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Servicio doméstico: cómo se paga la antigüedad

12/07/2021 Servicio doméstico

A partir de septiembre de 2021 comenzará a regir esta nueva extra, en forma progresiva. Cómo pagarla en el recibo de sueldo. Ejemplos.

A partir del convenio colectivo de 2021, se estableció un adicional por antigüedad para el personal de casas particulares.

Este monto extra se empezará a aplicar a partir de septiembre de este año pero no será retroactivo. Esto quiere decir que en ese momento se computará 1 año de antigüedad, pero los años anteriores de trabajo no se tomarán en cuenta para este concepto.

La Resolución 2/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada el 24 de junio establece estas condiciones, además de los nuevos salarios mínimos y los aumentos previstos para el año.

  • NUEVOS MONTOS. Así será el aumento de sueldo de 2021-2022
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Características

La norma fija las siguientes características para el valor de la antigüedad:

  • El monto es equivalente a un 1% por cada año de antigüedad de la empleada doméstica en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.
  • Se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021.
  • El tiempo de servicio a los fines de este adicional comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

Esto quiere decir que a partir del sueldo de septiembre de 2021 se comenzará a abonar 1 año de antigüedad sin importar cuándo ingreso a trabajar (siempre que haya sido antes de septiembre de 2020). A partir de septiembre de 2022, se pagarán dos años (2% del básico) y así sucesivamente.

En el caso de quienes comenzaron luego de septiembre de 2020 el adicional se computará a partir de que cumplan el primer año de servicio.

Base de cálculo. El 1% por año de trabajo se computa sobre el salario básico. ACLARACIÓN: esta es la forma en que se calcula este adicional para cualquier tipo de empleo; si no hay precisiones diferentes para el servicio doméstico, se tomaría de la misma manera.

Casos prácticos

Tomemos el caso de una trabajadora de categoría 5 mensual, con retiro, que comenzó la relación laboral antes de septiembre de 2020.

El cálculo para septiembre de 2021, según cada caso, sería:

#1- Cobra el monto mínimo mensual (48 hs. semanales) sin ninguna extra.

  • Sueldo básico:  $ 28.457
  • Antigüedad (1): $ 284,57.
  • Deducción por obra social: -1408,87.
  • Monto de bolsillo: $ 27.332,70

#2- Las mismas condiciones, pero vive en la región Patagónica.

  • Sueldo básico:  $ 28.457
  • Antigüedad (1): $ 284,57.
  • Adicional zona desfavorable: $ 8.537,10 (30% del básico)
  • Deducción por obra social: -1408,87.
  • Monto de bolsillo: $ 35.869,80.

#3- Empleada por hora. Trabaja 15 hs. semanales.

  • Sueldo básico:  $ 13.890 (60 hs.)
  • Antigüedad (1): $ 138,90.
  • Deducción por obra social: -211,83.
  • Monto de bolsillo: $ 13.817,07.

Con estos tres ejemplos se pueden realizar diferentes combinaciones, pero siempre teniendo en cuenta que el porcentaje de antigüedad (1% por año de trabajo a partir del 1 de septiembre de 2020) se calcula sobre el básico sin contar otros adicionales.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. FLORENCIAB

    07/09/2021 en 19:35

    buenas noches una consulta tengo una persona trabajando 2hs semanales y hace mas de 6 años trabajando como se paga se 1% de antiguedad? es personal de tareas generales este mes de SEPTIEMBRE $231.50 MODO DE LIQUIDACION mensual HORAS DE TRABAJO 8 SERIA 1852 ? Y LA ATIGUEDAD COMO SE LO CALCULO? DESDE YA MUCHAS GRACIAS ´POR LA INFORMACION Y LA PAGINA POR LA INFORCACION QUE DAS, SALUDOS .
    FLORENCIAB.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/09/2021 en 16:03

      Hola Florencia.
      La antigüedad es el 1% del salario básico. O sea, al monto de la hora le sumás un 1%.
      Slds.

      Accede para responder
  2. Amenabar

    07/09/2021 en 14:37

    Hola Paula, muchas gracias por la explicacion y los ejemplos.
    En mi caso tengo una persona que empezo este enero 2021 y viene 1 sola vez por semana y esta como maximo 5 horas. Yo le pago un 70% mas de lo que figura la hora con retiro categoria 5 en tabla. No le corresponde el % de antiguedad pero se lo voy a pagar.
    El siguiente año, sera de un 2% y asi sucesivamente. Lo que no es acumulativo, siempre se aplica sobre el sueldo de tabla. Entendi bien?

    Saludos.
    Norberto.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/09/2021 en 16:02

      Hola Norberto.
      Yo te diría que le pagues la antigüedad cuando corresponda y, si querés darle otra suma extra, lo pongas con otro nombre.
      Es un 1% sobre la remuneración básica del recibo de sueldo, por eso es mejor poner ahí el valor de convenio y los pagos por encima ponerlos por separado.
      Y, sí, a los dos años es el 2%, a los cinco años el 5%, etc.

      Accede para responder
  3. Veronica Mendizabal

    06/09/2021 en 14:50

    Hola, la antiguedad hay que pagarla ahora o se paga en Octubre con el sueldo de Septiembre. Me agarro la duda porque al querer generar el recibo de sueldo ya me aparecio.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      07/09/2021 en 11:45

      Hola.
      Se empieza a aplicar desde el 1 de septiembre, si pagás el sueldo a fin de mes o en los primeros días de octubre, recién entonces.
      Para las que cobran por día, ya se aplica.

      Accede para responder
  4. OArrieta

    02/09/2021 en 21:44

    Hola Paula, me queda la duda si a una empleada que trabaja con retiro, categoría 5, que trabaja 25 horas por semana y en la Patagonia. Le debo pagar los $19.267,67 que indica la calculadora o a ese valor le debo restar la deducción por la obra social.
    Desde ya gracias.
    Saludos

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      03/09/2021 en 14:52

      Hola Oscar.
      En la calculadora figura el monto del salario mínimo básico más el adicional de Patagonia. Las deducciones (como la obra social) o pagos extra no está incluidos en el resultado. o sea que lo restás después.
      Slds.

      Accede para responder
    • OArrieta

      04/09/2021 en 13:12

      Buen día Paula, gracias por la respuesta y explicación.
      Siguiendo los ejemplos para el caso que te consulte seria
      • Sueldo básico (proporcional de 25 horas semanales): $ 14.821,35
      • Adicional zona desfavorable: $ 4.446,41 (30% del básico)
      • Remuneración mínima. Pago mensual. Desde Septiembre de 2021: $ 19.267,76
      • Antigüedad: $ 148,21.
      • Deducción por obra social: -1408,87.
      • Monto de bolsillo: $ 18.007,10.

      Entiendo que el ultimo valor$ 18.007,10, seria lo que se debe pagar a la empleada.
      Pero me queda una duda y es que siempre entendí que la remuneración mínima es la que se debe pagar a la empleada por ley $ 19.267,76. ¿Me podrías aclarar esta duda?
      Gracias

      Accede para responder
      • Paula Martinez

        04/09/2021 en 21:42

        Creo que está OK la cuenta. La remuneración mínima es el salario bruto que estipula el convenio, como en cualquier otro convenio hay deducciones.
        Lo que sí tenés que tener en cuenta es que no le podés bajar el sueldo de bolsillo (si ya está cobrando más, lo podés poner como un adicional, por ejemplo: “a cuenta de futuros aumentos”):
        Slds.

  5. adryan66

    01/09/2021 en 12:30

    Hola Paula, gracias por la ayuda que nos brindás.
    Te hago una consulta, yo le pago más que el básico por 40 hs. semanales, en este caso, el adicional por antigüedad se lo debería pagar en base al básico o al sueldo que le pago.

    Gracias, saludos-

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      01/09/2021 en 13:18

      Hola.
      El adicional por antigüedad es sobre la remuneración básica.

      Accede para responder
  6. diana-rosa

    31/08/2021 en 19:05

    Hola, te consulto, mi empleada trabaja 30 hs semanales (6 hs x 5 días), y yo le hago el descuento por aporte de obra social ( -1408,87). ¿Es correcto? Porque vi que en el ejemplo de pago por horas figura otro monto (211). Gracias!!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      01/09/2021 en 13:19

      Hola.
      Sí es correcto. Por más de 16 hs. semanales el aporte obligatorio es completo (1408,87 para la OS).
      Slds.

      Accede para responder
  7. Cbas

    25/08/2021 en 13:03

    Hola Paula, felicitaciones por el site.

    Yo pago mensualmente a la empleada por 48hs, pero en su sueldo no descuento ninguna carga social. Es decir pago yo los 820,34$. Como debo hacer el calculo en este caso del adicional por antigüedad? El adicional se calcula y se paga cada mes? Es decir, el mes de aguinaldo sube ese monto, no?

    Muchas Gracias!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      26/08/2021 en 21:26

      Hola.
      El adicional por antigüedad es el 1% del sueldo básico. Se paga a partir de septiembre con 1 año de antigüedad para personal que ingresó en septiembre 2020 o antes.
      Luego, a medida que va cumpliendo años, se agrega un 1% por año.
      El aguinaldo se calcula sobre el mejor sueldo del semestre (y se incluyen todos los ítems, incluso antigüedad).

      Accede para responder
  8. Matias

    12/07/2021 en 22:39

    Buenas Noches!
    Te hago la siguiente consulta.
    La tabla de sueldo mínimo para empleadas domésticas que están en la página están actualizadas verdad?
    Por qué me di cuenta que estaba pagando demás según cargo los datos en la tabla.
    Por lo que veo se puede pasar por 35 horas semanales. Se hace un promedio del básico por las 48hs semanales dividido las horas que viene la empleada.
    Yo tenía entendido que por ejemplo si viene 35hs había que pagarle como 48hs, pero por lo que veo en la tabla no es así.
    Al sueldo que da la tabla hay que agregarle el aporte de jubilación y art? No.
    Muchas gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/07/2021 en 11:21

      Hola.
      Podés ver los valores en nuestra calculadora.
      Lo que pasó es que el año pasado (en marzo) se incluyó en el convenio que pormas de 24 hs se paga mensual (proporcional) y por menos, se paga por hora.
      Eso nunca estuvo especificado y gwneraba muchas dudas. Los laboralistas señalaban que había que aplicarla Ley de Contrato de Trabajo y el ministerio señalaba este otro criterio

      Accede para responder
  9. vickyburgos

    12/07/2021 en 19:02

    Paula buenas tardes. Disculpá por favor la consulta. Pero en los ejemplos puede ser que esté aplicado el 10% en lugar del 1%? Saludos y muchas gracias por tanta información

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/07/2021 en 11:16

      Sí, Vicky.
      Gracias por avisar! Ya está corregidoSlds

      Accede para responder
  10. Paisa

    12/07/2021 en 15:07

    Hola Paula, los invite un cafecito y gracias por el laburo. Me parece que hay un error en los calculos de antiguedades, porque los valores son de 10% en vez del 1% que es el que corresponde, no?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      13/07/2021 en 11:17

      Si, gracias por avisar!
      Ya está corregido 👍

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