Servicio doméstico

Servicio doméstico y cuarentena: cómo es la modalidad de trabajo según el lugar

12/10/2020
empleadas-domesticas-cuarentena-coronavirus

La provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las últimas jurisdicciones que habilitan en octubre el trabajo de casas particulares. En el resto del país ya estaban trabajando. Mirá los detalles.

NOTA ACTUALIZADA AL 20 de octubre de 2020.

Con 7 meses de aislamiento social obligatorio, tanto empleadores como trabajadores de casas particulares siguen atentos a cómo sigue la actividad en las nuevas etapas para combatir la pandemia.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que la cuarentena por el coronavirus es diferenciada y depende de cada provincia, departamento o localidad.

Durante algunos meses, las zonas más complicadas en cuanto a crecimiento de los contagios del Covid-19 eran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y varios municipios de la provincia (área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA) pero en este trimestre, las más complicadas son las provincias.

Actividad habilitada

Con la incorporación del AMBA en octubre, las empleadas domésticas ya pueden volver a trabajar en todo el país, pero hay que estar atentos a los medios locales por si se producen restricciones en localidades puntuales. La decisión dependerá de cada jurisdicción, es importante tratar de ver los diarios locales para informarse en detalle (sobre todo en provincias donde hay diferencias por localidades).

Sí trabajan. De acuerdo a un relevamiento realizado por Mi Presupuesto Familiar, a partir de octubre la actividad del servicio doméstico estará habilitado en todo el país.

Los últimos en sumarse son:

  • Provincia de Buenos Aires (fuera del AMBA, la mayoría ya estaba trabajando): se puede retornar a la actividad a partir del lunes 19 de octubre. Localidades habilitadas: Almirante Brown, Avellaneda, Bahía Blanca, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Vicente, Tandil, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. Más info: https://www.upacp.org.ar/?event=importante-trabajo-pcia-buenos-aires-defecha-20-10-20

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236283/20201020

  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba): se habilitó la vuelta al trabajo el 15 de octubre. Se permitiría, desde el 19, el trabajo de empleadas que viven en provincia y trabajan en Caba.

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236109/20201015

IREMOS ACTUALIZANDO ESTA INFORMACIÓN CUANDO SURJAN NOVEDADES.

Modalidad

Para las empleadas domésticas que vuelven a la actividad, hay limitaciones que establecen según lo que decida cada jurisdicción.

En general, la modalidad más común es la siguiente:

  • Los trabajadores pueden trabajar para un solo empleador.
  • Los empleados deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
  • Se incluyen todas las categorías y actividades de cuidado, limpieza, jardinería y otras especificas (cocina).
  • Pueden trasladarse en transporte público con el certificado habilitante o la aplicación Cuidar.
  • No se pueden movilizar de una localidad a otra. Se está por ver qué pasa en el caso de empleadas que vivan en provincia de Buenos Aires y trabajen en Capital.
  • Deben trabajar con los elementos de cuidado necesarios: barbijo o tapabocas, guantes. Se deben extremar los cuidados de higienes personal al llegar y retirarse de los domicilios.
  • No pueden trabajar personas de grupos de riesgo: mayores de 60 año, embarazadas, personas con enfermedades crónicas preexistentes como diabetes, respiratorias, cardíacas, renales.
  • Están exceptuadas quienes sean el único adulto responsable para el cuidado de niños.

Casos sospechosos o contactos estrechos

No pueden concurrir a trabajar (pero deben seguir cobrando el sueldo):

  • Las empleadas que deban realizar aislamiento obligatorio por ser positivo en Covid, o ser contacto estrecho de un positivo, durante el tiempo establecido por cada jurisdicción.
  • Si algún miembro de la familia del domicilio donde trabajan tiene que realizar aislamiento obligatorio por ser positivos o contacto estrecho.

Si el trabajador doméstico tiene algún síntoma sospechoso, debe avisar a su empleador y no debe ir al domicilio hasta que tenga hisopado negativo o haya cumplido con el aislamiento.

En el caso de los lugares que regresaron al aislamiento estricto por alguna circunstancia , hay que recordar que:

  • Las empleadas domésticas no pueden concurrir al lugar de trabajo.
  • Deben seguir cobrando su salario normal y habitual. Mirá cómo pagar si el trabajador no tiene cuenta bancaria.
  • Están exceptuadas las actividades esenciales: cuidado de niños o adultos mayores, encuadradas en categoría 4.
  • No pueden trabajar de ninguna manera quienes están en grupos de riesgo.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

142 respuestas a “Servicio doméstico y cuarentena: cómo es la modalidad de trabajo según el lugar”

  1. Fogra dice:

    Buenas tarde, mi Empleada domestica volvió a trabajar luego de haberse dados las dos dosis y a las dos semanas que empezó se contagio de Covid, eso fue el 19 de Octubre y todavía no se reincorpora a trabajar porque es de riesgo y el neumólogo no le da el alta y le dio reposo por un mes mas!, como sigue esto?….la art no se debería hacer cargo de estos meses?

    Desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Todo ese tiempo entra dentro de la licencia por enfermedad (paga). Son 3 meses hasta los 5 años de antigüedad o 6 meses si es más
      Saludos,

      • Fogra dice:

        Pasado los 3 meses o los 6 meses dependiendo la antigüedad, que se hace?

        • Paula Martinez dice:

          ya no corresponde licencia paga por enfermedad. O se toma licencia sin goce de sueldo, o se arregla alguna manera para mantener el puesto sin cobrar esos días

  2. Mariano dice:

    Hola buenos dias
    Actualmente el acuerdo es de 18hs semanales y se pagaba el proporcional mensual
    Entiendo que con el cambio de marzo debería pasar a pago por hora
    Que sucede si empleado y empleador quieren mantener la relación mensual por 18hs?
    En caso que sea imposible cuales son los cambios en las condiciones laborales? Feriados no trabajados en modalidad por hora no se paga? Vacaciones no se pagan?
    Que pasa si el empleador propone trabajar 24 hs semanales para mantener las condiciones mensuales y el empleado no acepta?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los derechos y obligaciones son iguales para cualquier modalidad de trabajo (feriados, vacaciones, etc.)
      Y sí corresponde cambiar la modalidad de pago.

  3. Fogra dice:

    Ok entendido, pero Ella entonces debería vacunarse para reintegrarse a trabajar, no?…..le tendría que preguntar si se anoto para vacunarse y me diga para cuando tiene el turno, en teoría por ser una persona de Riesgo (tiene Epoc) no podría reintegrarse a trabajar, no?…..ahora en el hipotético caso que no quiera vacunarse, como debo proceder?

  4. Fogra dice:

    Buen día!!….Soy Empleador y desde Marzo del 2020 pago el sueldo de mi Empleada doméstica religiosamente y Ella desde esa fecha no asiste a la casa por ser persona de Riesgo, el tema que se me hace difícil seguir pagando y por otro lado la situación de Mi trabajo cambio, la empleada solo venia para cuidado y asistencia de Niños menores y a partir de esta pandemia Yo no voy más a Mi trabajo porque lo puedo hacer desde casa y el día de mañana cuando esto se normalice ya nos avisaron que esta modalidad va a continuar, así que no voy a necesitar más sus servicios como cuidado de Personas, tal vez menos días pero para tareas de limpieza, la consulta es, puedo achicar las horas y cambiar la categoría, no? solo se hace el cambio y listo?….y por otro lado, Ella por su condición de Riesgo, tendría que anotarse para recibir la vacuna y así retomar sus tareas, no?……por favor necesitaría consejos y orientación para poder resolver esto correctamente.
    Nosotros y Ella, vivimos en el partido de la Matanza
    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La tuya es una situación complicada porque la ley no da ninguna solución a los empleadores…
      Sí se pueden achicar las horas pero pagando una indemnización por la diferencia salarial.
      El tema de la vacuna, depende de las disposiciones en tu provincia sobre cuáles personas se pueden ir vacunando y cuáles no.

      • Fogra dice:

        Ok, gracias por tu pronta respuesta, ahora como se calcula la indemnización por la diferencia salarial, correría la doble indemnización también, o directamente es como despedirla con lo que conlleva eso en este tiempo?

        • Paula Martinez dice:

          Sí, corre la doble indemnización. No está prohibido si es lo que consultás.

  5. veronicaj91 dice:

    Hola. Quería hacer una consulta. Vivo en lomas de zamora, mi trabajo queda en cap Fed. Me pagan el sueldo desde que comenzó la pandemia. Pero ahora me dicen que solo me van a seguir pagando un mes más y sino voy ya no me pagarán. Ellos quieren que utilice el transporte público el cual tengo entendido que no debo usar. Tengo 58 años, soy hipertensa. Estoy en la obligación de ir a trabajar usando el transporte público? Ya se puede? Desde ya muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. TOdavía no se habilitó el uso del transporte público.

  6. danoples dice:

    Hola

    Vivo en CABA y vengo pagando a mi empleada doméstica puntualmente desde el inicio de la cuarentena.

    Desde hace dos semanas le dije que vuelva a trabajar (yo le pago el transporte privado) y algunos días se niega. Le puedo descontar los días no trabajados?

    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, claro que se puede descontar el día de falta, como en cualquier trabajo.

  7. hugo dice:

    Buen dia Lic. Paula,
    Consulto: He contratado una Asistente Adultos Mayores(Cat. 4 de Convenio Empleadas Casas Part.)
    para el cuidado con cama adentro de mi madre. Empezó a trabajar lunes 2-nov-20 y a la fecha no es lo que esperaba. Al estar ella en Periodo de Prueba, puedo despedirla verdad?
    Gracias por pronta respuesta.
    Hugo

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hugo.
      Sí se puede terminar la relación durante el período de prueba (no es un despido sin causa). Slds

  8. Rdanese dice:

    Buen día. Nuestra empleada doméstica ya empezo a trabajar en casa (wilde avellaneda) ella es de wilde tambien. Tiene otro trabajo en capital. Le pidieron que en 15 días vuelva. Como se decide donde tiene que trabajar. Desde capital la llevarían y traerian en auto

  9. Georgina dice:

    Hola!! Empeze a trabajar en enero 2020 ..por hora ..3 veces por semana ..4 horas por día…cuando empezó la cuarentena ..no me pago ningún día.. no estoy registrada por esa persona..puedo reclamar?? O era a voluntad del empleador?

    • Georgina dice:

      Soy de city bell..cuando se empieza acá?

    • Paula Martinez dice:

      Es obligatorio seguir pagando si no se puede trabajar por la cuarentena

  10. Maria dice:

    Hola me llamo Maria, yo trabajo en cuatros casas diferentes , cuanto se paga la hora en limpieza

  11. Andrea dice:

    Estan exceptuadas a partir del 27 de julio las empleadas domesticas?

    • Paula Martinez dice:

      La empleadas domésticas están trabajando (con algunas restricciones según el lugar) en todo el país, menos en el área metropolitana de Buenos Aires (Capital y municipios de los alrededores) donde están los mayores casos de Covid.

  12. Nora Bernardes dice:

    Necesito q venga mi empleada a trabajar, vive a 3 cuadras de mi cada, yo no me puedo mover casi x un problema siatico, por favor.

  13. marga dice:

    hola mi empleada es jubilada y desde el 0 de marzo no viene a trabajar. vivo en el partido de san isidro. Le estoy pagando desde entonces pero la verdad es que se me esta complicando ya que mi marido trabaja en turismo y desde marzo y estima que hasta fin de año no va a tener ingresos, con lo que dependemos solo de mi ingreso, que tampoco se con certeza como sigue, soy autonoma, por ahora voy tirando pero se hace dificil. La empleada tiene 70 con lo que yo creo que no va a volver a trabajar en lo que queda del año. Ella cobta una jubilacion de comercio, no la minima, y ademas trabaja en casa mas de 16 hs de lunes a viernes con modalidad mensual. Puedo ante este panorama hacer algun acuerdo para reducirle en todo caso las horas y poder pagarle menos? reitero que ella no va a venir en lo que resta del año y en mi casa el presupuesto familiar se esta complicando. Se puede hacer algun arreglo o licencia o algo que pueda aliviar la situacion para mi presupuesto familiar? gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Todos los acuerdos entre partes están permitidos. De hecho, es lo que se aconseja. Todo lo que arregles, dejalo por escrito y firmado por ambas partes.

  14. Laura theill dice:

    Estoy pagando a mi empleada desde que comenzó la cuarentena. Su trabajo es cuatro hs una vez por semana. En estas condiciones en que el ama de casa se desloma y sigue pagando como corresponde , qué pasa con el aguinaldo? Sospecho que muchas cobran en las casas y estám trabajando en otros lados

    • Paula Martinez dice:

      Hay que seguir pagando igual. No hay ningún alivio para empleadores en las normas.

      • Silvana Vanesa Gomez dice:

        Están exceptuadas quienes sean el único adulto responsable para el cuidado de niño.
        Me podrías decir hasta que edad son los menores? me comentaron que los menores a cargo son hasta 6 años.

    • Cintia dice:

      Soy del partido de San Martín y mi trabajo queda en el mismo partido….puedo empezar a trabajar??

      • Paula Martinez dice:

        General San Martín forma parte del Amba, todavía no está liberada la actividad.

  15. silvia dice:

    hola q tal soy del partido de san fernando , puedo volver a trabajar en v , lopez…..

    • Paula Martinez dice:

      En el Amba todavía no se habilitó el servicio doméstico.

  16. marga dice:

    Hola, mi empleada domestica es jubilada, tiene 70 y por ende no esta trabajando desde el 20 de marzo.Vivo en el partido de san isidro. Le estoy pagando todos los meses, pero se me esta complicando ya que mi marido se dedica al turismo y esta con 0 ingreso desde marzo y estima hasta el año proximo seguira igual.. Dependemos solo de mi ingreso. Entiendo que siendo de riesgo mi empleada no podra venir el resto del año. Puedo terminar la relacion laboral de alguna manera? tengo alguna manera de hacer algun tipo de licencia? o algun tipo de acuerdo? obviamente está en blanco y con todo en regla. La verdad me resulta muy injusto tener que pagar todo el año sin que ella siquiera tenga que pagar un viatico, ella esta cobrando su jubilacion que no es la minima, ya que es jubilada de comercio, y yo en cambio haciendo malabares con todas las tareas domesticas en casa mas el presupuesto familiar. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Marga, totalmente entendible tu situación.
      Lamentablemente la normativa no te da ninguna opción y prohibe los despidos.
      Una alternativa es llegar a algún arreglo con ella, para finalizar la relación laboral con algún monto en acuerdo. No sería una renuncia sino un acuerdo entre partes (dejalo todo por escrito).

  17. Lu dice:

    Hola! La semana pasada hubo paro total de colectivos y mi empleada que trabaja por hora no pudo venir, y yo tampoco tenía condiciones de ir a buscarla. Ella trabaja por hora en blanco. Tengo que abonarle algo de esa semana que no trabajo? Ella viene solo una vez por semana. Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Sí hay que abonarle.
      El empleador es quien tiene que procurar que el trabajador llegue al domicilio (incluso hay muchas ciudades que no se puede usar el transporte público).

  18. liliana dice:

    hola. muchas gracias por la atención. Tengo una empleada de lunes a viernes 4 hs. el salario de acuerdo al gobierno debe ser de casi $ 9000. mi empleada cobra 18.000 y los aportes. No es persona de riesgo, es decir menor de 60 años; no usa transporte público para venir a trabajar, no tiene personas a cargo en su domicilio, no tiene patologías preexistentes. y es el único trabajo que tiene en estos momentos de cuarentena.
    Cuando estuvimos en fase tres, vino a trabajar pero muy a disgusto.
    Yo estoy en cuarentena, a pesar de ser esencial porque tengo asma, y supero los 60 años. No puedo desarrollar las actividades de limpieza de mi casa.
    Durante la fase 1, obviamente estaba exceptuada de venir a trabajar.
    Si a partir del 20, pasamos nuevamente a fase 3, le sugiero que vuelva a ocupar su lugar de trabajo, o si quiere seguir en cuarentena, paso a abonarle lo que indica el gobierno. Porque, por las razones expuestas debo emplear a otra pesona por horas.
    Este procedimiento es de valor? de acuerdo a las dispocisiones del gobierno?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las empleadas están o no obligadas a trabajar según la situación de cada jurisdicción. En caso de que no puedan por el aislamiento, deben seguir cobrando el sueldo habitual (no se puede reducir).

  19. Carmen dice:

    Hola soy empleada con retiro y en esta cuarentena me estoy quedando adentro de mi trabajo me pagan doble sueldo y ahora estoy muy cansada y quiero volver a mi casa ellos me amenazan con que no me pagaran los que trabaje que puedo hacer?

  20. Tamara dice:

    Hola soy empleada domestica, mi patrona me hizo el permiso que soy cuidadora de personas mayor y no es así, y me hace trabajar feriados y no me lo reconoce. Y en el barrio tengo que salir cada 15 días pero ella me saca escondida en el auto. Todas las semanas, es decir trabajo de lunes a viernes, y hay un viernes que me saca en el auto y el otro salgo sola, está bien eso? Necesito información. Trabajo en el partido de San Isidro

    • Paula Martinez dice:

      Te sugiero que te contactes con el gremio para que te asesoren. Estas cuestiones las tenés que denunciar en las autoridades por violación de la cuarentena.

  21. ROSA SALADINO dice:

    Muchas gracias! soy de Ingeniero Maschwitz

  22. ROSA SALADINO dice:

    Hola ! Mi empleada trabaja dos veces por semana no tiene que viajar en transporte público le estoy pagando el sueldo completo. Puede volver a partir del 18 /7??????

  23. Maria dice:

    Hola mi empleada no quiere volver a trabajar y en Mendoza ya todas trabajan.ella dice que esta en cuarentena.Yo la voy a buscar y la llevo.

    • Paula Martinez dice:

      Si no está en los grupos de riesgo, tiene que volver a trabajar.

  24. Paola dice:

    Hola t soy de santa fe, tengo una niñera, que no puede venir en colectivo porque estade paro el transporte, debo pagarle el traslado? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, corresponde al empleador procurar que la trabajadora llegue al domicilio.

  25. Claudia C dice:

    Hola, mi empleada se jubiló el año pasado pero siguió trabajando. Le sigo pagando como si asistiera. Ahora me pidió volver a trabajar. Puede hacerlo siendo persona de riesgo? Soy de Mar del Plata y aquí está exceptuada esta actividad.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No pueden trabajar los mayores de 60 años (siguen cobrando), en ningún lugar del país.

  26. Lore dice:

    Hola, entiendo que el cuidado de niños se considera trabajo esencial, pero esto es así incluso cuando los padres del niño no trabajan y están en la casa (sin home office tampoco)? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Sí. Es un poco gris el tema, pero se lo puede considerar esencial.

    • noemi dice:

      tengo 65 años y empecé la cuarentena en marzo pero la empleadora me pagó marzo y el resto de los meses no me pagó .y me no kiere pagar xq soy jubilada me dijo q no me corresponde y yo trabje 19 años con ella¿ quería saber si es cierto? x favor me gustaría q me den una respuesta?

      • Paula Martinez dice:

        Quienes no pueden trabajar por la pandemia tienen que seguir cobrando el sueldo habitual.

  27. ENRIQUE dice:

    Hola, en el distrito en que vivo el servicio doméstico está habilitado. Mi empleada tiene 62 años y la tarea es cuidado de niños. Debe concurrir a trabajar o esta exceptuada. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Mayores de 60 años están exceptuados porque son grupo de riesgo

      • ENRIQUE dice:

        Que acción debo tomar en este caso si se que pese a ser grupo de riesgo y no presentarse a trabajar, esta persona no respeta la cuarentena de persona de riesgo.

        • Paula Martinez dice:

          Me parece que lo que ella haga (o incumpla) es independiente a la obligación como empleador. La verdad que veo como algo gris, que se pueda tomar como una causal de despido.
          Te sugiero conversarlo primero con la empleada

  28. Veronica dice:

    Tengo una empelada de mas de 60 años, que está de licencia por COVID? Debo pagarle aguinaldo por 6 meses o sólo hasta la entrada de licencia? Saludps

  29. Devora dice:

    Hola . trabajo en una casa de familia hago tareas generales y cuido nene de 3 años .Mi empleador trabaja desde la casa . Debo ir a trabajar ? Soy del Amba mi distrito es uno de los más afectados

  30. Agustina dice:

    Buenas. Trabajo como empleada en casa de familia, estoy a cuidado de una bebe y sus padres hacen home Office. En esta nueva etapa que se pasó a etapa 1 y arranca desde el 1 al 17 Julio, debo ir a trabajar en esta nueva face? Mis jefes deben hacerse cargo de mi traslado o debe correr por mi cuenta.

    • Paula Martinez dice:

      En esta etapa todavía no cambia nada respecto a las últimas semanas de junio.
      De todas formas, cada ciudad tiene actividades y protocolos diferentes.

    • Edith dice:

      Buenas tardes. Vivo en Paraná, actualmente nos encontramos en Fase 5. Mi consulta es la siguiente, si la empleada (corresponde a la quinta categoría con distintos empleadores) que no sabe si va a poder trabajar porque se siente debil. Qué certificado o documentación tiene que presentar para avalar lo que dice? Existe un listado de patologías de riesgo? O algo que nos oriente a los empleadores? Muchas gracias.

  31. Sara dice:

    Hola mi mana tiene empleada cama adentro categoría 4 ya que ella tiene 81 años.la empleada tiene domicilio en Venezuela Córdoba. Se fue en cuarentena con un vecino que la llevó que no hay micros.ahora no tiene como volver .que se hace en este caso?.gracias

  32. Ana Maria Gorga dice:

    Tengo una empleada doméstica vivo en San Vicente pcia BsAs . Desfe q comenzo la pandemia no la hice venir. Vive en la misma ciudad. Como está en blanco le he pagado normalmente. Puedo hacerla volver a trabajar. Venia sólo 2 dias.

  33. Carina dice:

    Hola
    En mi ciudad, la cuarentena para el trabajo en casas particulares se habilito.
    Mi empleada NO quiere venir xq al cambiar un poco los recorridos de los micros, ya no la deja en la puerta y debe caminar…..
    Mismo camino realizaba cuando se la contrato, luego se modificaron los recorridos y ahora nuevamente por causas de publico conocimiento.
    Me dice que la despida. Deberia renunciar ella…..
    Medios tiene y el transporte se lo abono. Tengo que seguir pagando????
    Todo el tiempo desde el 19 de Marzo hasta que se habilito 12-06-2020 le pague. Entiendo que si no viene, pudiendo venir ( NO es de riesgo) NO debo pagar
    Gracias Aguardo respuesta

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si la empleada se tiene que presentar a trabajar y no va, se la puede intimar para que retome su trabajo y, si no lo hace, dar por finalizada la relación laboral. no es ni un despido ni una renuncia, en ese caso.
      Claro que siempre es mejor llegar a un acuerdo amablemente, pero esta es una solución legal.

  34. MARIA dice:

    Hola , yo estoy suspendida del trabajo , y el SAC voy a cobrar menos y en cuotas, tengo que seguir pagando todo a mi empleada domestica regular con SAC y todo? se me hace imposible. Hay forma de bajarle la remuneracion ahora que no esta viniendo a trabajar?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es un buen punto el que señalás, pero la normativa no ampara a los empleadores del servicio doméstico. La única alternativa es llegar a algún acuerdo entre las partes.

  35. Fabiana dice:

    Hola, estoy pagando a mi empleada p licencia p enfermedad por 6 meses que se vencen en julio…. ahora debería esperarla un año hasta el alta médica, por el tema pandemia debería seguir pagandole mensualidad igual? Vivo en Mar del plata donde si se permite asistir al trabajo….
    Agradeceré la respuesta
    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si se le acabó el tiempo de licencia paga y no vuelve a trabajar, no se pagaría (tendrías que ver para conservarle el puesto de trabajo).
      De todos modos, si está en grupo de riesgo no puede volver a trabajar aunque sea zona blanca (y tiene que seguir cobrando el sueldo, no ya como licencia por enfermedad).

      • Fabiana dice:

        Gracias por la pronta respuesta.
        Tiene cancer y va para largo el tratamiento….
        Tiene 50 años…
        o sea que igual debería pagarle por pandemia?
        Gracias

    • Norma Beatriz Orellano dice:

      Hola soy empleada doméstica hace 6 año y mí empleador me comunico que en diciembre me quedo sin trabajo por qué el se jubila . Y no va a seguir nesecitando mí servicio . Que me corresponde cobrar por eso ?? Muchas gracias

  36. Diana Ballet dice:

    Hola Paula,
    La consulta es la siguiente, hace más de tres meses que la señora que trabaja en nuestro hogar no viene por la cuarenta somos de CABA realmente se me está complicando seguir pagandole el sueldo, hay alguna posibilidad que la ART pague de ahora en más hasta que se regularice la situación?
    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Diana,
      Lamentablemente no hay ningún alivio para los empleadores en esta situación. Lo de las ART no, para nada.

  37. Natalia dice:

    Hola. Mi mamá tiene 67 es empleada doméstica y su empleadora le hizo un permiso y pide que vaya a trabajar. Ella puede negarse o debería ir. Es de Venado Tuerto, Santa Fe.

    • Paula Martinez dice:

      Más de 60 años es grupo de riesgo.

      • Matias dice:

        Buen día! Tengo una familiar que trabaja en Entre Ríos y la semana que viene vuelve a trabajar pero no sabe como sacar su permiso para circular ya que no encuentra la excepción en la pagina de Argentina.gob.ar, hay algo especifico sobre esta actividad para sacar la excepcion?

        Gracias!

  38. Maria dice:

    Hola Paula como estas necesito tu ayuda, antes de la cuarentena la empleada domestica que trabaja en mi casa se se quebró la mano en su casa, yo le seguí pagando como corresponde, ella obviamente no vino a trabajar, esto paso afines de febrero, ahora ella ya esta bien pero no le dan turno y me parece q ella tampoco quiere ir a un hospital para q le den el alta medica, hasta el momento le estuve pagando sin problema pero ahora mi marido perdió el trabajo, estamos un poco desesperados porq no le podemos seguir pagando, no sabemos donde averiguar, no queremos tener ningún problema con ella, y queremos hacer las cosas bien, pero no sabemos que pasos seguir y que seria lo que le corresponde, como afecta el tema de la cuarentena, si hay doble indemnización y el tema de su mano si ella podría hacer ningún problema. Por favor si nos podes ayudar de donde podemos conseguir información al respecto.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ese tipo de temas encuadran dentro de las licencias por enfermedad. Son hasta 3 o 6 meses por año, según su antigüedad. Pero, obviamente, para que corra la licencia tiene que presentar certificado médico (todos los centros médicos están atendiendo).
      Hasta fin de julio, los despidos están prohibidos y son inválidos, por más que rija la doble indemnización.
      Sobre la vuelta al trabajo, depende del lugar, si ya se habilitó el trabajo doméstico en tu ciudad o no.

  39. stella dice:

    hola queria preguntar .yo tengo 63 años y hace 9año trabajoservicio domestico .x mes y ahora mi patrona quiere que empiese a trabajar x hora .en realidad yo creo que ella me tiene que seguir pagando x mes asta que termine todo esto .que me dicen ustedes

    • Paula Martinez dice:

      Sí tiene que seguir pagando y lo mayores de 60 años son grupo de riesgo

    • Estela dice:

      Hla Paula soy empleada domestica trabajo en negro desde hace 9 años por hora Anses no me pago la asignacion de los 10$ mil, mi empleador debe pagarme ese dinero

      • Paula Martinez dice:

        no, ¿por qué debería?
        El empleador tiene que pagar el sueldo normal.

  40. Buenos días !! Quería consultar en Chubut volvimos a fase 2 . Debería ir a trabajar soy empleada doméstica. Gracias por su respuesta

  41. Tere dice:

    Mar del plata quinta categoría!esta habilitada??

    • Paula Martinez dice:

      Tengo entendido que sí se habilitó, siempre para trabajadores dentro de la ciudad.

  42. Alba Ester Gomez dice:

    Buenas tardes Paula! Soy de Resistencia Chaco,quería consultarle si acá ya se puede trabajar?,soy trabajadora doméstica 5categoria.Soy Alba.Tambien estoy en negro,sí me despiden corresponde indemnización?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No, la zona de Resistencia sigue en el aislamiento obligatorio

  43. FerchuCba dice:

    Hola paula… por algun motivo afip no registro el pago del periodo 03/2019 y ahora el del 04/2020, y no me deja abonar el que pertenece a este mes. hay alguna manera de realizarlo?

  44. Gloria dice:

    Hola quiero saber si está habilitado el personal doméstico quinta categoría para trabajar en buenos aires?

  45. susana dice:

    Hola Paula quería hacer una consulta aca En Paraná algunas empleadas no tenemos el permiso para circular y tenemos q concurrir igual al trabajo sin medidas de protección como dice el protocolo de la Provincia a donde debería hacer mi reclamo gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Consultalo en el sindicato de tu ciudad para que te digan cómo es en tu caso.

      • Gómez Alba Ester dice:

        Buenas noches Paula!Quisiera saber si en Resistencia Chaco está exceptuada la categoría 5 del servicio doméstico? Y sí te despiden trabaJando en negro corresponde que te pague indemnización?Soy Alba.Gracias.

        • Paula Martinez dice:

          Hola.
          En Chaco está habilitado desde mayo el servicio doméstico para quienes trabajan en un solo empleador.
          Sobre el despido, está prohibido hasta fin de julio.

  46. daniel dice:

    Hola Paula. Buen día.
    Dos consultas:
    1: En referencia a la consulta de Sandra Avendaño, referida al gran cambio que hubo por Res. 1/2020 referido a fijar como guía el trabajo de 24 hs semanales.
    Me podrías explicar por favor. Actualmente mi empleada Jubilada trabaja y le pago 19 hs semanales y le pago el proporcional según tu calculadora.
    ¿Que cambio ahora? ¿como debo pagarle? Incluso antes de la caurentena tarbaja 16 hs. ¿Puedo liquidar de igual modalidad porcentual por 16hs?
    2: En referencia a la ayuda para pago de sueldos del gobierno mediante inscripcion en Afip. ¿Empleadas domesticas acceden?. Si es así. ¿como debo hacer?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniel.
      Por menos de 24 hs. semanales el pago es por hora (o sea, el día que va a trabajar se paga). Y el monto a abonar es el mínimo por hora (que es mucho más alto que el proporcional). Puede variar de un mes a otro la cantidad de días u horas de trabajo, no es necesario que sea el mismo todos los meses. O sea que sí podés abonar menos horas si trabaja menos.
      Y el segundo punto, lamentablemente, no hay ninguna ayuda para empleadores de casas particulares ni alivio en pago de aportes (ni nada).

  47. Val dice:

    Hola! Tengo las siguientes dudas:
    Tengo empleada doméstica en blanco y trabaja por hora (menos de 12 horas semanales) categoría 5.

    _ en Chubut a partir de mayo ya estaba habilitado para trabajar esa categoria.
    La señora no vino a trabajar las dos primeras semanas de mayo alegando que no tenía transporte público (el transporte estaba funcionando con horarios fijos y menor frecuencia). Que si yo la iba a buscar a su domicilio ella trabajaría porque no quería estar esperando 2 horas en la parada.

    _ después de varias tentativas vino a trabajar las dos últimas semanas de mayo.
    Y ahora me pide que le abone las dos primeras semanas que no trabajo.

    Ella trabaja paralelamente en otro domicilio también en blanco, y se reincorporó en tiempo y forma apenas liberaron el trabajo para su categoría.

    ¿Corresponde abonarse esos días?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Habría que ver la normativa específica de Chubut. La verdad que este tema lo maneja cada municipio y es diferente en cada lugar.
      En general, no se permitía el uso del transporte público y es el empleador el que tiene que ver cómo llega el trabajador al domicilio laboral. No conozco cómo es ahí específicamente.
      O sea, dependiendo cómo funcione la actividad en tu ciudad, si no estaba permitido que use el transporte y no pudo ir a trabajar tiene que cobrar igual porque no era su responsabilidad si no podía llegar. En caso contrario, no cobraría.

  48. Sandra Avendaño dice:

    Hola Paula. Buen dia. Mi consulta esta referida al gran cambio que hubo por Res. 1/2020 referido a fijar como guía el trabajo de 24 hs semanales.
    1- La CNTCP tiene facultades para fijar por resolución este tema que modifica sustancialmente la forma de liquidar los sueldos del personal.
    Es valido si se venia proporcionando a la cantidad de horas trabajados, que Uds hacían en su calculadora hasta antes del aumento de marzo, agregarle horas de trabajo hasta llegar a 24, ya que de igual modo hay que abonarle el mínimo?
    La verdad no se si han tratado este tema en algún video, por lo cual te pido me envies el link para profundizar el estudio del tema.
    Espero ansiosa tu respuesta.
    Muchas gracias!

    • Sandra Avendaño dice:

      Perdón lo primero era una pregunta

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sandra.
      Según me comentaron laboralistas, la comisión excede en sus atribuciones al decidir esa modalidad. Pero la resolución está…
      y sí creo que se pueden agregar horas de trabajo en el resumen, por ejemplo, pasar de 20 a 24 hs.
      Slds.

  49. Val dice:

    hola, tengo varias dudas:
    _tengo en blanco a una empleada domestica, ella trabaja por hora, la cantidad de horas trabajadas debe ser todos los meses la misma? o un dia o mes puede trabajar menos horas si asi lo necesito?.
    _no tenemos contrato de trabajo que establezca el día y horario de trabajo ( solo está registrada) siempre acordamos el dia y hora ( una vez por semana) de trabajo, ultimamente ella me cambia los dias y horas constantemente y los dias que la necesito no puede ( comenzó a trabajar en otro domicilio).
    _en la provincia de Chubut a partir de Mayo ya estan habilitadas para trabajar las empleadas domesticas, ella optó por trabajar en la otra casa porque le dijeron que si no trabajaba no le pagaban, puede venir a trabajar tambien a mi domicilio?.
    _cuando la llame para que se reintegre al trabajo no concurrió dos semanas alegando que habia paro de transporte publico y que ella no estaria 2 horas esperando en la parada que yo la buscase en su casa y la llevara nuevamente, como no pude hacer eso, ahora me cobra los dias no trabajados. Me corresponde pagarle?.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No hay problema con variar la cantidad de horas si el pago es por día. Incluso la modalidad permite cambiar día y horario.
      Sobre el tema de Chubut, como te comenté en otro mensaje, depende de la modalidad de tu ciudad (en cada lugar es diferente, no es uniforme en todo el país)

  50. Marcela dice:

    Buenos dias! Hay alguna novedad respecto a la posibilidad de trabajar en villa carlos paz? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No. Por ahora no se habilitó la actividad en ningún lugar de la provincia de Córdoba.

  51. Elena López dice:

    Qué pasa si la empleada doméstica que está en blanco cómo corresponde y por ser de la categoría de tareas generales no viene a trabajar porque así lo dice la ley pero va a realizar esas mismas tareas a distintos lugares porque le pagan por hora, pero está en negro. Está violando la cuarentena ?y corresponde que en la casa donde trabaja en blanco le paguen el sueldo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí es una violación de la cuarentena, pero eso no es una causa para que el empleador no pague el sueldo.

      • FerchuCba dice:

        Podria ese tema de incumplimiento de cuarentena ser causa justa de despido? Porque si no asiste a trabajar por causa de la cuarentena a donde está registrada y si lo hace en otro… digamos hay una mala fe flagrante.

        • Paula Martinez dice:

          Sí podría, pero antes de despedir a la persona consultaría con un profesional. La verdad que la Justicia en general falla a favor de los trabajadores en los despidos así que debería estar muy bien justificado.

  52. Noelia dice:

    Hola Paula, buenas tardes.
    Mi empleada aun no tiene 15 días efectivos de trabajo (empezó el 02/03/2020 y dejó de trabajar por la cuarentena el 20/003/2020, 14 días trabajó solamente.)
    Entiendo que sigue en período de prueba (cobrando y sin trabajar), qué es lo que me corresponde pagar si la hecho ahora?
    Noelia

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si se desvincula en período de prueba, hay que pagar el mes, más aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas

      • Claudia dice:

        Hola! Cuándo pueden volver a trabajar las empleadas domesticas mayores de 60 años ya jubiladas pero que optaron ellas mismas por seguir trabajando haciéndoles aportes a Afip cono jubiladas?
        Continuó cobrando habitualmente y con los aumentos de ley.

        • Paula Martinez dice:

          No pueden trabajar, ni siquiera en las «zonas blancas».

  53. Patricia Bayona dice:

    Muchas gracias!

  54. Patricia Bayona dice:

    Hola. Soy de Río Negro, acá se retomo a partir de hoy la actividad. Mi empleada está jubilada pero sigue trabajando y yo sigo aportando en la categoría»jubilada». Por su edad(62) es persona de riesgo y no puedo convocarla. Dos consultas: si la despido,debo indemnizarla? Si la despido cuando finalice la cuarentena,debo indemnizarla?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Patricia.
      Efectivamente si es mayor de 60 no puede trabajar.
      Sigue vigente la prohibición de despedir trabajadores (de cualquier sector) hasta fin de mayo y, probablemente esto se prorrogue.
      Después hay que ver si sigue la doble indemnización (Por ahora, es hasta el 9 de junio).

      • María Lucía Seleme dice:

        Hola. Si la empleada tiene que optar por un trabajo, qué pasa con el otro empleador. Le tiene que seguir pagando?

        • Paula Martinez dice:

          Entiendo que sí, pero es una buena pregunta, que va a traer problemas.

  55. Viviana dice:

    Buen día. Soy Empleada Doméstica trabajo media jornada. Estoy en blanco hace 7 años. Mi consulta es hubo descuentos en el sueldo. Les consulto porque yo recibí descuento ahora cuando recibí mi pago de abril. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      no hubo

      • Olga dice:

        Hola buen dia:estoy en mi pais de nacimiento desde el mes de febrero por vacaciones y por motivo de la cuarentena no puedo regrezar a buenos aires donde trabajaba como empleada domestica por horas en casas particulares.mi pregunta es: puede cobrar mi sueldo estando fuera del pais.

        • Paula Martinez dice:

          Si cobrás por un cuenta bancaria o una billetera digital, sí.

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