A partir de ahora, podrás elegir entre generar los volantes de pago y el recibo mensual a través del Registro de Empleadores de la AFIP o seguirllenando el Formulario 102/B (Formulario 102/RT desde octubre de 2014).
La ventaja para hacerlo desde la web de AFIP con clave fiscal, o a través del homebanking, es que no vas a tener que llenar uno por uno todos los ítems sino que se van a completar en forma automática (salvo algunos conceptos) porque los datos, tanto del empleador como del trabajador, ya van a estar registrados.
La contra es que con el denominado Volante Electrónico de Pago (VEP) sólo podrás abonar los aportes a través de medios electrónicos, no ir personalmente a un banco.
Por ahora, podés seguir utilizando como alternativa el formulario F.102/RT, aunque en el futuro se podría eliminar (mirá todo lo relacionado en “Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago“).
Paso a paso para sacar el recibo de sueldo
- Ingresá con clave fiscal al sitio de la AFIP o mediante Homebanking (Link o Banelco).
- Hacé click en al servicio “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social
- En la columna de la derecha, seleccioná la opción denominada “Generar Recibo de Sueldo”.
- Seleccioná el CUIL del empleado y período del recibo de sueldo y aceptá.
- El sistema te va a mostrar los datos registrados, que se pueden modificar. Completá los datos que faltan (entre ellos, el número de comprobante de pago de los aportes y contribuciones) y apretá “Generar recibo”. En este caso, se mantiene el esquema del F.102/RT, donde se consigna el salario básico (no se explica si es bruto o neto) y no se prevé desagregar el monto de aportes del trabajador, aunque se pueden poner con signo menos. En esta nota podés ver un ejemplo de cómo completar los valores.
- Te aparecerá el recibo de sueldo. Imprimilo.
Reimprimir el recibo. Si salís del sistema y necesitás modificar datos o reimprimir el recibo, podés ingresar en “Modificaciones, Bajas y Consultas” /“De Recibos de Sueldo”.
Para pagar aportes y contribuciones
- Seleccioná en la columna de la derecha: “Generar Volante de Pago AFIP”.
- Al igual que en la opción anterior, elegí el CUIL del trabajador y el período y marcá “Seleccionar”.
- En la lista que se desplegará, elegí el formulario que vas a generar y la cantidad de horas semanales trabajadas y presioná “Siguiente”.
- El sistema te va a mostrar los importes que tenés que ingresar. Si es correcto, seleccioná “Generar VEP”.
- Luego, seleccioná el VEP y la entidad de pago: Link, Pagomiscuentas, Interbanking. Esta modalidad no permite que imprimas el volante y vayas a pagarlo a un banco o una oficina de Rapipago o Pago Fácil.
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– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica
Buenas tardes. Necesito saber si es posible cambiar el lugar donde desarrolla el trabajo una mujer que es mi empleada y atendía a mi madre en otro domicilio. Ya no la necesito ahí. Puedo sólo cambiar su lugar de tareas ya que seguiría siendo yo la empleadora?
Hola. Sí se puede cambiar el domicilio laboral: https://youtu.be/hBnUr-l9MPA
Hola,buen dia
queria saber si los recibos de sueldo se pueden volver a realizar ya que en el ultimo olvide de sumar un valor.Por otro lado,yo arreglé con mi empleada que le pagaria el aguinaldo en 2 partes y quisiera saber como se hace ya que la opcion aguinaldo solo figura para junio,se hace a travez de otros aportes ?
saludos y gracias
Hola.
Sí se puede rehacer el recibo. Abrí otro con la misma fecha.
El aguinaldo ponelo en el recibo de junio. En todo caso, le descontás una parte y lo sumás el mes próximo dejando todo en observaciones.
Despues de estar a prueba voy a blanquear a mi empleada que trabaja 15 hs. semanales repartidas en 4 dias. Ademas del pago semanal por las horas trabajadas le pago el viatico, que es mucho porque vive lejos y viaja en diferencial.¿Cómo debería figurar ese importe en el recibo ya que entiendo que ese monto no tiene porqué estar incluido ni en el cálculo del aguinaldo ni de las vacaciones?
Hola.
Lo podés poner como un adicional, que diga viáticos.
Buen día, soy jubilado de la Provincia de Santa Fe, y alcanzado con el tributo de Impuesto a las Ganancias, rigurosamente mes a mes completo el formulario 572 y lo envío a la AFIP, como Ud. sabe los jubilados contamos con los BENEFICIOS indicados en el ultimo punto de (las seis jubilaciones mínimas), ahora bien mi pregunta es la siguiente, en el ultimo punto habla algo de acerca a los plazos fijos, rentas, etc. quisiera saber si YO deposito dinero en plazo fijo, algo minino, no contaría mas con estos beneficios de las seis jubilaciones mínimas.- Es todo, muchas gracias.-
Hola.
En la normativa, la limitación para tomar la deducción especial para jubilados es si se tributa o no el impuesto sobre los bienes personales. No dice nada sobre Renta Financiera. O sea, que, mientras en BP no se pase del mínimo, se puede tomar la deducción en Ganancias (además, los depósitos en plazo fijo están exentos de BP). un saludo,
Muchas gracias. Saludos…!!!
Muchas gracias, pero mi duda es como hago con la deuda que me aparece en la pagina, entiendo perfectamente que si no es el mes entero debo abonar, es por ello que la misma comenzó a usufructuarla a partir del 01.01.19.- Muchas gracias.-
Puede haber una demora en el intercambio de información de Anses (quien paga la asignación por maternidad) y Afip. En ese caso, hay que esperar hasta que se actualice.
Si sigue así por mucho tiempo, te sugiero que preguntes a la Afip directamente, a través de este formulario (te suelen responder en un par de días): https://serviciosweb.afip.gob.ar/consultas/