Servicio doméstico

Servicio doméstico: las dudas del nuevo régimen laboral

22/04/2013

Luego de que se publicó la nueva ley que regula el régimen de trabajo doméstico, quedaron muchas preguntas sin contestar.

¿Cuánto será el monto final de los aportes? ¿Deberé pagar vacaciones completas y feriados, incluso si trabaja pocas horas semanales? ¿Cómo será la cobertura por accidentes? ¿Cuál será el sueldo mínimo?

Estas son algunas de las dudas que quedaron. Muchas de ellas están sujetas a reglamentación y definición de distintos organismos públicos.

Sueldos y categorías. En septiembre de 2013 se unificaron las escalas y se fijaron los salarios mínimos que rigen desde el 1º de este mes. Antes, regían dos escalas, una para todo el país y otra para la provincia de Córdoba.

Las categorías se dividen según las tareas que realizará la empleada y la cantidad de horas. En el nuevo régimen se establecen tres modalidades: sin retiro (o cama adentro), con retiro con un único empleador y con retiro para varios empleadores (mirá “Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica”).

Otro tema que genera dudas en el régimen anterior y que se espera que sean despejadas es cómo pagar por categorías intermedias, cuando la cantidad de horas de trabajo no estén comprendidas en ninguna de las escalas (leé «Cómo quedan las nuevas categorías del servicio doméstico«.

Aportes y contribuciones. La escala va de $ 20 a $ 135 mensuales (trabajador más empleador), según la cantidad de horas semanales de trabajo. A partir de septiembre de 2014 sube a $ 31 para menos de 12 horas semanales; $ 59, entre 12 y 15 horas; y $ 268 por 16 o más horas (mirá «Cuánto es el nuevo aporte del servicio doméstico«)

La AFIP incorporó a las empleadas con menos de 6 horas de trabajo al primer escalón de la escala anterior.

Recibo de sueldo. La AFIP determinó un nuevo modelo, que incluye diversos datos en detalle (como, por ejemplo, categoría laboral, componentes de la remuneración, lugar de trabajo, cantidad de horas y otras). Mirá «Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.

Posteriormente, implementó otra opción para emitir el recibo de sueldo y el comprobante de pago de los aportes a través de la página de la AFIP, con clave fiscal (leé «Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo«).

Registración. La ley le dejó al fisco la tarea de implementar un sistema simplificado para registrar la relación laboral. El 30 de abril la AFIP reguló la inscripción de las empleadas domésticas.

Cobertura de accidentes. Se deberá establecer cómo se va a incluir a los empleados domésticos en la Ley de Riesgos del Trabajo. El nuevo sistema recién se implementó de forma obligatoria a partir de noviembre de 2014 (mirá «Empleada doméstica: cómo es el nuevo régimen de ART«).

Asignaciones familiares. Las empleadas domésticas tiene derecho a percibir la Asignación Universal por Hijo (AUH), siempre y cuando el padre de sus hijos no tenga ingresos declarados.

Maternidad. Con el nuevo régimen tienen derecho, también,  a la asignación familiar por maternidad, un beneficio que paga la ANSES y que hoy se financia con aportes de los empleadores de todas las actividades. La ley dice que se deberán establecer los aportes para cubrir esta prestación.  Este aporte aún no se fijó, pero la ANSES ya otorga el beneficio (mirá «Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad«).

Vacaciones. Con el cambio de la redacción de la ley se subsana una confusión que podría haberse presentado en el caso de empleadas por hora (que cobran el día de trabajo). Ahora, las vacaciones se computan con días corridos, por lo tanto, no hay problemas en calcularlos independientemente de cuántos días por semana se trabaje.

Feriados. En esto la nueva norma es clara, pero lo incluyo en esta nota porque mucha gente consultó al respecto. Todas las empleadas (incluso las que están por hora, algunos días a la semana) cobrarán el doble (100% más) que lo habitual cuando trabajen los feriados y los fines de semana (domingos y sábados después de las 13).

Sin embargo, hay una «zona gris» para las trabajadoras por hora o por día, ¿si el feriado no van, se paga igual? Esto no está previsto en la ley, aunque la interpretación de los especialistas es que sí hay que pagarlos.

¿Tenés alguna otra duda?

 

Seguí leyendo:

– Qué cambia para las empleadas domésticas (abril 2014).

– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.

AFIP reguló la inscripción de las empleadas domésticas.

– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

– Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.

– Cómo regularizar a una empleada doméstica.

Consultá el texto de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Boletín Oficial del 12/04/2013).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

498 comentarios

  1. monica monica dice:

    completando mi pregunta es si los sabados y domingos, unicos dias que cuida a personasm a la empleada doméstica hay que abonarle horas extras o como sería el pago

  2. monica monica dice:

    Queria saber cuanto se debe abonar a una empleada doméstica que cuida a adulto mayor sólo los sabados y domingos.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No hay un diferencial en el valor de las horas por trabajo habitual los fines de semana: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-como-quedan-los-sueldos-con-el-aumento-de-marzo/

  3. Sandra Sandra dice:

    Buenas tardes! tengo empleada domestica que abono por horas que trabaje, es variable, ya que es de la 4Ta Categoría. Este mes en lo que va del mes aún no requerí sus servicios, debo pagar algún mínimo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Este régimen deja sujeta la modalidad laboral al acuerdo entre las partes.
      En casos como los que mencionás no dice nada. Si le pagás por los días que va, es así, no hay monto mínimo (siempre que se cumpla con el pago estipulado por hora).

  4. Maria Martínez Maria Martínez dice:

    El 2 de abril que se paso para el 31 de marzo se abona en abril o en marzo y cuanto se tiene que pagar soy de la categoría 4 cuidadora gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El feriado se paga el 31 de marzo, no en abril ya que cambió la fecha.

  5. Beatriz Beatriz dice:

    Hola, quisiera consultar sobre una empleada doméstica que solo trabajaría sabados, domingos y feriados. Le corresponde el plus por trabajar esos días…y los descansos compensatorios que pide la ley? Estimo que no, ya que sus días habituales de trabajo serían sábado domingos y feriados, siempre que se cumplan las 48hs semanales y las 8 ha diarias. Es así?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si, es así. De todos modos pueden arraeglar un diferencial por acuerdo mutuo.

  6. Connie Connie dice:

    otra consulta: ¿de qué se tratan los incumplimientos en cuanto al servicio que realiza la empleada? ¿en qué casos se considera un incumplimiento? La ley no dice nada al respecto y tengo entendido que pueden existir? Como se registran?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Connie.
      Es un tema que hay que tratar con cuidado. Como vos decís, la normativa no lo aclara.
      En principio, hay que ver si cumple con los horarios, con los días de trabajo, con las obligaciones.
      En caso de incumplimiento creo que tiene que quedar registrado (se envían cartas documento si no se presenta a trabajar, por ejemplo).
      Pero tené en cuenta que es muy difícil que se pueda despedir a alguien por algo así (salvo alguna situación muy evidente) y las leyes laborales siempre se ponen del lado del trabajador. Tendría que estar todo muy bien documentado en estos casos.

  7. Connie Connie dice:

    Hola, mi empleada trabaja 23 hs semanales, está registrada y cobra en forma mensualizada. ¿Cuánto es el monto mínimo que corresponde?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Podés ver los sueldos mínimos vigentes en nuestra calculadora: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/calculadoras/

  8. Juan Juan dice:

    buenas! Se paga el feriado a una persona que viene una vez por semana por horas?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí.

  9. susana susana dice:

    Mi empleada trabaja 2 veces por semana 7 horas cada vez, y va a reducir las horas a 5 cada día , debe enviar un telegrama por renunciar a esas horas ? o como lo modifico en afip? o simplemente lo anoto en el recibo de sueldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no cambia la categoría de aportes (más o menos de 16 o 12 hs. semanales) no hace falta modificar nada en Afip, solo el recibo de sueldo correspondiente.

  10. sofia sofia dice:

    hola.. que tal?. trabajo por Hora ,en blanco hace 4 años (martes y jueves ). quisiera saber si mis jefes cada vez que se van de viaje me deben pagar esos dias?. (viajan bastante).

  11. Norma Reisvig Norma Reisvig dice:

    Hola..viernes santo no trabaje..voy hoy sabado..Me tiene que pagar mi empleador o tengo que cubrir el viernes feriado??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los feriados que no se trabaja se pagan normal, y si trabajás se paga el doble

  12. Andreina Andreina dice:

    Hola, trabajo 12hrs 4 días a la semana incluyendo domingo. Pero mi jefe me paga el sueldo por mes, según ella por mes y no por hora. Entonces cómo sería el pago del feriado? Aún no entiendo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no trabajás el feriado, se paga el mes normal completo.
      Si trabajás ese día, se abona un día extra.

  13. maria marta maria marta dice:

    Consulta Una empleada trabaja los fines de semana (sábado y domingo) El 24 de marzo fue feriado ?¿Corresponde pagar doble por ese día, o cómo debería ser?. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, se paga como cualquier feriado.

  14. maria marta maria marta dice:

    Hola Una empleada trabaja los fines de semana (Sábado y domingo)El 24 de marzo fue feriado y fue domingo Corresponde abonar doble ese día o cómo debería ser. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Se paga como feriado.

  15. Graciela Graciela dice:

    Hola …yo trabajo con 3 empleadores distintos..quisiera saber si los tres me tienen qe pagar por el día de la empleada doméstica?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, siempre que ese sea tu día habitual de trabajo

  16. Lauar Lauar dice:

    Yo estoy en blanco dos veces por semana por ej el martes fue feriado carnaval corresponde que me paguen yo voy los martes y viernes.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, corresponde pagar los feriados nacionales.

    2. Lucrecia Lucrecia dice:

      Yo estoy registrada por hora y el jueves santo no trabaje. Correspondía que me lo paguen?

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        El jueves santo no es feriado nacional.

  17. Monje lorena Monje lorena dice:

    Hola yo trabajo cama adentro 4-5 semana santa me corresponde cobrar doble

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí corresponde el feriado nacional, que es el viernes santo. (el jueves no es feriado)

  18. Monje lorena Monje lorena dice:

    Hola yo trabajo cama adentro me corresponde cobrar doble los feriados?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola. Si los trabajás, sí.

  19. Nadia Nadia dice:

    Holatrabajo como empleada domestica quisiera saber si el día 4 y5 de marzo se trabaja gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los feriados nacionales no se trabajan, o, en caso contrario, se pagan doble.

    2. Mirta Mirta dice:

      Hola, Los dos Dias de carnival son feriados para el personal domestico? Gracias!

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Sí, son feriados nacionales

  20. Liliana Liliana dice:

    El dia 24 y 31 se trabajan las 2 fechas?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, no son feriados nacionales.

  21. Shamally Shamally dice:

    Hola le comento yo trabajo con cama adentro sábados y domingos estoy en blanco. Me corresponde por ley los feriados?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si esos días caen feriado, sí.

  22. Solana Solana dice:

    Consulta: mi empleada trabaja martes, jueves y viernes de 15 a 18 hs, el miercoles pasado fue feriado (20 junio). No trabajó y tampoco le tocaba trabajar ese dia, coresponde que se le pague ese dia?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no trabaja habitualmente, no.

      1. Susana Beanatte Susana Beanatte dice:

        Hola buen día estoy en blanco dos veces por semana miércoles y viernes y trabajo 4 y 6 hs respectivamente. El miércoles fue nuestro día me hicieron ir a trabajar pero no me pagaron doble porque dicen que sólo voy dos días y no corresponde NUNCA ME PAGARON NINGUN FERIADO es así?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Sí corresponde pagar feriado si es el día de trabajo habitual.

  23. Eli Eli dice:

    Hola. Trabajo por hora en blanco . Y hoy me dijeron que no me van a pagar los feriados ni los puentes..que debo hacer

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Corresponde pagar los feriados nacionales.

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Corresponde pagar los feriados.

  24. Alejandro Alejandro dice:

    Se considera despido con causa si ya no tengo trabajo y no puedo pagarle a mi empleada?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, se considera causa cuando es culpa de la empleada.

  25. Lucia Lucia dice:

    Hola trabajo x hora 4 veces a la semana . M pagan semanal y stoy en blanco los feriados corresponden q m paguen sin recuperar horas del feriado ..

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí corresponde.