A partir de abril de 2013 todos los trabajadores del servicio doméstico, por hora o mensualizados, tienen derecho a una licencia ordinaria anual paga en el período de vacaciones.
En esta nota vamos a ver cuánto y cómo se pagan.
¿Cuántos días? Para saber cuánto dura la licencia anual hay que tener en cuenta la antigüedad de la empleada al 31 de diciembre de cada año. Esto es así, aunque salga de vacaciones antes de esa fecha.
Para gozar de las vacaciones tiene que haber trabajado, al menos, 6 meses en forma regular y habitual.
Le corresponden los siguientes días corridos (no importa si son feriados o fines de semana):
- Más de 6 meses hasta 5 años: 14 días corridos.
- De 5 a 10 años: 21 días corridos.
- De 10 años a 20 años: 28 días corridos.
- Más de 20 años: 35 días corridos.
- Antigüedad menor a 6 meses: un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo.
Según la reglamentación de la ley (decreto 467/2014), si no llega a los seis meses de antigüedad (al 31 de diciembre) tiene que tener, como mínimo, los siguientes días de vacaciones pagas:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día.
- Entre 8 y 11 semanas de trabajo: 2 días corridos.
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo: 3 días corridos.
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo: 4 días corridos.
- Más de 20 semanas de trabajo: 5 días corridos.
¿Cuándo se otorga? Las vacaciones comienzan a contarse a partir del lunes o del primer día hábil semanal de trabajo habitual.
Se deben otorgar las vacaciones entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año.
A pedido de la empleada se pueden fraccionar o tomar en otra época del año. Por lo menos, debe tener vacaciones corridas por un período no inferior a los dos tercios de lo que le corresponde.
Pago de la licencia
La retribución del período vacaciones se debe abonar por adelantado antes de que comience la licencia.
Según la ley, esta licencia tiene una retribución normal y habitual, esto quiere decir que no existe un plus por vacaciones.
Cuando las empleadas trabajan algunos días de la semana, la retribución equivale al monto que hubiera debido cobrar si hubiera trabajado normalmente.
En el caso de aquellas personas “cama adentro, si durante las vacaciones no permanecen en su lugar de trabajo, el empleador tendrá que sustituir las prestaciones de habitación y manutención que le corresponden por su equivalente en dinero.
La ley dice que el monto será fijado por la normativa pero, como aún no hay nada establecido, se establece que no podrá ser inferior al 30% del salario diario por cada día de licencia.
Ejemplos
Valores para las vacaciones 2022.
Nota: no se incluye el pago de aportes ni aguinaldo. No está incluido en posible aumento de sueldo en diciembre.
1-Empleada categoría 5, con retiro, con antigüedad de 4 años. Le corresponden: 14 días corridos de vacaciones.
Sueldo mensual: $ 60.544.
Período de vacaciones: del lunes 5 al domingo 18 de diciembre 2022, inclusive.
Liquidación noviembre 2022:
Básico: $ 60.544.
Antigüedad: (2 años, porque se cuenta desde el 1 de septiembre de 2020): $ 1.210,88.
Total: $ 61.754,88.
Vacaciones: $ 28.818,95 (61.754,88/30*14)=
Total (sueldo más vacaciones): $ 90.573,83.
Liquidación diciembre 2022:
Básico con antigüedad: $ 61.754,88.
Vacaciones gozadas: – $ 28.818,95
Total: $ 32.935,94 ($ 61.754,88/30* 16)
2-Empleada por hora, categoría 5, antigüedad de 8 años. Trabaja dos días a la semana (martes y jueves), 4 horas diarias. Le corresponden: 21 días corridos.
Sueldo habitual por día: $ 1.972 ($ 493 x 4 hs.). Antigüedad (se computan 2 años desde el 01/09/20): $ 39,44 por día.
Sueldo diario más antigüedad: $ 2.011,44.
Período vacacional: del martes 6 al lunes 26 de diciembre 2022, inclusive:
Liquidación noviembre 2022:
Básico más antigüedad: $ 18.102,96 (9 días de trabajo en el mes).
Vacaciones: $ 12.068,64 ($ 2.011,44 * 6 días)
Total: $ 30.171,60.
Liquidación diciembre 2022 (1º opción):
Básico más antigüedad: $ 18.102,96 (9 días de trabajo en el mes).
Vacaciones gozadas: -$ 12.068,64
Total: $ 6.034,32
Liquidación diciembre (2º opción):
Básico: $ 1.272 (3 días de trabajo en el mes).
Total: $ 6.034,32.
Hola tengo que hacer la liquidacion final por renuncia, pero no se como calcular las vacaciones no gozadas. Ella ingreso el 02/05/2016, y mando el telegrama el 02/10/2020. Por antiguedad serian 15 dias, ella trabajaba 4hs 3 veces a la semana, pero no se como descontar estos meses restantes para calcular la proporcionalidad, gracias
Hola.
Por más de 6 meses de trabajo en el año corresponden las vacaciones completas según la antigüedad (menos de 5 años son 14 días corridos).
Hola!!! Tengo una empleada doméstica que trabaja 3 horas por día 3 veces por semana. No se va a tomar vacaciones, quisiera saber como se calcula el monto a pagar. Gracias
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-y-cuanto-pagar-vacaciones/
Hola trabajo hace 27 nunca m pagaron vacaciones tengo 35 de licencia cuánto m corresponde y m lo descuentan el próximo mes?
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