A partir del 17 de diciembre de 2015 vuelve a liberarse la compra de moneda extranjera. No se aplicarán pagos a cuenta ni se necesitará autorización previa. Las claves para las personas, en esta nota.
Desde este día, cualquier persona podrá comprar dólares en la ventanilla de un banco o casa de cambio y comprar paquetes turísticos sin percepción (salvo pago en efectivo).
En la práctica, se vuelve a la misma situación vigente hasta octubre de 2011, cuando se implementó el cepo cambiario y, primero, se requirió autorización previa de AFIP para comprar divisas, y luego se fijó un tope máximo por persona por mes.
Se unifica el mercado de cambios y ya no habrá dólar ahorro, turista, puré, o blue (salvo algo muy marginal). Todas las operaciones se podrán realizar al tipo de cambio oficial libre, sin restricción.
Aquí los detalles de cómo son todas estas transacciones desde ahora.
Compra de dólares en bancos y casas de cambio. Se pueden adquirir dólares u otra moneda extranjera sin pedir autorización previa a la AFIP.
Se paga el dólar oficial, sin la percepción del 20% que tenía el ahorro para tenencia.
El tope es de 2 millones de dólares por mes (como era antes del cepo).
Por ventanilla. Solamente podés comprar hasta U$S 500 en efectivo. Para montos superiores, el pago debe realizarse con débito a una cuenta o transferencia bancaria. También está habilitada la compra o venta por Internet (Homebanking).
Compra de paquetes turísticos. Se sigue pagando en pesos al tipo de cambio oficial, sin el 35%.
Si se paga en efectivo (con billetes), se aplica una percepción del 5%. Esto es para fomentar los pagos bancarizados (con tarjeta o débito bancario).
Compras por Internet en páginas del exterior. Se abonan al tipo de cambio oficial sin el 35%.
Compras en dólares con tarjeta de débito. Se puede pagar con débito a una cuenta bancaria en pesos, al tipo de cambio oficial sin recargo del día de la operación.
Compras en dólares con tarjeta de crédito. Se pagan en pesos al tipo de cambio oficial, sin recargo, de la fecha de pago del resumen.
¿Y si quiero vender dólares? Se puede vender en cualquier casa de cambio o banco y cobrar al tipo de cambio oficial. Si se venden más de U$S 2.500 (o el equivalente en otra moneda) no se puede retirar en efectivo, es obligatorio depositar los pesos en una cuenta bancaria.
Modalidad de compra. Las compras de billetes en moneda extranjera que superen los 500 dólares por mes se pueden efectuar sólo con débito a una cuenta a nombre del cliente, con transferencia vía MEP, o con pago con cheque de la cuenta propia del comprador.
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Operaciones en el exterior
Extracción de dinero en un cajero automático. Se pueden sacar dólares u otra moneda extranjera fuera del país de una cuenta bancaria en pesos (la Comunicación A 5850 del Banco Central derogó este punto establecido en la Comunicación A 5284).
Sin embargo, no te confíes porque en algunos bancos todavía no estaba operativa esta alternativa.
Pago con tarjeta. Al igual que las compras con plástico en el país, también se paga en pesos al tipo de cambio oficial, sin el 35%.
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Algunas dudas
¿Qué pasa con el pago de consumos con tarjeta de crédito en dólares? Se deben abonar al tipo de cambio oficial del día de pago.
¿Qué pasa con la percepción del 20% o 35%? No se aplica más.
¿Qué pasa con las compras en dólares con tarjeta de crédito aún no facturadas? AFIP aclaró que la liquidación de las tarjetas a partir del 17 de diciembre de 2015 ya no tendrán el 35%. O sea, si compraste (en dólares) hasta el 16 pero tu resumen cierra después, no se aplica la percepción. Se aplica el tipo de cambio oficial al día del vencimiento.
Si tu resumen ya cerró pero todavía no lo pagaste, ahí vas a tener el 35% más el pago al dólar oficial.
¿Qué pasa con los depósitos en dólares por 365 días que no tenían la percepción del 20%? ¿Me la cobran o no? Si retirás el depósito antes del año, sí se cobra el 20%. El tipo de cambio es el del día del retiro. Si lo dejás por todo el plazo, al retirarlo no se cobra.
¿Puedo seguir reclamando el cobro de la percepción del 20% o 35% que ya me practicaron? Sí. Fue un pago a cuenta y se puede reclamar según los mecanismos establecidos. Mirá cómo pedir la devolución del 20/35% a la AFIP, según tu situación fiscal.
La nueva percepción del 5% para la compra de viajes en efectivo se puede reclamar igual que antes.
¿Tenés más dudas? Adjuntalas en los comentarios y las incorporaré a la nota.
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Para seguir leyendo
– 10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% de la percepción de AFIP.
– Cómo recuperar el 20/35% de las compras de dólares (viajes y ahorro).
Necesito retirar dolares de mi caja de ahorro en dolares para pagar una deuda que tengo con Renault, el retiro de los dolares esta gravado con el Cepo? o sea tengo que pagar el 30% al retirar los dolares que tengo en la caja de ahorro del banco provincia?
Hola Marta.
No, el impuesto es para cambiar pesos por dólares. Si ya tenés las divisas, no paga impuesto.