    No se cobro mas nada en otro meses.

    Como debo hacer en este caso? Pongo que SI cobran o debo declarar que NO y poner solo que los descuento desde Abril a Diciembre 2018 (Dejando fuera Enero que no percibieron nada).

    O directamente los declaro por año completo y que NO cobran Asignaciones.

    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La AFIP está mandando notificaciones por este tema. Con el cruce de datos con Anses (por el número de CUIL de los hijos) es muy fácil ver si se cobra o no.
      En casos como el tuyo, yo los declararía por el período que no percibieron asignaciones. No te aseguro que la Afip permita declararlos los otros meses (ya que Ganancias es un impuesto anual) pero yo lo pondría así porque sería lo correcto.
      Como es el primer año que se hace, nadie conoce cuál será el criterio de la Afip, si se pueden tomar unos meses sí y otros no. Slds.

  34. Gabriela Gioffre dice:

    Buenas tardes,
    Mi consulta consiste porque he cobrado asignaciones familiares de enero a agosto 2018. Al completar el F.572 es correcto colocar «no» cobra asignaciones familiares y en el periodo colocar septiembre a diciembre? Gracias y Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Yo creo que es correcto, pero habría que ver cómo lo considera la Afip, si deja que uno tome un período inferior a un año. La verdad que, como es la primera vez, hay muchas dudas con esto. Slds.

  35. Estela dice:

    Buenos días, mi duda es si eres empleado público en la provincia del Neuquén, las Asignaciones familiares no las abona Anses, sino la provincia, se debe informar que cobra Asignaciones y no puede deducir el hijo?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La normativa de Afip no distingue si las asignaciones las paga Anses o la provincia.

  36. Erica dice:

    HOLA HASTA DICIEMBRE DE 2018 MI SUELDO NETO FUE DE $56000.EN FEBRERO DEDUCI A MI UNICO HIJO EN ELNFORMULARIO 572 DE LA AFIP COMO SE VA A VER REFLEJADO ESTO EN MI RECIBO DE SUELDO ME BENEFICIA ES RETROACTIVO DE CUANTO?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. En el Siradig (f 572 web) tenés que deducir a tu hijo por todo el año (hasta que cumpla 18), tenés que indicar de enero a diciembre.
      Para el cálculo de Ganancias se toman ingresos y deducciones acumuladas desde enero, así que si todavía no te habían computado los hijos para el impuesto, ahora te los van a tomar retroactivo.
      Por otra parte, tené en cuenta que hasta el 31 de marzo podés completar las deducciones (incluidas las cargas de familia) de 2018. O sea, si no incluiste a tu hijo el año pasado, lo podés hacer hasta fin del mes que viene y te devolverían si pagaste de más.

  37. Claudio dice:

    Hola si mi mujer cobra asignación familiar por ambos hijos, pero no tributa ganancias ($21.000 con asignación), yo que sí tributo ganancias puedo seguir deduciendo el 100% de cada hijo, para 2018 y 2019?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No se puede. De hecho, la Afip está cruzando con Anses con el CUIL de los menores y está notificando a los trabajadores que sí habían declarado a los hijos, sobre esta situación.

  38. Dario Abramovich dice:

    Hola buen dia, puse en mi declaracion de ganancia que deduzco 100% al hijo de mi mujer la cual no trabaja. Si el padre del nene tambien lo deduce, deberiamos hacerlo 50 y 50 o a mi no me corresponde deducir nada directamente? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los hijos los tienen que deducir los familiares más directos, si tiene padre, al padrastro no le corresponde. Slds.

  39. Martín dice:

    Hola mi esposa paga ganancias y yo casi nada. Conviene modifique al 50% cada uno o dejo a ella al 100% la deducción por hijo?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Depende bastante de cuánto cobre cada uno y si tienen otra cosa para deducir o no (empleada doméstica, aportes a prepaga o cobertura de salud profesional, crédito hipotecario, seguro de vida).
      si uno tuviera empleada a cargo, por ejemplo, quizá les convenga que el otro deduzca el 100%. Pero siempre depende de cuánto es su ingreso. Como la alícuota de Ganancias es progresiva, quienes menos ganan pagan menos (en porcentaje).
      Pero, un tema a considerar es que, quizá voz no pagás casi nada porque deducís tus hijos y ver qué pasaría si no los descontás más.
      espero que te sirva, pero hay que analizar bien cada caso. Un saludo,

  40. Valeria dice:

    Hola, si tengo un hijo con discapacidad y percibo asignación por esa discapacidad en anses y si acorde a la normativa yo no lo deduzco de ganancias, en el caso del otro progenitor, puede deducirlo al 50%?
    Gracias,

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No puede deducir nada ninguno de los dos. Es más, la Afip está mandando notificaciones a padres con Cuit de menores que cobran asignaciones. Slds.

  41. Ana dice:

    Quisiera hacer una consulta, yo trabajo en relación de dependencia y no pago ganancias (sueldo bajo) pero desde que nació mi hija ANSES me paga lo q entiendo es asignación familiar. Al papá si le descuentan ganancias por ende tiene deducida a la nena, tengo que renunciar yo al beneficio para que el pueda deducir bien a la nena?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Es una zona medio gris, la normativa de Afip dice que quien tributa Ganancias puede deducir los hijos si no cobra asignación (no dice si el hijo recibe el beneficio). El tema es que la asignación es por hijo (no por padre), aunque no está muy claro si el caso tuyo estaría o no incluido.
      Entiendo que debería tomarse por grupo familiar (que es como lo considera Anses) pero, si la Afip no lo rechaza queda una ventana de interpretación… Hay que ver qué hace Afip porque con el Cuit de los chicos es fácil ver si son beneficiarios o no.

  42. Melisa dice:

    Hola, tengo una comañera de trabajo que cargó el siradig y se cargó al 100% los hijos, pero el ex parece que había presentado el siradig antes y los había cargado también al 100%. Qué pasa en este caso? Porque tendrían que haber cargado al 50 no?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tienen que poner 50% cada uno. Si el sistema no lo impide, en algún momento va a saltar una inconsistencia.

  43. Juan José dice:

    Hola, soy de Chubut, mi consulta es la siguiente, yo no puedo deducir a mis hijos menores al 100 % porque cobro salarios, pero en el sur el salario es menor que el estipulado por nación. Yo soy el único ingreso como jubilado. Que debo hacer? Borrar la carga de familia o colocar que no cobro salarios? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si estás cobrando asignaciones no podés deducir hijos de Ganancias. Hay que ver cuál beneficio te conviene más y optar por uno. Slds.

  44. Flavio dice:

    Hola mi pareja es monotributista, tenemos dos hijos ella no paga ganancias porque tiene una facturación muy chica, aproximadamente $12000 al mes, tenemos dos hijos con discapacidad y ella cobra la asignación familiar por ambos. Por otro lado yo los tengo a ambos al 100% declarados en Ganancias en el formulario de SIRADIG y no tengo indicado que cobro asignación familiar. Es correcto como lo tengo declarado? o deberia hacer algun tipo de corrección? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. si la madre es monotributista no paga Ganancias (está incluido en el monotributo).
      En teoría, si los menores cobran asignaciones, no los podría descontar ningún padre. El tema es si la Afip cruza o no datos con Anses (si los cruza, no se podrían deducir). Slds.

  45. maria dice:

    Buenos días,
    Al igual que le pasaba a Cecilia, estoy actualizando mis cargas de familia en el sidarig y no permite enviarlo si cobras asignaciones.
    Quería saber (en realidad confirmar por lo que vengo leyendo) si es obligatorio renunciar al cobro de la asignación o si en ese «gris» del que hablabas se está colocando que no se cobra para poder enviar el formulario.
    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que dice la normativa es que hay que declarar si se cobran asignaciones familiares o no, en el Siradig. No sé si la AFIP ya está cruzando datos con Anses pero es probable que lo haga.
      Si uno cobra asignaciones no puede deducir a los hijos de Ganancias. Slds.

  46. romina dice:

    Buenas, yo percibía salario por hijo con discapacidad, y me lo sacaron, el 4 de septiembre rectifique el formulario f572, y saque a mi hijo de las deducciones, pero aun no me abonan el salario, como debo reclamar para que me lo abonen?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Las asignaciones se pagan con un atraso de un par de meses, así que es probable que te lo abonen luego.

  47. cintia dice:

    Hola en mi caso yo cobro la asignacion familiar de mis hijas una es por descapacidad yo no pago ganancias mi marido si como tengo que poner en el formulario

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Lamentablemente, es un caso que no fue aclarado. En teoría, es el hijo el que cobra o no asignación y así hay que consignarlo en el Siradig. PEro en caso de hijos con discapacidad, no se podrían deducir de Ganancias.
      No sé si Afip cruza o no estos datos con Anses, y si en el CUIL de los menores que se ponen en el Siradig podría llegar a saltar que cobran asignaciones.

  48. BRENDA dice:

    Buenas tardes, no me queda claro el caso de los chicos con discapacidad, si bien indican que son deducibles, no aclara como es su tratamiento, dado que siempre, sin tope de haberes tienen su asignación, por lo que confunde el hecho de si deduce o no? y en todo caso como exteriorizarlo en SIRADIG

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si nos atenemos a la norma, si cobrás asignación no los podrías deducir de Ganancias.
      Yo hice una consulta sobre este tema a la AFIP pero me respondieron con el texto de la norma, que no hace ninguna distinción.
      En este caso, deberías ver qué te conviene, si deducir Ganancias o cobrar la asignación (como es un monto más alto para hijos discapacitados, probablemente, te convenga cobrar esta última).

  49. Eduardo dice:

    En mi caso yo soy asalariado del gobierno de la ciudad ($82000 bruto mensual), tributo ganacias solo yo xq mi señora no pasa el minimo no imponible(cobra $11.000 mensual), tengo un hijo y me pagan asignación familiar a traves de mi recibo de sueldo y NO por parte del anses. Haciendo calculo me pagan una asignacion familiar de $270 por mes trasladado a 12 meses es $3240 anual, es claro que lo que me convienes es no recibir asignacion familiar y si deducir por hijo que es $31.461,09 anual, las pregunta son: Porque mi empleador no me paga lo que dice la tabla del anses que según mis calculos serian $11.011 anual? Debo renunciar a la asignacion familiar a traves de mi empleador o a traves de la ANSES?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      En el caso de empleados públicos provinciales y municipales las asignaciones no las paga Anses sino el empleador. Si fuera de Anses, con ese sueldo bruto no deberías cobrar asignaciones. Es claro que en tu caso te conviene renunciar a ellas.
      Te aclaro que lo que te ahorrás de Ganancias no es la deducción completa sino la alícuota que pagás (máximo 35%).

  50. ANDREA dice:

    hola, mi consulta es, mi pareja cobraba las asignaciones familiares de los 3 nenes y tributaba ganancias, es decir estaban cargado en el( siradig,)que pasa ahora? yo no trabajo soy ama de casa. que debo hacer?, En el formulario 572 dice cobra asignación por esta persona si pongo si y al 100% no me deja seguir.
    DEBO COBRAR LA ASIGNACION YO QUE SOY LA MADRE Y EL NO?
    DEBO SACARLO DEL FORMULARIO NO ENTIENDO. GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Tendrían que ver qué conviene, si cobrar la asignación o deducir los hijos en Ganancias (depende del sueldo).
      Si le fuera más conveniente descontar en Ganancias, puede renunciar a cobrar la asignación: https://www.anses.gob.ar/tramites/renuncia-al-cobro-de-asignaciones-familiares/
      Si no, tiene que informar en el Siradig que cobra asignaciones y le dejarán de descontar los hijos.
      Recordá que las asignaciones las cobran los hijos (a través de los padres) por eso es indistinto que lo reciba uno u otro. Slds.

  51. Nadia dice:

    Tengo una duda: Entre mi esposo y yo, ambos en relacion de despendencia, solo el abona ganancias (su empleador abona al contador).
    Poseemos prepaga familiar, la cual el no deduce por estar a nombre mio. La consulta es: es correcto eso o puede deducirla de igual forma o debemos realizar un cambio de titularidad para llevar la deduccion a cabo??
    Espero me puedan responder. Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nadia,
      Podés deducir la prepaga, sólo si es un monto adicional al descuento obligatorio de la obra social (para el caso de empleados).
      Y sólo se puede computar si es para la cobertura propia o de un familiar a cargo (los hijos menores de 18 años o discapacitados, o cónyuge sin ingresos).
      Si vos trabajás, tu marido no puede tomar la cuota por tu cobertura. Sí podría tomar la de los hijos, si él fuera titular (siempre y cuando no esté dentro del pago de obra social normal). Slds.

  52. Cecilia dice:

    Buenas, mi duda es si hay que ir a la anses a dar de baja la asignacion por hijo, porque cuando acturalice el siradig no me permitio poner el tilde que cobraba y por lo que entiendo no voy a poder computarme el año que viene la deduccion por hijo en la declaracion de ganancias.

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