
Las nuevas medidas del Banco Central no permiten cobrar en dólares. Hay que presentar documentación al banco para retirar el dinero en pesos. Qué pasa con las billeteras virtuales.
A partir de las medidas de control de cambios y restricciones en la compra de dólares los argentinos se vieron afectados en numerosas operaciones. Una de ellas es el cobro de la exportación de servicios, profesionales y de todo tipo, al exterior.
ATENCIÓN! El miércoles 2 de diciembre de 2020 tendremos un encuentro exclusivo para miembros de la Comunidad Mi Presupuesto para analizar “Cómo cobrar un servicio del exterior”.
La norma del Banco Central (BCRA), del 1 de septiembre de 2019, establece que esos cobros “deberán ser ingresados y liquidados en el mercado local de cambios en un plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior”.
- TODAS LAS MEDIDAS. Dólares: así funcionan las restricciones cambiarias.
¿Qué quiere decir esto?
Que quien presta un servicio fuera de Argentina, a partir de que recibe el pago en dólares en una cuenta bancaria, tiene 5 días para ingresarlo al país (no puede dejarlo en una cuenta del exterior) y para pasarlo a pesos (eso implica liquidarlo en el mercado de cambios).
En otras palabras, no puede dejarlo en una cuenta en dólares ni retirar billetes “verdes”.
¿A quiénes afecta?
A todos quienes venden servicios al exterior, sean personas jurídicas o individuos. Es indistinta su situación fiscal: pueden ser responsables inscriptos en IVA o monotributistas.
Además, no hay un monto mínimo para quedar alcanzado por la obligación.
Cómo cobrar
Por otra parte, a partir de ahora quienes quieran retirar su dinero (en pesos, como ya dijimos) tienen que hacer un trámite presencial en el banco, no lo pueden hacer en forma automática ni por Homebanking.
El paso a paso es el siguiente:
- El banco notifica al exportador de servicios cuando se recibe una transferencia desde el exterior.
- El titular tiene que ir a su sucursal y presentar la factura E (de exportación) dentro de los 5 días hábiles.
- También tiene que completar la solicitud de liquidación de divisas que corresponde a esa operación en particular (se deben completar los datos correspondientes).
- Cuando el banco procesa y aprueba la documentación (demora otros días más), acredita los fondos en pesos en la cuenta al tipo de cambio comprador del día.
Cobro por billeteras virtuales
¿Qué pasa cuando el dinero no se recibe a través de una cuenta bancaria local o en el exterior? En este caso, los fondos no están bajo el control del Banco Central pero sí bajo la órbita de la AFIP si se realiza la factura E correspondiente.
En estos casos, se pueden eludir los 5 días hábiles, ya que las disposiciones señalan la obligación de ingresar y liquidar los dólares en ese plazo luego de efectivizado el cobro.
Si el exportador de servicios recibe el pago a través de una billetera virtual (un sitio web o una aplicación celular, como PayPal, por ejemplo) la obligación sigue estando, pero la autoridad monetaria no puede saber cuándo se cobra. De todos modos, a partir de la facturación hay 180 días para el cobro.
En el caso de PayPal, por ejemplo, tiene un convenio con Nubi para transferir dinero a una cuenta bancaria argentina. Si bien la empresa tenía dos opciones: retirar en dólares o en pesos, hoy la primera alternativa ya no está disponible y sólo se pueden obtener en moneda nacional.
Tanto en esta billetera como en otras aplicaciones web, existe la posibilidad de utilizar el dinero para compras desde allí mismo (sin pasar por un banco) o con una tarjeta precargada (tipo Payoneer). Sin embargo, hay que tener presente que las operaciones que están facturadas como exportaciones tienen que ingresarse en el sistema en no más de 180 días.
Como este es un tema delicado, te recomiendo consultar con tu contador para evitar inconvenientes.
- TE PUEDE INTERESAR. Medidas para trabajadores y monotributistas luego de las PASO.
Buenas tardes, mi situacion es la siguiente. Presto servicios en el exterior, y mis dudas son las siguientes:
-SI facturo tengo que ingresar si o si la plata por banco?
– Si facturo y cobro por wester union es un medio aceptado por el BCRA? o si o si tiene que ser en una cuenta bancaria? Wester actualmente paga al contado con liqui , por lo que me conviene cobrarlo por ahi. Quizas si cobro por wester como ingresa al pais como regalia no deberia facturarlo?
– Otra opción es no facturarlo, dejarlo en pyoneer y cuando lo quiero ingresar voy facturando al valor que me va a ingresar en el banco. Seria correcto?
Entiendo que hay muchos grises en este tema por eso queria ver tu opinion. Gracias y muy util la informacion
Hola.
Mañana miércoles 2/12 tendremos un encuentro y chat en vivo para los miembros de la Comunidad Mi Presupuesto, en el cual trataremos estos temas.
Podés sumarte completando el formulario en esta página: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/comunidad-mi-presupuesto/
Buenas! Muy buena tu página!
Te quería consultar…vos consideras que el uso de Bitcoin para cobrar Exportaciones de Servicios sigue estando alcanzado por las obligaciones de liquidarlo dentro de los 5 días?
Ahora me surge otra duda que pasa si los uso para pagar algún gasto en el exterior mismo? Por ejemplo dentro de los 5 días… seguiría obligado?
Gracias
Saludos
Hola.
Es un tema sujeto a interpretación porque no hay una normativa específica.
Hay tributaristas que entienden que las criptomonedas son un pago en especie, así que no estaría la obligación de liquidación.
De hecho, los 5 días es desde que ingresa un pago en divisas (no en bitcoin, por ejemplo).
Sí está la obligación de ingresar en pesos el dinero a los 180 días de facturación.
Espero te sirva. Slds.
Hola Paula,
Expandiendo la pregunta de FRE79, quisiera saber si haciendo facturas E en pesos argentinos por el equivalente de lo cobrado (y vendido en un exchange local) en Bitcoin, es algo que pueda traer problemas con AFIP, dado que según se lee en muchos sitios, toda factura E debe ser liquidada por el MULC. Esto último es confuso porque no se entiende que siga existiendo la posibilidad de facturar E en pesos.
Muchas gracias por toda la ayuda!
Hola.
Si el pago es en pesos, directamente, no podrías liquidarlo por el MULC. Todavía está permitida la facturación en moneda local.
Pero, entiendo que es una zona gris que puede prestarse a distintas interpretaciones. Habrá que ver si el fisco o el BCRA dicen algo al respecto…
Hola, estoy en la misma situacion que la persona anterior. Venta de saldo en dolares y la persona me que me los compra online me transfiere pesos a mi cuenta y quisiera facturar pero es un individuo, como hago esa factura? Graciass
Hola.
Si no es un monto alto, se puede facturar a consumidor final. También se puede facturar a un individuo que tenga CUIT (no importa si es monotributista o autónomo).
Paula, antes que nada muchas gracias por mantener este blog actualizado y con buena información. Estoy aprendiendo mucho de finanzas personales con tus posteos y me parecen de excelente calidad.
Tengo unas preguntas y agradecería si puedes responder.
En el caso de emitir factura E para un proveedor en el exterior en pesos, estos deben ser por el importe equivalente en dólares al día anterior del cotizado en banco nación? A valor de hoy 100×80=8000 pesos.
Después si por billetera virtual me manejo con otro valor no importa, mientras deposite en el banco esos pesos facturados.
De vuelta muchas gracias por la información y la profesionalidad. Da gusto encontrar trabajos así. Muchas gracias, un saludo.
Hola.
Muchas gracias por el comentario, es importante saber que nuestra información es útil y les sirve.
Sí tendrías que facturar en dólares pero recordá que existe la obligación de liquidar los pagos a valor oficial (como bien señalás) dentro de los 5 días hábiles.
El tema del cobro por billeteras Paypal o payoneer, o con critpomonedas es algo diferente. es un tema controvertido porque no hay normas específicas, pero hay tributaristas que consideran que son pagos en especie por lo tanto no hay obligación de liquidar en ese momento.
Aclaro que son temas que entran en una zona gris. Pero, como regla general, todos los pagos en cuenta que te hagan se deben transformar a pesos oficiales a los 5 días y, por supuesto, todo el dinero que te entre en una cuenta bancaria tiene que estar justificado con una factura.
Slds.
Hola Paula! Cómo estás?
Muchas gracias por la información. Te quiero hacer una consulta. Estoy trabajando actualmente para una empresa de EEUU, y actualmente me pagan en la plataforma Payoneer; una plataforma parecida a Paypal, pero que también tiene una tarjeta de crédito prepaga que sólo sirve mientras tenga saldo en esa plataforma. Yo puedo traer la plata al país a un mejor tipo de cambio que el oficial, pero quería saber como se justifica esa plata.
Tendría que hacer una Factura E en pesos? No pasa nada si no liquido esos dólares en el MULC? El BCRA que tipo de sanción puede poner? O estos fondos digitales no son regulados por el BCRA? Muchas gracias!
Hola.
Si ingresás los fondos al país en pesos, podés facturar en $$, entonces estará justificado.
Y si uso plataformas en donde vendo mi saldo digital a otra persona, y esa persona me hace una transferencia local a valor blue de ese saldo. También podría hacer factura E? A pesar de que la plata no esté entrando en el MULC? Gracias!
Podés hacer factura en pesos. Si el cliente es del país, sería una factura normal; si es del exterior, es una exportación.