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Cómo regularizar a una empleada doméstica

05/07/2013 Servicio doméstico

regularizar empleada doméstica. www.presupuestofamiliar.com.ar
Cuando un empleador se atrasa en el pago de los aportes, o quiere “blanquear” a un trabajador de su casa hacia atrás, tiene que abonar los períodos atrasados y los intereses.

Luego del cambio de régimen, con la nueva obligación de registrar todas las relaciones laborales, muchos están interesados en regularizar su situación.

En esta nota, vas a encontrar una guía completa de los formularios, los procedimientos y los cálculos para realizar el trámite ante la AFIP. 

Después de marzo de 2000

En esta fecha, la AFIP implementó un régimen simplificado para regularizar la situación del servicio doméstico, con lo cual la forma de ponerse al día es mucho más sencilla (más abajo veremos qué pasa en años anteriores).

Qué tengo que hacer. Si querés blanquear a tu empleada por estos últimos 13 años, lo único que tendrías que hacer es pagar los aportes a la AFIP.

A partir del 1 de junio de 2013, además, tendrás que inscribirla en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares del fisco (ver una guía aquí: “Paso a paso para registrar al servicio doméstico”).

Podés registrarla primero y después realizar los pagos.

Mirá cómo realizar la registración en la web de AFIP en este video tutorial:


Qué tengo que pagar y cómo lo hago. Los aportes y contribuciones obligatorios o voluntarios a la AFIP más los intereses resarcitorios o capitalizables, correspondientes. Hasta septiembre de 2014 tenés que utilizar el F.102/B  (en el formulario están los montos de cada fecha) y después el formulario F.102/RT.

Se podrían generar diversas situaciones:

  • Que seas su único empleador por más de 16 horas semanales. Sólo tendrás que abonar los montos obligatorios (obra social más jubilación) vigentes en cada período, con el formulario F.102/B.
  • Que seas su único empleador por menos de 16 horas semanales. En este caso, el monto total de los aportes y contribuciones obligatorios no completan el monto mínimo exigido para que tu empleada acceda a su jubilación. Para que ella los pueda computar con este fin deberías completar, además de lo anterior, el monto que falta (total $ 35 por mes), a través del formulario F. 575/B o F.575/RT. No haría falta el aporte voluntario de la obra social por los períodos que ella no tuvo esa cobertura de salud.
  • Que trabaje en tu casa menos de 16 horas semanales y también lo haga en otros domicilios. Aquí, ella podrá sumar los aportes obligatorios de los otros empleadores para llegar al mínimo de $ 35 (todo a través del F.102/B o F.102/RT.) Si no lo hace, también deberían pagar el aporte voluntario ( F. 575/B o F.575/RT).


Cómo calculo los intereses. Deberás ingresar a la página de la AFIP, en una herramienta especial para ello: Cálculo de intereses

El monto obtenido tendrás que ponerlo en el formulario correspondiente (Rubro II, del F.102/B o en cada sección del F. 575/B).

Tené en cuenta que:

  • Intereses resarcitorios. Son los que se abonan en el mismo momento que se pagan los aportes y contribuciones por períodos atrasados.
  • Intereses capitalizables. Los tenés que pagar si primero abonaste los aportes atrasados y los intereses los pagás después

Si tenés clave fiscal, podés ingresar a la página web de la AFIP y generar los períodos adeudados desde la Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos, como lo explicamos en este video:

 

Períodos anteriores

Si tuvieras que regularizar meses comprendidos entre noviembre de 1994 y marzo del 2000, el pago de los aportes se ingresa a través de los formularios: 906 (empleado mayor de 18 años), 907 (menores de 18 años en actividad desde el 19 de julio de 1994), 908 (menores de 18 años en actividad antes del 19 de julio de 1994), 909 (si el empleado era jubilado).

Los intereses resarcitorios se ingresan a través del formulario 801/E.

El importe a ingresar lo determinará el sistema bancario, teniendo en cuenta el sueldo o aguinaldo que informes en los formularios y aplicándole los coeficientes correspondientes (mirá el Instructivo del formulario 906NM o descargá el archivo Servicio doméstico 906 (1).pdf).

Contenido relacionado

  • Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.
  • Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
  • Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
  • Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas e impuestos. Capacitadora.

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Comentarios

  1. José

    05/08/2020 en 11:11

    Buenos días. Registré una empleada doméstica (casa de familiar) y posteriormente me comunicó la sra. que trabaja desde un año antes de la fecha en que la registré. Puede hacerse un trámite para agregar ese período? Hay que pagarlo todo junto? Muchas gracias.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      07/08/2020 en 16:51

      Tendrías que modificar el alta desde la fecha correcta y luego pagar los aportes atrasados (se hace mes por mes, con los intereses por separado): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-pagar-on-line-aportes-voluntarios-y-atrasados/

      Accede para responder
  2. Guillermo

    01/08/2020 en 12:12

    Hola. Teniendo una persona que debió haberle dado el alta en marzo y la baja en junio de este 2020, se puede en forma retroactiva dar el alta, pagar los aportes y dar la baja retroactiva. Gracias.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      01/08/2020 en 16:30

      Hola.
      Sí se puede dar el alta retroactiva pero la baja, según la reglamentación, son 5 días nada más. Probá si te deja hacerlo en sistema que, en definitiva es lo que prima en estos casos.

      Accede para responder
      • Guillermo

        01/08/2020 en 16:37

        En respuesta, y si género vep para pagar deuda de esos meses sin registrar alta y baja, lo permite el sistemA? (Cómo opcional)

      • Paula Martinez

        01/08/2020 en 20:09

        Y no porque tenés que poner cuil de empleador y empleado (según el registro de Afip)

      • Guillermo

        01/08/2020 en 20:29

        Bien, gracias Paula. Entonces no me conviene hacerlo porque no podré registrar la baja en el mes que ocurrió. Que lástima. La idea era no tener deuda no declarada.

  3. Guadalupe Herrera

    06/07/2020 en 20:42

    buenas tardes, mi mama tenia reistrada a su empleada por menos de 12 horas pero no le pago aportes por varios periodos. ahora la sra va mas de 16 hs pero al modificar esa info, como es desde ahora julio se borro toda la deuda anterior. ¡Como se hace? Debo dar de alta de nuevo como otra empleada? sino ya no pago la deuda anterior. gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 21:23

      Hola.
      Pagá los montos atrasados con esta modalidad: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-pagar-on-line-aportes-voluntarios-y-atrasados/

      Accede para responder
  4. ABIGAIL

    29/06/2020 en 20:58

    hola que tal?? quería sacarme una duda, soy empleada domestica y estoy en blanco, quería saber si es correcto que cuando entro al anses ha ferrificar si se abono el mes, si es correcto que me figure como autónomo?? y si podría decirme cuanto tengo que cobrar ya que cobro 7 mil por mes y trabajo 25 hr o a veces un poco mas por semana. saludos!!

    Accede para responder
    • Alicia coria

      17/07/2020 en 10:52

      Hola ,quería consultar,hace casi 27 años trabajo en la misma casa pero solo tengo 15 años de aportes,quiero saber si es obligatorio q me blanqueen esos años q estuve en negro,tengo 52 años , gracias

      Accede para responder
      • Paula Martinez

        20/07/2020 en 20:42

        Hola.
        Sí, siempre que antes hubieras superado la cantidad mínima de horas mensuales (la nueva ley rige desde 2013)

  5. MARIA ELIZABETH

    22/05/2020 en 08:54

    buenos dias, tengo un familiar que trabajo en servicio domestico desde 1994 a 2005, nunca tuvo aportes, como se le puede regularizar o blanquear para que le corran esos años y se los reconozcan en el tramite de jubilacion? puede ser que hayan prescriptos y no se pueda pagar la deuda? es lo que le dice el empleador de èsos años. si se pudiera hay alguna manera de pagarlos en moratoria o plan de pagos? gracias. esperamos su respuesta.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      26/05/2020 en 16:51

      Hola.
      Te dejo esta nota con el detalle de tu pregunta: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/ No es nueva, pero entiendo que esto sigue vigente.
      Planes de pago no hay, habría que abonar cada período.

      Accede para responder
  6. eugenia

    14/05/2020 en 17:37

    hola! buen dia!, quiero blanquear 2 años de aporte a una empleada que estuvo en negro 4 años, ya que le falta para jubilarse esos años, le doy de alta retroactiva 2 años para atras? eso seria lo correcto!, porque hacele pagar solo contribucion al empleador no puede ya que el vep solo genera contribucion: diferencia no aporte, y no estaria correcto
    es asi?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      14/05/2020 en 19:30

      Hola.
      Sí, tenés que darle el alta retroactiva y pagar mes por mes el aporte completo para más de 16 horas (más intereses). Hay que abonar todo, no se puede dividir.

      Accede para responder
  7. Silvia

    30/04/2020 en 01:24

    Hola. Le di de alta a mi empleada y pague la art en ese mismo momento, pero a lps 4 dias entro y me dice q todavía debo art??! Tengo q avisar ek pago q hice en algún sitio?
    Gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      06/05/2020 en 19:29

      Hola.
      ¿te sigue dando que no está pagado? En ese caso, puede haber un problema con la entidad que te cobró. Ahí tendrías que reclamar.

      Accede para responder
    • Paula Martinez

      06/05/2020 en 19:30

      Hola.
      ¿Ya te figura el pago? Si no, tendrías que reclamar en la entidad que te cobró.

      Accede para responder
  8. AGUSTIN

    19/04/2020 en 15:22

    Hola,buenas tardes
    Tenemos una empleada a la cual le pagamos los aportes,contribuciones y ART a traves de homebanking hace mas de 10 años,pero nunca le dieron de alta en afip,lo acabo de verificar a traves de homebanking (por este sistema le paga los aportes y contribuciones ), y que mi familiar no tiene clave fiscal. la señora trabaja desde el 2007 en la casa. En caso de alta en afip (hoy abril 2020) le cobraran multa por no registrar ya que si le hace los aportes ? estuvo haciendo los aportes del 2007.
    gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      20/04/2020 en 15:15

      Hola.
      No entiendo cómo pagaron aportes y contribuciones sin que esté dada de alta en Afip, es imposible que no esté registrada.
      Alguien tiene que figurar como empleador, con la relación laboral vigente y pagando la cuota a la Afip. para pagar esta última tenés que generar un volante de pago y abonarlo.

      Accede para responder
  9. Gaston

    18/04/2020 en 15:19

    Hola tengo a una señora que está en mi casa trabajando desde junio del 2014 y quiero regularizarla para que después en su momento se pueda jubilar, quería saber cuanto seria el aproximado a pagar de deuda hasta el día de hoy? Ella trabaja 4 hs por día de lunes a viernes muchas gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      06/05/2020 en 19:49

      Hola.
      Tenés que pagar todos los aportes atrasados y los intereses desde entonces.
      Ingresá con clave fiscal a Presentación de DDJJ y Pago, opción Generar VEP y ahí elegí el aporte que corresponde. Antes tenés que estar inscripto como empleador de esa persona.

      Accede para responder
  10. Agustin Palacio

    17/04/2020 en 16:38

    Buenas Tardes,mi tia tiene una empleada domestica hace mas de 10 años,estuvo sin aportes como 3 años y luego empezó a pagar aportes contribuciones y ART ,a través de homebanking. Pero al ingresara su homebanking y entrar al servicio de afip porque no tiene clave fiscal me doy cuenta que no esta dada de alta en AFip la empleada,pero si le esta pagando los conceptos precedentes hace mucho. Si la damos de alta le cobraran multa o se puede hacer un alta retroactiva? gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      28/04/2020 en 20:11

      Hola.
      Sí se puede hacer un alta retroactiva.
      Lo que no me queda claro es cómo se pagaron algunos conceptos sí y otros no cuando la cuota mensual a la Afip es un pago único ¿se trata de aportes voluntarios? Tampoco entiendo cómo se abonan conceptos a la Afip si no está registrado el empleador.

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