Impuestos

Ganancias: en noviembre sube el piso para empleados, ¿quiénes pagarán?

31/10/2022

El mínimo para los asalariados queda en $ 330.00 para los dos últimos meses de 2022. Hasta $ 431.988 habrá una deducción especial. Cómo se calculan los límites y cómo impacta en el aguinaldo.

El piso para que los empleados en relación de dependencia comiencen a pagar el Impuesto a las Ganancias sube en noviembre y queda en $ 330.000 hasta fin de 2022.

En el Decreto 714/2022 se fijó también que quienes cobren entre ese monto y $ 431.988 tendrán deducciones especiales. Esto les permitirá reducir su base imponible para abonar menos del tributo.

Este es el tercer incremento de este mínimo en 2022. El primero fue en enero con la actualización automática de ley; el segundo aumento del piso fue en junio y rige hasta octubre; y este último se aplicará a los salarios de noviembre y diciembre.

Es decir, este cambio no es retroactivo, por lo que no hay que devolver montos retenidos en meses anteriores.

Además, el nuevo mínimo tendrá impacto en el medio aguinaldo que se cobra en diciembre.

Esta modificación no tiene impacto para los autónomos, que siguen con los mismos límites de enero.

Tres casos

Para calcular lo que tiene que pagar cada asalariado, el empleador deberá ubicar al trabajador en alguno de estos tres casos.

Esta categorización la debe hacer en cada mes, en forma independiente de los sucedido en meses anteriores. Esto quiere decir, que los empleados pueden ubicarse en escalones distintos a lo largo del año.

Las tres situaciones para noviembre y diciembre son las siguientes:

  • Empleados con remuneración bruta hasta $ 330.000. Toda la remuneración de ese mes está exenta. De enero a mayo, el tope era $ 225.937; y de junio a octubre, de $ 280.792.
  • Empleados con remuneración bruta entre $ 330.000 y $ 431.988. Se les aplica una deducción especial prevista en una tabla que publica la AFIP (descargar tabla Ganancias deducción especial incrementada). Antes, el tope era de $ 260.580 (enero-mayo) y $ 324.182 (junio a octubre).  
  • Empleados con remuneración superior a $ 431.988. El piso para tributar se calcula sumando las deducciones que marca la ley sin ninguna detracción especial, como era antes de la reforma legal de abril de 2021.

¿Qué ítems se suman para ver estos límites? Se incluye todo lo que cobre el empleado: incluso conceptos no gravados por Ganancias o cobros en especie.

Se toma la remuneración del mes a liquidar o el promedio del período (en este caso, noviembre-diciembre), el menor.

Cómo se calcula el impuesto

El cálculo del Impuesto a las Ganancias parte del ingreso y se le restan las deducciones de ley. Así se obtiene la base imponible, sobre la cual luego se aplicará la tabla de alícuotas progresiva.

Tenemos que recordar que este impuesto tiene diversos tipos de deducciones para la cuarta categoría (ingresos del trabajo personal). Hay unas llamadas deducciones generales (se aplican para todos), como la ganancia no imponible, y la deducción de empleados, autónomos o emprendedores.

A esto hay que sumarle las deducciones especiales (cargas de familia, servicio doméstico, viáticos, gastos, etcétera) que dependen de cada persona y se informan en herramienta Siradig.

En 2021 se agregó una deducción especial para empleados para dejar fuera de la tributación los salarios hasta determinado monto o para que tengan una deducción especial incrementada. Esto es lo que se modificó en junio y noviembre.

En cambio, las deducciones generales, deducciones personales y escala de alícuotas se actualizan automáticamente una vez al año en función de la variación de las remuneraciones a octubre del año anterior. Esto ahora no tuvo modificaciones.

Qué pasa con el aguinaldo

Este nuevo piso tiene impacto en el pago de Ganancias sobre la segunda cuota del sueldo anual complementario (SAC) de 2022. La primera cuota de junio no se modifica.

# Quienes tengan, en el segundo semestre, una remuneración promedio inferior a $ 330.000 no estarán alcanzados por el impuesto en el medio aguinaldo de diciembre.  

Esta exención tiene un tope de $ 165.000. Quienes tienen una remuneración inferior a $ 330.000 pero en algún momento cobraron más, no tributarán hasta $ 165.000 pero sí lo harán sobre el resto.

# Quienes tengan una remuneración promedio superior a $ 330.000. Tributarán Ganancias sobre todo el monto del aguinaldo que cobren en diciembre.

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Por: Paula Martinez

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