Se acaba de publicar una resolución que obliga a todos quienes contraten una persona del servicio doméstico a registrarse e inscribir la relación laboral y sus modificaciones en la AFIP.
A partir de ahora, además de pagar a la empleada a través del formulario que publica el fisco, se deberá cumplir con esta formalidad.
En esta nota, un detalle de todo lo que implica la nueva obligación y el video instructivo de AFIP.
Esta disposición se enmarca en la nueva ley que se promulgó en abril de 2013 y ya está en vigencia,
Para cumplir con el trámite, antes que nada, habrá que obtener la clave fiscal ya que la inscripción y los cambios se realizan a través de la web de la AFIP. Mirá el video tutorial:
Recuerden que, a partir de contar con toda esta información, el fisco cruzará datos y detectará inconsistencias.
Registración. La información de las relaciones laborales que ya existían al 31 de mayo de 2013 se debían suministrar hasta el 30 de junio de ese año. Después de esa fecha se puede hacer una inscripción en forma retroactiva desde el 1 de junio de 2013.
Datos requeridos. La AFIP exigirá que se ingrese información respecto al empleador, los empleados y la relación laboral. De cada uno de ellos, los datos son los siguientes:
a) Con relación al empleador
b) Con relación a cada empleado o empleada
c) Con relación a la prestación
Atención con estos plazos:
Las modificaciones de datos sobre remuneración y domicilio de trabajo, deberán registrarse dentro de los 2 días posteriores a que ocurran esas situaciones.
Cuando se inicia una relación laboral, la comunicación en el registro debe realizarse hasta el día anterior al de comienzo efectivo de las tareas.
La baja del empleado deberá realizarse dentro de los 5 días corridos de la extinción de la relación laboral, por cualquier causa.
La baja del empleador también tendrá que realizarse dentro de los 5 días corridos desde que deja de serlo.
– Resolución General 3491 / AFIP.
– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.
– Servicio doméstico: las dudas del nuevo régimen laboral.
– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
– Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
– Cómo regularizar a una empleada doméstica.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola tengo una sra que trabaja todo el día en mi casa, no cama adentro ,tiene 62 anos ella tiene una pensión del esposo fallecido y no es jubilada aún , tiene PAMI como obra social ,como la tendría que inscribir ? Cómo sería el tema de obra social? Agradecería orientacion
Hola.
La tenés que inscribir normalmente. La parte del aporte a la obra social va a ir a la que ya tiene.
Hola, mi consulta es saber si al blanquearla, dejaria el sistema publico de salud y pasaria al privado? Como elegir la obra social? Al registrarla ya tiene asignada una OS? Gracias
Si la empleada tiene el aporte total de 419 pesos, puede afiliarse y tener la cobertura de una obra social.
El trámite es individual, lo tiene que hacer ella, ir a una entidad y presentar la documentación que le pidan.
Slds.
Hola,
Estoy intentando registrar a mi empleada en la web de AFIP pero tengo un inconveniente con el domicilio de ella ya que vive en una villa y la pagina de la AFIP no tiene registro de la manzana donde ella vive. Cómo hago para completar el alta si no puedo registrar donde vive? Espero su comentario. Mil gracias.
Hola Agustín,
Me parece que la dirección se puede poner en forma manual, así que no deberías tener problema.
Slds.
hola quisiera saber cuanto cobra una empleada dosmestica cama adentro de lunessabado
Fijate en este link, está el cuadro con las remuneraciones mínimas vigentes:
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/204303/norma.htm
Slds.
Paula,
Tengo una empleada doméstica totalmente en blanco desde hace 2 años. Viene (en teoría) 4 veces por semanas 4 horas. El problema es que a partir de la nueva ley empezó a faltar muchísimo, 1 o 2 veces por semana no viene, a veces avisa que tiene fiebre o que no vino el colectivo o que está todo inundado, y muchas veces ni avisa.
Mi problema es: Cómo hago para demostrar que falta ?
Aparte yo nunca le pedí certificado médico, porque supuse que yo tenía que enviarle médico como hacen las empresas. Debería exigirle un certificado médico ? Si realmente está enferma, cómo hace para conseguir un certificado médico si no tiene obra social ? (Por las horas, que nunca llega a cumplir las 16, yo le pago 39 a la Afip, no le corresponde obra social)
Muchas Gracias.
Hola Ariel,
Si bien yo no soy especialista en temas laborales (soy periodista) entiendo que para demostrar enfermedad la forma es con un certificado médico (si no tiene obra social puede ir a un hospital público).
No sé cómo harías para demostrar cuántos días trabaja y cuántos no. En todo caso, te sugiero dejar registrados los días que va y los que no. Si le estás pagando por día, no deberías abonárselos.
Saludos,
Hola Paula, soy Celeste de Mendoza y mi empleada se niega a que la ponga en blanco porque pierde el plan social , se niega rotundamnte.. que hago???
Yo tenía todo listo para ponerla en blanco. Algunas personas me indican que haga una exposición en AFIP…es posible???
Agradecería tu respuesta!
hola quiero hacerle la siguiente cosulta:trabajo hace 10 años en una casa,la sra dos veces por semana 8 hs diarias,el monto del recibo declarado no se corresponde con mi sueldo,que me abona semanalmente……Ahora me dice q no me pagara el aguinaldo (q nunca me pago antes )porque dice que como me paga semanalmente no me corresponde.Pregunta eso no influye o si?
Hola: tengo una empleada que viene 3 veces por semana 5 horas por dia. Le pago 25 la hora mas el viatico. Que tengo que hacer para ponerla en blanco y cuanto seria el sueldo mensual, porque hoy me pidió que le pagara aguinaldo, pero si cobra por hora no le corresponde. Es asi, no?
A partir de ahora a todas las empleadas les corresponde aguinaldo.
Para blanquearla tenés que registrarte en la AFIP y pagar los aportes a la AFIP.
Hola Paula!
Soy empleadora, quería saber si hay algún lugar, en Internet, donde pueda ver los aportes que realizo mensualmente al trabajador.
Muchas Gracias.
Flor
Sí se pueden ver en el SICAM del sitio web de AFIP, pero para eso el trabajador tiene que tener clave fiscal.
Paula, ante quiero felicitarte por el trabajo en este blog. De este lado apreciamos tu dedicación (y todo lo pedagógico de tus respuestas para los que no estamos en este tema).
Te consulto, tengo una señora que trabaja en dos domicilios que poseo. En uno acude un solo día y en otro los restantes 4. Lo logico sería darla de alta en los dos domicilios, pero ocurre que cuando quiero generar la segunda relación de trabajo con el segundo domicilio me da un error que dice «la relación que intenta dar de alta ya existe». Tienes idea cómo resolver esta situación? Agradezco mucho tu aclaración.
Muchas gracias por el comentario sobre el blog!
Tenés que registrar una sola relación laboral en dos domicilios distintos (no dos relaciones).
Saludos.
hola quisiera hacer una consulta hace 6 años que trabajo como empleada dosmetica trabajo de lunes a sabado a la tarde , feriados, y aveces e incluso domingos solo me pagan 1100 pesos y aguinaldo y tengo q hacer todo hasta cocina quisiera saber q deberia hacer si no me registran en la afip o si no me blanquean ,?…espero su pronta respuesta garcias
Te sugiero consultar al sindicato de tu ciudad.
Saludos.
hola soy lorena me gustaria saber q es lo q tiene q pagar o hacer mi empleadora para ponerme en blanco , hace cuatro años q tradajo cm niñera y empleada domestica a as vez por 1100 pesos y ocho horas seguidas d lunes a viernes y algunos sabados….m gracias
Hola Lorena, lo que debería hacer es inscribirse en el registro de la AFIP y pagar los aportes todos los meses. En el blog hay notas donde se explica cómo.
Fijate el monto de los salarios aquí: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/204303/norma.htm
Saludos
mi empleada ya no trabaja mas en mi domicilio. el ultimos mes trabajado esta abonado. obviamente ya no voy a abonar mas ¿ tengo que dar de baja algo? o ¿queda generada alguna deuda?
Si dejó de trabajar antes del 30 de mayo, no hace falta informar a la AFIP.
Si ya la habías registrado, entonces, tendrías que darla de baja en el registro (el plazo es de 5 días desde el cese de la relación).
Hola! Mi empleada renuncio, mediante telegrama, el 20/05/2013.
Durante los cuatro años que trabajó en casa, le hice los aportes a través del formulario 102/B.
Yo pague,antes del 10 de junio,el aporte correspondiente a Mayo!! Debo informar de esta situación a la AFIP??? o al no pagar en julio ya es suficiente? No me generará deuda ante la misma???????
Muchas gracias
No hace falta informar a la AFIP si la renuncia fue antes del 30 de mayo y no la habías registrado.
Hola Paula, yo trabajo en un lugar solo 6 horas cada 15 dias, y en otro voy 3 veces a la semana 3 horas por dia.¿Como deben liquidarme o quien hace el formulario
Saludos
Cada empleador se tiene que inscribir y realizar los aportes por la cantidad de horas de trabajo (por menos de 12 hs. por semana, cada uno tiene que pagar 20).
Son dos pagos independientes y los dos aportes se suman para que puedas tener la obra social y la jubilación (en ese caso, vas a tener que completar hasta llegar a los $ 135 por mes).
Hola Paula.Mi empleada está conmigo desde hace muchos años, siempre le pagué los aportes correspondientes. Actualmente cobra $ 3.600.-´y además le pago 3 adherentes, es decir $ 300.- más (con el ultimo aumento). Hoy me dijo que fue gente de la afip a su barrio recorriendo casa por casa y le dijeron que el sueldo está bien pero además debo pagarle los viaticos. Viene de lunes a virnes 8 horas, unico trabajo. No está por hora sino mensualizada. Le pago el aguinaldo y tiene un mes de vacaciones. Es esto así?? debo pagar los viaticos?? Siempre pensé que un empleado mensualizado no se le paga viaticos. Por hora sí. Gracias por responder.
Los viáticos no están establecidos en ninguna ley. Eso es un arreglo entre las partes.
Slds.
Buenas tardes, es necesario inscribir a la empleada domestica en el registro de empleadores?
Saludos.-
Sí, a partir de ahora todos los empleadores tienen que inscribirse en el registro de la AFIP y registrar a su/sus empleadas.
Slds.
hola tengo una empleada 1 vez por semana 4 hs, debo pagarle aportes?
hola paula yo trabajo 31 horas semanales en una casa de familia la señora me va a poner en blanco , yo recibo ciudadania porteña por mis hijas ahora que me va a blanquiar usted cree que me saquen la ciudadania ?
No entiendo bien a qué te referís, pero creo que esto es independiente. En todo caso, podrías consultar en Migraciones. Si sos extranjera, aquí indican cómo hacer para registrarte como empleada doméstica: http://www.afip.gov.ar/casasParticulares/#Sr
HOLA, TRABAJO HACE CASI 3 AÑOS EN UNA CASA, HAGO LA CANT MINIMA DE HORAS, EL TEMA ES Q COMO NO ME PONIAN EN BLANCO, DECIDI PAGAR POR MI CUENTA LOS FORM 102 Y 575 ($20 Y $23), PORQUE OBRA SOCIAL TENGO POR MI MARIDO, PERO COMO TENDRIA Q HACER AHORA XQ MI JEFA NO QUIERE INSCRIBIRME, PERO YO SI QUIERO SEGUIR APORTANDO, OTRA COSA, NO SABIA Q TENIA Q TENER CLAVE FISCAL, ASI QUE ESTOS APORTES LOS HICE SIN ELLA, PIERDO ESOS 3 AÑOS? COMO PUEDO SEGUIR APORTANDO? HAY MANERA? POR FAVOR ORIENTAME PORQUE ESTOY PREOCUPADA
No sé cómo hacías antes, porque en el Formulario anterior también tenía que figurar un empleador.
En realidad, la obligación es de ella (no tuya) de inscribirse en el registro y de las dos de realizar los aportes y contribuciones (si es por menos de 12 hs., el total son 20 al mes). Incluso, a ella (o su marido, por ejemplo) les puede servir para deducir los pagos del Impuesto a las Ganancias.
La clave fiscal la necesita el empleador para registrarse en la AFIP.
Los años que ya aportaste no los perdés.
Fijate de hablarlo con ella para ver cómo hacer para seguir aportando.
Saludos,
Hola Paula, que tal? muchas gracias por tu explicacion, te molesto nuevamente, llene la registracion de la empleada y me equivoque en escribir la remuneracion pactada, como la puedo modificar? muchas gracias y perdon por tantas preguntas. Saludos, Maria Teresa, cap fed.
Hola María Teresa,
Tenés que entrar en el registro y modificar los datos. Nada más. Slds.
ESTIMADA
COMO CALCULAR UNA EMPLEADA QUE TRABAJA 6 HORAS DIARIAS DE LUNES A VIERNES ?
SE PUEDE CALCULAR EL BASICO DE 4 HS. DIARIAS MAS EL EXCEDENTE DE 2 HS?
En realidad, esto no está bien especificado y es de esperar que se redefinan las categorías y las remuneraciones mínimas.
Podrías poner el básico de 4 horas o tomar el de 8 hs. y sacar un proporcional.
Slds.
hola Paula, como estas? una dudita, en el F102, en el sector de remuneración, debo poner el total que le pago por la horas trabajadas (15 x semana=60x mes) incluido el viaje o el viatico se pone aparte en donde dice otros conceptos?
¿si le pago por semana debo aclarar en el F102 en modalidad de liquidación marco semanal y cantidad de horas pongo el total de horas que trabajo en el mes o por semana? en descripción se pone las horas por semana o por dia?
Te agradezco muchísimo todo lo que aclaras, es un lio barbaro. Saludos, Maria Teresa, de cap.fed
Hola María Teresa,
Como señalás, los viáticos van en otros conceptos (el formulario interactivo te lo suma).
Si le pagás en forma semanal, ponés eso y la cantidad de horas que trabajó esa semana. Tendrías que entregarle un recibo cada semana (aunque los aportes son mensuales y van una vez por mes).
En la descripción deberías aclarar la cantidad de horas (si te referís por día o por semana).
Saludos,
Hola tengo una empleada donde ya se habia arreglado que trabajaba hasta el 31/05/2013, esta situacion debe informarse en la pagina de la Afip? El tiempo que trabajo se le hicieron todos los aportes con el F102
Si todavía no la habías inscripto, no tendrías que hacer nada en la Afip.
Hola Paula !!! Vos decís que hay que imprimir dos recibos de pago ahora con la modificación !!! La pregunta es esos recibos de pago sirven como recibo para cada una de las partes o además hay que hacer un recibo de sueldo con los $100 que se le descuenta al personal de servicio domético? Gracias !!!
Los recibos son para cada una de las partes. El tema de los $ 100 no está contemplado para ser incluido.
Paula quizás me expresé mal. La pregunta es Si Además de esos F102B por Duplicado, eso es todo o al ser Empleador (en lugar de Dador de trabajo que no hacía falta inscribirse). Tengo que hacer una liquidación con recibo doble de la Ley de Contrato de Trabajo y poner Sueldo mensual 48 hs por semana pesos 2886,93- y le deduzco los 99,99.- con lo cual el neto recibido es de 2786,94.- Gracias por tu excelente comunicación, sabiduría y buena onda !!!