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Empleada doméstica: cómo es el formulario de pago

30/05/2013 Servicio doméstico

Desde octubre de 2014 rige el nuevo formulario 102/RT. Mirá los detalles en esta nota: “Servicio doméstico: comoo es el nuevo formulario 102/RT“.

La modificación incorpora los datos que obliga la nueva Ley de Empleados de Casas Particulares y permite que pueda utilizarse con recibo de sueldo.

Por otra parte, a partir de octubre la AFIP habilitó otra posibilidad para generar el recibo de sueldo y pagar los aportes obligatorios, cuestión que tratamos en la nota: Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo.

Además del pago de los aportes, todos los empleadores están obligados a inscribirse en el Registro Especial de la AFIP.

Nuevas escalas y montos. Se establecen tres valores distintos de aportes y contribuciones, en función de la cantidad de horas de trabajo semanal.

Lo que cambia es que el primer escalón es para “menos de 12 horas”, cuando antes era de 6 a 12 horas. Los montos cambian sólo para 16 o más horas semanales. Montos desde el período Septiembre 2014 (vencimiento octubre).

Horas semanales trabajadas
Aportes mensuales (trabajador)
Contribuciones mensuales (empleador)
Total
Menos de 12
$ 19
$ 12
$ 31
12 a menos de 16
$ 35
$ 24
$ 59
16 o más
$ 233
$ 35
$ 268
Descargar nuevos montos vigentes desde octubre en Aportes y contribuciones 2014 (Incluye ART)

Cómo completar el formulario

Ingreso de la obligación mensual. Tildar la casilla correspondiente según la cantidad de horas de trabajo y la categoría del trabajador (activo, menor de 18 años, jubilados). Si se llena en la página de la AFIP, el casillero con el monto total se completa automáticamente (acceder al F.102/RT interactivo). Si se lo hace en forma manual, habrá que sumar el aporte del empleado más la contribución (ver Instructivo para completar el formulario aquí).

Intereses resarcitorios y capitalizables. Es para el pago de períodos atrasados. Calcular aquí.

Recibo de pago. Completar nombre y apellido, y CUIT o CUIL del empleador y del trabajador. También se incluye la fecha de ingreso (inicio de la relación laboral).

Detalle del período. Hay que colocar el puesto desempeñado (Mucama, Casera, Cocinera, Jardinería, Institutriz, Mayordomía, Gobernanta, Niñera, Ama de llaves, Asistente Personal, Auxiliar para todo trabajo). Las fechas desde y hasta corresponden a cada mes, ya que el recibo se entrega en forma mensual.

Modalidad de liquidación. Hay que poner cada cuánto tiempo se paga el sueldo (debe coincidir con la modalidad que se colocó en el registro de la AFIP), la cantidad de horas según esta modalidad y hay un espacio para describir la forma de trabajo.

Remuneración. Se debe detallar cómo se compone: sueldo básico, medio aguinaldo (SAC), vacaciones (sólo cuando correspondan, no se deben prorratear todos los meses) y Otros (viáticos, preaviso, indemnizaciones, u otros). El básico se toma como cálculo para el de conceptos como el SAC y vacaciones.

Sobre los aportes que le corresponden al empleador, la AFIP no previó un espacio en el formulario. Pero, este concepto puede ir restando en “Otros”, para que en el total surge la remuneración neta (esta es la que se debe poner en letras). Mirá “Cuánto cobran las empleadas domésticas“.

Copias. A diferencia del anterior, ahora se deben imprimir dos copias completas, una para el empleador, otra para el trabajador y ambas firmadas; antes se imprimía una sola vez y se recortaba la parte de cada uno.

ART. El nuevo régimen es obligatorio a partir de noviembre de 2014 (mirá “Cómo es el régimen de ART“).

F 102B. Nuevo. Instrucciones.

Un ejemplo

Pago con aguinaldo. Si estamos liquidando junio de 2013, ponemos: desde 01/06/2013;hasta 30/06/2013.

Si la remuneración es de $ 2.000 por mes, incluimos el aguinaldo, el detalle es:

Básico: $ 2.000

SAC: $ 1.000

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 2.900. Son Pesos: dos mil novecientos.

Pago con vacaciones. Si el mes que liquidamos es enero, y se toma vacaciones en febrero (se pagan adelantadas), con menos de 5 años de antigüedad (14 días).

Básico: $ 2.000

Vacaciones: $ 933,33

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 2.833,33. Son Pesos: dos mil ochocientos treinta y tres, c/33 centavos.

En la liquidación de febrero, se restan los 933,33:

Básico: $ 1.066,67

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 966,67. Son Pesos: novecientos sesenta y seis, c/67 centavos.

Más información: http://www.afip.gob.ar/casasParticulares/

Línea gratuita de AFIP para Empleados de Casas Particulares: 0800-222-2526, de lunes a viernes de 8 a 20hs.

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Contenido relacionado

– Servicio doméstico: cómo es el nuevo formulario 102/RT.

– Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo.

– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.

– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

– Cómo regularizar a una empleada doméstica.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas e impuestos. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Patricia

    05/02/2019 en 17:37

    Hola comencé a trabajar el 10 de enero del 2019 en un comercio lo hablado era atención al público y repasar vitrinas. Pero al comenzar fue el de atención al público y todo tipo de limpieza. Ahora me tienen limpiando las 4hsy media que estoy. Y no se que es lo que me tiene que pagar?podría por favor acesorarme estoy en Tandil

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/02/2019 en 18:39

      Hola.
      Te sugiero que consultes con el sindicato de Comercio, porque es el que rige esa actividad.

      Accede para responder
  2. Nelly cocozza

    19/03/2018 en 16:26

    Hola. Mi empleada trabaja por hs. Todos los días de lunes a vuernes. Cada día hace distinta cantidad de hs que suman a la semana 11 hs. Yo le pago pir día porque asi quiere ella. Si un día me falta injustificadamente se lo debo descontar. Le hago figurar en el recibo de ese mes el descuento de la falta. En el ministerio me dijeron que tambien se lo debo descontar del aguinaldo. Como deve figurar en el recibo de Junio esa falta si me dicen que el aguinaldo se toma por el mayor sueldo. Si lo tomo asi no existe el descuento. Como es?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      22/03/2018 en 16:39

      Hola. Si el pago es por día, no hay descuento de días no trabajados (directamente no se pga):
      El aguinaldo es la mitad del mejor sueldo del semestre.

      Accede para responder
  3. lia

    13/03/2017 en 11:51

    hola quisiera saber si registrando a mi empleada tengo q pagar su obra social.?o ella se la paga. cual es la obra social de empleadas domesticas]??

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      17/04/2017 en 18:47

      La obra social está incluida en el aporte mensual obligatoriio

      Accede para responder
  4. Leonora jimenez

    27/11/2016 en 00:28

    Nora yo estoy 1año 6mes me correspondo pago de vacaciones

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      27/11/2016 en 22:32

      https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/

      Accede para responder
  5. zulma

    02/07/2016 en 13:42

    Si empesas a trabajar desde enero te corresponde el aguinaldo?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      02/07/2016 en 22:38

      Sí.

      Accede para responder
  6. Sabrina

    11/05/2016 en 14:58

    Buenas tardes, una consulta: tiene periodo de vencimiento el pago mensual? Hasta que fecha de cada mes seria?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      12/05/2016 en 21:17

      El pago obligatorio vence el 10 de cada mes.

      Accede para responder
  7. Ayelen

    12/04/2016 en 23:50

    El recibo de pago se puede utilizar como recibo de sueldo?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/04/2016 en 19:03

      El recibo de sueldo es el Formulario 102/RT, o el recibo que generás a través de la página de la AFIP: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/

      Accede para responder
  8. fernado

    06/04/2016 en 20:38

    como realizo un aporte atrasado.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/04/2016 en 20:15

      Tenés que pagar el aporte y aparte los intereses. Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/

      Accede para responder
  9. Melisa

    22/01/2016 en 13:47

    Hola yo trabajo 4 hora al día. .. 20 hora semanales ya hace un año cuanto me corresponde el cobro de vacaciones????

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      28/01/2016 en 20:02

      Hola.
      Las vacaciones son 14 días corridos y tenés que cobrar lo que hubieras trabajado en esas dos semanas.

      Accede para responder
  10. Silvia

    20/01/2016 en 02:13

    Como se cuantas horas de trabajo debo poner para la Asistente que cuida a mi papá con cama los fines de semana y feriados. Comenzó en abril de 2015 ahora debo darle vacaciones? Hoy enero 2015. Gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      28/01/2016 en 20:06

      Hola.
      Sí les toca vacaciones. Fijate en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
      Slds.

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📌 El vencimiento del 10 de agosto tiene otro au 📌 El vencimiento del 10 de agosto tiene otro aumento del monto a pagar a la Afip. 
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