La AFIP dio más plazo para que los pequeños contribuyentes a quienes aún les resten comprobantes puedan usarlos hasta que se acaben. Mirá cómo es el trámite.
Aunque desde el 1 de noviembre de 2014 rige un nuevo procedimiento de autorización previa antes de imprimir los comprobantes, los responsables del Monotributo podrán seguir utilizando las boletas que les queden, con algunas restricciones.
Quienes no cumplan con los plazos previstos deberán, sí o sí, imprimir nuevos comprobantes con el nuevo procedimiento: pedir el Código de Autorización de Impresión (CAI) a la AFIP, como se explica en esta nota.
Cómo es el procedimiento
Para seguir utilizando el facturero impreso hasta el 31 de octubre de 2014, hay que informar los comprobantes que aún están en nuestro poder a la AFIP.
Si ya pedimos el CAI y encargamos el trabajo a la imprenta, o ya tenemos el nuevo talonario, igual podemos seguir emitiendo las boletas viejas hasta que se acaben, siempre y cuando no hayamos usado ninguna nueva. También en este caso debemos informar a la AFIP.
Plazo. El trámite es por Internet, y se puede hacer desde el 7 de enero hasta el 31 de marzo de 2015.
1-Habilitar el servicio “Autorización de Impresión de Comprobantes”, ingresando con clave fiscal nivel 2 en la página web de la AFIP, (desde Servicios con Clave Fiscal, opción Administración de Relaciones con Clave Fiscal).
2-Entrar en la opción “Régimen de Información de comprobantes en existencia”.
3-Agregar comprobantes e informar los datos que se solicitan, tal cual como se ven en el facturero.
4-Las boletas se podrán seguir utilizando hasta que se acaben.
5-Una vez acabado el talonario en uso, hay que utilizar el nuevo procedimiento y pedir el CAI.
Esta herramienta estará disponible a partir del miércoles 7 de enero.
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Hola,.mi pregunta.es.si es necesario renovar el cai teniendo factura electronica, ya que segun mi.viejo talonario se vence mañana.29 de mayo, pero veo que en las facturas electronicas que son las que emito no hay mencion a ningun vencimiento de cai. Soy monotribitista categoria c
Hola.
No hace falta porque el CAI es para imprimir un talonario . Si no vas a imprimir facturas de respaldo (por si no funciona Internet para emitir factura electrónica), no es necesario.
Si en algún momento necesitás factura papel, lo podés hacer.
TENGO 5 FACTURAS (PAPEL) QUE FUERON RECHAZADAS APARENTEMENTE NO ESTABA AUTORIZADO EL CAI. SON DE AGOSTO DE 2018. PERO YA TENGO FACTURA ELECTRONICA, QUE HAGO? UNA REFACTURACION DE LAS FACTURAS QUE FUERON RECHAZADAS?
Hola.
Sí las podés refacturar. Igual, fijate si te rechazaron el CAI porque no informaste a la AFIP que recibiste el talonario impreso (a veces, subsanando ese tramite, se resuelve y los podés rehacer en papel.
Hola Paula, resulta que me quedan muchas facturas vacías en el talonario que vence en unos días.
Siguiendo ésta nota hago el procedimiento en la web de la afip para seguir usando las facturas que me quedan (al menos por septiembre sabiendo que luego rige la facturación electrónica obligatoria) pero no me da la opción de “agregar comprobantes” en la página factuweb. Probé con chrome y luego internet explorer y nada. Será que la afip inhabilitó esa opción y obligue a hacer facturas electrónicas?
Gracias.
Hola Fabrizio.
Fijate que esta nota es de cuando se implementó la autorización. Solamente era para los talonarios que quedaban en ese momento.
Si se te venció el facturero, anulá las boletas que quedan. Y ahora te conviene directamente empezar a usar la factura electrónica (podés ver esta nota y en este mes voy a subir un video tutorial: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-como-dar-comprobantes-con-el-fin-de-la-factura-papel/
Hola, una consulta. Chequeando facturas/recibos, proveedores (monotirbutistas) entregaron a una asociación (iva exento) facturas con CAI vencido (talonario manual). Desde la fecha de compra pasaron ya unos meses, qué se debe hacer? hay que reclamar al proveedor que emita una nueva factura aclarando que es una refacturación? Agradezco respuesta.
Hola. Esas facturas no son válidas, harían falta otras.
Hola buenas tarde mi pregunta yo mandé imprimir mi talonario de facturación usando el cai emití 2 factura y me dijeron que ya no está vigente tiene que ser electrónica esto es correcto
Hola.
Sí, es obligatoria la factura electrónica para todos los monotributistas desde abril de este año.
Mirá acá un video tutorial y explicaciones de cómo hacerlo: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-como-generar-factura-electronica-monotributo/
Hola Buenas Tardes! Mi consulta es sobre el vencimiento de mi facturero, emiti una factura estando vencido. Como es para un Organismo Publico realice los formularios 344, 349 y 322 con pago del impuesto con el nro de la factura vencida. Como hago ahora para realizar una nueva factura y no tener que pagar otra vez?
Hola. Consultá con tu cliente cómo hacen cuando tienen que anular la factura.
hola se me vencieron las facturas C en abril y no me di cuenta. tengo que anular poniendo a mano en cada factura la palabra “ANULADO” y pedir un CAI nuevo e imprimir? y como facturo los dias que me lleve la impresion?
Hola. Sí, se anulan a mano.
Tenés que pedir un CAI nuevo y facturar luego.
Hola mis facturas vencen el 15 de marzo. Puedo facturar hasta el 15 inclusive o solo hasta el 14?
Hola mi talonario venció hace un mes , puedo solicitar la opción del afip sobre ” régimen informativo de comprobantes en existencia” y seguir usando las facturas del talonario vencido? Gracias
No, esa opción ya no corre más.
Buen día, se venció el CAI el 21/08/2017 y recién hoy me di cuenta y pedí otro, que debo hacer? anular las facturas emitidas y rehacerlas en el nuevo talonario? Son facturas hechas a consumidor final. Gracias.
Hola.
Si la fecha de emisión de la factura es posterior al vencimiento, no sirven. Anulalas y hacelas nuevamente. Slds.
Hola, si se confecciona una factura el día 31/08/2017 y el vencimiento del Cai, es en la misma fecha, ósea 31/08/2017′ es correcto no?. Ahora bien, dos cuestiones: si el monotributista presenta dicha factura a la empresa, por sus servicios correspondientes a septiembre el día 15/09/2017, debe aceptarse como valida, o debe rechazarse? Y la otra cuestion es; y si la presenta a la empresa el 31/8/2017 por servicios de septiembre?
Lo que importa es la fecha de emisión (la que ponés en la factura), no puede superar la de vencimiento.