Impuestos

Video: Pedir reintegro del 20/35% a la AFIP si no pagás impuestos

30/01/2014

Video Pedir reintegro 20 35 a la AFIP sin pagar impuestos

Si compraste dólares ahorro, realizaste gastos en el exterior, con tarjeta o por Internet, o compraste viajes, la AFIP te cobró una percepción a cuenta de impuestos del 20% o 35%, según la fecha.

Si no pagás Ganancias ni Bienes Personales, para pedir el reintegro tenés que seguir un procedimiento especial, que te muestro en este video instructivo.

El mecanismo lo estableció la AFIP en la Resolución General 3.420, que no establece plazos límites para pedir la devolución.

Las percepciones de 2012, 2013 y 2014 ya las podés pedir y te las van a devolver en cuotas. Las de 2015, recién las podrás enviar a mediados de 2016 después que venzan las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

MIRÁ. Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.

EL TRÁMITE. Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos

Antes de empezar vas a necesitar:

  • número de CUIT (si sólo tenés CUIL, lo tenés que pedir en una oficina de AFIP),
  • registrar datos biométricos (también en una oficina de la AFIP).
  • clave fiscal (si no la tenés, también la pedís personalmente).
  • informar a la AFIP la CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta en la que te depositarán el dinero. Esto se hace vía web (mirá “Paso a paso:  declarar CBU a la AFIP“).

Para pedir la devolución, tenés que ingresar con clave fiscal a la página de la AFIP, en el servicio “Mis aplicaciones web” (o adherirlo, si no está en tu listado).

Allí hay que ir al Formulario F.746/A (Devoluciones y transferencias), agregar nuevo y completar los datos mes por mes.

Si algún recargo que te hicieron no figura, lo podés agregar en Percepciones no registradas en Mis Retenciones.

Luego, hacé click en “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y Presentar.

No olvides informar a la AFIP tu CBU, habilitando la herramienta en tu listado con clave fiscal (mirá “Paso a paso:  declarar CBU a la AFIP“).

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 Para seguir leyendo

Guía Paso a Paso Mis Aplicaciones Web.

Cómo recuperar el 20/35% de los recargos por compras en el exterior.

Video: Consultar recargos de AFIP por compras en el exterior.

– Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.

– Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

529 respuestas a “Video: Pedir reintegro del 20/35% a la AFIP si no pagás impuestos”

  1. Veronica dice:

    tengo ese mismo error cuando quiero generar una declaración jurada de pymes solicitud de categorización y/o beneficios

  2. Dolores dice:

    Hola, mis presentaciones son sobre compra de dolares ahorro, gastos con tarjeta en el extterior, y gastos por internet en el exterior, imputados en los meses enero, febrero, marzo y abril de 2015.

    Suman un total de $9827.

    El día recibi dos depositos en la cuenta (que informe a la afip)

    05/10
    CONTROL DE BCO 6000
    ING. B MULT CABA -300

    22/09
    CONTROL DE BCOS 557,56
    ING. B MULT CABA -27,87

    Supongo que será ese dinero. Sin embargo como puedo saberlo?, se sabe cuando recibiré la otra parte?, de que se trata ese descuento?

    Gracias, este blog ayuda mucho!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Dolores,
      ¡Qué bueno que te sirva nuestro blog!

      Los descuentos corresponden a un régimen de retención de la Ciudad de Buenos Aires (Ingresos Brutos), es porque debés ser contribuyente.
      No sé a qué se referirá con control de bancos, tendrías que ver de pedir el detalle de ese movimiento. Lo de la Afip, en general, está indicado así, como una transferencia Afip o algo parecido.
      Saludos,

  3. Si te aprobaron y ahora en la segunda cuota dicen k gaste más de mi ingreso y deben estudiarlo aclaro k estuvo aprobado y pedí ctedito en banco nacion

  4. David Gordon dice:

    Buen día!
    Consulta: yo ya hice toda la declaración de lo que me tienen que devolver del 2015 y aparece en la pagina de la AFIP lo siguiente:

    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [16-08-2016]

    De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción.

    Me perdi de algo??? Entendi mal o la AFIP me desconto parte de lo que me tiene que devolver???

    • Paula Martinez dice:

      Hola David,
      No es que te descuenten. Muchas veces pasa que los agentes de percepción (bancos, tarjetas, agencias de viajes, etc.) hacen ajustes o correcciones, aparecen montos sumados y restados.
      En realidad, el saldo debería ser el total de las percepciones que sí te hicieron.

  5. Maria Marincola dice:

    .hora pregunto ….me equivoque en un formulario y cuando sigo las instrucciones me dice que lo busque ….al hacerlo segun instrucciones no aparece…..y si pongo nuevo me dice que ya existe ….como lo encuentro ???

    • Paula Martinez dice:

      En la página de inicio de Mis aplicaciones web (no pongas nuevo), tenés que elegir formulario 746 y después, poner buscar (todo lo otro dejalo en blanco).
      Te va a tirar un listado de los pedidos realizados o en borrador. Ahí lo podés abrir y modificar.

  6. Maria Marincola dice:

    alguien sabe como llenar el formulario para la devolucion del 35% … ya esta todo hecho … aparece el formulario con los encabezamientos …pero no me da la opcion de llenarlos … gracias

  7. Luis dice:

    Hola… Yo todavía sigo esperando me reintegren lo de 2014. Alguien sabe que puedo hacer para agilizar esto o dónde reclamar? Siempre se actualiza la fecha de estado. Pero solo eso. Siempre me aparece el siguiente mensaje:

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [01-07-2016]

    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    Resultado de la consulta a los controles de Fiscalizacion [N-D1]

    Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    Una vez solucionados los inconvenientes detectados, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luis,
      Si ya pediste la devolución de las percepciones por el Siradig, no corresponde que lo vuelvas a pedir por el formulario 746.
      Aunque, por esa comunicación, pareciera que lo fueran a contemplar. Te sugiero que vayas a la Afip que te corresponde para averiguar cómo quedó tu situación.
      }Saludos,

  8. dolores dice:

    Hola, después de tanto tiempo hoy pude hacer la presentación por los períodos de 201501, 201502, 201503 y 201504.

    Saben cuando van a pagarme?

    gracias saludos!!

  9. tini dice:

    hola
    yo declaro siradig desde este pf, asi que las retenciones de 2015 del 20% de moneda extranjera las deduje de ahi
    Por los pf anteriores fui a AFIP saqué el CUIT y sin embargo cuando intento generar el formulario 746 desde mis aplicaciones WEB me dice «Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio»…
    que debo hacer??

    • Paula Martinez dice:

      Si vas a pedir por percepciones de 2015 tenés que esperar hasta julio.

  10. silvana dice:

    hola chicos me pasa lo mismo, desde enero estoy con este tema, abrimos una nueva caja de ahorro y ahora hace 1 mes estamos otra vez con el mismo problema, en AFIP no me dan solucion y en el banco solo dicen que la cuenta está dada de alta.
    Voy a enloquecer!!!

  11. Florencia dice:

    Hola! te hago una consulta. Se hace un nuevo formulario mes por mes? O sea en período fiscal pongo por ejemplo «201412» y me figuran solo los consumos realizados en DICIEMBRE. Para hacer los de Noviembre y anteriores tengo que hacer un formulario nuevo correspondiente a cada mes?
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, es uno por mes.

      • javier dice:

        Hola estoy en la misma duda es guardar y enviar mes por mes por ej. 201501 guardar y presentar 201502 guardar y presentar?

        • Paula Martinez dice:

          Los pedidos de 2015 recién se pueden hacer a partir de junio (todavía no dijeron bien cuándo pero, muy posiblemente, después del 30). Los podés guardar en borrador o, directamente, pedirlos después.

  12. Walter dice:

    Buenas Tardes:
    Yo me registre para que me solicitar la devolución de 20/35% por la compra de dólares (NO pago Ganancias ni Bienes Personales) y al querer cargar las percepciones del año 2014 me aparece este error:

    «Error de validación
    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas»

    ¿Qué debo hacer en ese caso, como se cargan ese período?
    Y del período 2015 me dejó cargar sólo 1 percepción pero como borrador porque aún no se pueden presentar.-

    Desde ya muchas gracias.

    Saludos!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El período 2015 todavía no se puede pedir.
      Para 2014, tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ anual con saldo a favor. Ese saldo lo podés usar para pagar otros impuestos (por ej, Bienes Personales) o pedir un reintegro. Te sugiero que te asesore bien un contador.

  13. Lucas dice:

    Hola,
    De la empresa donde trabajo me dedujeron ganancias por error (luego me lo reintegraron).
    Por desgracia, cuando voy a pedir la devolución de las percepciones sufridas en el 2015, a través del F.746/A me dice:
    «Error de devolución
    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas.»

    Alguien sabe que puedo hacer para solucionarlo???

    Muchas gracias!
    Lucas

    • Paula Martinez dice:

      Hola Lucas. En ese caso, tenés que presentar la declaración jurada de Ganancias que vence en abril, incluir las percepciones y, recién entonces, pedir que te devuelvan el saldo a favor.
      Consultá con un contador para que te asesore. Slds.

  14. Ricardo fabian Torres dice:

    Buenos Dias!, Actualmente tambien tengo el Mismo Problema «LA AFIP VALIDARA CON SU ENTIDAD BANCARIA LA RELACION”.a la Semana me Aparece » Plazo de Confirmacion Bancaria Vencido..» Fui al Banco y no tengo Ningun Problema con la Cta del Banco, me Informan que pura Burocracia de la Afip..Que Hago entonces..??..Alguien le Sucede la Misma Situacion..Agradecido por Cualquier Ayuda o Comentario..Muchas Gracias..Saludos..Ricardo

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tratá de volver a ingresar la cuenta bancaria.

  15. sebastian dice:

    buenas tardes les comento mi situación , ya hice los tramites para la devolución del 20 por ciento en compra de dolares, yo nunca pague ganancias ya que en el 2013 cobraba menos de 15000 pesos y despues me pasaba pero tenia el decreto y nunca me descontaron , quiero saber si voy a poder cobrarlo gracias

    • Paula Martinez dice:

      En principio, sí. Salvo que detecten alguna deuda o inconsistencia. Slds.

  16. Lorena Nunez dice:

    Buenas tardes,quería saber si me pueden sacar de esta duda ,al querer realizar los pasos para el reintegro del 20 % por compra ahorro ,cuando quiero registrar mi cbu me aparece lo sig: su cuenta ha sido registrada pero no ha sido validada contra nuestros registros,su banco deberá validarla para su utilización,que debo hacer??? anteriormente yo poseía el banco francés ,con el cual opere al momento de realizar mis compras ,esta cuenta la di de baja y hoy poseo el banco Galicia,yo ingrese los datos de mi actual Banco ,pero con este no realice las operaciones de compra por viaje y ahorro,si con el francés pero esa cuenta esta cerrada,que debo hacer??? desde ya muchas gracias

  17. Luis dice:

    Buen día… hoy es 16 y todavía no me devolvieron nada. Alguien sabe algo? En «Mis aplicaciones web» mis presentaciones siguen en estado «Presentado». Me faltó hacer algo más?

    Gracias

  18. David dice:

    Consulta: yo ya presente todas las declaraciones de compras de dolares y gastos en el exterior y aún no me depositaron nada….

    Cuando se supone que debería estar depositada la plata?
    Presiento que me estoy olvidando de hacer algún tramite en la página de la AFIP.

    Saludos.

  19. Federico dice:

    Me acabo de desayunar con la noticia de que me devolvieron las percepciones de 2012, 2013 y 2014.

    Que bueno es tener un gobierno que cumple sus obligaciones.

  20. Bruno Ivaldi dice:

    Hola, realice las presentaciones de 2012-2013-2014 y las presente y ahora me figuran archivadas desde septiembre de 2015, porque?

  21. mariano dice:

    hola, en unas presentaciones de formularios F746/A me fijura en estado archivado, hay alguna forma de volver a presentar o dar de baja y volver a presentar? o una vez que dice archivado no se puede volver a reclamar? gracias

    • Paula Martinez dice:

      No creo que se pueda.

    • Micaela dice:

      Tengo presentadas 3 solicitudes de devolución de 2014 (dos son de montos chicos, menos de 500$, por la percepción del 20% a la compra de moneda extranjera) y el otro es de mas de 5000$ por el 35% de recargo a viajes al exterior….las dos de monto chico dicen Aprobado devolución en cuotas, la otra no dice nada….. me lo van a devolver? porqué no dice nada?….gracias por tu ayuda Paula.

      Saludos, Micaela.-

      • Paula Martinez dice:

        Hola Micaela, tenés que esperar a ver en qué estado te figura, quizá todavía lo estén analizando y no lo hayan aprobado. Saludos,

  22. Leonardo dice:

    Hola Paula,
    En mi caso, yo trabajo en relacion de dependencia y pago el impuesto a las ganancias. El año pasado hice un viaje al exterior y cargue todo en el Siradig. Mi empleador me devolvio lo que correspondia a lo que ellos me retuvieron, pero me quedo un saldo a favor.
    Como es el proceso para reclamarlo a la AFIP? La declaracion se hace a traves de la web o hay que presentarse? Es para problemas?
    Disculpa si ya te hicieron la pregunta, no llegue a ver todos los comentarios.
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leonardo,
      Si te sobra tendrías que inscribirte en Ganancias y presentar DDJJ de Ganancias con saldo a favor y aplicar ese saldo a otros impuestos (Bienes personales, por ejempo) o pedirlo.
      Te sugiero consultar con un contador porque no siempre conviene. Slds.

  23. Jorge dice:

    Hola. Estoy teniendo problema para solicitar las percepciones de 20 y el 35.
    El tema es esi. En el año 2014 tengo una sola retencion por 4ta categoria de 390 pesos con lo cual presente en enero de 2015 el form 572web en donde solo cargue los intereses de un credito hipotecario que tengo pero no cargue las persepciones por los dolares porque desconocia que debia cargarlas. Cuando este año quiero cargar el form 746 de los periodos de 2014 en donde compre dolares el sistema me informa que no lo puedo hacer porque tengo hecha la declaracion jurada y que en su defecto debo presentar una rectificativa que desde siradig no me permite hacer.
    En afip me infor.aron que debo generar una declaracion jurada como si fuera un contribuyente comun por aplicativo RG2226 y solicitar el saldo a favor pero desconosco como se puede hacer. Alguien me puede tirar una punta sobre este tema?? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jorge,
      Si tuviste retenciones de Ganancias en 2014 no podés pedir por el form. 746 porque eso es para quienes no tributaron ningún impuesto ese año.
      En teoría, el procedimiento es inscribirse en Ganancias y presentar una DDJJ con saldo a favor pero, te sugiero consultar antes a un contador porque no se de nadie que se lo hayan devuelto así. Si pagás Bienes Personales lo podrías aplicar a este impuesto.
      Slds.

  24. SILVINA dice:

    Hola Paula, segui el paso a paso del video pero en dos meses en solo GRABE pero no PRESENTE…no se como hacer para corregirlo, llego a ver q esta en Proceso pero no me da la opcion de modificarlo.Sabrias decirme como tendria q hacer. Desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Silvina.
      Cuando entrás a Mis Aplicaciones WEb te vas a encontrar con la página Buscar, poné formulario 746, en Estado nada y aceptá.
      Te va a tirar un listado de todos los formularios presentados. Fijate si te aparece alguno «En proceso» o Borrador o sin presentar. Entrá en Ver y ahí lo podés modificar o presentar. Saludos,

  25. Nicolas dice:

    Hola, mi caso es el siguiente, en el 2013 me efectuaron retenciones de ganancias, por ejemplo por $2000, en mi recibo de sueldo. Pero tambien había realizado gastos con tarjeta en el exterior, pago de pasajes, etc, a los que tambien me aplicaron «percepciones», pero en este caso supongamos que el monto era $3000. Oportunamente presente la DDJJ de Ganancias F572 por web, para recuperar los $3000, pero como mis retenciones fueron por $2000, solo me devolvieron eso y no $3000 que fue lo que yo pagué en concepto de percepciones.
    Cuando quiero cargar el formulario F746A por algún mes del período 2013, la página me tira un error de validación que dice:

    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas.

    Espero puedan resolver mi duda y haber sido claro con la explicación

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás,
      Si tuviste retenciones de Ganancias en un período (2013) no podés pedir las percepciones de ese año por el F 746.
      Si te quedó un saldo a favor deberías presentar una declaración jurada exteriorizándolo. PEro, la verdad, que si te quedaron 1.000 pesos te sugiero que ni te metas en eso porque la Afip ha realizado inspecciones en estos casos y por ese monto no vale la pena.
      Pero, si pagás Bienes Personales, sí podrías presentar la DDJJ de Ganancias con saldo a favor y usar este monto para pagar Bienes.
      En cualquier caso, consultá a un contador para hacerlo.
      Slds.

  26. juan dice:

    Deben tildarse los saldos negativos también?

    • Paula Martinez dice:

      Si son negativos es porque están restando algo que antes sumó y estaba mal. Fijate a qué corresponden.

  27. Enrique Carbonne dice:

    Perdòn, la fecha lìlmite sigue siendo el 31 de Enero ??

  28. Leandro dice:

    Hola! Tengo un problema para registrar el CBU. Puede ser que el CBU ingresado no sea mio sino que es de mi mujer y por esto no me deja ingresar al formulario 746.
    Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que poner el CBU de una cuenta tuya. No creo que te deje poner de otro. Saludos,

  29. Marianela dice:

    He cargado el cbu pero me aparece un mensaje que dice que la afip debe validarlo con mi entidad bancaria. ¿Como debo proceder para poder continur con mi trámite?

  30. pedro dice:

    Buen dia cuando estyo en mis aplicaciones web / cargando el formulario me figura la leyenda

    «ADVERTENCIA: La carga de datos que está a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias
    y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir y la información ingresada quedará en estado BORRADOR hasta las fechas mencionadas.»

    cosa que en este video no, tienen idea? desde ya, muchas gracias, son de gran ayuda.

  31. jesica dice:

    Hola yo solicite el reintegro en el mes de febrero 2015 y todavía no me lo devuelven, que debo hacer, porque no me aparece rechazado el trámite.

  32. Angelica dice:

    Hola,
    Cargue perfecto 2014 pero cuando voy a intentar cargar 2013 me aparece «error de validacion» y abajo me pone esto:
    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas

    Sabes que podria ser?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Debe ser porque en 2013 pagaste Ganancias. En ese caso, para pedir ese monto te tenés que inscribir en el impuesto y presentar una DDJJ en abril con saldo a favor. Consultá a un contador para ver si realmente te conviene. Slds.

  33. alicia rosi dice:

    NO ME REINTEGRAN PERCEPCIONES DEL AÑO 2013—-y 2014 POR comPRA DE MONEDA eXTRANJERA PASOS A SEGUIR SALUDA

  34. claudia dice:

    Hola. Estoy llenando el formulario 746 y cargo un período de 2014 y me lo toma. Vuelvo a cargar otro mes y año y ahí me aparece el cartelito rojo que me dice que debo cumplir con el art. 2.
    O sea que la primera devolución me la tomó sin inconvenientes y después (cualquier período que solicitara) ya me aparece ese cartel. A qué se debe? Alguien me puede ayudar? Gs.!

    • Paula Martinez dice:

      Será porque intentás cargar algo de 2015? No lo podés pedir hasta mediados de año.

  35. judith dice:

    Las retenciones sufridas en el 2015 por compra de ME Deben ser deblaradas en el formulario 572 previamente para pedir la devolucion? yo no estoy alcanzada por el impuesto a las ganancias.
    Gracias!

  36. Mercedes dice:

    Hola, quisiera saber so inscribirme en el cuit, q me piden en el afip para la devolucion del 20 x compras en dolares, aafecta mi estado en ganancias, ya wue estoy excenta, gracias..

  37. Pedro dice:

    Hola buenas tardes!
    Necesito comentarte, me solicitan CUIT, trabajo en relación de dependecia y mi Domicilio en DNI es en ENTRE RIOS. Vivo en SANTA FE, y nunca realicé el cambio de domicilio, ya que alquilo.
    Que necesito llevar? Ya que según leí, debería realizar cambio de domicilio a SANTA FE, y llevar los servicios del departamento que alquilo a mi nombre, previo cambio de domicilio en DNI.

    O puedo declarar que tengo domicilio en ENTRE RIOS y alquilo en SANTA FE?
    Muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Llevá dos servicios a tu nombre, o el contrato de alquiler. Saludos.

  38. Diego dice:

    Hola, comienzo a realizar la operación para el reintegro por compra de divisas y cuando llego a donde hay q poner el periodo y demás completo el periodo pero no se q poner en donde me aparecen las opciones ( en proceso- por error-etc) q ingreso ahí? Y después me figura que ingrese nuevamente un periodo comprendido entre 2 fechas ahí también q tengo q poner ? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      No entiendo bien pero me parece que estás en consulta.
      Tenés que poner +NUEVO. Por las dudas, dejá la opción en blanco.

  39. Isabel dice:

    Hola Paula,
    Yo ya realice todos los pasos, tengo presentados los formularios desde el 2014. Mi pregunta es la siguiente: soy empleada del poder judicial y me pide que especifique mi actividad económica y que agregue los impuestos… Que debería consignar? Muchas gracias! Isabel

    • Paula Martinez dice:

      Hola Isabel, la actividad económica es actividad en relación de dependencia. Impuestos no pogas nada. Saludos,

  40. Sofia Magali dice:

    Hola! debo generar mi clave fiscal para poder recuperar el 35% que pague de un viaje. Que necesito llevar o solo debo presentarme en afip con documento y me la dan?

  41. Lorena dice:

    Hola! Una vez que ya están hechas las presentaciones. Cuanto tiempo se estima que demora la AFIP para devolver el dinero?

  42. gustavo Restivo dice:

    Soy empleado de relación de dependencia y la empresa me realizo retenciones del Impuesto a las ganancias desde Septiembre del año 2013.

    En Julio de 2015 a mi pedido de revisión, la Empresa me informo que por aplicación del Decreto 1242/2013, debía dejar de tributar Impuesto a las ganancias por ser mi mejor remuneracion normal, mensual y habitual del periodo Enero/agosto del 2013 por debajo de $15.000, 00; y que por tal motivo iban a proceder a realizarme la devolución de los montos retenidos desde Septiembre de 2013. Lo que asi sucedio.

    Ahora la consulta es: Necesito presentar el formulario 746/A para el recupero de las DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS año 2014 y no me permite el sistema de la AFIP con la leyenda :

    «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas»

    • Paula Martinez dice:

      El problema que para la Afip quedó como si hubieras tributado el impuesto.
      En este caso, tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ del año 2014 (va a estar atrasada) con saldo a favor, recién ahí lo podés recuperar.
      La otra opción es que utilices ese saldo para cancelar Bienes Personales si lo tenés que pagar.
      Te sugiero consultar a un contador si vale la pena hacerlo.

  43. miguel dice:

    hola cuando cargo el formulario me aparece en pantalla : un cartel rojo que dice : error de validacion por que sera?? y me dice en ese cartel , que para solicitar la devolucion del gravamen percibido debo cumplir con el art.2 de la reg 3420 (afip) y sus modificaciones…..me pueden decir por que ???y que tramite preciso hacer???

  44. ANT@ dice:

    Hola, yo tengo que solicitar la devolucion de compras realizadas con tarjeta naranja, debo cargar la CUIT de Naranaja o de Banco Galicia? ya que en su legal indica lo siguiente Las compras realizadas con Tarjeta Naranja VISA,Tarjeta Naranja MASTERCARD y/o Tarjeta Naranja AMERICAN EXPRESS a partir del
    16/10/2009 son financiadas por el Banco de Galicia y Bs. As. SA.
    Y mis compras fueron con VISA naranja. Gracias!

  45. MariXita dice:

    ¡Hola a todos! Yo quisiera saber si cargar ahora las percepciones del 20 por ciento del período 2015 en el Siradig inhablita a presentarlas también en el 746 en cuanto el sistema de AFIP lo permita. Yo en todo 2015 no pagué nunca Ganancias (sí hasta mediados de 2014) y en 2015 por primera vez tuve que pagar Bienes Personales. Pero como hasta las percepciones de 2014 las cargué en el Siradig en enero pasado, tengo un saldo a favor muy generoso que no me interesa seguir aumentando, sino que me gustaría presentar el 746 a ver si alguna vez me hacen la devolución en mi cuenta. Ahora bien, por un lado me dijeron que no las ponga en el Siradig sino directamente en el 746 a mitad de año, y por otro que si no las pongo ahora en el Siradig queda como que no las reclamé, y que así no podría pedir la devolución por el 746. ¿Ustedes qué opinan? ¿Es necesario que las cargue en el Siradig para poder presentar luego el 746? ¡Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Si pagás Bienes Personales, las tenés que incluir en la declaración jurada anual que vence en abril o mayo. Si te queda saldo a favor, lo podés usar para los anticipos, o bien, pedir el reintegro por otro procedimiento (RG 2224). Te sugiero consultar con el contador que te hace las DDJJ para que tenga en cuenta todo esto.
      Si tu empleador no te retuvo Ganancias en 2015, no te servirá de nada poner las percepciones en el Siradig.
      Saludos,

  46. Ceci dice:

    Hola! Una consulta! Yo tengo Cuil (trabajo en relación de dependencia y no pago ganancias) . Me piden el Cuit para recuperar el 35%: no me traerá problemas cambiar mi Cuil por Cuit?!??? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      No hay problema. Lo único que quedás bajo el radar de la Afip.

  47. Gabriel dice:

    Una consulta ,yo ingrese el CBU de la cuenta familiar que esta a nombre de mi mama, puede ser el CBU de un tercero? muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      En realidad, la resolución original pide que la persona que hace la solicitud sea el titular de la cuenta, pero si el sistema te lo acepta, supongo que no habrá problemas.

  48. Rodrigo dice:

    Hola, tenia una consulta, yo no pago impuestos a la ganancias y el año pasado me hicieron cargar las percepciones de viajes y compra de moneda extranjera mediante el SIRADIG, pero no cobre nada..
    Ahora me meti a cargar segun este instructivo por el Formulario F.746/A. Sera la via correcta?
    Muchas gracias.

    Rodrigo

  49. Micaela dice:

    Buen día,
    Mi situación es la siguiente: soy empleada en relación de dependencia y no me descuentan ganancias. Nunca presenté DDJJ de Bienes Personales… mi empleador debería haberme notificado de hacerlo? cómo sé si corresponde que lo presente? tengo tiempo hasta abril para presentarlo o hay que presentarlo en abril?… en caso que corresponda abonar algo, durante 2015 me hicieron retenciones (del 35% por gastos en exterior y del 20% por retiro de u$s)…no pude presentarlas, recién podré hacerlo en abril….se podrían descontar de BP???

    Desde ya muchas gracias!

    Saludos, Mica.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si ganabas más de 96.000 pesos en bruto al año (es bastante poco) tenés que presentar ddjj de Bs. Personales.
      Si te da saldo a pagar o a favor, vence en abril; si da cero, vence en junio.
      Si tuvieras que tributar podés tomar las percepciones por los dólares como pago a cuenta. Saludos,

      • Micaela dice:

        Gracias Paula! me podrías explicar cómo presento la DDJJ de bienes pers? nunca lo hice…gracias!

        • Paula Martinez dice:

          Hola Micaela. Si nunca lo hiciste te sugiero que contrates a un contador, hay que instalar un aplicativo y hay instructivos de la Afip, pero mejor que lo haga un profesional para no tener problemas. Slds.

          • Micaela dice:

            Muchas gracias Paula, como es la primera vez que presento DDJJ de bienes personales, hasta cuándo tengo tiempo de hacerlo?
            Gracias!

          • Paula Martinez dice:

            El año fiscal 2015 vence en abril, si te da saldo a pagar o a favor. Si no pasás los 305 mil pesos de patrimonio y no tributás, la declaración informativa de empleados vence el 30 de junio.
            Si tenés que pagar de años anteriores, lo podés hacer en cualquier momento porque ya está vencido.
            Slds.

  50. Facundo dice:

    Hola, soy empleado bajo relacion de dependencia y no pago impuesto a las ganancias. Entre julio de 2014 diciembre de 2015 se me retuvieron tanto el 35 por compra en el exterior como el 20 por compra de moneda extrangera. Cuando realizo la consulta de ese periodo me arroja el siguiente mensaje: No se han encontrado datos para esta consulta o los parámetros ingresados corresponden a retenciones /percepciones con importe en cero. Hay algo que me este faltando hacer? debí llenar algun formulario en algun momento para declarar que me estaban reteniendo eso? Deberían aparecer varias lineas en esa consulta. gracias.

  51. Hola quisiera saber si para gestionar la CUIT debo ir a cualquier dependencia?

  52. olga rodino dice:

    hola buenas tardes, yo estoy tratando de pedir que me reintegren el 20% de la compra de dolares ahorro, no pago impuestos a las ganancias porque mi sueldo esta por debajo del tope ni bienes personales, cuando ingreso y voy haciendo los pasos en un momento me dice que me falta cumplir el articulo 2 rg 342o, por lo que averigue es el cuit que tengo que sacar, puede ser?
    ahora bien depués de pasar este obstaculo el sitema mismo me tira todo lo que he pago por el 20 % de los dólares ahorro o yo tengo que buscar documentación e ingresarlo?

    muchas gracias

  53. Eduardo dice:

    Trabajo en relación de dependencia. Al sacar el CUIT, no pasaría a aportar (y pagar) como monotributista?

  54. Pablo dice:

    Me aparece este error cada vez que ingreso en mis aplicaciones mes x mes
    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio

  55. Fernando dice:

    Hola.. alguien me podria decir que formulario tengo que completar para que se me reintrgre el 20% por compra de moneda extranjera.Desde ya muchas gracias

  56. Lucila dice:

    Hola, trabajo en relación de dependencia, comencé a hacer las presentaciones de 2015 (me aparecen todas las percepciones de enero a diciembre inclusive) pero al hacer la presentación, el formulario queda en «CON ERROR» y surge el siguiente mensaje:
    «En virtud de que las percepciones sufridas corresponden a impuestos anuales, para presentar esta solicitud deberá aguardar al vencimiento de los mismos, el que operara en los meses de abril/mayo de 2016 -para el caso de percepciones sufridas en 2015- o de 2017 -para las sufridas en 2016. La información ingresada queda en estado CON ERROR y podrá ser presentada después del vencimiento mencionado»

    Entonces cuando debería hacer las presentaciones de los formularios 746/a? La fecha límite no es el 31 de enero?
    Desde ya muchas gracias por la respuesta!

  57. romina dice:

    Yo ya hice la presentación y me dice en estado aceptada, ya declare mi CBU, tengo algún paso mas o como debo seguir?

  58. gustavo dice:

    Buans tardes. una consulta que diferencia hay entre el formulario 512 y 746a? yo trabajo y no tengo retenciones, compre dolares ahorro pagando el 20%, ahora quiero saber si lo puedo recuperar ya que realice el formulario 512, hice lo correcto o era el formulario 746?
    En estos momentos (8/1/16) estoy intentando cargar el 746 y no puedo (…. el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP)…)

  59. walter dice:

    Buenas, estoy tratando de presentar el formularia para la devolucion del 35%/20% pero me tira el siguiente error, tengo cuit, CBU registrado y nvel 3

    Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – * En virtud de que las percepciones sufridas corresponden a impuestos anuales, para presentar esta solicitud debera aguardar al vencimiento de los mismos, el que operara en los meses de abril/mayo de 2016 -para el caso de percepciones sufridas en 2015- o de 2017 -para las sufridas en 2016. La informacion ingresada queda en estado CON ERROR y podra ser presentada despues del vencimiento mencionado.
    )

    no pago impuesto a la ganancia
    Saludos.

  60. gaston dice:

    hola, en el 2014 y 2015 no estaba alcanzado por el impuesto a las ganancias y tuve percepciones del 35 por ciento tanto en gastos con tarjeta y compra de dolares, hace 2 meses trabajo en relacion de dep y este mes me alcanzo el impuesto de afip 4ta categoria, como debo reclamar el 2014 y 2015? con el formulario 746/a o en el siradig? desde ya mil gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola, los pedidos se hacen por año fiscal.
      Si un año no pagaste impuestos, pedís las percepciones de ese año por el F. 746/A. Si pagaste Ganancias en 2015, cargá las percepciones del año pasado en el Siradig antes del 31 de enero. Saludos,

  61. Maxi dice:

    Consulta, cuando selecciono el formulario 746 e ingreso el período, en la próxima pantalla me figura este mensaje:
    La carga de datos que está a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir y la información ingresada quedará en estado BORRADOR hasta las fechas mencionadas.

    Tienen idea si es normal? Cargo los datos con el GRABAR y el PRESENTAR de todas maneras?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ahora no te dejan presentar los pedidos de 2015 hasta mediados de año. Hay que esperar.
      Las percepciones de 2014 o anteriores, sí.
      Saludos.

  62. Tom dice:

    ¡Buenas! Al intentar cargar el Formulario F.746/A obtengo el siguiente error: «Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.)»

    ¿Qué puedo hacer?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Hay que esperar para enviar las percepciones de 2015.
      Los vencimientos de las declaraciones juradas son en abril y mayo, hay otro vencimiento en junio de la DDJJ informativa para empleados. La verdad es que no sé cuál tomará la AFIP, pero todavía no se pueden enviar las percepciones de 2015. Sí las de 2012 a 2014. Saludos,

  63. Nahuel dice:

    Hola, trabajo en relación de dependencia, pero mi sueldo estaba por debajo del piso para el pago de impuesto a las ganancias. Cumplo todos los requisitos pero no tengo CUIT (solo CUIL), y cuando intento cargar la solicitud me dice que no cumplo con alguno de los requisitos del articulo 2 de la resolución. Todo lo demas está en orden. Mi pregunta es, si pido que me den el CUIT, no voy a tener que empezar a pagar algun impuesto o algo? Hasta cuando tengo tiempo? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola, tenés que sacar el CUIT, no te genera ninguna obligación y no tiene plazo. Pero la Afip dijo que van a agilizar la devolución, así que cuanto antes, mejor.

  64. Leonardo dice:

    Buenas, mi mujer es como yo, bajo relación de dependencia, hizo compras de dolares y ahora quiere pedir la devolución del 20%, hago todos los pasos (que son los mismos de los míos y no tuve problema) y me da este mensaje la AFIP

    «Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio»

    Tiene NIVEL 3, CBU registrado, pero no la deja, a mi hijo también le pasa lo mismo.

    A mi lo que me pasa es que la per. de diciembre 2015 no me aparece.

    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Tienen que sacar el CUIT.
      Las percepciones de diciembre recién aparecen después del 10 de enero.
      Saludos

      • MARIA dice:

        HOLA, A MI ME APARECE EL MISMO MENSAJE Y TENGO CUIT. QUE TENGO QUE HACER?
        SALUDOS

  65. Sergio dice:

    Que pasa si se presenta 746/A en enero 2016 por el 2015 pero seguido se pide baja de monotributista por finalizar actividad el 31/12/2015?

    • Paula Martinez dice:

      No hay problema, el 746/A es para quienes no son contribuyentes de ningún impuesto.

  66. Christian dice:

    Hola, desde que comenzaron las retenciones vengo pidiendo a la AFIP (completando y enviando los formularios desde la página del ente recaudador) el reintegro del 35% por viajes al exterior y el 20% por compras de dólares ahorro. No pago ganancias, porque no llego al mínimo obligatorio, trabajo en relación de dependencia y todavía nunca me devolvieron las retenciones. Qué otro formulario debo hacer o qué reclamo debo realizar para que me devuelvan las retenciones que me adeudan? Quisiera saber si a alguna persona, que tenga las mismas condiciones mías, la AFIP les haya devuelto las mismas. Gracias Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La Afip está devolviendo pero con mucha demora (bastante más de un año). Las nuevas autoridades dijeron que lo iban a agilizar, veremos.
      Saludos,

  67. Maria dice:

    hola, queria saber, si o si tenes que tener CUIT para pedir el reintegro. Gracias

  68. Ariel dice:

    Buenas noches. Quisiera hacerle unas consultas.

    Mi situación es la siguiente. Soy empleado en relacion de dependencia (no me descuentan ganancias). Todos los años presento DDJJ de Bienes Personales + Ganancias por regimen simplificado.

    Si bien nunca pagué bienes personales (ya que nunca superé los $305.000), he adquirido un auto y para la proxima presentación, superaré ese monto. Ya que en el 2015 me han hecho retenciones (del 35% por gastos en exterior y del 20% por retiro de u$s), y como no me descuentan ganancias, quisiera saber si puedo computar esas retenciones para aplicarlo al pago de bienes personales.

    Y tambien quisiera saber cuando corresponde hacer eso (hasta ahora siempre presentaba la DDJJ de Bienes Personales en Junio, pero no se si en el 2016 la debería presentar antes por tener que pagar, o como el pago lo hago con lo que ya me retuvieron, tengo tiempo hasta junio tambien). Dichas retenciones seguramente son bastante mas de lo que tendré que pagar por Bienes Personales (por lo que me quedará saldo a favor para pedir con el F746, pero eso ya es otra historia, y aun estoy esperando devoluciones del 2013 y ni tengo esperanzas)

    Y por ultimo, de que forma se aplican esas retenciones al pago? Se hace dentro del mismo formulario/sistema que hago para bienes personales, o se hace de otra forma.

    Muchas Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel,
      Recién te estoy respondiendo ahora porque había cosas que la Afip no había aclarado.
      Si tenés que pagar Bienes Personales por el año 2015, las percepciones por los dólares y gastos en el exterior las tenés que incluir como pago a cuenta en la declaración jurada de BP que vence en abril (o sea, se descontará del monto que te de a pagar del impuesto).
      Si te queda un saldo a favor, poder pedir el reintegro pero no por el F746, sino por el procedimiento de la RG 2224.
      En este caso, el vencimiento de la DDJJ de BP no es en junio sino en abril (salvo que tengas acciones, que es en mayo).
      Te sugiero que veas con un contador para que te ayude a presentar la DDJJ y después pedir el reintegro.
      Y los pedidos anteriores, dijeron que los iban a agilizar, ojalá!
      Un saludo,

  69. David dice:

    Buenas tardes,
    Mi consulta es la siguiente:

    Hace 3 semanas volvi de Europa y estaba siguiendo todos los pasos que indicas en el video para solicitar el reintegro del 35%.
    El tema es que cuando voy a mis aplicaciones Web, y elijo la opción del formulario F.746/A me devuelve el siguiente error:

    Error de validación
    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio

    Eso es por un tema del CBU que no cargue en la AFIP??? A que se debe este mensaje?

    Aguardo de tu confirmación.
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola David,
      Tenés que sacar CUIT y registrar datos biométricos en las oficinas de AFIP.
      Además, no se pueden pedir las percepciones de 2015 este año, recién se puede hacer el año que viene.
      Saludos,

  70. lorena dice:

    hola hice el tramite lo grabe y cuando lo presente me dio un error, el tramite me quedo en proceso que debo hacer?. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Cuando ingreses a la herramienta buscá el trámite por período ingresado. Si está cargado y grabado te debería aparecer y ahí podés entrar modificarlo y enviarlo. Slds.

  71. Mariel dice:

    Hola! Quisiera hacerte una consulta. Yo presenté todo el trámite en octubre 2014 para la devolución del 35% (No pago impuestos a las ganancias ni tampoco trabajo)

    ¿Como me doy cuenta si me aceptaron el trámite? Cuando pongo «Acuse» dentro de mis aplicaciones web, como estado me pone: aceptado. ¿Es ese el estado en que me tengo que fijar?

    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mariel, Sí es ese. PEro tené paciencia porque los trámites demoran bastante más de un año en ser respondidos Slds.

      • Alejandro dice:

        Me queda solo una consulta… En Mis retenciones me aparecen una percpcion que tiene como fecha de comprobante el 18/12/2014 y fecha de registracion Dj Ag.Ret el 30/01/2015… Esta percecion forma parte del 2014 y ya podria pedirla (como que no me deja en mis aplicaciones web a pesar de tener datos biometricos, cuit y cbu aceptados)? o forma parte del año 2015 y podria pedirla recien el año que viene? Muchas gracias por tu tiempo

        • Paula Martinez dice:

          Si es un pago con tarjeta de crédito, la fecha es la del día de pago (al mes siguiente). No sé si es tu caso.

  72. Alejandro dice:

    Hola Paula, como estas? Tengo una duda critica. Si yo quiero que me devuelvan una percepcion por una compra de moneda extranjera efectuada el 18/12/2014, tengo que realizar el procedimiento en «aplicaciones web» luego de un año de esa fecha (seria enero 2016)? La pregunta es porque al iniciar el procedimiento me salta un cartel que dice «Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2°…» sin embargo ya tengo los datos biometrico, cuit y cbu informado de manera aprobada

    Muchas gracias por tu tiempo

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alejandro,
      Las percepciones cobradas durante 2014 ya las podés pedir. Recordá confirmar los datos biométricos antes de hacer el trámite (puede que te tarde un par de días en habilitar)

  73. mariano dice:

    me dijeron que ya esta todo aceptado y mandaron todo al «ultimo paso» cuanto puede llegar a tardar? en septiembre me dijeron eso…

    • Paula Martinez dice:

      Depende de la oficina donde caiga. ¿No te pasaron el nombre de la persona que lleva el análisis? Yo lo tengo y le voy preguntando y aclarando temas en duda.

  74. Juan pablo dice:

    Hola, esta operatoria hay que hacerla recien en enero de 2016, para recuperar lo gastado en 2015?

  75. Noelia dice:

    Buenas tardes. Soy empleada y no pago impuestos a las ganancias.Para poder cobrar las percepciones que me generaron por la compra de dolar ahorro de este año (formulario F.746/A) tengo que esperar hasta enero del 2016 para empezar a cargarlas al sistema de afip? Aguardo su respuesta. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Sí, Noelia. Recién lo podés pedir el año que viene. Slds

  76. gimena dice:

    Hola,
    realice todas las presentaciones en enero 2015 mes a mes por el Formulario F.746/A, di alta mi CUIT en la afip y register tambien en ese momento mi CBU, ya estamos a octubre….las presentaciones dicen aceptadas pero hasta ahora no me han devuelto nada. COmo debo seguir mi gestion? donde puedo reclamar? Mil Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero tener paciencia porque la Afip demora más de un año en responder estos pedidos. Se puede presentar un pronto despacho pero no conozco a nadie que se lo hayan respondido. Slds.

  77. Micaela dice:

    Hola Paula, estoy teniendo problemas para generar en Mis aplicaciones web la solicitud de reintegro…no pago impuesto a las ganancias. Puede ser que sea porque no tengo CUIT? tengo cuil, clave fiscal nivel 3 y declaré el CBU… gracias por tu ayuda, el 0810 de afip es una verguenza, no responden, y menos las consultas web….

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si no te deja, es probable que no tengas CUIT. Tenés que ir a una oficina de AFIP y generarlo, además de registrar tus datos biométricos. Es un trámite sencillo y no tiene mayores implicancias. Slds.

  78. Daniel dice:

    Hola PresupuestoFamiliar, les hago una consulta si no pago ningún tipo de impuesto, me conviene sacar un cuit, porque no tengo ni idea cuanto tendría que pagar por mes para mantenerlo? la afip me debe 15000 pesos aprox.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniel,
      sacar el CUIT no te genera ninguna obligación ni gasto, así que sí te conviene hacer el trámite. Slds.

  79. ROSA MARCONI dice:

    por error subsanado con Reint. SP dto. 1212/13 y dev. RG 3770 deje de ser sujeto impuesto a las ganancias en años 2013, 2014
    pero el sistema me sigue tomando como sujeto impuesto a las ganancias.y no me permite entrar en formulario 746/A. x q no saben reformar el sistema automáticamente ?? si es asi es desastroso q pidan aumentos

  80. Alejandro dice:

    Hola, tenes idea si ya empezaron a devolver lo del 2014, tengo cargado desde mayo hasta diciembre y sigue la leyenda de presentado pero de la devolucion ni noticias.

    • Paula Martinez dice:

      A mí me respondieron hace un par de meses para devolverme todo junto lo de 2013 y 2014, me dijeron que tienen más de 35 mil pedidos atrasados.

  81. horacio dice:

    realize un viaje a USA con la familia ( disney) pague aereo y svcs todo desde aqui con el 35% y realize compras con tarjetas pagando tambien el 35% en el resumen y la compra de Divisas autorizadas por Afip con recargo correspondiente dado por el banco… entiendo que todas estas percepciones me deben ser reintegradas,ya que no pago ganancias para ser descontadas.. estos se realizo en este año 2015… cuando debo solicitar el reintegro… es correcto a partir recien del 1º de enero del 2016 ???
    Gracias….

  82. Beto dice:

    Hola, yo hice la declaración de cbu q actualmente tengo en el banco ciudad para q me reintegren pero salió rechazada … Tengo q ir al banco o a la afip para averiguar porq?? Gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Fijate si pusiste bien todos los datos (el CBU, CUIL, nombre, etc). Si no, consultá en el banco, es raro…

  83. Pablo dice:

    Hola que tal yo realice una compra en Paraguay en el mes de julio del 2015 me dieron una factura para presentar en afip pero esta en peso paraguayo que llega a la suma de peso argentino a un total de 20500 pesos ! Compra con tarjeta de crédito y débito! Puedo recuperar el 35% de esta cantidad ?? Y que otro papel me pedirán se me acerco a la afip porque solo tengo esa factura porque en aduana tampoco tuve ningún tipo de control ni nada gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No te piden la factura de compra sino los comprobantes de la retención del 35%. Lo que necesitás es el resumen de la tarjeta de crédito o de la cuenta (si pagaste con tarjeta de débito). Slds.

  84. Dario dice:

    Cuanto tiempo tengo para solicitarlas, por ejemplo yo viaje en Enero 2014?

  85. nicolas dice:

    hola!
    algunas consultas:
    1: cuando agrego percepcion, que pongo en Número de Resumen o Liquidación o factura /documento equivalente ?
    2: ademas de las percepciones que ya me figuran cargadas y que son todas compras con tarjeta de débito, necesito cargar las que hice con tarjeta de credito. Tengo que esperar al resumen de la tarjeta el mes que viene o puedo ir cargándolas? de ser así, me serviria muchisimo que me expliquen como.
    Mil gracias desde ya.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás, las percepciones se computan en el mes que se pagan y las compras con tarjeta se cargan en el mes en el cual pagás el resumen. Te sugiero esperar a que la Afip lo tenga cargado (en general, después del 10 del mes siguiente al pago). Slds.

      • Esther dice:

        A mi se me cargaron solas,pero me falto un vuelo,cuando intento hacerlo me sale un cartel en el que dice que tengo que esperar 2 meses,puede ser que pase eso o hay algun error?gracias.

        • Paula Martinez dice:

          Probá otra vez. Puede haber algún problema del sistema.

  86. Jony Tuto dice:

    ESTIMADOS ME DICEN QUE ESTAN PRESENTADAS TODAS LOS FORMULARIOS Y DECLARACIONES Y NO ME PAGARON NADA AUN? QUE PUEDE PASAR YA DECLARE MI CBU Y REALICE TODOS LOS PASOS DEL VIDEO

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La Afip está respondiendo recién ahora pedidos realizados en 2013, así que tené mucha paciencia.

  87. Esther dice:

    hola!no me permite cargar un vuelo,me aparece que debo esperar 2 meses,pero en la misma fecha se cargaron los otros automaticamente.

    • Paula Martinez dice:

      Esther, no entiendo a qué te referis con que no te permite cargar (no aclarás cuál es la herramienta que estás utilizando). Te aclaro que las compras se computan en el mes que se pagan, si son con tarjeta, cuando se abona el resumen. slds.

  88. MARINA B N dice:

    GRACIAS POR LA INFO MUY UTIL!! CONSULTA TIENEN QUE SER EN ORDEN LAS FECHAS, O POR EJEMPLO SE PUEDE EMPEZAR A GRABAR OCTUBRE 2014, A POSTERIOR JUNIO 2014 (SALTADAS)?

  89. facundo dice:

    Ya hace mas de un año que vengo haciendo mes a mes el tramite.. tengo aceptados los datos biometricos, ya declare mi cbu.. que mas se puede hacer aparte de esperar y que la inflacion haga valer dia a dia menos mi plata??

    • Paula Martinez dice:

      Hola Facundo, se puede presentar una nota de pronto despacho, pero no te aseguro que te respondan. Es un monto que yo lo sumo al costo del dólar y cuando lo devuelvan, mejor.
      En las situaciones normales, la AFIP recién está respondiendo pedidos realizados en 2013. Slds.

  90. para los que les sale el mensaje de validar domicilio tienen que ir a la afip que corresponda segun el domicilio que figura en el dni y llevar 2 comprobantes de impuestos o servicios a su nombre y que figure el mismo domicilio del dni, y ahi te hacen el cuit

  91. Florencia dice:

    Hola Paula , sabes el plazo en que la AFIP me devolvera el importe al CBU que informe ? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Armate de paciencia porque la AFIP recién está respondiendo solicitudes realizadas en 2013.

  92. Lucas Ciciliani dice:

    Hola Paula, cómo estás?
    Perdón si ya lo contestaste antes, pero en mi caso, completé los formularios en Julio de 2014, y desde entonces aparecen en estado «Presentado», pero sigo sin recibir novedades o el propio dinero.
    ¿Tengo que presentar una carta de Pronto Despacho o seguir esperando? ¿Hay una fecha estimada?
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Lucas, la Afip recién está respondiendo solicutdes presentadas en 2013. Podés presentar un pronto despacho pero no conozco de nadie que se la hayan respondido. Slds.

      • Daniel dice:

        Si se efectuaran los Pronto Despacho completos, la Afip tendría que abonar.. pero con solo la intimación no basta…

  93. Gustavo dice:

    Si previamente me retenía ganancias mi empleador (a través de mi recibo de sueldo) pero en todo el 2014 ya dejaron de retenerme ganancias (por la modificación del monto básico) debo pedir el reintegro del 35% y 20% por este medio no? y para este medio no hay fecha limite, correcto? Gracias.

  94. Micaela dice:

    Hola Paula! trabajo en relación de dependencia pero no estoy alcanzada por el impuesto. Tengo que hacer el formulario 746/A o el 572??? o los dos?

  95. Hola Buenos dias y gracias por toda esta informacion. Me sirvio de mucho para gestionar el formulario F. 746. La consulta que queria hacer es la siguente. Luego de gestionar el CUIL como CUIT y dejar mis datos biometricos, en el Sistema Registral de AFIP me sale el siguiente mensaje:

    No registra impuestos.
    Para informarlos deberá ingresar en la opción Registro tributario > F 420/T Alta de Impuestos/Regimenes y/o Registro tributario > Empadronamiento / Categorización de Autónomo y/o en el servicio Monotributo.

    Anteriormente pagaba ganancias (estoy en relacion de dependencia) pero cuando subieron el minimo, quede exceptado, la pregunta ¿Debo si o si inscribirme en Ganancia por mas que no me alcance el impuesto? En el sistema registral, ¿Porque Periodo me corresponderia inscribirme en caso de ser necsario?

    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No te tenés que inscribir en ningún impuesto. Te sale ese aviso por las dudas. Slds

  96. Fabio dice:

    Puedo presentar consumos del año 2013 o solo los 2014? Tiene una fecha limite para presentarlos? Gracias!

  97. Florencia dice:

    Hola! Muy claro los tutoriales. Al momento de ingresar el fomulario 746 A me tira error de sistema. A qué se puede deber? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Es posible que no funcione bien la página de Afip. Usa siempre Internet Explorer y volve a insistir luego.

  98. Lourdes dice:

    Hola segun lo que leo para la devolucion se debe registar un CBU, el tema es que yo no tengo cuenta en el banco, mi mama si.. es necesario que la cuenta bancaria este a mi nombre?

  99. Jorge dice:

    Hola! Hoy comencé a cargar (grabar y presentar) las retenciones que me han efectuado por compra de dolares a fin de recuperar la retencion de impuesto a las ganancias, pude cargar 7 meses sin ningún problema pero luego al querer cargar los falantes, arrojó el siguiente error:

    Se ha producido un error de sistema, por favor comuníquese con la mesa de ayuda a través de la dirección de correo electrónico: [email protected]
    Tengo clave fiscal nivel 3, datos biometricos aceptados, tengo cuit y además otros meses me dejó cargarlos.
    A qué puede deberse?
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Jorge, puede ser un problema del sistema. Intentá con el Internet Explorer. Si no, tendrás que comunicarte otra vez con la AFIP : 0810 – 999 – 2347. Suerte con eso, Slds.

    • veronica dice:

      Gracias totales por el video. Me ayudo muchisimo a cargar los datos. Una pregunta hasta cuando hay tiempo para presentar los formularios a los empleadores, una vez que ya completamos el tramite e la AFIP?
      Espero la respuesta.
      Gracias

      • Paula Martinez dice:

        Verónica. Si pagás Ganancias sy tenés que presentar el Siradig (recordá enviar a tu empleador después de guardar los datos), la fecha tope para los datos de 2014 es este sábado 31 de enero.
        Si te corresponde el formulario 746 no le tenés que enviar nada a tu empleador. La Afip te lo va a devolver pero recién está respondiendo pedidos hechos en 2013. Slds

  100. Tengo una consulta.. yo informe mi CBU el 06/01 pasado y quedo en estado » LA AFIP VALIDARA CON SU ENTIDAD BANCARIA LA RELACION». Sin embargo hasta el dia de hoy no tengo el CBU como aceptado, y me figura lo siguiente: » PLAZO DE CONFIRMACION BANCARIA VENCIDO».

    Que significa esto?
    Intente anular ese CBU e informar otro, pero no me deja anularlo si no esta en estado aceptado.

    Hay algo que pueda hacer para que apurar a que me lo validen?

    • Paula Martinez dice:

      Consultá a la mesa de ayuda de AFIP (0810 – 999 – 2347). También tenés esta guia: http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/documentos/PasoaPasoDeclaracionDeCBU.pdf
      Slds

    • Manuel Guisone dice:

      Magalí, pudiste solucionar este problema? Me está pasando lo mismo, AFIP dice que validará el CBU.
      Gracias!

      • Ana dice:

        A mi también. y no me deja presentar el F 746 hasta que no esté aceptado. lo pudieron resolver?

    • maria dice:

      HOLA. PUDISTE RESOLVER EL PROBLEMA?
      ESTOY CON EL MISMO TEMA Y NO ME ATIENDEN DESDE EL BANCO PARA QUE ME DIGAN QUE HACER.

      • Lorena Nunez dice:

        Hola, mira yo había cerrado mi cuenta en el francés, y abrí una nueva en el Galicia,fui a Afip y no tenían idea y en el Galicia tampoco,después de varias idas y vueltas me derivaron a un 0800 del Banco y me dijeron que a lo mejor como mi cuenta era nueva no figuraba ningún registro de la misma,y así fue ,después de un mes me tomó mi cbu,pero en tu caso ya pasó más de un mes por lo que veo,tenes movimiento en esa cuenta?esta en uso verdad? probaste anularla e ingresar todo otra vez?

      • Lorena Nunez dice:

        anulalo y volvelo a ingresar! te lo tiene que tomar!yo probé casi todos los días por casi un mes hasta que al fin lo registró!

  101. Pablo dice:

    Yo pago ganancias. Para poder recuperar las percepciones por compras en el exterior, un pasaje de avion, compra de divisas, etc, ¿tengo que hacer algún tramite especial ademas de llenar el formulario 572 web? gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Pablo, No, tenés que esperar que tu empleador te reintegre. Slds.

  102. Maria dice:

    Buenos días, al intentar generar el formulario F-746/a el sistema me presenta el siguiente error:

    Error de validación
    Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.
    Pedi ayuda al correo electrónico: [email protected] y no he tenido respuesta. Alguien sabe a que se debe este error.
    Saludos!!
    Maria

    • Paula Martinez dice:

      Hola María. Puede ser porque: o no tenés CUIT o bien, porque no tenés registrado el domicilio. Tenés que ir a la AFIP personalmente para hacer este trámite (con un comprobante del domicilio). Slds.

      • Guido dice:

        Hola Paula,
        Tengo el mismo inconvenientes. El Afip que me tengo que dirigir puede ser cualquiera? o el mas cercano a mi domicilio?.
        Gracias,
        Salidos

        • Paula Martinez dice:

          Depende del trámite pero es mejor el que te corresponde. Slds

  103. Mateo dice:

    Buenos días Paula,

    Te consulto por una de las preguntas que te hizo Christian.
    Trabajo en relación de dependencia, no pago impuesto a las ganancias, ni a los bienes personales tengo solamente CUIL.
    Para pedir el reintegro del 35% que cobra la AFIP para compras en el exterior me solicitan tener CUIT.

    Pregunta: ¿Al habilitar el CUIT después tendré que pagar tributo a la AFIP o declarar mi situación y aportes anualmente?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mateo. No surge ninguna obligación, salvo que te inscribas en algún impuesto. Slds.

  104. Natalia dice:

    Hola, siendo que no me retienen ganancias y viajé al exterior en diciembre del 2014, hasta cuando tengo tiempo de solicitar el reintegro de dichos gastos con el f746/a? Gracias!

  105. cecilia dice:

    Hola, yo desde Febrero de 2014 que estoy esperando la devolución…Alguien me puede confirmar si realmente lo devuelven?

    • Paula Martinez dice:

      Me han comentado varias personas que les están devolviendo pero por pedidos hechos en 2013

    • Diego dice:

      Esperá tranquila. Yo estoy desde Mayo de 2013 y todavia sin novedades!. Han habido casos que les han devuelto!

  106. ss dice:

    en mis datos biometricos figura CUIT, esto es suficiente o solo es un generico para CUIT/CUIL? como puedo asegurarme si tengo cuit o cuil? muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Si te figura el CUIT, es porque lo tenés (si alguna vez te inscribiste en algún impuesto, lo tenés generado). Slds.

  107. Daniela Gianelli dice:

    Buenas tardes! Una consulta. Una persona en 2014 es monotributista, tuvo percepciones de ganancias y en 2015 comienza a ser empleado en relación de dependencia, donde le retienen ganancias. Se puede tomar a cuenta estas percepciones del año 2014 para que no le retengan ganancias en el 2015?? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniela. Los monotributistas solo pueden asignar las percepciones a Bienes Personales (o realizar el pedido de reintegro como se indica en este video, por Mis Aplicaciones Web). Consultá con un contador si podés usar el saldo como pago a cuenta (supongo que tendrías que declarar bienes personales con saldo a favor). Slds.

  108. Andres dice:

    hola, realice dos compras en el exterior en 2014 y tengo retenciones del 35%, nunca me descontaron este año ganancias, puedo solicitar el reintegro de las retenciones??

    • Paula Martinez dice:

      Hola Andrés. Si lo podés solicitar como se explica en esta nota. Slds.

  109. Ricardo dice:

    Hola, primero y ante todo gracias ya que fue muy util la guia.
    Una consulta: hable con un contador y me dijo que si tengo CUIL (no CUIT) y clave fiscal 3 puedo hacer este tramite igual. Puede ser? Si o si es necesario tener CUIT? (como comente antes yo tengo CUIL). Aclaración: trabajo en relación de dependencia.
    Saludos y gracias,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ricardo. Te sugiero lo siguiente: intentá hacer el trámite del formulario 746; si te deja, listo. Si te salta algún error vas a tener que ir a la AFIP. Slds.

      • Ricardo dice:

        Hola Paula. Muchas gracias por la respuesta. Efectivamente intente hacer el tramite con el formulario 746 y lo pude hacer perfectamente.
        Saludos y gracias,

  110. Claudio Cardinali dice:

    Paula estan claras tus instrucciones y yo desde el vamos hice lo que indicas e indica la AFIP (cuit, clave, cbu, datos biometricos, etc), efectue las denuncias a partir del 22-1-2014 de consumos el 2013 y fueron aprobadas. Las preguntas son: Cuando o partir de que fecha hacen los reintegros dado que no fueron rechazadas, la AFIP tienen un tiempo legal para el deposito, si no se cumple que se debe hacer?. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola CLaudio,
      La AFIP recién está respondiendo pedidos hechos en 2013, así que hay que tener paciencia. Sí se puede pedir un pronto despacho, pero no sé de nadie que haya respondido. Slds.

  111. Rocio dice:

    Hola! Hice la compra de un pasaje aereo al exterior y quiero solicitar la devolucion del 35%. El pasaje lo compré en 6 cuotas en Noviembre del 2015 (pagaré cuotas hasta Mayo). Cómo completo el formulario? Debo poner que la percepcion del 35% se hizo en noviembre y presentar un sólo formulario?? O tengo que dividir la percepción en 6 cuotas y llenar el formulario todos los meses?

  112. Ariel dice:

    Buenas Tardes, al intentar generar el formulario F-746 el sistema me presenta el siguiente error:

    Se ha producido un error de sistema, por favor comuníquese con la mesa de ayuda a través de la dirección de correo electrónico: [email protected]

    Ya envíe el mail y no he tenido respuesta. Alguien sabe a que se debe este error.

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel,
      Te pueden pasar varias cosas: no tenés registrados los datos biométricos en la Afip (sobre todo el domicilio fiscal), tu clave fiscal tiene un nivel de seguridad bajo o no tenés CUIT. En cualquier caso, tenés que ir a la Afip con alguna documentacion que demuestre el domicilio. Slds.

  113. paula bima dice:

    Buenos dìas, pago ganancias y tengo hijo menor a cargo y marido monotributista. Compramos un viaje al exterior vuelo+estadía con factura única a mi nombre, pero las percepciones de los vuelos salen en «mis retenciones» por separado. Entonces no debería poder pedir reintegro del pasaje de mi marido, ya que no está a mi cargo. Es correcto? Puede hacerlo él con el 746a ingresando manualmente la percepción, aunque no tenga factura (sí billete) a su nombre/cuit? Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Paula,
      Vos no podés pedir el reintegro por el viaje de tu marido si no está a tu cargo (de tu hijo sí):
      Él podría pedirlo por el 746, en forma manual. slds.

  114. Pablo Juan dice:

    Hola Paula, sos una genia, muchas gracias por la información me re sirvió.
    Te hago una consulta, la verdad que hice 45 cosas en la página del AFIP. Creo haber hecho todo lo que tengo que hacer. Pero ¿Hay algun lugar donde peuda fijarme y decir: «bueno, todo lo que cargué está en que instancia y si lo cargue bien»?
    Y otra pregunta… cuando imprimi el F.572 dice: «ENTIDAD DESIGNADA PARA ACTUAR COMO AGENTE DE RETENCIÓN» y dice el nombre de la empresa donde trabajo. ¿Que quiere decir esto? que la plata tiene que pagarla mi empresa?
    Disculpá la ignorancia, muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Pablo.
      Gracias por el comentario!
      Comproba en formularios enviados si mandaste la información a tu empleador (ojo que se puede guardar sin enviar)
      El agente de retención es tu empleador. Slds

  115. jorge leonardo bianchini dice:

    necesito saber como solicitar el reintegro por viaje al exterior tengo clave y cbu pero no estoy en relacion de dependencia

  116. charly dice:

    Consulta esto si o si con cuit ? yo tengo cuil y no tengo las opciones que dicen ahi.. MIs aplicaciones – registro de cbu… no tengo nada de eso..
    Alguna idea?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Charly,
      Si los servicios no te aparecen, los tenés que agregar. Andá arriba a Servicios Administrativos Clave Fiscal, y después Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
      Ahí tenés que habilitar cada uno de los servicios: Mis Aplicaciones Web y declaración de CBU.
      También vas a tener que sacar CUIT si no tenés. Slds.

      • Federico dice:

        Hola Paula, muchas gracias por tu ayuda!! Tus explicaciones son muy claras y nos ayudan mucho a los que somos unos completos ignorantes en estos temas.
        Te molesto para hacerte una consulta, ya completé todos los pasos que mostrás en el video para hacer las presentaciones de devolución de cada mes, pero me queda la duda de si tengo CUIL o CUIT ¿Hay alguna forma en que pueda chequearlo?
        Saludos,

        • Paula Martinez dice:

          Hola Federico,
          Si pudiste completar todo, entonces sí tenés CUIT. No tenés que hacer nada más (no olvides declarar el CBU de tu cuenta bancaria). Slds.

  117. Martin dice:

    Hola! creo que me mandé una macana cuando hice las presentaciones mes a mes. Directamente apretaba el boton «presentar» y no tilde cada una de las retenciones ( estoy casi seguro que no me aparecia esa opcion). Como puedo resolver esto? fui a las consultas, me aparecen como aceptadas pero no veo como poder darlas de bajas para volver a hacerlas

    • Paula Martinez dice:

      Hola Martín, entrá a cada una de las presentaciones y ahí te permite modificarlas. Slds.

  118. Martin G dice:

    Hola Paula
    Ayer fui a la AFIP a registrar mis datos biometricos, pense que con eso ya estaba pero ahora cuando selecciono el formulario y el periodo fiscal y pongo aceptar me aparece: “Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio”. Esto hay forma de hacerlo en la web? Es el domicilio fiscal? o el domicilio fiscal es el de mi empleador?
    Desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Es tu domicilio fiscal. Se supone que cuando sacaste el Cuit te tomaron el domicilio. Volve a consultar a ver qué pasa.
      Slds

      • Nicolas dice:

        Al parecer solo tenes CUIL y no CUIT , para pedir el CUIT hay que llenar un formulario e ir a la AFIP . Es el mismo numero pero no podes hacer lo que explica aca , a mi me pasa lo mismo voy a pedir el CUIT llenando el formulario como indica aca y ahi probare de nuevo , ya que en una parte no me deja verificar mi domicilio.

        Espero que tanto como vos como yo podamos hacerlo !
        aca te dejo el link para sacar tu CUIT

        http://www.tramites.gob.ar/como-hago/-como-hago-para-sacar-el-cuit-/1

  119. Fernando dice:

    Hola, buenas noches, pude seguir todos los pasos perfectamente y no entiendo en que momento necesito el CUIT.

    • Paula Martinez dice:

      Si los pudiste hacer, no te preocupes. Seguro que ya tenés CUIT generado. Slds.

  120. Natalia dice:

    Hola Paula: Cuando intento cargar el formulario me arroja el famoso error Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio. Ahora, yo hice el dni hace 4 años y hace 2 me mude. Puedo hacer igual el tramite presentando facturas de servicios a mi nombre con la direccion actual o me van a pedir si o si el cambio de domicilio en el documento? Yo ya tengo turno pero recien para febrero

    Gracias

    besos

  121. Cristian dice:

    Hola, para tramitar el CIUT puedo ir a cualquier oficina de AFIP o solo a la que corresponde por mi domicilio? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Mejor a la que te corresponde. Según varios comentarios algunos que fueron a otra oficina les demora en actualizar el sistema.
      Slds.

  122. Ariel dice:

    Muchisimas gracias por la ayuda en esta pagina! Recien cargue y presente por cada mes! Ahora que me que hacer? Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel,
      Acordate de declarar el CBU de tu cuenta bancaria. Después, espera con mucha paciencia porque la demora es muchísima (más de un año).
      Slds.

      • Ariel dice:

        Sii.. lo declare el año pasado! Mas de un año?? woww!!! Bueno, que vamos a hacer? a esperar ! jajajaj Gracias!

  123. Luciano dice:

    Consulta, hasta que fecha tengo tiempo para cargar el form con el fin de que me reintegren las percepciones realizadas por consumos en el exterior, periodo 2014?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luciano.
      Si es por el Siradig hasta el 31 de enero. Si no, no hay plazo.
      Mirá en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-recuperar-20-por-ciento-compras-exterior-con-tarjeta/
      Slds.

      • Marcel Ortiz dice:

        Por favor necesito que alguien me brinde una ayuda.

        Trabajo en relacion de dependencia y todos los meses q pude del 2014 intente comprar unos dolares para ahorro.

        Desde principios de diciembre del 2014 me vengo dirigiendo a la sucursal de AFIP de la calle Salta entre Pavon y Constitucion y los empleados en su mayoria me atienden a desgano evitandome informacion para concluir mi pedido.

        Tengo CUIL e hice la solicitud de CUIT y de los datos Biometricos pero me es imposible ingresar a la pagina para cargar las compras q hice produciendose constantes y permanentes errores de comunicacion.

        Al preguntarles a los empleados me dicen q no pueden darme informacion y q ellos no tienen ningun inconvenientes.

        Es muy dificil entender todos los pasos a realizar en cada solicitud y si a esto le agregamos la mala predisposicion de los empleados del lugar que se niegan a solucionar problemas o responder preguntas, uno termina con un gran decaimiento

        Ya debi volver en varias ocasiones y ademas de todo esto, existe el gran problema que en esa cuadra y zona abundan las denominadas «pirañas» y en dos ocasiones intentaron robarme y acuchillarme ante una increible ausencia de personal policial .

        Al no poder avanzar en mi tramite me dirigi a sucursales en la calle Mitre al 800 y en Rivadavia al 1300 pero en ambos lugares tampoco recibi ayuda concluir o adelantar mi solicitud.

        Por favor, necesito recuperar ese dinero o al menos presentar mi pedido

        El telefono 0810-999-2347 no contesta nadie y sale una grabacion desde las 8 hasta las 20 hs que «todas las lineas se encuentran ocupadas»

  124. juan carlos dice:

    Paula y Leandro muchas gracias por el tutorial , les comento trabajo en relacion de dependencia tengo retenciones de ganacias pero el monto que me deberian devolver es superior al que mi empleador me estuvo reteniendo a cuenta del IG durante el 2014, ya he hecho la presentacion de F572 ¿ que deberia esperar ? mi empleador me devolvera el monto total o debo gestionar alguna otra cosa ante AFIP

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan Carlos,
      Tu empleador te va a devolver hasta el monto que te retuvieron por Ganancias en 2014.
      Podés pedir el resto, pero el trámite es engorroso y el reintegro es dudoso (te tenés que poner como responsable inscripto en Ganancias y presentar la declaración jurada en abril). Te recomiendo consultar con un contador para ver si te conviene.
      Si también pagás Bienes Personales, es posible usar el saldo a cuenta de este impuesto.
      Slds.

  125. Luis dice:

    Hice el trámite del CUIT. Cuánto demoran en cargar mis datos para que no aparezca más el siguiente error?: «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.»

  126. Melisa dice:

    Hola, soy empleada en relación de dependencia, y no pago impuestos, tengo que sacar el cuit para comenzar el tramite, mi consulta es, tengo domicilio en provincia pero actualmente vivo en capital ya que me mude con mi novio en la casa de el, tengo que ir a la dependencia que me corresponde o hay alguna manera de poder ir a realizar los tramites en alguna dependencia de capital, por otro lado, hay una fecha limite para realizar este tramite? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Melisa,
      No hay un plazo para este trámite.
      Andá a la dependencia de tu zona actual y cambiá el domicilio.
      Slds.

  127. Cris dice:

    Buenos dias, tengo una consulta. Estoy completando todo para solicitar la devolución del 35% ( no pago ganancias) Tengo que transformar mi CUIL en CUIT. La consulta es: Debo llevar completo el Formulario 460-F o me lo cargan ellos cuando lleve toda la documentación? La idea es llevar todo listo y no tener que ir varias veces. Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cris,
      Creo que te llenan ahí el formulario.
      Mirá aquí cómo es el trámite: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/categoria_list_detail.aspx?id_padre=823
      Slds.

    • Vane dice:

      Hola! Hice el trámite la semana pasada en la AFIP de Av. Cabildo al 900. Me pidieron el formulario por duplicado con mis datos de nombre y apellido, direccion fiscal y real (si no tenes direccion fiscal es la real, o sea la de tu domicilio ) dni y el resto no lo completas. Acordate de llevar dni original y duplicado y al menos 2 constancias que certifiquen tu domicilio, original y fotocopia. Si es el resumen de la tarjeta no te aceptan el que llega por mail. Puede ser cualquier impuesto a tu nombre, contrato de alquilier, titulo de propiedad, certificado de domicilio policial.
      Suerte!

  128. Andres dice:

    Hasta el 2014 no pagaba ganancias, ahora a partir de 2015 empiezo a pagar, pero todas las percepciones a las compras que hice en el exterior nunca las reclamé.

    Veo que el trámite para quienes no pagan ganancias es muy engorroso. En la AFIP me sale el mismo error que al resto, que no confirmé mi domicilio, y cuando veo las instrucciones para sacar el CUIT, me piden constancia de domicilio policial, acta notarial y un sin fin de disparates … ni hablar que tengo que ir a una dependencia de la AFIP en un horario que requeriría que falte a mi trabajo, lujo que pocas veces me puedo dar. Encima todo este lío es para nunca recibir un peso, porque por lo que veo nadie ha cobrado nada aún.

    Entonces mi pregunta es … ahora que empiezo a pagar ganancias, puedo pedir el reintegro de las compras de 2013/2014 a cuenta de ganancias?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Andrés,
      Sí podés pero tendrías que presentar una declaración jurada del impuesto (primero te tenés que inscribir como responsable inscripto) por el período fiscal 2014, para usar el saldo a favor para años siguientes.
      Te recomiendo que consultes este caso a un contador para ver qué te dice en tu caso particular (hay que ver si te conviene hacer ese trámite, o no).
      Slds.

  129. Sonia dice:

    Hola! E 30 de septiembre del 2014 presenté 19 formularios correspondientes a retenciones realizadas desde el 2012, 2013 y parte del 2014. Todo sumaba alrededor de $13.000. Aún no hoy no me han reintegrado nada en la cuenta informada. Saben cuanto tiempo tarda? Cómo consulto si están aprobados y me los van a pagar?

    • Sonia dice:

      Perdón, quería agregar que soy trabajadora en relación de dependencia y no pago impuesto a las ganancias. Sonia

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sonia,
      La Afip no tiene plazos y demora muchísimo (mucho más de un año).
      Slds.

  130. analia dice:

    Hola, consulta cuando quiero cargar las percepciones por cada periodo, cuando pongo presentar me sale una error, que dice comuniquese con la mesa de ayuda. que debo hacer??? gracias

  131. alejandro casanova dice:

    buenas tardes te hago una consulta. hoy fui a la afip a sacar el cuit y registrar los datos biometricos que era lo que me faltaba para pedir el reintegro de percecpciones,( no pago impuesto a las ganancias) , bueno cuando quiero agregar el 746 me da el error : Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio. pero esto ya lo hice tengo mi cuit y acete los datos biometricos que me cargaron hoy desde la pagina? tenes idea si tarda en actualizar los datos en la afip o por que me pasa esto, saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alejandro.
      Demora unos días.
      Slds

      • Jermias dice:

        A varios le ha pasado lo mismo y a otros, como en mi caso, apenas salí de la AFIP ya podía cargar el 476/A. No se si depende de hacer el trámite en la misma dependencia donde esta «registrado tu legajo» o algo así. En mi caso fui a la que me correspondía por la dirección declarada.

  132. Alan dice:

    Buen día!, Yo no pago impuestos a las ganancias, pero compre dolares desde agosto a diciembre. Me he fijado en la pagina en la parte de Mis retenciones, y no me figuran los 20% de la compra de dolares retenidas…cómo hago para que aparezcan?
    ¿Podrían ayudarme? Desde ya muchas gracias. Atte. Alan

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alan.
      Primero fíjate si estás marcando bien el impuesto 217 y tildando la casilla de percepción (no la de retención).
      Si no te aparece lo podés agregar cuando pidas el reintegro.
      Slds.

  133. Vanesa Karuchek dice:

    Hola Paula, cuando quiero completar el formulario 746 me dice «error de validacion acercarse a una dependencia para confirmar su domicilio». Estimo que es como le contas a otros consultantes, para que saque el CUIT. Yo ya tengo registrados mis datos biometricos, firma, foto y huella. Para la obtención del CUIT es necesario llevar algo mas que el DNI con el domicilio actualizado? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Vanesa.
      Creo que sólo te piden elel documento.
      Slds

      • Jermias dice:

        Hola Vanesa, El procedimiento completo, así como los requerimientos están detallados en este link de la AFIP:

        http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/categoria_list_detail.aspx?id_padre=573

        En teoría, te van a pedir AL MENOS dos de estas cosas (además del DNI con el domicilio actualizado):

        1. Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.

        2. Acta de constatación notarial.

        3. Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente o responsable.

        4. Fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de «leasing», del inmueble cuyo domicilio se denuncia.

        5. Fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.

        6. Fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.

        Yo hice el trámite hace poco. En mi caso llevé el contrato del dpto donde vivo como inquilino, y el resumen de cuenta del banco. Con eso no tuve dramas, y el mismo día ya podía acceder a mi 476/A. Quizás no te lo exijan, dependerá del agente que te atienda, pero en teoría es lo que oficialmente te pueden solicitar.

  134. Leandro dice:

    matias, me paso lo mismo y me da error, pudiste cargar el F.746/A

    • Vanesa Karuchek dice:

      Muchas gracias por la date Jeremías. Efectivamente me pidieron orinal y duplicado del dni y 2 servicios a mi nombre, o contrato de alquiler… etc. Tambièn el formulario 460/F completo con mis datos personales.
      No tuve la suerte de ya poder ingresar como te pasó a vos… pero sigo esperando. Por lo que veo es habitual.
      Gracias por la ayuda gente!
      Saludos.

  135. Hola buenas noches, mi nombre es cristian y soy de Rosario, realize compras en el exterior y tambien compre dolares para ahorro, el tema es el siguiente , quiero cargar los datos en la afip, pero no me deja de realizarlos.
    Usted
    » deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio» es el error que me tira
    Ahora bien, yo realize todos los tramites correspondientes en la afip, datos biometricos , foto, lleve la fotocopia del dni todo.
    A modo de comentarios, tambien debo decir que trabajo en relacion de dependencia, y no pago impuestos a las ganancias ya que mi sueldo no supera los 15 mil pesos.por mencionar otras cosas, ya informe mi CBU a la afip , pero no tengo CUIT, solo CUIL, sera por eso que no me deja llenar los datos?? y me dice que me dirija a la AFIP mas cercana.
    Y por ultimo mencionare que hasta hace unos dias podia ver mis retenciones, y ya no puedo hacerlo.
    desde ya agradecere su ayuda o comentarios al respecto

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      El error es que para usar Mis Aplicaciones Web tenés que sacar el CUIT (no te sirve solo el CUIL) y para eso tenés que ir a la Afip.
      Si no te deja ver las retenciones (y antes sí) puede ser un problema de la página de Afip (no está funcionando muy bien, volvé a intentar en otro momento o probá con otro navegador,).
      Slds.

  136. ana maria dice:

    si soy jubilada , lo devuelven tambien(lo lei en un folleto en una agencia de viajes), pero recien al año?Gracias

  137. Matías dice:

    Buenas noches. Yo trabajo en relación de dependencia y no pago ganancias. Por error cargué las percepciones a través del F. 572 pero ahora me enteré que la devolución se pide a través del 746.
    No hay ningún problema si ahora las cargo por el 746??
    Muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Matías,
      Fijae si te deja pedirlas en el 746.
      slds.

      • MariXita dice:

        Fijate y contanos porfa, que varios estamos en la misma situación…

  138. Nicolas dice:

    Hola muy bueno el instructivo. Me fue de mucha utilidad. Queria consultarte si se puede solicitar mediante el formulario 746/A las devoluciones de percepciones hechas en el año 2013 o ya es tarde?
    muchas gracias!.
    slds.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás,
      Me alegro que te sirva el tutorial.
      No hay plazo para pedir la devolución, aunque tampoco hay plazo para que Afip responda
      Slds.

  139. Gonzalo dice:

    yo vengo informando e ingresando las solicitudes desde octubre del 2012. Tengo mi CBU informado y los datos biométricos, etc. Todas mis presentaciones dicen «Presentado», pero se mueven.

    No sé qué hacer, obviamente uno no quiere presionar demasiado a la afip, pero son mas de 2 años de retenciones que al menos para mi, no son poca plata y encima cada mes que pasa es más plata perdida por la inflación, desde el vamos lo que me devuelvan ahora no me va a significar la misma cantidad de plata que me significaba cuando me la retuvieron en el 2012, pero bueno, si puediera recuperarla, algo es algo.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gonzalo,
      Entiendo lo que planteás porque a la mayoría le pasa lo mismo.
      Podés llegar a presentar alguna nota pidiendo una rápida resolución del tema por haber pasado demasiado tiempo. Sin embargo, no es seguro que Afip responda y hasta es probable que te ponga en la mira para ver «con lupa» todos tus movimientos.

      Personalmente, creo que uno tiene que considerar que el tipo de cambio pagado es el oficial más la percepción y, si algún día lo devuelven, mejor (por supuesto será mucho menos en poder adquisitivo).
      Lamentablemente, es una inequidad porque quienes pagan Ganancias (los que más ganan) reciben el reintegro, y el resto, no.
      Slds.

  140. Luciano dice:

    Hola!!

    Tengo retenciones realizadas a partir del 04/2013. Puedo informar las de 2013 y 2014 juntas, en el form 746 o solo puedo pedir las de 2014?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luciano,
      Sí podés pedir las de 2013, pero las tenés que cargar mes por mes, no todas juntas.
      Slds.

  141. laura dice:

    hola…si pido el CUIT para que me eintegren el 20 o 30% …eso despues genera algun inconveniente?? tiene alguna desventajas tener CUIT?… gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Laura,
      No, no te genera ninguna obligación (solo algo más de control de Afip).
      Slds.

  142. Hola! Antes que nada… excelente el post! Felicitaciones!
    Ahora comento mi problema:
    Hace varios años que trabajo en relacion de dependencia. Tengo nivel 3 de afip y todos los meses fui cargando en el siradig la compa de dolares (ahorro) la compra con tarjeta en el exterior y pasajes al exterior.
    Ademas.. Tengo cargado mi cbu en el sistema.
    Durante el año pasado pasaron varias cosas en mi recibo de sueldo…. Algunas veces me descontaron ganancias, y en otras me devolvieron lo que iba cargando en el siradig.
    Ejemplo: Algunos recibos dicen algo asi:
    Retencion ganancias 1000
    Decreto PEN 1000

    En otros.. Algo asi:
    Retencion ganancias. 1000
    Decreto PEN 1000
    retenciones pagadas f5. 600

    Este ultimo son $600 que estaban cargados en el siradig.

    Aclaro que estoy cobrando el piso de ganancias.

    Hace un mes me dijeron que la empresa no me va a devolver mas y que tengo que hacer el formulario de devoluciones para que afip lo haga. Al tratar de ingresar al sistema me pide verificar el domicilio. Fui varias veces a la afip y me dijeron que eso no se puede hacer si estoy trabajando en relacion de dependencia.
    Como tengo que hacer? Son casi 12000 que me tienen que devolver. Gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Supongo que tu empresa no te devolverá porque ya no pagás más Ganancias. Si seguís tributando, tu empleador te tiene que seguir tomando lo del Siradig para la liquidación anual que se hace con el sueldo de febrero.
      Habría que ver tu situación, pero muchas empresas, en lugar de esperar hasta febrero del año siguiente van devolviendo mes a mes las percepciones y ese parece ser tu caso.

      Si en 2014 no pagaste nada de Ganancias, podés pedir el reintegro por el F.746 . Para eso, tenés que sacar el CUIT en una oficina de AFIP (llevar documento y datos del domicilio). De todos modos, no te hagas muchas ilusiones porque por este trámite es difícil que te lo devuelvan pronto (puede llevar años).
      Slds.

      • Ahora me sale este error:

        Se ha producido un error de sistema, por favor comuníquese con la mesa de ayuda a través de la dirección de correo electrónico: [email protected]
        Más información del error…
        16/01/2015 13:14:17
        2014Q4.3.1:205
        com.vaadin.event.ListenerMethod$MethodException: Invocation of method buttonClick in afip.dit.osiris.fenix.web.comprobante.field.listener.AceptarButtonClick failed.
        at com.vaadin.event.ListenerMethod.receiveEvent(ListenerMethod.java:530)

        De todas maneras, mi empleador me dijo que me lo iban a devolver ellos. Justo ahora me estaba mudando al exterior y era un quilombo hacer todo esto.

        Gracias de nuevo!

  143. Matias dice:

    Hola que tal! Te hago otra pregunta, mi papá paga ganancias, yo no. ¿Es preferible que me compre los reales él así utiliza el reintegro del 35% para ganancias, o es lo mismo? Por lo que vi la devolución del 35% a personas que no pagan ganancias es bastante complicado.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Matías,
      Siempre es mejor que lo pida alguien que paga el impuesto. Pero, él solo lo va a poder pedir por tu viaje, si vos estás como carga de familia de él en Ganancias (menor de 24 años y con ingresos menores al mínimo no imponible -algo más de 15.500$ al año).
      Slds.

  144. Grisel dice:

    Hola buenas tardes, si mi empleador no me hace retencion de impuesto a las ganancias, y solicito el reembolso del impuesto, el adelante debería presentarl el F572 web?

    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Grisel,
      Si no te retienen Ganancias tu empleador no te va a devolver nada. Tendrías que pedir el reintegro de la percepción por el F. 746.
      Slds.

  145. Sebastian dice:

    Que tal? Al ingresar el formulario 746A, me aparece el siguiente mensaje «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio». Que es lo que tengo que hacer en este caso? Se pueden hacer presentaciones de meses anteriores? Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sebastián,
      Pueden pasar dos cosas: o sólo tenés CUIL (tenés que sacar CUIT) o bien, el nivel de seguridad de clave fiscal es muy bajo, lo tenés que subir a 3 yendo a una oficina de Afip con un comprobante de domicilio.
      Slds.

      • Sebastian dice:

        Hola Paula, como hago para sacar el cuit y que es lo que me piden, porque tengo nivel 3 de clave fiscal. Gracias por la ayuda!

        • Paula Martinez dice:

          Tenés que ir a la Afip y te van a pedir el registro de datos biométricos (domicilio, datos tuyos, etc). Llevá alguna constancia de domicilio.
          Slds.

  146. Thomas dice:

    Hola!!
    En principio, mil gracias por el vídeo, es muy explicativo y útil!!

    Una consulta, yo trabajo en relación de dependencia. El monto que me percibió la AFIP me lo devuelven en mi cuenta bancaria, o me lo devuelve mi empleador en el recibo de sueldo???

    Mil gracias nuevamente!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Thomas,
      Si estás pagando Ganancias, te lo devuelve tu empleador en el rubro impuestos pagados/devueltos.
      Si no, si lo pediste por el F.746, es en tu cuenta bancaria, pero en este caso demora bastante (más de un año).
      Slds.

  147. cecilia dice:

    Hola Gonzalo
    yo habia cargado el formulario para la devulucion pero por un viaje , ahora no lo puedo encontrar lo que cargue, o a veces se cuelga la pagina y no puedo avanzar.

  148. Nicolas dice:

    Hola. Buenas tardes. Feliz año… mi consulta es si se sabe de casos q efectivamente le devolvieron las percepciones. Yo tengo todas las declaraciones juradas presentadas desde el 2013 hasta hoy. Las hago mes por mes y las presento, pero hasta ahora ni suquiera las del 2013 me han pagado. Tengo declarado el CBU y todo… pero sigo esperando.. ¿Hay algún plazo o casos testigo que le hayan pagado? Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás.
      Sé de un par de casos que han devuelto pero a la mayoría no. Lamentablemente no hay plazos así que es cuestión de presentar todo y esperar que algún día te devuelvan.
      Slds.

  149. cintia dice:

    Hola Paula, muchas gracias por el video, me fue muy útil. Ya presenté las DJ de los meses que hice las compras en el exterior y el trámite fue aceptado. Tengo que presentar también la de los meses que no realicé ningún consumo? O no hace falta? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cintia,
      No, no hace falta.
      Ahora, a esperar con mucha paciencia.
      Slds.

  150. Mauricio dice:

    Hola, muy bueno el video. Sirve para la percepción por compra de moneda extranjera para ahorro?
    Gracias,
    Mauricio.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mauricio.
      Sí sirve. Para todas las percepciones del dólar es el mismo procedimiento.
      Slds

  151. Diego dice:

    Hola, una consulta, ya cargué los formularios para pedir devolucion en el caso de no pagar ganancias 746/A. Aproximadamente cuanto tiempo debo esperar para que me realicen el pago? En mi caso dice que el estado del trámite es «Aceptado», esto implica que ya me lo van a pagar y solo tengo que esperar o no indica nada. Saludos y muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Diego.
      No hay un plazo previsto y te comento que demora bastante (más de un año).
      El cartel es que te aceptaron el trámite.
      Slds
      Slds

  152. Gonzalo dice:

    Hola
    Es la primera vez que pido reintegro, hasta cuando tengo tiempo para presentar el formulario F746/A? Por que en todo el año 2014 no presente ninguno, lo puedo hacer en enero 2015 tambient.
    Gracias
    Gonzalo

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gonzalo,
      No hay ninguna fecha tope. cargalo cuanto antes, y tené mucha paciencia porque la Afip ha devuelto muy poco.
      Slds.

  153. Jermias dice:

    Hola Paula, gracias por toda la información compartida en esta web y por responder las preguntas de todos.

    Te comento mi caso que es un tanto particular, para que me des tu punto de vista:

    Este año 2014 estuve trabajando en relación de dependencia desde Enero hasta principios de Agosto. Durante ese periodo se me retuvo en concepto de Ganancias, en total, un poco mas de $30K según consulté en «Mis retenciones» de la web de AFIP.

    LUEGO esto, ya sin estar en relación de dependencia y habiendo mi empleador realizado la liquidación final, hice compra de moneda extranjera para turismo, y hasta Octubre generé gastos en el exterior con tarjeta. Ambas cosas me generaron percepciones por aprox. $14K, según vi tambien en «Mis Retenciones».

    Al no esta mas en relación de dependencia, supuse que tenia que tramitar CUIT y recuperar esas percepciones a través del F.746/A como lo mencionan en este post. El CUIT lo tramité sin problemas, al igual que el registro de los datos biométricos y registro del CBU. Pero a la hora de iniciar el Formulario 746/A me salta el siguiente error:
    «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computar las percepciones en el F. 572 presentado ante su empleador.»

    Esto me lleva a suponer entonces que debo emitir el F-572 con mi anterior empleador antes del 31/Ene/2015, y que ellos me en devuelvan los $14K en Febrero cuando hagan el cierre de Ganancias 2014; ya que, como agente de retención durante los primeros meses del 2014, me retuvieron más que eso.

    Es correcto? Hay alguna cuestión especial por el hecho de que no este mas en relación de dependencia? Influirá en algo que tenga activo el CUIT, que en realidad no necesito?

    El F-572 lo pude completar sin problemas y lo tengo listo en borrador para remitirlo, pero quería revisar antes si estaba haciendo las cosas bien.

    Muchas Gracias por tu asesoría

    Saludos!

    Jeremías.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jeremías,
      El problema que te vas a encontrar es que, si tu ex empleador ya te hizo la liquidación final no tiene por qué devolverte nada de Ganancias.
      El tema es que en tu caso no podés pedir por el 746/A. Tendrías que hablar con tu empleador para ver si te lo van devolver y, entonces, completá el 572.
      Si no, lo que te queda es inscribirte en Ganancias, presentar la declaración jurada el año que viene (en abril) con saldo a favor y pedir luego que te lo computen a cuenta de otros impuestos. Antes de hacer esto, consultá a un contador para que te asesore bien en tu caso.
      Slds.

      • Jeremias dice:

        Hola Paula. Muchas Gracias por tu respuesta una vez más. Efectivamente es como comentas, el 746/A no aplica para mi caso y luego ya dependo de la «buena voluntad» de mi anterior empleador para darle curso a mi 572. De hecho, pude completarlo y enviarlo sin problemas desde SiRADIG. De hecho la misma gente de la AFIP me dijo que mi anterior empleador puede ejecutar ese 572 como cualquier otro empleado por tratarse del mismo año fiscal, aunque no tienen la real obligación de hacerlo.

        Lo de inscribirme a Ganancias esta descartado, sinceramente no se justifica y lo mejor que puedo conseguir es un saldo a favor para futuros impuestos fiscales.

        Gracias nuevamente y felicidades en este nuevo año

        • Paula Martinez dice:

          Bárbaro. Espero que puedas recuperar algo. Feliz año!

  154. Eden Castillo dice:

    Hola Paula, Te queria hacer una consulta, sbaes que yo tramite el alta de mi CUIT esta mañana en AFIP, y ya tengo todos los otros requisitos tambien, clave nivel 3, etc… ni bien llegue al trabajo trate de nuevamente completar el formulario en la pagina del AFIP y me dio este error de nuevo «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.», lo que te queria preguntar es si vos sabes si tarda mucho en actualizar el sistema? si debo esperar hasta mañana para tyratar de nuevo o si tengo q volver a AFIp nuevamente?…desde ya muchas gracias por tu ayuda.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Demora unos días. Espero que lo hayas podido solucionar.
      Slds.

  155. Celina dice:

    Hola Paula! Te cuento que yo y mi novio (ambos empleados) queremos tramitar la devolución de la percepción de acuerdo a lo detallado en tu artículo. El tema es que en el caso de él, le figuran las retenciones en Mis Retenciones pero cuando pido el detalle en Mis aplicaciones Web no aparece nada. Por que puede ser y como podré solucionarlo?
    En mi caso directamente no me aparece ninguna percepción detallada en Mis retenciones ni en Mis aplicaciones Web siendo que he hecho compras desde agosto.
    Aguardo tus comentarios. Muchas gracias y muy bueno el articulo.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Celina,
      En ambos casos podés agregas las retenciones en forma manual. Tomá el modelo de lo que aparece en Mis Retenciones.
      Slds.

  156. Ana dice:

    Hola, gracias por la explicación.
    Te hago dos consultas.
    1)Si agrego una percepción que pagué en cuotas. ¿Tengo que ponerla en el mes que cancele la ultima cuota? ¿o poner cada cuota en su mes correspondiente?
    2) Si agrego una percepción que no estaba. ¿Debor presentar la factura, hacer algo? ¿o con cargarlo acá ya está?
    Espero tu respuesta.
    Muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ana,
      Si te aparecen en Mis Retenciones, te sugiero cargarlas tal como están ahí.
      No tenés que presentar la factura en ningún lado, pero sí guardar los comprobantes (es lo que pide la Afip, aunque no creo que te vayan a ir a hacer una auditoría en tu casa).
      Slds.

  157. Francisco dice:

    Hola Paula!
    Pregunta, si el monto que pagué en el año por percepciones a cuenta es mayor a lo que me descontaron de Ganancias, el empleador me devolverá todo si lo cargo en el F.572Web, o sólo hasta lo que me descontó? Si es esto último, ¿deberé presentar el F.746/A por la diferencia y rezar?
    Gracias, saludos!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Francisco,
      Tu empleador te devuelve hasta lo que te retuvieron de Ganancias.
      El resto lo tendrías que pedir inscribiéndote en este impuesto y presentando el año que viene (abril) la declaración jurada anual 2014 con saldo a favor y recién ahí pedir el saldo. Fijate si vale la pena (si es un monto importante) y consultá a un contador tu caso.
      Slds.

  158. Florencia dice:

    Hola Paula!
    ya hice cuit y datos biometricos (trabajo en relacion de dependencia y no me descuentan ganancias) para que me devuelvan el 20% de compra de moneda extranjera y el 35% de compras con tarjeta, ahora estoy cargando mes a mes las percepciones, pero hay casos que tengo saldo en negativo (por devoluciones o reclamos) en ese caso… éstas percepciones negativas hay que incluírlas en el formulario 746 A ? gracias y espero tu respuesta para continuar la carga! te felicito por aclararnos tantas dudas!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Florencia,
      Los valores negativos están restando percepciones duplicadas. Mejor ponelas una sola vez.
      Slds.

      • Florencia dice:

        gracias x responder Paula, pero las tengo en diferentes meses… como hago si el formulario se hace 1 vez al mes…? perdón pero no entendí…

        • Paula Martinez dice:

          Cargalo solo una vez (fijate el código de la operación que efectivamente hayas realizado).

      • Florencia dice:

        perdón pero sigo sin comprender la manera de cargarlas o no… gracias igual Paula

      • Florencia dice:

        no restan retenciones duplicadas, son devoluciones de productos del exterior que no me han llegado, no se que hacer realmente…

    • Leo Correa dice:

      Hoila Paula,

      Tengo el mismo problema, me figuran dos periodos en negativo. el 2014-02 y el 2014-03. como hago para pagarlos. no me quedó clara la respuesta a Florencia.
      Saludos

      • Paula Martinez dice:

        Hola. O cargas el crédito y el débito (el mismo monto en positivo y negativo) o no cargás ninguno de los dos. En cualquier caso, el saldo tiene que ser cero, aunque yo prefiero la segunda opción. Slds.

        • leo Correa dice:

          Hola Paula,

          Disculpa, pero no te entiendo. En ningun lado figura como resolver esto.

          Para la presentacion del periodo 2014 – 10 tengo solo un saldo negativo de – $38
          Para la presentacion del periodo 2014- 12 tengo solo un saldo negativo de – $ 25

          No me deja presentarla con saldo negativo. No se como hacer para presentarla y no se presento/pago estos montos en negativo, no me reintegren los meses anteriores.

          Saludos,

  159. Diego dice:

    Hola Paula, antes que nada muy buena la página, felicitaciones. Por otro lado, yo ya hice todo el trámite y cargué todo. ¿Conocés a alguien que le hayan realizado la devolución?

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Diego,
      Gracias por el comentario! Me alegro que te guste la página.
      En realidad, no conozco a nadie en forma personal, pero me han llegado comentarios de gente que recibió comunicación de la Afip de que el reintegro estaba aprobado.
      Slds.

  160. acepto spam dice:

    Con CUIT y nivel de clave fiscal 2, se podra realizar el tramite ??

    • Paula Martinez dice:

      Probá, pero me parece que piden nivel 3 de clave fiscal.
      Slds.

  161. Carolina dice:

    Hola, yo no pago impuesto a las ganancias ni bienes personales y trabajo en relación de dependencia. Ya realicé la solicitud de devolución por cada mes que solicité moneda extranjera para ahorro. Cuánto hay que esperar para una respuesta? Es posible que no acrediten el monto? Cuáles son los tiempos y los siguientes pasos?
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carolina,
      Una vez hecho el trámite lo único que te queda es esperar, la Afip puede demorar más de un año en responder. Es cuestión de hacerlo por las dudas, pero no cuentes que te lo devuelvan rápido.
      Slds.

  162. Jimena dice:

    Hola Paula,

    Antes que nada, muchas gracias por tu tiempo en leer nuestras consultas.
    Realicé todo los pasos solicitados por la AFIP para la devolución del 35% de compras en el extranjero para quienes no nos descuentan ganancias (Datos Biometricos, Clave Fiscal y CUIT) y aún continua el mensaje de «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.» Falta algo mas?

    Muchas gracias.

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jimena,
      Es probable que tengas que esperar unos días hasta que los sistemas de Afip tomen el trámite.
      Si en una semana sigue igual, volvé a la sucursal a preguntar qué pasó.
      Slds.

  163. stefania dice:

    Hola, te hago una consulta cuando ingreso la solicitud del formulario me dice que confirme el domicilio en la delegacion q me corresponda, como es? tengo que llevar algo a la afip? Gracias,

    • Paula Martinez dice:

      Hola Stefanía.
      Es porque tenés que generar el CUIT y registrar datos biométricos. Además, te suben la clave fiscal a nivel 3.
      Llevá algún impuesto o servicio, o DNI actualizado.
      Slds.

  164. Natalia dice:

    Hola! como están? la pagina es buenísima! mil gracias. 2 preguntas, 1) puedo presentar de 2013 y 2014 todavía? 2) aprox en cuanto tiempo te depositan en tu cuenta bancaria las devoluciones?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Natalia,
      Las normas de AFIP no fijan un plazo tope, así que lo podés presentar.
      Pero tampoco le dan un plazo para responder. Y se toman muchísimo tiempo (varios meses, incluso casos del año pasado no se han respondido).
      Slds.

  165. Santiago Durán dice:

    Hola, qué tal? Tengo el siguiente problema: cuando voy a la parte de cargar el nuevo formulario, pongo el formulario, el período, y cuando toco aceptar está un rato largo, hasta que me pone el siguiente error:

    Más información del error…

    Tue Dec 09 18:20:20 ART 2014

    2014Q4.2.1:250

    23xxxxxxxxx – DURAN SANTIAGO GUILLERMO

    Ahí también me da un mail de la AFIP ([email protected]) con el cual contactarme ante este error, y ya les escribí, pero dudo que prospere la situación por esa vía.
    Si sirve de algo pongo eso que me da cuando dice «más información del error», aunque yo no lo pudo entender. Con el Chrome y con el Internet Explorer me dio el mismo error.

    Ustedes saben algo al respecto? Muchas gracias por la respuesta!
    Un saludo
    Santi

    com.vaadin.event.ListenerMethod$MethodException: Invocation of method buttonClick in afip.dit.osiris.fenix.web.comprobante.field.listener.AceptarButtonClick failed.
    at com.vaadin.event.ListenerMethod.receiveEvent(ListenerMethod.java:530)
    at com.vaadin.event.EventRouter.fireEvent(EventRouter.java:164)
    at com.vaadin.ui.AbstractComponent.fireEvent(AbstractComponent.java:1219)
    at com.vaadin.ui.Button.fireClick(Button.java:567)
    at com.vaadin.ui.Button.changeVariables(Button.java:223)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.AbstractCommunicationManager.changeVariables(AbstractCommunicationManager.java:1460)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.AbstractCommunicationManager.handleVariableBurst(AbstractCommunicationManager.java:1404)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.AbstractCommunicationManager.handleVariables(AbstractCommunicationManager.java:1329)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.AbstractCommunicationManager.doHandleUidlRequest(AbstractCommunicationManager.java:761)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.CommunicationManager.handleUidlRequest(CommunicationManager.java:325)
    at com.vaadin.terminal.gwt.server.AbstractApplicationServlet.service(AbstractApplicationServlet.java:501)
    at javax.servlet.http.HttpServlet.service(HttpServlet.java:790)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHolder.handle(ServletHolder.java:717)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHandler$CachedChain.doFilter(ServletHandler.java:1644)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.filter.UserAgentFilter.doFilter(UserAgentFilter.java:85)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHandler$CachedChain.doFilter(ServletHandler.java:1632)
    at afip.dit.common.security.authenticator.servlet.AuthenticationFilter.requestAllowed(AuthenticationFilter.java:127)
    at afip.dit.common.security.authenticator.servlet.AuthenticationFilter.doFilter(AuthenticationFilter.java:70)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHandler$CachedChain.doFilter(ServletHandler.java:1624)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHandler.doHandle(ServletHandler.java:550)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.ScopedHandler.handle(ScopedHandler.java:143)
    at org.eclipse.jetty.security.SecurityHandler.handle(SecurityHandler.java:568)
    at org.eclipse.jetty.server.session.SessionHandler.doHandle(SessionHandler.java:221)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.ContextHandler.doHandle(ContextHandler.java:1110)
    at org.eclipse.jetty.servlet.ServletHandler.doScope(ServletHandler.java:479)
    at org.eclipse.jetty.server.session.SessionHandler.doScope(SessionHandler.java:183)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.ContextHandler.doScope(ContextHandler.java:1044)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.ScopedHandler.handle(ScopedHandler.java:141)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.ContextHandlerCollection.handle(ContextHandlerCollection.java:199)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.HandlerCollection.handle(HandlerCollection.java:109)
    at org.eclipse.jetty.server.handler.HandlerWrapper.handle(HandlerWrapper.java:97)
    at org.eclipse.jetty.server.Server.handle(Server.java:459)
    at org.eclipse.jetty.server.HttpChannel.handle(HttpChannel.java:281)
    at org.eclipse.jetty.server.HttpConnection.onFillable(HttpConnection.java:232)
    at org.eclipse.jetty.io.AbstractConnection$1.run(AbstractConnection.java:505)
    at org.eclipse.jetty.util.thread.QueuedThreadPool.runJob(QueuedThreadPool.java:607)
    at org.eclipse.jetty.util.thread.QueuedThreadPool$3.run(QueuedThreadPool.java:536)
    at java.lang.Thread.run(Thread.java:745)
    Caused by: java.lang.reflect.InvocationTargetException
    at sun.reflect.NativeConstructorAccessorImpl.newInstance0(Native Method)
    at sun.reflect.NativeConstructorAccessorImpl.newInstance(NativeConstructorAccessorImpl.java:57)
    at sun.reflect.DelegatingConstructorAccessorImpl.newInstance(DelegatingConstructorAccessorImpl.java:45)
    at java.lang.reflect.Constructor.newInstance(Constructor.java:526)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke0(Native Method)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke(NativeMethodAccessorImpl.java:57)
    at sun.reflect.DelegatingMethodAccessorImpl.invoke(DelegatingMethodAccessorImpl.java:43)
    at java.lang.reflect.Method.invoke(Method.java:606)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PojoMetaMethodSite$PojoCachedMethodSite.invoke(PojoMetaMethodSite.java:189)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PojoMetaMethodSite.call(PojoMetaMethodSite.java:53)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.call(AbstractCallSite.java:116)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.FormularioWebResourceFactory.getWebComponent(FormularioWebResourceFactory.groovy:54)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.FormularioWebResourceFactory$getWebComponent.callCurrent(Unknown Source)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.FormularioWebResourceFactory.getWebComponent(FormularioWebResourceFactory.groovy:36)
    at sun.reflect.GeneratedMethodAccessor297.invoke(Unknown Source)
    at sun.reflect.DelegatingMethodAccessorImpl.invoke(DelegatingMethodAccessorImpl.java:43)
    at java.lang.reflect.Method.invoke(Method.java:606)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite$PogoCachedMethodSite.invoke(PogoMetaMethodSite.java:231)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite.call(PogoMetaMethodSite.java:64)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.call(AbstractCallSite.java:128)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.comprobante.field.listener.AceptarButtonClick.buttonClick(AceptarButtonClick.groovy:108)
    at sun.reflect.GeneratedMethodAccessor212.invoke(Unknown Source)
    at sun.reflect.DelegatingMethodAccessorImpl.invoke(DelegatingMethodAccessorImpl.java:43)
    at java.lang.reflect.Method.invoke(Method.java:606)
    at com.vaadin.event.ListenerMethod.receiveEvent(ListenerMethod.java:510)
    … 37 more
    Caused by: org.apache.http.conn.ConnectionPoolTimeoutException: Timeout waiting for connection from pool
    at org.apache.http.impl.conn.tsccm.ConnPoolByRoute.getEntryBlocking(ConnPoolByRoute.java:412)
    at org.apache.http.impl.conn.tsccm.ConnPoolByRoute$1.getPoolEntry(ConnPoolByRoute.java:298)
    at org.apache.http.impl.conn.tsccm.ThreadSafeClientConnManager$1.getConnection(ThreadSafeClientConnManager.java:238)
    at org.apache.http.impl.client.DefaultRequestDirector.execute(DefaultRequestDirector.java:422)
    at org.apache.http.impl.client.AbstractHttpClient.doExecute(AbstractHttpClient.java:863)
    at org.apache.http.impl.client.CloseableHttpClient.execute(CloseableHttpClient.java:82)
    at org.apache.http.impl.client.CloseableHttpClient.execute(CloseableHttpClient.java:106)
    at org.apache.http.impl.client.CloseableHttpClient.execute(CloseableHttpClient.java:57)
    at org.apache.http.client.HttpClient$execute.call(Unknown Source)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.CallSiteArray.defaultCall(CallSiteArray.java:45)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.call(AbstractCallSite.java:108)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.call(AbstractCallSite.java:116)
    at afip.dit.osiris.fenix.formulario.f746.rule.CargarMisRetencionesV392Rule.cargarRetenciones(CargarMisRetencionesV392Rule.groovy:59)
    at afip.dit.osiris.commons.persistence.trx.PersistenceTransactionInterceptor.invoke(PersistenceTransactionInterceptor.java:35)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.CallSiteArray.defaultCallCurrent(CallSiteArray.java:49)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:133)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:149)
    at afip.dit.osiris.fenix.formulario.f746.rule.CargarMisRetencionesV392Rule.execute(CargarMisRetencionesV392Rule.groovy:42)
    at afip.dit.osiris.commons.persistence.trx.PersistenceTransactionInterceptor.invoke(PersistenceTransactionInterceptor.java:35)
    at afip.dit.osiris.fenix.formulario.f746.rule.CargarMisRetencionesV392Rule.execute(CargarMisRetencionesV392Rule.groovy)
    at afip.dit.osiris.commons.rules.impl.ChainBase.execute(ChainBase.java:75)
    at afip.dit.osiris.fenix.service.rule.FenixRuleService.execute(FenixRuleService.java:44)
    at afip.dit.osiris.commons.persistence.trx.PersistenceTransactionInterceptor.invoke(PersistenceTransactionInterceptor.java:35)
    at afip.dit.osiris.fenix.service.rule.FenixRuleService.execute(FenixRuleService.java:36)
    at afip.dit.osiris.commons.persistence.trx.PersistenceTransactionInterceptor.invoke(PersistenceTransactionInterceptor.java:47)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.CallSiteArray.defaultCall(CallSiteArray.java:45)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.call(AbstractCallSite.java:108)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.layout.CreateDynaObjectPanel.executeRule(CreateDynaObjectPanel.groovy:136)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke0(Native Method)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke(NativeMethodAccessorImpl.java:57)
    at sun.reflect.DelegatingMethodAccessorImpl.invoke(DelegatingMethodAccessorImpl.java:43)
    at java.lang.reflect.Method.invoke(Method.java:606)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite$PogoCachedMethodSiteNoUnwrapNoCoerce.invoke(PogoMetaMethodSite.java:272)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite.callCurrent(PogoMetaMethodSite.java:52)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.CallSiteArray.defaultCallCurrent(CallSiteArray.java:49)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:133)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:153)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.layout.CreateDynaObjectPanel.runBeginRule(CreateDynaObjectPanel.groovy:72)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke0(Native Method)
    at sun.reflect.NativeMethodAccessorImpl.invoke(NativeMethodAccessorImpl.java:57)
    at sun.reflect.DelegatingMethodAccessorImpl.invoke(DelegatingMethodAccessorImpl.java:43)
    at java.lang.reflect.Method.invoke(Method.java:606)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite$PogoCachedMethodSiteNoUnwrapNoCoerce.invoke(PogoMetaMethodSite.java:272)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.PogoMetaMethodSite.callCurrent(PogoMetaMethodSite.java:52)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.CallSiteArray.defaultCallCurrent(CallSiteArray.java:49)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:133)
    at org.codehaus.groovy.runtime.callsite.AbstractCallSite.callCurrent(AbstractCallSite.java:145)
    at afip.dit.osiris.fenix.web.common.layout.CreateDynaObjectPanel.(CreateDynaObjectPanel.groovy:50)
    … 62 more

    • Paula Martinez dice:

      Hola Santiago,
      No sé qué puede pasar. Esperá a ver si la Afip te responde, puede que haya un error momentáneo del sistema

      Slds.

    • Viviana dice:

      Hola Santiago,
      A mi me salta el mismo error y aún no me contestan el correo! Pudiste averiguar de qué se trata? Cómo me recomendás que prosiga?

      • Santiago / Viviana:

        Quedan menos de 15 días para presentar el formulario y a mí me sigue saliendo ese error. La Mesa de Ayuda de la AFIP sigue sin responderme. ¿A ustedes les respondieron? ¿Ya pudieron hacer el trámite?

        Desde ya, muchas gracias por su respuesta.

        Saludos.

        Federico

  166. Cristian dice:

    Hola Paula, Tengo una duda muy grande. Yo el año pasado pague impuesto a las ganancias. Este año no estoy pagando y he realizado, este año, gastos donde tengo el 35% de percepcion. Que debo hacer?, pedir el reintegro o directamente cargarlo en el fromulario 572web?, lo que no se es, me devuelven esa percepcion si la cargo en el 572web por mas que no me hayan descontado impuesto a las ganancias?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian
      Tu empleador no te va a devolver el 35% si no te retiene Ganancias. Fijate si podés llenar el formulario 746 con Mis Aplicaciones Web, si no te lo permite, vas a tener que inscribirte en Ganancias y presentar la ddjj con saldo a favor. En este caso, consultá un contador para que te asesore.
      Slds.

  167. Sebastian Pereiras dice:

    Intente hacer el tramite para la devolucion pero cuando ingreso el formulario me aparece un error:

    «Error de validaciónUsted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.»

    A alguien mas le sucedio? que debo presentar ante la AFIP?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sebastián,
      Tenés que ir a la AFIP con algún servicio y el DNI donde conste tu domicilio, es probable que no tengas CUIT (solo CUIL) o que necesites registrar los datos biométricos para tener el nivel 3 de la clave fiscal.
      Slds.

  168. Esteban dice:

    Hola,

    Mi pegunta es, existe algún tiempo estipulado para la devolución del 35% retenido por medio del formulario 746A? los presento mes a mes a medida que van a apareciendo las retenciones pero todavía no hay nada, por otro lado, la CBU informada en AFIP si o si tiene que ser mía o puedo dejar la de alguien mas?

    Desde ya gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Esteban,
      No hay ningún plazo previsto, es decir que la Afip se puede tomar todo el tiempo del mundo para responder (yo todavía no tuve respuesta de presentaciones de hace un año).
      Sobre la cuenta bancaria, fijate si te toma de otra persona, pero no creo.
      Slds.

  169. Marcela dice:

    Hola! Alguien podrá informarme hasta q fecha se puede hacer el reclamo de la devolución del 35 porciento por compras en el exterior? Yo no pago ganancias, por lo cual sólo sería fecha limite para presentar el 746a.
    Desde ya muchas gracias.

  170. Walter Gomez dice:

    Excelente! 11 meses despues seguimos leyendo y comentando! Llegué aqui buscando ayuda, hoy fui a comprar moneda extranjera con la autorizacion de la AFIP y en el banco me dijeron que «ya registraba compra» y no pude concretar la operacion; intenté anular la solicitud en la pagina web de la AFIP pero me dice lo mismo! Alguien puede decirme como proceder? Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Walter,
      Lo que decís parece como que alguien utilizó tu solicitud para comprar. Es muy raro, tendrías que ir a la Afip para ver si te dicen qué pasó.
      Slds.

  171. JUAN dice:

    Hola que tal? les cuento mi caso a ver si me pueden ayudar..
    Resulta que venia comprando dolares ahorro cada mes a la par de mis compañeros y realice el pedido de reintegro de percepción del 35% por la compra de aéreos que realice este ultimo mes. Resulta que cuando voy a sacar la nueva solicitud para la compra de dolares ahorro, solo me permite comprar la cuata parte de lo que compraba cada mes.

    Alguien sabe porque? que debo hacer?

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      No creo que puedas hacer mucho para aumentarlo si la Afip te autorizó un monto X.
      No sé qué puede haber pasado, salvo que tus ingresos hayan bajado drásticamente (¡?).

  172. Sebastián dice:

    Hola.
    Para que me reintegren la retención necesito si o si CUIT siendo persona física no comercial?, no basta con el CUIL?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sebastián,
      Necesitás el CUIT para completar entrar en Mis Aplicaciones Web y completar el formulario 746.
      Slds.

  173. Alejandro dice:

    Hola, te hago una consulta, me mude hace muy poco a un lugar donde voy a estar solo por unos meses hasta que me entreguen el depto definitivo. en mi DNI figura mi domicilio anterior. Para poder sacar el CUIT, el domicilio de mi dni tiene que coincidir con el actual?? yo puedo presentar el certificado policial de donde estoy viviendo ahora, pero no quiero sacar un nuevo dni por 5 meses, ya que me mudo de nuevo en ese tiempo. Sabes si puedo tener alguna clase de problema con este asunto a la hora de sacarlo???

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alejandro,
      Declará el domicilio actual en la Afip con algún comprabante.
      Slds.

  174. Bruno dice:

    Hola

    tengo un par de consultas,
    entiendo que para poder pedir la devolucion de la retencion tengo que sacar CUIT, pero se sabe desde que fecha puedo pedir la devolucion? yo nunca pague ganancias y tampoco he pedido la devolucion, me retuvieron en 2012,2013 y 2014, puedo pedir la devolucion de los gastos de 2012 y 2013?
    necesito presentar el 746 y con eso basta? puedo acelerar el tramite mediante carta documento?

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Bruno,
      No hay una fecha tope para pedir la devolución, así que podés pedir para atrás.
      Tenés que presentar el 746 y antes pedir el CUIT en una oficina de AFIP.
      Podés enviar una carta documento si no te responden en un plazo razonable, pero no te aseguro que te respondan…
      Slds.

  175. Luciana dice:

    Buenas tardes Paula, te consulto quiero hacer lo de la percepción y me sale: Error de validación
    Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio, yo el tema de la clave fiscal ya lo habia hecho porque no me pidieron o validaron el domicilio ahi mismo…. sabes por casualidad que tengo que hacer y en caso de tener el dni en provincia tengo que ir a la delegacion de ahi??? para este tramite o voy a la cercana de donde vivo que es en capital?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luciana,
      Es porque tenés que sacar el CUIT (es probable que solo tengas CUIL). Lleva DNI, y constancias de domicilio a la oficina de la AFIP.
      Slds.

  176. Christian dice:

    Hola Paula,

    Te consulto lo siguiente… Trabajo bajo relación de dependencia y no pago ganancias por ende se me complica reclamar la percepción por compra de moneda extranjera. Yo CUIL tengo y dado de alta en afip ya que por ese medio compro. Como tengo que hacer para que me devuelvan esa percepeción?, tengo sacar un cuit tambien en afip o entendi mal?… de ser asi que hay que presentar?.
    De realizar compras en ele exterior como es el reintegro de la tarjeta?, el mimso mecanismo?.
    Desde ya muchas y disculpa las molestias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Christian,
      tenés que pedir el CUIT en la AFIP y realizar el procedimiento que se ve en el video. Es para todas las percepciones el mismo mecanismo: dolar ahorro, compras con tarjeta, compra de turismo, etc.
      Lo que sí, la Afip no responde rápido esta solicitud (puede tardar más de un año).
      slds.

  177. Sebastian dice:

    Muchas Gracias Paula por tus respuestas, en mi caso tuve retenciones de ganancias por parte de mi empleador durante el 2013 y por compra de moneda extranjera que las informe en su momento a traves del formulario 572 quedandome un saldo a favor porque había pagado mas por compra de moneda extranjera que lo que me había retenido mi empleador.

    Ahora durante el 2014 no me hicieron retenciones de ganancias, solo las de compra de dolar ahorro, entonces puedo pedir la devolucion ó al estar inscripto en ganancias por haber tenido retenciones otros años solo puedo informarlas a traves del 572 y seguir acumulando saldo a favor ? Conoces a alguno que le hayan devuelto ?

    Muchas Gracias nuevamente,
    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sebastián,
      En realidad, si te estaban reteniendo Ganancias por recibo de sueldo no estás inscripto en el impuesto (salvo que lo hayas hecho en forma deliberada).
      Si este año estás exento, no podés pedir el reintegro por el 572 (Siradig). Tenés que utilizar la herramienta de Mis aplicaciones Web, como se ve en este video.
      sé que a muy poquita gente le han devuelto, después de bastante tiempo (más de un año). También hay gente que le rechazaron el pedido por inconsistencias con los ingresos.
      Yo lo pediría si tenés todo en orden y a esperar…
      Slds.

  178. Johana dice:

    Hola! Te hago una consulta, una vez que se realizo la presentación de la devolución, y ya tengo el acuse de recibo, cuanto tiempo tarda para que la AFIP me deposite el monto en la cuenta del CBU que tengo registrado?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Johana,
      El acuse de recibo no implica que te hayan aprobado la solicitud. La AFIP se está demorando basstante (varios meses, en algunos casos más de un año) así que hay que tener paciencia.
      Slds,

  179. Federico dice:

    Buenas tardes… la verdad me salvaste con el paso a paso! Ahora, para cambiar de CUIL a CUIT que debo presentar? Como es el tramite? Llamo para consultar al 0800 de afip pero es inútil, nunca atienden.
    Y por otro lado, todo lo retenido durante el 2014 y parte del 2013 (en mi caso es así), hasta cuando tengo tiempo de presentar esta solicitud? o mejor dicho, a partir de cuando?

    Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Federico,
      Me alegro que te sirva la info!
      Para el CUIT tendrías que ir a la oficina de AFIP que te corresponde por tu domicilio y llevar tu DNI con domicilio actualizado, con una constancia de este lugar (sabe haber bastante gente para esto).
      Podés cargarlo en cualquier momento.
      Slds.

      • Paula R. dice:

        Hola Paula, te hago una consulta…
        En mi DNI figura el domicilio donde siempre viví, la casa de mis padres, pero hace más de un año alquilo en otro lugar. Puedo mantener mi DNI con esa dirección (la de mis padres) y declarar la dirección del depto. que alquilo como mi dirección fiscal? A esta nueva dirección recibo mi correspondencia y servicios a mi nombre, pero no quiero hacer cambio de domicilio porque hoy alquilo ahí, mañana quien sabe donde.
        gracias y saludos,

        • Paula Martinez dice:

          Hola Paula,
          Sí podés. Tenés que justificar el domicilio con lo que pagás a tu nombre.
          Slds.

  180. Diego dice:

    Hola Paula. Soy empleado en relación de dependencia, no pago ganancias ni bienes personales y adquirí dolares ahorro para tenencia. No logro entender si al día de hoy puedo pedir lo retenido por AFIP o solamente aplica para el caso de compra de dólares con motivo de viajes y turismo.
    Además quisiera saber si hay posibilidad de pedir lo retenido por el método Siradig u otro; ya que me genera complicaciones ir a una dependencia de la AFIP a tramitar el CUIT.
    Desde ya muchas gracias!

  181. alejandro dice:

    estoy pagando un viaje para mi hija el próximo año, ahora en diciembre y luego en junio debo pagar con el 35% y hace un mes comenze a comprar algunos dolares, cuando debo presentar el formulario a la afip y que debo presentar? mil gracias por la respuesta

  182. Hola, buenas tardes. Antes que nada muchas gracias por realizar estos tutoriales, son de gran ayuda. Mi consulta puntual es la siguiente. Me aparecen todas las percepciones realizadas con mi tarjeta de débito y de 2 tarjetas de crédito. Me quedaría por AGREGAR 2 tarjeras. ¿Desde donde puedo agregar los 2 montos del retención del 35% que no me figuran en el listado que me pasa Afip? (No pago ganancias por lo que lleno el formulario 746A). Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Lionel,
      Cuando ingresas al servicio podés poner «agregar percepción».
      Tené en cuenta que las percepciones recién aparecen en el listado de AFiP después del 10 del mes siguiente (y los pagos con tarjeta de crédito se toman recién el mes que se paga el resumen, no cuando se realiza la compra).
      Slds.

      • Muchas gracias por la información, de gran utilidad!! quisiera preguntarles en el formulario572, cuando nos piden que pongamos el monto de lo gastado con t.crédito (y el mes de gastos realizados en el exterior) en qué moneda se agrega ? no encuentro la info en ningún lado! muchas gracias!!

  183. Jeremias dice:

    Hola Paula.

    Antes que nada, muy buena la página y muy útiles todos los contenidos… como así también los comentarios que ayudan a entender todo el proceso y reutilizar experiencias de otros casos.

    Yo soy otro de los que tienen percepciones para recuperar sin pagar ganancias, y mi problema esta en que no tengo CUIT, aunque si tengo CUIL y clave fiscal L3. Actualmente estoy viviendo en el extranjero y mas allá de que viajo seguido para Arg y eventualmente puedo ir a la AFIP a hacer el trámite, creo que se me va a complicar poder hacer el alta de CUIT por los requisitos. Mi pregunta viene por ahi justamente, que experiencia han tenido o que se puede hacer para poder tramitar el CUIT fácilmente y que esto no sea parte del problema a la hora de recuperar las percepciones.

    Aun tengo mi DNI con domicilio en GBA, pero estoy complicado con los demás… Alguien se le ocurre algo?

    Gracias y suerte para todos con este bendito tema, yo ya estoy casi desesperanzado de recuperar esas percepciones…

    Saludos!!!

    Jeremías.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jeremías,
      El trámite del CUIT es sencillo, pero como es personal en las oficinas de la AFIP hay largas colas y bastante demora.
      Si no podés venir al país, deberías nombrar a algún representante legal que realice el trámite. El teléfono de consultas (dessde Arg.) es 0810 – 999 – 2347. Más contactos: http://www.afip.gob.ar/Contacto/canalesdecontacto.pdf
      Slds.

      • Jeremias dice:

        Hola Paula. Gracias nuevamente. No tengo problema en ir a hacer el trámite personalmente. Solo que estuve viendo los requisitos para «justificar» el domicilio que voy a mencionar en el formulario, y son varias cosas las que piden. La idea saber como había sido en otros casos, si se ponían pesados con detalles o no. Porque, entre otras cosas, por mi situación actual no tengo servicios a nombre mío en el domicilio que voy q declarar. Aunque si tengo el DNI con ese domicilio.

        Más allá de la demora y las colas de gente que seguro habrá.

        Mas cerca de fin de año iré a hacer el trámite.

        Gracias!!

  184. CLAUDIO dice:

    Buen dia, te hago dos consultas: 1º) Adquiri durante el 2014 dolares ahorro. No pagoa ganancias, ni me hicieron retenciones durante este periodo. Tengo que pedir mediante el 746 la devolucion de la percepcion (20%) . 2º No figura en MIS retenciones, las que me hizo el Banco Nacion cada vez que compre dolares en los ultimos 3 o 4 meses. ¿Las tengo que incluir yo manualamente? Se pueden incluir en la afip? GRACIAS POR RESPONDER MUY BUENA LA PAGINA

    • Paula Martinez dice:

      Hola Claudio,
      Gracias por el comentario y me alegro que te sirva.
      A las dos preguntas, la respuesta es sí. El tema es que la AFIP todavía no adecuó el sistema del 746 para pedir el 20% del dólar ahorro, así que hay que cargarlo en forma manual.
      Slds.

  185. Jorge dice:

    Hola
    Yo tambien como varios, llevo todo cargado de enero a la fecha. No pago impuesto a las Ganancias y bienes personales. Me solidarizo con aquellos que están a la espera del reimtegro del dinero «ya devaluado enormente»; esperar nada mas hasta que la AFIP se digne del reintegro. El contribuidor siempre pierde

    • Hugo dice:

      Estoy en la misma. Hice todos los tramites, perdi mucho tiempo y presenté las cosas en su debido momento. Estando a mes 11, todavia estoy esperando sin ninguna novedad al respecto. Para cuando me devuelvan lo que injustamente me quitaron, valdrá 40% menos de lo que debería. NADIE DICE NADA, increiblemente.

  186. Sebastian dice:

    Como estas? Yo cargue en mayo 2014 todos los formularios 746 correspodientes al periodo 2013, todavia no vi inguna respuesta, tambien presente pedido de pronto pago y nada… Hay algo mas que pueda hacer para reclamar?
    Es plata de octubre 2013, que obviamente ya esta desvalorizada.
    Soy asalariado que no paga ganancias.

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sebastián,
      La AFIP no tiene plazo para responder este pedido. Conozco muchos que cargaron todo el año pasado y aun no han tenido contestación. Hay que esperar.
      Slds.

  187. Guillermo dice:

    yo vengo cargando todo desde enero… pero todavia no vi nada…. alguien sabe cuando devuelven o paga la afip???
    gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo,
      Depende cuál sea tu caso. Si pagás Ganancias y cargás todo en el Siradig, tu empleador te lo toma en cuenta al cerrar el año en febrero del año que viene.
      Si no, no hay plazos (es decir, la Afip upuede tomarse el tiempo que quiera…).
      Sdls.

  188. Federico dice:

    Hola. Mirá, a mi también me da el error «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.», pero yo ya estuve en la dependencia local de la AFIP y ya registré mis datos biométricos.

    Alguna idea de qué puede haber pasado?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Federico,
      Tendrías que esperar unos días e insistir. Si no podés, deberías ir a la Afip a consultar.
      Slds.

  189. Fabiola Villalon dice:

    Hola Paula , mi consulta es la siguiente, en Enero 2014 pague un viaje al exterior con transferencia bancaria , ahora lo busco en mis retenciones y no me aparece, solo las compras que hice con tarjeta, como puedo cargar ese viaje?
    Slds Fabiola Villalon

    • Paula Martinez dice:

      Hola Fabiola,
      Habría que ver si te cobraron el 35%. Si no, no hay problema.
      Si te lo cobraron, tenés que agregarlo en forma manual en mis retenciones.
      Slds.

  190. Hernán dice:

    Hola Paula,

    Te hago una consulta. Realicé la compra de un pasaje por línea aérea con una extensión de una tarjeta de mi papá. La retención le aparece a él en Mis Retenciones, ahora como yo no estoy a cargo de él no la puede pedir. La puedo pedir yo con los mismos datos que le aparecen a él? (Yo no pago ganancias). En el ticket dice CUIT del pasajero pagador y está el de mi viejo, se podrá presentar con el nombre de él? o se cruza con otra cosa?

    Lo lógico sería que lo presente yo porque yo lo pagué y yo viajo, pero sino me lo van a devolver nose.

    Te agradezco,
    Saludos!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hernán,
      En principio, el que puede pedir el reintegro es quien paga. si tu papá es el titular de la tarjeta, la Afip presume que él es quien pagó.
      Me parece que lo podrías pedir vos pero con un trámite especial, demostrando que pagaste la tarjeta, pero la verdad que no sé si vale la pena. Si él lo puede recuperar, mejor.
      Además, si no pagás Ganancias, a través del F. 746 se puede pedir el reintegro pero la devolución es lenta y no conozco muchos casos que hayan recuperado la plata.
      Slds.

  191. Ezequiel dice:

    Hola Daniel, tengo alguna dudas para pedir el reintegro del 35%.
    Trabajo en relación de dependencia, soy empleado del poder judicial por lo cual estaría exento al pago de ganancias. No tengo CUIT pero si clave fiscal. Hace poco hice nuevo DNI y cambié mi domicilio antiguo (provincia) por el actual que es en capital. Y cuando ingreso a la web de la AFIP con mi clave fiscal me sigue figurando el domicilio viejo de provincia. Si quiero modificarlo no me deja, me dice que necesito CUIT.
    Si quiere llenar el formulario 746A, que entiendo que es el que me corresponde, me tira error y dice que debo ir a la dependencia que me corresponda y confirmar el domicilio. Lo mismo si quiero informar el CBU para que quede registrado a la hora del reintegro.
    Me podrías orientar un poco? Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para llenar el formulario 746 necesitás CUIT (es probable que solo tengas CUIL). TEnés que ir a la Afip y sacarlo. además vas a tener que tramitar el cambio de domicilio.
      Todo eso, antes de hacer el trámite.
      Slds.

      • sergio maldonado dice:

        hola me pasa lo mismo que a ezequiel,tengo cuil y clave nivel 3,la pregunta es….si tramito el cuit me estarian agregando a monotributista o este cuit que te dan no tiene nada que ver con el monotributo? por que cuando inicias el tramite de la declaracion del domicilio te figura como regimen tributario. gracias.

        • Paula Martinez dice:

          Hola Sergio,
          Quedate tranquilo. No tiene nada que ver. Si no te inscribís en ningún impuesto o régimen simplificado, no tenés ninguna obligación.
          Slds.

  192. Javier Goyret dice:

    Hola Paula.

    Trabajo en relación de dependencia y actualmente no pago impuesto a las ganancias. Cuando intento realizar la operaciones según las instrucciones del video, aparece un cartel que dice «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computar las percepciones en el F. 572 presentado ante su empleador.»

    El tema es que hubo un mes que por error mi empleador realizó una retención por impuesto a las ganancias. Luego de aclarado el problema me acredito el impuesto erroneamente retenido. El tema es que cuando voy al servicio «Mis retenciones» aparece este débito, y pienso que esto quizás impide que complete el F.746/A.

    ¿Sabrías como solucionar este problema?

    De antemano muchísimas gracias!

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Javier,
      Supongo que la Afip no te debe dejar completar el F 746 por ese motivo.
      Como es una situación particular, vas a tener que ir a la Afip para ver si lo solucionan. Si no, tendrás que seguir completando el Siradig y, como te va a dar un saldo a favor, pedir el rentegro el año que viene mediante la declaración jurada (solo si vale la pena porque es bastante engorroso y de dudosos resultados).
      Slds.

      • Javier Goyret dice:

        Te agradezco la respuesta. Voy intentar ir a la AFIP. Saludos

  193. Ariel Her dice:

    Buenos días, trabajo en relación de dependencia. El año pasado realicé compras en el exterior y, como tuve retención de ganancias solicité mediante Siradig (antes del 31 de enero del 2014) para que se me devuelvan dichas retenciones, las cuales efectivamente me devolvió mi empleador en marzo. Ahora, durante este año, no tengo retenciones por impuesto a las ganancias, pero sí realice compras en el exteriór y compra de dolar ahorro, por lo que quisiera poder solicitar el reintegro el año que viene. Mi consulta es, si antes del 31 de enero del 2015, debo cargar dichas percepciones en el Siradig (entiendo que el Siradig como ya lo presenté una vez, siempre debo presentarlo de ahora en mas), pero tengo la duda si las percepciones por compras en exterior y dolar ahorro debo cargarlas o no en el Siradig, o si debo solamente solicitar el reintegro a travez del F746 como extá explicado en la pagina. Ademas, veo que las percepciones de los primeros meses del 2014, ya aparecen cuando selecciono «Nuevo» formulario F746, por lo que le quería consultar si ya puedo ir solicitando dichos reintegros, o si tengo que esperar a Febrero del 2015 para realizar el pedido todo junto de las percepciones que me hayan hecho durante todo el 2014. Muchas Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ariel,
      El Siradig sólo te lo van a tomar en cuenta si tenés retenciones de Ganancias en el mismo año.
      Probá a ver si te dejan pedir el reintegro por el F746 (si no, te aparece un aviso de que tenés retenciones y tendrías que hacerlo por el Siradig). En este caso, la devolución tarda bastante (puede ser más de un año).
      En cualquiera de los dos casos, podés ir cargando las percepciones todos los meses, no hace falta esperar al año que viene.
      Slds.

      • Ariel Her dice:

        Muchas Gracias por la respuesta. Osea, ya puedo ir pidiendo a travez del F746 los reintegros por las percepciones que me vienen haciendo este año, o si o si tengo que empezar a cargarlo desde enero del 2015? Y ademas, por el tema del Siradig, no me queda claro si lo tengo que ir cargando por ahi tambien, o si no hace falta que lo cargue por el Siradig (como ya se que ganancias no me retienen este año, se que no tiene sentido cargarlo en el siradig, pero lo que no estoy seguro es si despues me pueden negar la devolución pedida en el F746, diciendome que no lo informé en el Siradig tambien). Gracias.

        • Paula Martinez dice:

          Podés ir pidiendo ahora por el F. 746 (si te deja).No lo podés pedir por dos lados.
          Slds.

  194. Daniela Gianelli dice:

    Hola Paula, en enero del 2014 hice los pasos para recuperar el 20% de las compras de 2013 y a la fecha no he tenido novedades de reintegro. Me he dirigido a la AFIP y me dijeron que la norma no establece un periodo máximo para que la AFIP se expida. Que puedo hacer??
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniela,
      Es así, la Afip no tiene plazo y aún no resolvió pedidos del año pasado.
      O tenés paciencia, o enviás alguna carta a la Afip para que se apuren (aunque esto no te asegura nada).
      Slds.

  195. natalia dice:

    Buenos dias Paula. Pague Ganancias en 2013 y me devolvieron el 35% de los aereos que utilice este año. En lo que va del 2014 no pague ganancias y debo seguir recuperando el pago de impuestos que realice desde enero a mayo de este 2014. Como debo hacerlo? presento igual la declaracion de ganancias a mi empleador o hgao el 746? que recomendas? muchas gracias!saludos. Natalia

    • Paula Martinez dice:

      Hola Natalia,
      Si no pagás nada de Ganancias este año, no te van a permitir que pidas el reintegro por el Siradig como hiciste el año pasado. Si pagaras algo, te van a devolver haste este monto.
      En todo caso, probá si te dejan pedir la devolución por el 746. Si lo tuvieras que hacer por el Siradig te va a salir un aviso.
      Saludos,

      • natalia.- dice:

        Ok. muchas gracias por tu respuesta. Intente con el 746 pero em pide que confirme mi direccion personalmente en Afip-. Gcias!saludos.

        • Paula Martinez dice:

          Es para que saques el CUIT (seguro que solo tenés CUIL). Slds.

  196. ana dice:

    cuando cargas los datos en mis aplicaciones te piden numero de recibo o similar para recuperar retenciones por compra dolares ahorro ¿se pone el numero que aparece en mis retenciones planilla excel ? o ¿c[ual?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ana,
      Sí, lo mejor es tomar los datos de mis retenciones.
      Slds.

  197. damian dice:

    hola soy discapacitado y compraba en el exterior, algunas vendia otras me quedaba, mi pregunta es si me pueden devolder el 20 y 35%, ya que no compro mas, usaba toda mi pension en eso…tambien quisiera saber si puedo de alguna manera que me dejen de cobrar este impuesto,, muchas gracias

  198. Gustavo dice:

    EStimada Paula, un gusto saludarte nuevamente. Te consulto como saber si nos han abonado ese 20% reclamado en su momento mediante CBU ? a partir de cuando se nos abona dicho monto? Tengo entendido si uno tiene deudas por algúna contribución pendiente no se nos deposita, eso es cierto? (por ejemplo, debo dos meses de monotributo, en ese caso la AFIP no me lo devuelve al 20 % hasta que salde mi deuda)… Desde ya gracias, un saludo y estamos en contacto

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gustavo,
      en realidad, la AFIP no tiene plazo para responder ese pedido, y solo sé de muy pocas personas que han tenido respuesta.
      Por otra parte, es cierto lo que decís: la AFIP dice en la Resolución que se realizarán los cruces correspondientes para ver la consistencia de la información. Sí conozco de gente a la cual le llegaron cartas pidiendo que justifiquen de dónde sacaron los fondos para realizar un viaje, por ejemplo.
      Supongo que si tenés una deuda no te van a devolver nada, pero no te aseguro que ya hayan analizado tu caso.
      Un saludo,

  199. Ezequiel dice:

    Hola, tengo una consulta. Cuando yo ingresé al país luego de unas vacaciones en aduana me cobraron $1200 de impuestos por excederme en el límite permitido de compras en freeshop, o sea podía comprar U$S 300, compre U$S 600, y me cobraron U$S150 ($1200). La persona que me atendió me dio un papel y me dijo algo así como “con esto podes pedir el reintegro cuando pagues ganancias”. Lo que quería consultarles es, primero que nada si entendí bien, y segundo que sería lo que me devolverían, los $1200? O alguna parte correspondiente a algún impuesto de estos 1200. Desde ya muchas gracias. Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ezequiel,
      Es un impuesto aduanero, que es el 50% del excedente sobre la franquicia (para el ingreso por avión, para el freeshop, es de U$S 300). No es un pago a cuenta, ni deducible de Ganancias, así que no se puede recuperar.
      Slds.

  200. Sol dice:

    Hola, yo realicé un viaje en marzo de 2014, compré los pasajes en diciembre de 2013 con tarjeta. Tengo clave fiscal nivel 3, cuando intento completar el formulario F746/A me aparece: Error de validación. Ud deberá dirigirse a la dependecia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio. Porque puede ser esto? Como lo soluciono? Saludos, muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sol.
      Tenés que generar el número de CUIT (seguramente, sólo tenés CUIL). Para eso, andá a una oficina de AFIP con documento, es un trámite sencillo.
      Slds.

      • Noelia dice:

        A mi también me parece ese error, fui a la afip generé el número de CUIT y sigue apareciendo, a que se puede deber?

        • Paula Martinez dice:

          Hola Noelia,
          Puede ser que demore unos días. Volvé a intentar luego.

      • Lucio dice:

        Tramite el cuit y me pasa lo mismo:
        Error de validación
        Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.
        VOLVER

        • Paula Martinez dice:

          Hola Lucio,
          Es probable que tengas que esperar unos días hasta que los sistemas de Afip tomen el trámite.
          Si en una semana sigue igual, volvé a la sucursal a preguntar qué pasó.
          Slds.

      • Alba Castellano dice:

        Hola, fui a la AFIP esta tarde, tramité el CUIT y los datos biometricos. Validé esos datos, declaré el CBU, y me sigue tirando ERROR DE VALIDACION de domicilio…. hay que esperar al final, o que hay que hacer???? Se está por vencer el plazo.. Gracias!

        • Paula Martinez dice:

          Hola.
          Supongo que tarda unos días pero no sé cuántos.
          Slds

  201. ines dice:

    hola, resido en tierra del fuego donde los autonomos estan inscriptos en ganancias pero no se paga, es decir que solo se hace la declaracion jurada anual sobre ingresos pero el resultado a pagar da cero por una ley de la provincia, entonces, no se como pedir reintegro, tenes idea? via mis aplicaciones no me deja porque dice que estoy inscripto y de otra forma no puedo porque no pago mes por mes… alguna idea? gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Inés,
      Si estás inscripta en Ganancias, la forma de pedir el reintegro es en la declaración jurada anual de abril o mayo.
      de todos modos, me parece raro que estés inscripta en el impuesto si no hiciste el trámite. Si presentás la declaración informativa que vence el 30 de junio como empleada, no significa que estés inscripta en Ganancias.
      Te aconsejo consultar a un contador para que vea tu situación y te aconseje sobre tu caso particular.
      Slds.

  202. Paloma dice:

    HOla! el 20 de enero hice el pedido de devolución del 20% de las percepciones del 2013 a través del formulario 746 ya que no pago ganancias.
    Recibí una cédula de la AFIP pidiéndome que «desestime» el pedido por ser una presentación extemporánea ya que la hice antes del 31 de enero de 2014, indicándome asimismo que el plazo para realizar el pedido de devolución comenzó el 1/2/2014.
    Me acerqué a una oficina de la Afip para que me asesoren, las respuestas: respecto de los plazos para hacer la presentación hubo «muchas desprolijidades», tengo que desistir de ese pedido y volver a realizarlo.
    Respecto del desestimiento, me informaron que lo haga vía web de igual modo a como lo solicité, pero no hay ninguna opción que diga «desistir» «borrar» «anular» o similar.
    Sabés algo sobre esto?
    Muchas gracias por la info
    P/D: vuelvo a la afip para que me indiquen como hacer eso (porque tengo 10 días hábiles para notificar, de lo contrario archivan el pedido).

    Paloma.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola Paloma,
      No entiendo muy bien qué pasó, pero me imagino porque hiciste un pedido de operaciones en enero, y recién lo podrías haber solicitado después.
      Entrá en la pantalla inicial de Mis Aplicaciones Web, poné consulta del período correspondiente y cuando te aparezca la solicitud abrila, ahí te da la opción para borrar.
      Slds.

      • Paloma dice:

        HOla, gracias por responder. En la afip, cuando fui a preguntar por segunda vez acerca del desestimiento, me informaron que debo hacerlo mediante un formulario multinota. De ese modo lo hice.
        Y como decís vos, el pedido lo hice antes de tiempo.
        Gracias nuevamente por ayudarnos!

  203. dpmantelli dice:

    Hola buenas tardes.
    Yo no pago impuesto a las ganancias y durante todo el 2013 presenté religiosamente todos los formularios 746/A. Informé mi CBU y acepté mis datos biométricos.

    Se sabe cuándo van a depositar las retenciones?
    Muchas Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La Afip no tiene plazos para resolver este tema, así que no podría decirte.
      Sé de algunas personas que le estaban devolviendo pedidos del año pasado, pero también sé que tenían muchos pedidos atrasados sin resolver (en el caso de empresas que piden reintegros, hay algunas que demoran más de dos años).
      Se supone que la Afip te tiene que informar si aprueba o rechaza el trámite.
      Slds.

  204. baino18Mariano dice:

    Cuando pagaran la devolucion que cerro el 31 de enero de 2014?

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Si hiciste la presentación vía Siradig (y pagaste Ganancias en 2013), te la tendrían que haber liquidado con el sueldo de febrero, en el recibo de sueldo.
      Slds.

      • baino18Mariano dice:

        Hola, yo no pago ganancias, hice el formulario 746 para la devolucion. presente todo en enero, en la pagina web dice «presentado». pero ya van 3 meses y nada.

        • Paula Martinez dice:

          Hola Mariano,
          Hay que tener paciencia, la Afip no tiene plazo para responder esta solicitud y, según conozco algunos casos, recién está resolviendo presentaciones del año pasado.
          Slds.

        • Hernan dice:

          3 meses? jaja yo me fui a europa en marzo del 2013 y en abril presenté todo y todavia dice PRESENTADO… olvidate!

  205. facuu7 dice:

    Hola, te hago una consulta! Yo estoy cargando los formularios 746/A para que me reintegren los gastos que tuve en el exterior, pero también necesito q me reintegren el 20% de los dolares ahorro que compra y veo que decís que todavía no habilitaron la opción para el reintegro de los dolares ahorro.

    ¿Tengo que esperar a que habiliten esa opción así presento el formulario con todos los gastos juntos? ¿o se puede presentar un mes en 2 partes?

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      La verdad es que no sé si podrán presentar dos solicitudes, o habrá que corregir la ya informada.
      Te sugiero esperar un poco hasta que habiliten la opción, por las dudas.
      Slds.

  206. ZULEMA dice:

    Hola, les hago una consulta. Yo cargué todos los datos para pedir el recargo por compras en el exterior, resulta que cuando estaba presentando el importe de un mes (junio), me apareció un cartel que decía que ese trámite estaba en proceso. Cómo puedo saber si se llegó a presentar y si no se hubiera podido realizar ese trámite, como lo presento? Espero su respuesta. Muchas gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Zulema,
      Fijate en la aparte de Consultas (no vayas a Agregar Nuevo, sino en la pantalla de inicio). Seguramente, si ponés el período y dejás en blanco «Estado» te va a aparecer como Borrador. Si lo abrís, lo podés modificar y enviar.
      Slds.

  207. Natalia dice:

    Hola, solicité la devolución de las percepciones por compras en exterior e informé cbu ya que no pago ganancias. tenía entendido que la devolución era éste mes pero todavía no tuve novedades. El cbu informado figura como «a validar» en la página de AFIP. Como sabré si aceptaron mi petición? será que por la cantidad de solicitudes todavía están considerando casos como el mío? Te agradezco cualquier información. Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Natalia,
      Conozco muy pocos casos de gente a la cual ya le hayan devuelto las percepciones, en general son pedidos del año pasado.
      Fijate bien en el trámite del CBU, para ver si no te falta ningún paso a realizar.
      Igual, tené paciencia porque esto parece que va a demorar bastante tiempo.
      Slds.

  208. Leila dice:

    Hola Paula! Buenas tardes, yo tuve retencion de ganancias el año 2013, trabajo en relacion de dependencia y complete mi formulario en forma manual con mi empleador. Pero no hice el tramite de devolucion de retenciones por compra de pasajes al exterior. Estoy a tiempo de hacerlo? como lo ingreso en la pagina de afip si es de 2013? agradezco la ayuda que puedas brindarme! ya tengo cuit y el pedido de devolucion de retenciones de 2014 por gastos en el exterior ya lo hice ( incluida el alta de mi cbu) pero no pude hacer las de 2013 ! estoy a tiempo??? mil gracias por tu ayuda muy bueno el blog

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leila,
      Si el año pasado tuviste retenciones de Ganancias, no vas a poder pedir las percepciones por compras en el exterior a través de Mis Aplicaciones Web por el año 2013.
      El plazo para presentar el formulario 572 web (no podés hacer el pedido en forma manual) vencía el 31 de enero.
      Ahora, la única opción que te queda es inscribirte en el Impuesto a las Ganancias y pedir el saldo a favor en la declaración jurada anual 2013 que vence en abril, para lo cual tendrás que consultar con un contador de tu confianza.
      Saludos y me alegro que te sea útil el blog,

  209. Christian dice:

    Hola Paula
    Trabajo en relación de dependencia, no pago impuesto a las ganancias, ni a los bienes personales porque no llego a los valores requeridos y tengo solamente CUIL. Quiero que la AFIP me reitegre la percepción del 20% por compra de divisas que realicé. En una nota, del diario La Nación, también salió la explicación de cómo se debe realizar este trámite y los requisitos a tener en cuenta (http://www.lanacion.com.ar/1660442-como-recuperar-la-carga-fiscal-aplicada-al-comprar-dolares). A continuación pego la parte que me interesa de la nota:

    (..) «Monotributistas y personas no alcanzadas por Ganancias ni por Bienes Personales (incluyendo asalariados). Puede tramitarse en forma inmediata la devolución, que la AFIP -en caso de no rechazar la solicitud- debe hacer a través de un depósito en la cuenta bancaria informada por el interesado. El procedimiento fue dispuesto por la resolución 3420 y vale tanto para las compras en el exterior como de dólares, según confirmaron fuentes de la AFIP. El formulario a completar es el 746/A.
    ¿Cómo se accede? En primer lugar, aclaran Mancuso y De Gennaro, debe contarse con CUIT, datos biométricos registrados en la AFIP (foto, firma y huella dactilar) y clave fiscal para operar en la Web del organismo. Además, claro, se debe tener una cuenta bancaria e informar la CBU. En http://www.afip.gob.ar (con clave fiscal) se ingresa a la solapa de «Mis aplicaciones Web» y luego a «Devoluciones Web – Percepciones», desde donde se puede abrir el formulario, que se envía por vía electrónica. Y después, a esperar. No hay plazos dispuestos por normativa para que la AFIP haga la devolución y hay casos de pedidos pendientes desde hace unos meses. La solicitud, además, podría ser rechazada según los funcionarios, en caso de que se detecten supuestas inconsistencias en los datos del reclamante. En tal caso, el organismo debe explicar los motivos.
    TRÁMITES ELECTRÓNICOS
    Corroborar datos
    Al ingresar con la clave fiscal en http://www.afip.gob.ar hay una opción que permite ver las percepciones ya informadas por quien las realizó. La opción a elegir es «Mis retenciones» y allí se permite una búsqueda por períodos.
    Cargar formularios
    Los asalariados que pagan Ganancias informan los datos en la opción «Siradig – Trabajador»; los autónomos, en su declaración anual y los no alcanzados por Ganancias, en el formulario 746/A» (…)

    Tengo varias consultas con respecto a los requisitos y el trámite para que me reintegren la percepción:
    1° ¿Por qué tengo que solicitar el CUIT si no soy un trabajador autónomo? Por intermedio del CUIL tendrían que reitegrarme la percepción y no abrir un CUIT, que no tiene nada que ver con mi situación laboral.
    2° ¿Al habilitar el CUIT después tendré que pagar tributo a la AFIP o declarar mi situación y aportes; como se hace con el CUIL?
    3° Cuando ingreso a la AFIP con mi clave fiscal y me fijo si tengo los datos biométricos, me dice que no. ¿Esto también tendría que tramitar, se hace de manera personal en la agencia correspondiente, no?
    4° Sin haber solicitado la habilitación del CUIT y los datos biométricos ante la AFIP de manera personal. No puedo realizar, cuando ingreso con mi clave fiscal en la web de la AFIP, la declaración del CBU y llenar el formulario 746/A (Devoluciones y transferencias).
    5° Lo que pude constatar en «Mis Retenciones Impositivas» que las operaciones con divisas fueron registradas, salvo una operación. ¿Esto lo hace automáticamente el sistema o el agente donde realicé la compra de divisas lo debe registrar? ¿O quién lo registra, porque yo registré las operaciones con divisas ante la AFIP?
    6° ¿Si lleno este formulario par que me acrediten las retenciones, cuánto tiempo tarda hasta que me lo depositen?
    7° Por otro lado, cuano entro con mi clave fiscal a la página de la AFIP y hago consultas, aparece una ventana que dice: «SE RECUERDA EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA EFECTUAR EL REEMPADRONAMIENTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS NORMADO POR LA R.G. AFIP Nº 3537/13». Y te da las fechas de vencimiento según la terminación de tu CUIT. ¿Este trámite es también para los que tienen CUIL? De ser así, si la fecha para realizar el reempadronamiento ya pasó. ¿Cómo debo hacer para realizar este reempadronamiento una vez psada la fecha?

    Muchas Gracias
    Saludo cordial y muy atte.
    Christian

    • Paula Martinez dice:

      Hola Christian,
      Te acabo de responder por mail tu consulta.
      Saludos,

      • walter dice:

        Paula, me interesaria la respuesta brindada a Christian, ya que son las mismas inquietudes que poseo.

        Walter

        • Paula Martinez dice:

          Walter,
          Te copio la respuesta que le envié a Christian por mail.
          De todos modos, te adelanto que la AFIP todavía no habilitó la opción para pedir el reintegro del 20% por la compra de dólares para tenencia (hasta que lo haga, sólo se puede pedir el reintegro de las divisas compradas para viajes y turismo).
          «Sacar el CUIT no te genera ninguna otra obligación (salvo que te inscribas en algún impuesto). En ese momento, te van a registrar los datos biométricos. Tenés que ir a una delegación de Afip con tu documento.

          Recién con el CUIT vas a poder llenar Mis aplicaciones Web. La AFIP no tiene ningún plazo para responder la solicitud, así que luego de llenarlo, paciencia. Según me comentaron, a algunas personas que pidieron el año pasado ya le empezaron a responder.

          En Mis Retenciones están las operaciones informadas por los agentes de retención y percepción. Se cargan al mes siguiente de realizadas y, si falta alguna, las podés agregar.

          El tema del reempadronamiento es un cambio de nomenclatura, pero para quienes están inscriptos. Te sugiero consultar su situación en: https://seti.afip.gob.ar/padron-puc-constancia-internet/ConsultaActivEconomicaAction.do Te va a decir si tenés que reempadronarte o no (el trámite es muy sencillo y es por internet). «

          • walter dice:

            Paula, es necesario sacar el CUIT para que me reintegren los adelantos de ganancia pagados por compras de Internet en el exterior?

          • Paula Martinez dice:

            Hola Walter,
            Sí lo vas a necesitar para completar el formulario 746 o para inscribirte en Ganancias o Bienes Personales y pedirlo por la declaración jurada de estos impuestos.
            La única manera que no te requieren CUIT es si sos empleado en relación de dependencia, pagás Ganancias y las percepciones por las compras son inferiores a lo tributado por este impuesto. En este último caso, la solicitud de reintegro se realizar a través del F. 572 web (Siradig) y no se necesita CUIT, pero hay que realizar el pedido hasta el 31 de enero del año siguiente.
            Slds.

          • walter dice:

            Ok Paula!!! Muchas gracias!!!!

            Walter

      • Marcelo Ortiz dice:

        Buenas tardes

        Por favor necesito que alguien me brinde una ayuda.
        Trabajo en relacion de dependencia y todos los meses q pude del 2014 intente comprar unos dolares para ahorro.
        Desde fines de diciembre del 2014 me vengo dirigiendo a la sucursal de AFIP de la calle Salta entre Pavon y Constitucion y los empleados en su mayoria me atienden a desgano evitandome informacion para concluir mi pedido.
        Tengo CUIL e hice la solicitud de CUIT y de los datos Biometricos pero me es imposible ingresar a la pagina para cargar las compras q hice produciendose constantes y permanentes errores de comunicacion
        Al preguntarles a los empleados me dicen q no pueden darme informacion y q ellos no tienen ningun inconvenientes.
        Es muy dificil entender todos los pasos a realizar en cada solicitud y si a esto le agregamos la mala predisposicion de los empleados del lugar que se niegan a solucionar problemas o responder preguntas, uno termina con un gran decaimiento
        Ya debi volver en varias ocasiones y ademas de todo esto, existe el gran problema que en esa cuadra y zona abundan las denominadas «pirañas» y en dos ocasiones intentaron robarme y acuchillarme ante una increible ausencia de personal policial .
        Al no poder avanzar en mi tramite me dirigi a sucursales en la calle Mitre al 800 y en rivadavia al 1300 pero en ambos lugares tampoco recibi ayuda concluir o adelantar mi solicitud.
        Por favor, necesito recuperar ese dinero o al menos presentar mi pedido

  210. Gonzalo dice:

    Hola, muy bueno el video y la explicacion.
    Cuando indico el formulario y el periodo fiscal y pongo aceptar me aparece: «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio». No entiendo porque debo confirmar mi domicilio.
    Debo acercarme hasta mi Dependencia o hay forma de realizarlo por internet?

    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Gonzalo,
      Perdón por responder recién ahora, pero estuve unos días de vacaciones, espero que la respuesta te sirva.
      Es muy probable que lo que necesites es sacar el CUIT. Si sos empleado y nunca te inscribiste en la AFIP sólo tenés CUIL y el CUIT es necesario para llenar el Formulario 746.
      Andá a una dependencia con tu documento con domicilio actualizado.
      saludos,

      • Florencia dice:

        Hola Paula, gracias por la información ante todo. Te hago una consulta, por motivos laborales me es complicado realizar el tramite de forma personal.Existe la posibilidad de que lo realice un tercero?
        Desde ya muchas gracias, saludos

        • Paula Martinez dice:

          Hola Florencia,
          El único trámite presencial es la obtención del CUIT. Necesitás ir personalmente para registrar tus datos biométicos, firma, foto y, si es necesario, huella dactilar).
          El resto del trámite se realiza por Internet.
          Slds.

      • Alan dice:

        Paula yo he confirmado los datos biometricos y demas hace cuestion de menos de 2 meses de manera presencial en la dependencia de la AFIP que me corresponde.

        Pero al efectuar el reclamo con el formulario F746/A para que me devuelvan el 20% de retenciones por la compra de dólares Me aparece lo mismo “Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio”.

        ¿¿¿POR QUÉ????

        • Paula Martinez dice:

          No sé qué puede ser. Andá a la Afip a ver qué te dicen.
          Slds.

  211. Diego dice:

    Hola yo complete el formulario 746/a. tenes idea cuantos años tardan en depositarte el importe en la cuenta?
    Esto

    • Paula Martinez dice:

      Hola Diego,
      No hay ningún plazo previsto, así que hay que tener paciencia (sé de casos del año pasado que aún no resolvieron).
      Slds.

  212. hernanjaime10 dice:

    Hola, Yo viajé a Europa en Marzo/Abril del 2013 y durante el año tambien realicé compras en el extranjero. Ya presenté todas las percepciones hace tiempo y aun no he recibido ninguna notificacion ya que el estado de las presentaciones sigue en «Presentado». Se sabe cuando van a hacer la devolucion? Escuche que en Abril hacen las devoluciones del periodo fiscal del 2013 pero creo que eso es para los que tributan ganancias o bienes personales. Hace mas de un año que hice estos gastos y aun no recibo nada. Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hernán,
      Todavía no conozco a nadie que haya recibido la devolución vía este trámite. Había versiones de que la AFIP iba a empezar a pagar los trámites más viejos, pero la verdad es que no hay ningún plazo. (lo de abril es para quienes presentan la declaración jurada de Ganancias o Bienes Personales).
      Slds.

  213. Cynthia dice:

    Hola te hago una consulta , cuando entro a mis aplicaciones web y cargo el formulario , pongo la fecha y me salta un error de validacion, me dice que me tengo que acercar a las oficinas de afip! … es por algo??
    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cynthia,
      Debe ser porque no tenés CUIT, sino CUIL. Tenés que ir a una oficina de AFIP a sacarlo (es el mismo número, pero hay que hacer un trámite).
      Slds.

  214. Julieta Ferro dice:

    Hola a todos, consulta!! Yo trabajo en relacion de dependencia y hasta que aumentaron el minimo no imponible, me retuvieron impuesto a las ganancias. A partir de esto, cuando voy a hacer el SIRADIG, me doy cuenta que las retenciones fueron menores que las percepcion por las compras en el exterior. Yo realice la DDJJ de todas las percepciones, pero mi duda es….como hago para recuperar la diferencia entre lo retenido y lo percibido. Tengo que hacer el formulario F746 A solo por la diferencia? y tendria que sacar esa diferencia del SIRADIG?

    Gracias!!
    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Julieta,
      En principio, tendrías que inscribirte en Ganancias y presentar la declaración jurada en abril para pedir el saldo a favor.
      Slds.

  215. Hola hice el pedido del 15 y el 20% en Noviembre te todo el año, soy monotributista y no pago ganancias, pero ahora quiero visualizar como va el tramite y no aparece nada. Entre a mis aplicaciones web ingreso el periodo fiscal y no aparece nada. Yo tengo el numero de tramite que me tiro el sistema cuando lo hice.
    Me podes asesorar como hago para visualizar.
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Andrea,
      Cuando ingresás a Mis Aplicaciones Web, poné formulario 746, período presentado (un mes a la vez) y no pongas nada donde dice Estado. Ahí dale Aceptar. Te tiene que mostrar los pedidos que hiciste. Poné ver. Hay dos pestañas, una para las percepciones pedidas, y otra para las aceptadas.
      Si no tenés nada cargado, probá en agregar uno nuevo (quizá no te tomó los trámites anteriores).
      Slds.

  216. Hola Paula. Ponele que a fin de año yo descargo el 20% por impuesto a las ganacias, pero el monto del impuesto del 20% es mayor a mi deduccion anual de IG. Hay alguna manera de descargar el excedente ?
    saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Máximo,
      Según lo que hay hasta ahora, tendrías que inscribirte en Ganancias y presentar, con un contador, la declaración jurada anual 2013 en abril próximo.
      Slds.

  217. CRISTIAN dice:

    Estimada Paula: yo hice compras en el exterior en oct-2013, soy empleado en relacion de dependencia y no tributo ganancias ni bs. persanales. Hice toda la presentacion y solicitud del reintegro por medio del F.746 en afip y luego me llamaron y me dijeron ahi en afip que si tenia interes en recuperar «pronto esos recargos del 20%» me convenia presentar una nota para desistir del pedido de reintegro en mi cuenta y gestionarlo por otro lado porque esas devoluciones en efvo. para acreditar en caja de ahorro casi nunca salian y que me iban a empezar a cruzar datos y pedir informes y presentaciones (vueltas y mas vueltas me dijeron ellos). Al mismo tiempo me dijeron que cargara esas retenciones y percepciones por el aplicativo «SIDARIG trabajador» que entrara con mi clave fiscal y cargara los datos y que enviara el form. 572 web a mi empleador asi esos montos me quedaban a favor mio para futuras retenciones de ganancias que me pudieran hacer en mi bono de sueldo y que esa era un mejora y mas factible opcion de recuperar ese 20% retenido por compras en el exterior. Yo hice todo segun ellos me asesoraron y le envie a mi empleador ese form. espero que algun dia me descuenten ese saldo a favor que ahora tengo para descontar de futuras retenciones.
    Usted que opina de esta opción que me dieron en la afip es correcto ? debe ser asi? o cual es la forma correcta de hacerlo? Gracias. Cristian de Mendoza

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Lo correcto en tu caso, según la Afip, es hacer el f. 746. Si no pagás Ganancias será muy difícil recuperar en el futuro ese reintegro.
      Además, los empleadores lo toman para el año fiscal que acaba de cerrar, no sé si lo pueden hacer para más adelante.
      La verdad, es la primera vez que escucho esa explicación.
      Slds.

    • Nadia dice:

      Hola! yo aun no cargué mis presentaciones porque me faltan los datos biometricos, pero estuve leyendo muchos casos de mucha gente en internet, y lei casos en los que la afip le solicito a algunas personas desistir del pedido de reintegro e incluso gente a quienes les llego por correo un supuesto pedido de cancelación de los reintegros para que lo firmen, que nunca habian hecho… si me preguntas a mi, me parece que es una maniobra para no pagarte nunca lo que te dedujeron. Por más de que tarde mucho si no pagas ganancias (también es mi caso) deberías reclamar tus percepciones en el formulario 746, y no esperar que en algun momento aportes ganancias porque eso puede no pasar, y además como dice Paula el empleador lo hace por año vencido hasta donde tengo entendido. Yo pregunte en Recursos Humanos de la empresa donde trabajo si presentando el 572 me hacian la devolución y me dijeron que no pagando ganancias en mi caso no aplicaba… Yo que vos lo vuelvo a presentar por internet por tu cuenta, al menos eso haré.
      Ojala se te solucione!
      Saludos!

  218. nicolas dice:

    estimados, soy monotributista, estoy intentando ver si me aparecen unas compras en el extranjero. En ese periodo me aparece la retención del pasaje aéreo, pero no las comprar realizadas con tarjeta. puede ser porque compra con una extensión de otra persona?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás,
      En las compras por tarjeta, la percepción queda a cargo de la persona que es titular (o sea, quien se supone que paga la cuenta). Así que la teine que pedir ella.
      De todos modos, como monotributista, fijate en el rubro 219 Imp. a los Bienes Personales (no en el 217, Ganancias).
      Slds.

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