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Quiénes pueden acceder al programa de jubilación anticipada

04/10/2021

Prevé un retiro a los 55 o 60 años, según el género. Qué requisitos hay que cumplir y qué plazos hay. Ya se puede pedir un turno para iniciar el trámite.

El Poder Ejecutivo implementó el programa de Jubilación anticipada, previsto para personas desocupadas que tengan completos los años de aporte previstos para obtener la prestación.

La medida se implementó a través del Decreto 674/2021, publicado el 30 de septiembre, y se lanzó en el marco de la pandemia para atender a aquellos que por su edad no pueden volver a insertarse en el mercado laboral. Este programa ya se había implementado en 2004 y ahora se lo retoma con características similares.

Beneficiarios

Podrán acceder a la Prestación Anticipada las personas que cumplan estos requisitos:

-Edad. Varones con 60 años cumplidos y mujeres con 55 años.

-Aportes. Tienen que acreditar que cumplen con 30 años de servicio de aportes efectivos en uno o más regímenes jubilatorios.

Esto quiere decir que la persona puede haber sumado aportes en relación de dependencia con aporte a las Anses o cajas provinciales, como autónomo o como monotributista.

Desempleo. Deben haber estado desocupadas al 30 de junio de 2021.

Habrá que esperar la reglamentación de este decreto para ver cómo se acredita la situación de desempleo (es probable que sea a través de la prestación específica).

Monto a cobrar

Quienes accedan a esta jubilación anticipada recibirán el 80% del haber jubilatorio que le correspondería según las normas previsionales.

Este monto no puede ser inferior a la jubilación mínima.

Cuando las personas beneficiarias cumplan la edad exigida para el retiro (60 años las mujeres y 65 los varones) pasarán a cobrar el 100% del haber.

Plazo y trámite

Esta prestación podrá pedirse durante dos años (a partir del 30 de septiembre de 2021).

El trámite se iniciará en la Anses, para lo cual hay que acreditar los 30 años de aportes como en cualquier jubilación ordinaria.

Es primer paso es hacer clic en el botón Sacar Turno Jubilación anticipada.

El sistema validará los datos y verá si la persona interesada cumple los requisitos básicos de edad y desempleo. Si no los cumple, se informará.

Si está todo correcto, se asignará fecha, hora y delegación de Anses donde se debe concurrir para completar la documentación e iniciar el trámite.

Casos especiales

Esta prestación anticipada sólo se otorgará a las personas que no tengan derecho a otro beneficio ordinario. Esto quiere decir que, si la persona se incapacita y accede al Retiro por invalidez, dejará de cobrarla.

Si el beneficiario fallece, la pensión se otorgará a sus deudas según establece la ley previsional 24.241.

Incompatibilidad. Quienes cobren la Prestación Anticipada no podrán realizar actividades en relación de dependencia, por cuenta propia y no podrán percibir ningún tipo de plan social, pensión graciable o no contributiva, jubilación, pensión o retiro (civil o militar) de ningún nivel del estado (nacional, provincial ni municipal).

Es para personas que estaban desocupadas al 30 de junio de 2021 y que ya habían concretado los 30 años de aportes previsionales previstos por la ley.

El requisito es que les falten 5 o menos años de la edad requerida para jubilarse, esto es más de 55 las mujeres y más de 60 los varones.

Van a cobrar el 80% del haber jubilatorio hasta que cumplan la edad y pasarán entonces a recibir el 100%.

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Por: comunidadpresupu-admin

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