Ya está en marcha el programa de Reparación Histórica, mediante el cual el Gobierno cancelará los juicios en marcha y volverá a calcular las jubilaciones de unos 2,4 millones de personas.
Ya está en marcha el programa de Reparación Histórica, mediante el cual el Gobierno cancelará los juicios en marcha y volverá a calcular las jubilaciones de unos 2,4 millones de personas. El trámite, en esta nota.
IMPORTANTE: Esta información está sujeta a cambios, y la iremos modificando según avance el programa. (mirá en el punto 3, más abajo, el pago automático del reajuste desde septiembre).
¿Cuál es el objetivo? Terminar con los juicios de los jubilados contra la ANSES por haberes mal cobrados.
Para esto, el Gobierno implementó una serie de medidas en el marco del denominado Programa de Reparación Histórica. Incluyen:
La situación de cada jubilado será diferente según los distintos casos:
Cobrarán el monto que actualizado del haber y todo el retroactivo de la siguiente forma: el 50% de contado y el otro 50% en 12 cuotas trimestrales que se actualizarán por la movilidad jubilatoria (en marzo y septiembre).
Si acceden a la propuesta de la Anses, empezarán a cobrar los haberes más altos, con el nuevo cálculo.
Son unos 70.000 casos.
Si no dan consentimiento a la propuesta, deben esperar la liquidación que viene realizando la Anses todos los meses (entre 3.000 y 5.000 casos mensuales).
Recibirán una propuesta para cobrar la diferencia de los haberes mal liquidados en forma retroactiva hasta 48 meses.
Ese monto se pagará, también, la mitad de contado y el resto, en 12 cuotas trimestrales ajustables.
Para acceder a este dinero, el jubilado tendrá que acordar el fin del juicio. Si no le conviene, puede seguir con el trámite judicial y la Anses le pagará una vez que tenga sentencia.
¿Por qué convendría aceptar la oferta del Gobierno? Para quienes iniciaron juicio hace menos de 4 años, lo más probable es que no se resigne casi nada de la deuda “para atrás”. Desde el inicio del juicio, se pueden pedir solo dos años de reintegro retroactivo desde el momento de la jubilación.
Si inició la demanda en la Justicia hace más años, la opción (como en cualquier acuerdo judicial) es entre cobrar ahora (no solo la deuda sino la jubilación más alta) un monto más bajo o esperar hasta que el juicio termine.
Si el jubilado está cerca de concluir el juicio, es probable que le convenga más esperar la sentencia definitiva.
Hay unos 300.000 juicios en trámite.
Si le habían liquidado mal el haber inicial o no se lo actualizaron de acuerdo a la inflación general en los últimos 15 años, la ANSES les ofrecerá cobrar una nueva jubilación (más alta) con el nuevo cálculo.
No cobrarán todos sino quienes acepten y firmen un acuerdo judicial en el cual se comprometen a no realizar juicios en el futuro.
Este grupo, que comprende a unos 2 millones de pasivos es el que más aceptará ya que no tiene nada que perder si nunca pensaba iniciar juicio, solo tiene que recibir el aumento.
Tendrán prioridad los mayores de 80 años, quienes estén enfermos y aquellos cuyo incremento sea inferior al 30% del haber mínimo (menos de $ 1.500 a la fecha) y cuya jubilación final no supere los 2,5 haberes mínimos (algo más de $ 12.400).
Pago automático. A partir de septiembre de 2016, la ANSES ya está realizando el reajuste automático de haberes de unos 600 mil jubilados.
Estas personas ya pueden consultar en la web el monto de su jubilación actualizada, según la propuesta oficial. Ya cobraron con este aumento unos 264.436 pasivos, en octubre habrá otra tanda de 215.000 y otros 120.000, en noviembre.
Recibirán el aumento automático los siguientes jubilados:
Menores de 80 años:
• Si el monto de suba por la recomposición histórica no supera los $ 1.698 por mes.
• Si la nueva jubilación, ya con el aumento, no supera los $ 14.152.
Mayores de 80 años
• Si la suba no es mayor a $ 5.661,16 mensuales.
• Si el nuevo haber no supera los $ 14.152.
En cualquier caso, el jubilado deberá designar un abogado y validar el acuerdo con la Anses, para lo cual tendrá 6 meses a partir de empezar a cobrar. Si no acepta la propuesta en ese plazo, se le descontará en el futuro.
¿Cómo se recalcularán las jubilaciones? Se tendrán en cuenta los casos testigo que fueron aprobados por la Corte Suprema (Badaro, Eliff, Sánchez y Monzó).
Hay dos tipos de recálculos:
El nuevo monto de las jubilaciones se cobrará apenas se firme el acuerdo judicial, salvo en el caso del reajuste automático que se recibe antes (pero que luego deberá ser aceptado).
A quienes se jubilen desde agosto de 2016, el haber inicial se les calculará de acuerdo a los parámetros mencionados anteriormente, que estableció la Corte Suprema.
Como es una medida que se tomó a fin de mayo mediante un decreto, empieza a regir en forma inmediata .
Si al cumplir esa edad, los varones y mujeres no tienen los años de aporte necesarios para jubilarse, recibirán la Pensión Universal para adultos mayores.
Es vitalicia y tendrá un monto equivalente al 80% de la jubilación mínima (al inicio: $ 3.967).
Quienes la cobren tendrán derecho a las asignaciones familiares y al PAMI.
Podrán seguir trabajando para completar los años de aporte y obtener luego la jubilación.
Requisitos:
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Los jubilados ya pueden inscribirse en la ANSES para que les informen de su situación, si tienen juicio, en qué etapa están, y de cuánto sería la jubilación con el cálculo nuevo.
¿Cómo? Tienen que entrar en la página de la ANSES en Mi Anses Trámites con la clave de seguridad social. Si no la tienen, la pueden crear ahí mismo, respondiendo datos personales.
Una vez que se valida la clave de seguridad social, se vuelve a ingresar y se actualizan los datos de contacto:
Una vez que se confirman los datos, la Anses envía un e-mail a la dirección informada, diciendo que se realizó el trámite y que el organismo se contactará una vez reglamentada la ley.
El tercer punto es fijarse en el apartado «Reparación Histórica»
En la consulta pueden aparecer 4 opciones:
A. Caso afirmativo. «De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260.
Cómo continuar: por favor registrá tu huella digital en los lugares habilitados, tu abogado también debe hacerlo. A partir del 1 de septiembre de 2016 podrás ingresar a la plataforma web que te permitirá participar de la Reparación Histórica, y así reajustar tu haber».
B. Caso afirmativo, sin cambios en el haber
«De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio se encuentra enmarcado dentro del Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260, pero su aplicación no genera diferencias a tu favor en el haber mensual correspondiente.»
C. Caso en estudio
«De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra en proceso de evaluación por requerir un análisis más completo. La ANSES estima tener una definición final respecto de tu caso el 15 de septiembre de 2016».
D. Caso negativo
«De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio no se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260 (Art. 3), debido a que el mismo corresponde a una prestación con régimen diferente al Sistema Integrado Previsional Argentino. Para mayor información podés consultar el texto completo de la Ley N° 27.260 de Reparación Histórica».
En el caso A, a partir del 15 de septiembre de 2016 se puede consultar la oferta que realiza la Anses. De todos modos, el organismo estima resolver una cantidad limitada de casos por mes y, como son 2,4 millones de personas, este proceso puede demorar dos años; no todos tendrán la propuesta desde ese momento.
En el caso B y D, el jubilado puede ir a la Anses a reclamar, si considera que sí tiene que tener un reajuste de haber.
En el caso C, hay que esperar, para ver qué se resuelve.
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Por: comunidadpresupu-admin
hola buenos días , los jubilados que iniciaron el juicio con sentencia firme y falleció, le corresponde a los hijos el cobro
Sí, como los herederos-
Quiero saber si estoy en el listado! Porque me esta llamando un abogado supuestamente del ANSES
Hola.
No sé a qué listado te referirás, pero desde Anses no te van a llamar si no estás con algún trámite iniciado. Te sugiero que vayas personalmente a consultar y no respondas datos personales por teléfono si no conocés quién te habla.
Me jubile por invalidez en 2004 y presente la jubilación en 2002, reclamó reajuste por mala liquidación inicial no tomaron más de 15 años de la MCBA la tarea riesgosa de barrendero papelero trabajo en la calle, reclamó la regularidad de los treinta años ya que me jubilaron como aportante irregular con derecho
Hola mí hermana hice el trámite x pensión no contributiva
… hace 3 años,, estaba todo parado , hasta que lo denuncie con defensoría del pueblo,, ahora ya se encuentran en liquidacines,, supuesta el próximo mes cobrar,, mí pregunta es,,, le deben abonar todo el tiempo qué estuvo congelado el trámite???
Hola. El retroactivo se cobra desde que sei nició el trámite.
Soy de la provincia de Santa cruz inicié mi trámite jubilatoriobel 01-09-2017 el 01-03-2019 me llegó un sms a micelular que empezaba a cobrar desde el 13-03-2019 voy a cobrar con retroactivo
Tendrías que cobrar desde que iniciaste el trámite o desde que te otorgan la jubilación (no me queda claro cuál es el trámite).
Hola mi consulta es mi mama asepto el acuerdo en septiembre 2016 y resien hace 15 dias salio en la pajina de mi anses que el acuerdo fue homologado cobra algun retroactivo desde que firmo el acuerdo
Hola. Debería cobrar desde el día del acuerdo, si no lo está cobrando ya. Consultale al abogado que firmó el trámite.
Hola, mi pregunta es la siguiente, me llego a mi anses la reparacion histrica el 1 de octubre de 2018, pero figura marzo de 2017, como se facturan esos meses en que no recibi la propuesta , o queda como que la acepre recien en 2018, dejando pasar todos esos meses.
Hola.
no conozco tu caso, pero podría ser que te paguen retroactivo desde ese momento. Te sugiero que le consultes al abogado que va a certificar el acuerdo.
SI COBRO JUBILACION Y POR LA PENSION DE MI ESPOSO PEDI LA REPARACION HIST. LA CUAL FIRME Y ME TOMARON LAS GUELLAS DEG. EN ANSES HACE CASI 2 ANIOS CON MI ABOGADO PERO NO HABIA IMNISIADO JUICIO ANTES, CUANTO TIEMPO PUEDE TARDAR EN SALIR . TENGO 75 ANIOS
Deberías consultar con el abogado que realizó el trámite.
Holabuenos dias, mi madre comenzo este mes a cobrar ya con el reajuste de la reparacion historica, en MI ANSES figura una liquidasion previsonal de 31000 pesos pero solo cobro 16500, que pudo haber pasado??
Habria que ver si está bien cargada la liquidación, hay veces que luego la acomodan. Lo mejor es sacar el recibo de sueldo por cajero.
Cualquier duda, consultale al abogado que te hizo el trámite.
Yo tengo sentencia firme, y ya pasaron los 120dias que fija la ley. Pta ; Primero me actualizan la jubilacion y despues me pagan el retroactivo ??? En que tiempo veria la actualizacion en mi jubilacion ????
Desde ya muchas gracias.
Conozco casos que tiene más de dos años de sentencia firme sin pagar.
Consultale a tu abogado que debe saber qué está pasando ahora.
Cuanto tiempo tarda en cobrar la reparación acepte la propuesta el 13 de Julio de este año 2017 y todavía nada
Mi papá está en juicio..nunca hizo reparación histórica…y cuando le cobre en el cajero…le vino reparación histórica con un 50% más…que significa que si acepta la reparación no le corresponde cobrar el retroactivo de 4 años ?
Te sugiero que le consulte a un abogado, porque el acuerdo tiene que estar firmado por ellos.
Mi mama ya esta cobrando con el aumento pero quiere saber cuando le pagan el retroactivo tiene 84 años
Si nunca hizo juicio, no le corresponde retroactivo