Dinero y familia

Ganancias: paso a paso para deducir gastos de educación de tus hijos

14/01/2023
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Esta nueva deducción del Impuesto a las Ganancias rige desde el año fiscal 2022, en forma retroactiva. Permite pagar menos de impuesto. Cuánto es el monto y cómo impactará en el tributo.

El Presupuesto 2023 incorporó una nueva deducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente a  gastos de educación de los hijos a cargo del contribuyente, hasta los 24 años.

Lo interesante es que se aplica desde el año fiscal 2022. Esto quiere decir que los empleados podrán incluirlo en el Siradig para reducir el impuesto a en ese año o para obtener una devolución, si corresponde. Y los autónomos lo podrán tomar en la declaración jurada 2022, que vence en junio de 2023.

En esta nota, detallaremos los principales aspectos respecto a este nuevo beneficio que ya fue promulgado por el Ejecutivo y reglamentado por la AFIP mediante la Resolución General 5314.

¿Qué se puede deducir?

Según el texto se permitirá deducir de la base imponible los “servicios con fines educativos” y los materiales destinados a ese fin.

La reglamentación precisa que:

-Los servicios con fines educativos comprenden a aquellos prestados por establecimientos educacionales (públicos o privados) incorporados a los planes de enseñanza oficial en todos los niveles (incluidos grados y posgrado). También abarca a refrigerio, alojamiento y transporte accesorios prestados directamente por esos establecimientos.

Se incluyen también las clases dadas a título particular sobre materias incluidas en los planes de enseñanza oficial impartidas fuera de esos establecimientos educativos y, también, las guarderías y jardines materno-infantiles.

-Las herramientas educativas se refieren a: útiles escolares, guardapolvos y uniformes.

¿Quiénes son los estudiantes?

La deducción la puede hacer el contribuyente por los gastos de las personas que tenga como cargas de familia en el Impuesto a las Ganancias. Pero sólo respecto a los hijos menores de 18 años (no cónyuge).

También se incluye a hijos mayores de edad hasta 24 años, “que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio” de manera “que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente”. Como condición, los hijos mayores deben ser residentes en el país y sus ingresos netos no deben superar el monto de la ganancia no imponible de cada año.

Es decir, que la deducción es sólo para la educación de los hijos, no para la que realice el propio contribuyente.

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¿Cuándo se puede aplicar la deducción?

Este beneficio rige desde el año fiscal 2022, que está en curso. Si, al computar esta deducción hay un saldo a favor, el empleador que actuó como agente de retención lo deberá devolver.

La información se puede cargar hasta el 31 de marzo del año siguiente. Este video tutorial muestra un paso a paso para realizar el trámite:

En el caso de los autónomos, lo podrán incluir en la declaración jurada de 2022, que vence en junio de 2023.}

¿Cuánto es el monto que se puede deducir?

El texto de la ley y la reglamentación fijó un máximo anual equivalente al 40% del monto de la Ganancia No Imponible. Este tope es para todos los hijos.

Para 2022, la GNI es de $ 252.564,84, por lo que el tope de deducción anual para 2022 será: $ 101.026).

Para 2023, la GNI es de $ 451.683,19 y el tope a deducir por la educación de todos los hijos para todo el año será de $ 180.673,276.

¿El tope es por hijo?

La ley habla solamente de ese tope, sin señalar nada de la cantidad de hijos.

Es decir que el monto máximo de deducción es en total por todos los hijos.

¿Cuánto me ahorraré de impuesto?

Depende de cosas como el nivel de ingreso total y el resto de las deducciones.

Si el monto máximo a deducir es $ 101.026 pesos al año ($ 8.418,8 por mes), considerando un contribuyente que ya está en la alícuota máxima del 35%, dejará de pagar hasta $ 35.359 de impuesto por año o hasta $ 2.946 por mes para el año fiscal 2022.

Consultá nuestra Calculadora de Ganancias para ver tu caso.

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Por: Paula Martinez

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