Cambian los límites de categorías, se modifican las letras y suben los aportes por cada escalón. Los parámetros suben un 75% y se ajustarán todos los años por la movilidad previsional. Mirá cómo quedan los valores en esta nota.
Dentro de la reforma a la ley del Impuesto a las Ganancias, el Congreso nacional incluyó una modificación al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Cambio de nombre
Lo primero que tenés que saber es que las categorías del Monotributo ya no van de la B (la A se había eliminado años atrás) a la L. Ahora, vuelven a comenzar en la A y se extienden hasta la K.
La AFIP cambió a todos los monotributistas a la categoría inmediata inferior en forma automática. Si estabas en la B, ahora estarás en la A; si estabas en la F, ahora será E; si estabas en la L, ahora será K, etcétera, según este cuadro:
IMPORTANTE. Si pagaste las cuotas de enero y febrero a través de una entidad de pago presencial, es probable que la cuota no haya estado actualizada. Por esa razón, tenés que pagar la diferencia, sin recargo, antes del 31 de mayo de 2017.
Podés consultar tu categoría ingresando en el sitio web de la AFIP en el Simulador de Monotributo.
Si considerás que, por tu facturación, la categoría asignada de oficio no corresponde podés realizar una modificación de datos.
Mirá el video de cómo hacerlo:
Topes para ser monotributistas
Para mantenerte en el Monotributo, tu facturación anual no podrá superar los $ 700.000 en los 12 meses anteriores (hasta ahora era $ 400.000) si sos prestador de servicios; o los $ 1.050.000 si te dedicás a la venta de cosas (antes, $ 600.000).
Además, no podés pagar más de $ 126.000 al año de alquiler ni pasarte con el consumo de energía eléctrica (20.000 kw al año).
Categorías
Las nuevas categorías (ya dijimos que parten de la A y llegan a la K) suben sus límites un 75%.
La tabla ahora queda así (mirá en cuál tenés que encuadrarte según tus ingresos de los últimos 12 meses).
Según tu situación, podrías encuadrar en un escalón más bajo que el actual si tus ingresos no subieron tanto. Si es tu caso, aprovechá la recategorización de enero que, excepcionalmente vence el 31. Fijate si te conviene una modificación de datos, en este caso, rige desde la cuota de enero.
Te doy un ejemplo: Si tenés ingresos anuales por $ 180.000, hoy estás en categoría F; con la nueva denominación pasás automáticamente a la E; pero, como el límite subió, podrías cambiarte a la D.
Si tus ingresos fueran de $ 200.000, estarías en categoría G y ahora pasarías a ser F en forma automática. Pero, con los nuevos límites, podrías bajar dos escalones, a la D. En ambos casos tendrías un margen de aumento de tus ingresos para permanecer en esa categoría.
Monto a pagar
Un punto en contra de los cambios es que sube la cuota mensual, tanto en la parte del impuesto integrado (lo que pagan todos), como en el aporte jubilatorio.
De todos modos, si te pasás a una categoría más baja, no tendrías ese aumento.
Enero y febrero. El pago lo podés realizar con la credencial vieja y, hasta el 31 de mayo de 2017, ingresar los nuevos valores.
Si abonás con débito automático (en forma excepcional, en enero se debitará el día 31, en lugar del 20), depende de cada banco que actualice o no sus sistemas con los nuevos valores. Si no lo hace, la diferencia la tenés que ingresar en forma manual.
Si haces una modificación de datos antes del 20 de enero, los bancos tomarán el débito con el importe de la nueva categoría.
Impuesto integrado. Sube un 75%. Se modifica una vez al año con el ajuste automático.
Aporte jubilatorio (con destino al sistema previsional, SIPA). En lugar de ser $ 157 para todas las categorías, ahora varía. Empieza en $ 300 para la categoría A y se va agregando un 10% a cada escalón siguiente. El ajuste es automático por movilidad jubilatoria.
Obra social. Sigue en $ 419, lo modifica la Afip por resolución (en general, una vez al año.
El nuevo cuadro queda de la siguiente forma para el año 2017:
Reincorporación al Monotributo
Si quedaste excluido de pleno derecho, en los últimos 12 meses, por superar los parámetros anteriores de ingresos brutos o alquileres anuales, podés volver a inscribirte en el Régimen Simplificado sin esperar los 3 años de ley, hasta el 31 de mayo de 2017.
Ajuste automático
Los ingresos máximos por categoría, los límites de facturación para permanecer en el régimen simplificado, el monto del impuesto integrado y del aporte jubilatorio se ajustarán una vez al año.
En principio, iba a ser en septiembre, pero luego la AFIP dispuso que sea en enero de cada año. Se toma el índice de movilidad jubilatoria de los dos semestres anteriores (el mismo que se usa para actualizar las jubilaciones y las asignaciones familiares).
De esta manera, no debería quedar atrasado en función de la inflación.
Pago electrónico
La AFIP también obligará a los monotributistas a abonar la cuota mensual por medios electrónicos en forma paulatina durante 2017. Por ahora, será obligatorio para las categorías E en adelante (hacé clic en el link anterior para ver la fecha).
- MÁS INFORMACIÓN. Los cambios en el régimen del Monotributo para 2017.
Buenos dias!! estoy trabajando en relación de dependencia como subcontratado, pero tengo la posibilidad de facturar directamente mis servicios (como supervisor) lo cual estimo con ajustes de paritarias el bruto a facturar anual es de $444.000 anuales.- Que categoría de Monotributo es la adecuada y como el servicio lo presto en la empresa, no puedo devengar gastos como alquiler? Luz y Agua que pago en mi domicilio si a este lo declaro como domicilio fiscal?
Cuanto es el costo estimado de gastos impositivos totales? con categoría de mono-tributo puedo tomar personas en relación de dependencia?
Muchas gracias!
Hola.
Podés mirar acá los valores del Monotributo que rigen para 2018, junto con los aportes mensuales.
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-categorias-topes-y-aportes-2018/
Slds.
Hola buen día me voy a inscribir en el monotributo categoría D, soy prestador de servicios, soy técnico, pero cada tanto vendo un equipo o algún repuesto, puedo como prestador de servicios hacer una factura por un equipo? Gracias
Hola. Para facturar por la venta de un producto, tendrías que inscribirte en otra actividad en el mismo monotributo. Cualquier cosa, consultá a un contador para no errarle. Slds.