Consumo inteligente

Claves a tener en cuenta para la compra de tecnología en el exterior

08/10/2018

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Preguntas y respuestas tras la resolución de la Afip que autoriza el ingreso de algunos productos de tecnología sin pagar impuestos.

El 28 de septiembre de 2018, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), autorizó el ingreso al país de teléfonos celulares, tablets y notebooks sin tener que declararlos en la Aduana (resolución 4315/2018), ni pagar el impuesto aduanero del 50%.

A continuación, detallamos algunas preguntas y respuestas a tener en cuenta para que puedas comprender en profundidad la medida dispuesta por el organismo.

 ¿Qué beneficios trae este cambio?

Al viajero le simplifica trámites y costos, mientras que a la Aduana le permite hacer un uso más eficiente de sus controles, para destinarlos al secuestro de mercadería peligrosa o de alto valor.

Al salir del país con un celular, notebook o tablet, ¿tengo que declararlos?

Para que aplique la nueva normativa, antes de viajar tenés que declarar los objetos en el puesto de la Aduana, al igual que antes. De esa manera podés traer otros de afuera.

Si compro un nuevo celular… ¿puedo volver al país con ambos productos –el que declaré y el adquirido en el exterior– sin pagar arancel aduanero?

Si salís del país y declarás un celular, notebook o tablet, en la Declaración de Objetos y/o Vehículos F-121, al volver al país con compras realizadas en el exterior no tendrás que pagar franquicia ni aranceles aduaneros.

¿Debo realizar la declaración de objetos personales exclusivamente vía web?

No, la declaración ante la Aduana puede hacerse de forma manual (papel) o utilizando la página web.

¿Necesito traer factura de compra, aun si no tengo que declarar el producto?

No es necesario en el caso de los productos que no pagan el impuesto aduanero.

El resto de los bienes, sí necesitan factura para saber el precio pagado. Si no, se aplicará un valor que tiene la Aduana.

¿Puedo traer dos tablets o notebooks si no traigo un nuevo celular?

Sí, pero en el caso de una segunda unidad, deberá ser declarada y pagado el arancel del 50% por encima de la franquicia de U$S 500 (vigente desde noviembre 2018, antes U$S 300) por adulto o U$S 250 por menor, para ingreso aéreo o marítimo; o de U$S 300 por mayor de 16 años por vía terrestre o fluvial.

 ¿Por qué vías puedo ingresar estas compras?

Esta modalidad aplica para el ingreso vía terrestre (auto, tren), marítimo (barco) y aéreo (avión).

Si la compra la realizo vía Correo Oficial (Puerta a Puerta), ¿tengo que pagar el arancel aduanero?

Sí, ya que la nueva normativa no aplica para las compras realizadas bajo el Régimen de Envíos Postales Internacionales.

¿Qué pasa con el ingreso de ropa o juguetes que se suponen de uso personal pero que sin embargo la Aduana, en ocasiones, cobra franquicias o aranceles?

Los objetos que sean de uso personal y no para fines comerciales, ya estaban contemplados en la resolución 3751/94. Por lo tanto, no deben ser declarados ni pagar aranceles aduaneros. A partir de septiembre de 2018, se agregan notebooks, tablets o teléfonos celulares.

Franquicias. Recordá que la normativa de Afip establece que el tope máximo de compra sin pagar el impuesto aduanero (franquicia) es para los adultos de U$S 500 y de U$S 250 para los menores de 16 años por vía marítima o aérea. Para las compras en el Free Shop de llegada no hay topes máximos.

Por vía terrestre o fluvial, los montos se reducen a U$S 300 y U$S 150 (menores) y en el free shop el límite es U$S 500. Estos valores rigen desde noviembre de 2018 (antes eran de U$S 300 para marítima y aérea y U$S 150 por el resto de las vías).

En el caso de familias, se suman todas las franquicias de los padres y menores de 16 años (se puede ingresar un sólo producto que esté dentro de este monto).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

10 respuestas a “Claves a tener en cuenta para la compra de tecnología en el exterior”

  1. mauro0518 dice:

    Hola. Buenos días. Quisiera hacerme importador, para poder traer notebook usadas desde Chile a la Argentina. Sabrán maso menos cuanto se debe pagar en la aduana respecto a aranceles? o que mas me podrían cobrar? Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Te sugiero que lo hables con un contador y un despachante de adueña. Son regímenes que no son sencillos y varía según los productos.

  2. Mariela dice:

    Hola quería comprar dos notebook usadas en Chile. Me dijeron que si el vendedor me hace un recibo simple donde queda registrado el recio de compra me sirve como factura para pasar la segunda notebook.Es así o me van a tomar el precio de Aduana?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El precio que te toman es el de la factura. No creo que la Aduana tenga precios de todos los modelos de notebook, incluidas las usadas. Incluso, si te queda dentro de la franquicia, no tenés que pagar el impuesto aduanero.

  3. Julia Guzman dice:

    Hola, buen día. Viajo a Europa con una pequeña máquina de fotos muy usada ¿necesito declararla. Y tengo la intención de comprar una mejor. ¿Como se hac3 para 3ntrar al país . Hay que declararla y cuánto me cobran .

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La máquina usada no hace falta declararla.
      La nueva se puede ingresar. Hasta U$S 500 sin pagar nada y el monto que exceda ese valor, se abona el 50% de Aduana.

  4. Romina dice:

    Hola. Muy buena la nota. De que montó a que montó subió el límite de compra en freeshop?. Cuál es la normativa?, graciaa

  5. Gabriel dice:

    Hola,

    En la nota comentás que «Cabe destacar que la nueva normativa de Afip establece que el tope máximo de compra es de U$S 300 y de U$S 150 para los menores de 16 años.»

    Eso no estaba de antes? No eran esos los topes de franquicia?
    Cuál es la novedad?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí es así. Lo corregimos.
      Lo que se agregó es un límite mayor para el free shop.
      Lo nuevo ahora es lo de la tablet, celular o notebook sin pagar. Slds.

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