Servicio doméstico

Video: cómo dar el recibo de sueldo de la empleada doméstica

13/08/2018

Dar-recibo-de-sueldo-empleada-doméstica

Para entregar el recibo de sueldo a una trabajadora de casas particulares hay dos opciones. El formulario F.102/RT que te permite completarlo on line o a mano e imprimirlo, o bien, generarlo a través del sitio web de la AFIP.

En este video tutorial vamos a ver esta segunda alternativa.

Paso a paso

1-Entrar en la página web de AFIP con clave fiscal.

2-Buscar en servicios habilitados “Personal de Casas Particulares”. Si no está, hay que habilitarlo con el “Administrador de Relaciones con Clave Fiscal”.

3-Ir a la tarjeta “Trabajadores a cargo”.

4-Ingresar a “Pagos y recibos”.

5-Elegir el mes que se quiere generar el recibo. Hay que recordar que ya debe haber sido pagado el aporte mensual a la AFIP, porque necesitamos el número de comprobante de pago.

6-Verificar que los datos de sueldo y horas trabajadas son correctos. Si no, se pueden modificar.

7-Completar la cantidad de horas trabajadas en el mes (se pueden realizar aclaraciones en “Observaciones”.

8-En junio y diciembre, agregar el monto del aguinaldo.

9-Agregar otros conceptos. Aquí ofrece las opciones: vacaciones, viáticos, gratificaciones, adicional por zona desfavorable, presentismo, descuento de aportes de obra social, indemnizaciones.

El descuento por aportes del trabajador, va en negativo, o sea que se resta al salario básico. El resto de los rubros, se suma.

10-Completar las observaciones que hagan falta.

11-Completar el número de comprobante de pago (número de VEP o del pago por ventanilla).

12-Generar el recibo, descargarlo. Imprimirlo (ya sale en dos copias) y firmalo por duplicado.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

34 respuestas a “Video: cómo dar el recibo de sueldo de la empleada doméstica”

  1. Mary dice:

    Hola una pregunta queria saver si me corresponde cobrar porque no fui a trabajar por la cuarentena y quere dar lo que quere nmas no mi sueldoque puedo hacer

  2. Ariel dice:

    Hola Paula tengo una consulta, tengo una empleada que le pago mensualmente con la mínima establecida por convenio! la pregunta es, cuantas son las horas que deben figurar en el recibo? Porque, si divido el sueldo mensual establecido por convenio, por, la cantidad de horas (jornada completa 196hs) el importe de valor hora es menor al que figura en las escalas.
    Cómo funciona ésto? al trabajar jornada completa el valor hora es menor? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel.
      El valor hora del pago diario y del pago mensual es muy diferente. No te va a dar de ninguna manera si multiplicás las horas de trabajo mensuales.
      Te recomiendo que todas las aclaraciones que quieras hacer las pongas en el recibo en «observaciones», para no dejar dudas.
      Slds.

  3. Ines dice:

    Hola Paula, sabrías si hay forma de modificar recibos antiguos? Recién, mientras generaba el recibo de Oct19 vi que en los recibos del año pasado no puse el detalle de los aportes, ni tampoco el n° de comprobante… Veo en la lista desplegable sólo los meses de este año.
    Muchas gracias por tu tiempo!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Inés.
      Hacé un nuevo recibo para ese período y se reemplaza el anterior.
      Si no lo podés hacer por sistema, imprimí un formulario 102/RT y completalo en forma manual.
      Slds.

  4. Soledad dice:

    Ah! Y también te quería preguntar en caso de una ausencia no justificada, se carga como otro concepto, descuento por días no trabajados y ahi se pone el monto en negativo? y lo resto proporcional al neto?

  5. Soledad dice:

    Hola, soy nueva como empleadora. Quisiera confirmar si entendí bien: En salario convenido, tengo que poner el bruto, que tiene que integrarse de qué valores? El neto en mano convenido mas las contribuciones mas la obra social? Pero la ART no va en el recibo de sueldo no? Y que uso se le da al apartado «a cuenta de futuros aumentos»?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Soledad.
      Es así como mencionás. Entendiste perfecto.
      A cuenta de futuros aumentos, es si le das un aumento por encima del sueldo mínimo de convenio.

  6. sofia orgaz dice:

    HOLA! UNA CONSULTA… ES OBLIGATORIO CARGAR LOS RECIBOS EN AFIP? YO TENGO GUARDADOS RECIBOS FIRMADOS POR LA SEÑORA QUE TRABAJA EN CASA, Y USO LA PAGINA DE AFIP PARA EL PAGO DE APORTES Y ART, PERO NO CARGO LOS RECIBOS.. ES OBLIGATORIO?
    GRACIAS!!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sofía,
      No es obligatorio. Incluso, hay veces que no se pueden emitir desde ahí porque hay ítems que no permite. Lo importante es que tengas firmados todos los meses los recibos, generados en la web o con el formulario 102/RT. Un saludo,

  7. gimena dice:

    Hola buenas tardes yo di de alta una empleada y pague la art sin asignar ninguna en especial tengo entendido que te sortean una Art directamente
    tengo el recibo de pago de la art pero me dice que no tengo ninguna ART asignada
    busque en que ARt estoy y tampoco figura
    Han pasado 10 dias aprox sera que todavia no se refleja
    muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La asignación automática demora, no sé cuánto, pero más de un mes.
      Lo que podrías hacer es afiliarte a alguna ART, es más seguro para que tengan tus datos y preguntes si necesitás preguntar alguna documentación. Slds.

  8. Mónica Basso dice:

    Buen día! quise modificar un recibo y generé dos para el mismo mes. Como puedo eliminar el que no va?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No lo podés eliminar, el sistema te toma el último como válido (imprimilo y hacelo firmar para que quede constancia)

  9. Mariana dice:

    hola, hice el primer recibo del primer mes que trabajo pero me equivoque, pense que se podia más de uno por mes (le hago pagos semanales), solo tengo «ver recibo», como hago para modificarlo o pisarlo.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No se puede modificar, tenés que hacer un nuevo recibo con esa fecha y el sistema lo reemplaza.

      • Nestor dice:

        La verdad, despues de intentar encontrar algo en la ayuda y trabajando en sistemas, estos craneos no te lo explican, caso muy comun es equivocarse, sería mucho mas simple que diga regenerar directamente incluso cuando lo haces te avisa que ya existe y se va a regenerar.
        La verdad me salvasta con el dato, resuelto el tema.

        • Paula Martinez dice:

          Es cierto, el recibo deja mucho que desear (tampoco te deja agregar ítems, salvo los precargados, entre otros problemas).
          Ese dato lo pasó otro lector del sitio, así que viene bien que nos ayudemos entre todos. Un saludo

  10. Manuel dice:

    Hola, buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: Una vez que realice el pago de aportes a partir del VEP, además de incorporar el número de comprobante al final del recibo debo agregar el CONCEPTO de Desc. de aportes para que quede detallado? En nuestro caso hemos acordado pagar el total de aportes y contribuciones a la empleada pero entiendo que debería descontarlo y aumentar el valor del básico para que cobre lo acordado?

    Y la otra consulta es si es obligatoria la discriminación de ZONA DESFAVORABLE en el recibo o si es opcional teniendo en cuenta que arreglamos una suma mensual (superior a lo establecido) con la empleada?

    Muchas gracias.

    Manuel

    • Paula Martinez dice:

      Hola Manuel.
      Si viven en zona desfavorable, lo correcto sería ponerlo en el recibo (que esté incluido en el monto que acordaron pagar). También corresponde descontar los aportes del trabajador a la obra social (el sueldo bruto debería ser más para que de bolsillo le quede el monto acordado). Slds.

  11. Paula dice:

    Hola. Una consulta: el 12/04 dí de alta a mi empleada. Generé el vep para pagar la ART, lo pagué. Tengo entendido que el recibo para mi empleada correspondiente al mes de abril tengo que generarlo en mayo. Pero en la página de AFIP visualizo una pantalla «Pagos y Recibos», en la que pareciera indicarme que el período ABRIL ya tiene un pago asignado (el de la ART), y no me ofrece la opción de hacer otro pago. Cómo voy a hacer para poder pagar los aportes en mayo, y generar el recibo de Abril completo, con los aportes y contribuciones? Te agradecería muchísimo que me orientes al respecto. Saludos!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los aportes vencidos de abril los tenés que hacer en mayo. El recibo de abril también se hace vencido y se colocan los aportes pagados en mayo. Un saludo.

  12. Pablo dice:

    Una consulta: yo di de alta a la empleada en marzo de este año y tuve que pagar por adelantado la ART $230. Ahora cuando voy a generar el VEP de los aportes y contribuciones de Marzo que vence el 10/4, me vuelve a incorporar el importe de ART como periodo 03/2019.
    Mi duda es si lo estoy pagando por duplicado (la ART)? O tengo que generar un VEP aparte para la ART pero con periodo 04/2019?
    En ningun lugar me lo aclaran

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No, es así. En el aporte de marzo (eríodo 3/19) que vence en abril vas a pagar la ART por abril y el resto de los aportes por marzo. Slds.

  13. Juan Manuel dice:

    Mil Gracias Paula!!!, es increíble y valioso como te tomas el tiempo para todos nosotros!!!

    • Paula Martinez dice:

      Gracias por el comentario, Manuel!
      (perdón la demora en responder pero son muchísimos todos los días)

  14. Fernando dice:

    Hola, en el caso de pagar quincenalmente como se hace con el comprobante del VEP ? Se paga por adelantado el mes completo a la AFIP y luego se indica en las dos quincenas el mismo VEP?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si pagás quincenalmente, lo mejor es dar un recibo de sueldo mensual sumando ambas quincenas. En el recibo web, la Afip no te deja dar más de uno por mes. Si lo vas a hacer manual y querés hacerlo por quincena, poné el mismo VEP.
      Slds.

      • pri dice:

        He visto que si deja AFIP hacer dos recibos por mes, en el sistema tengo la opcion de generar mas de uno poniendo las fechas de la quincena correspondiente… esto es correcto? o no deberia hacerlo asi? (el sistema me lo permite)

        • Paula Martinez dice:

          Sí, no hay ninguna normativa que lo impida. Si ponés períodos distintos no debería haber problema.

  15. Juan Manuel Marek dice:

    Hola! Dentro de esos conceptos del recibo web, cual aplica para registrar las horas extras? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Una muy buena pregunta, pero el sistema no lo permite! Lo podés poner en «gratificaciones» y aclararlo abajo en las observaciones, para que no queden dudas. Slds.

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