Noticias Destacadas

Vacaciones del servicio doméstico: cuándo son y cuánto se paga

27/11/2023
vacaciones_serviciodomestico_mipresupuestofamiliar

Todas las empleadas domésticas de casas particulares tienen una licencia anual ordinaria, que dependerá de su antigüedad. Fechas, montos, recibos de sueldo y otros detalles, en esta nota.

El derecho a gozar de vacaciones (también llamada licencia anual ordinaria) paga les corresponde a todos los trabajadores del régimen de servicio doméstico, ya sea que cobren en forma mensual o por día, sin importar la cantidad de horas de trabajo semanal (no hay un mínimo).

Fechas

Según la ley de casas particulares, el período para otorgar esta licencia va desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo de cada año.

El empleador tiene el derecho de decidir la fecha  y debe notificar a su trabajadora con 20 días de anticipación.

¿Esto quiere decir que la empleada doméstica no puede salir de vacaciones en otra fecha? Sí puede tomar la licencia en otra fecha, si se divide el período que corresponde en el año. Lo tiene que pedir la empleada. Pero, la licencia debería tener, al menos 2/3 del tiempo de una sola vez.

Lo ideal es acordar los períodos entre las dos partes para que coincidan con la actividad familiar y contemplen los deseos de las trabajadoras.

  • ENCUENTRO VIRTUAL. En diciembre, tendremos un encuentro virtual de la Comunidad Mi Presupuesto para tratar el aguinaldo, vacaciones, aumento: lo que hay que pagar en diciembre al servicio doméstico. Sumate para participar

Cuántos días de vacaciones corresponden

Para calcular cuántos días de vacaciones hay que tomar, se toma la antigüedad que cumple la empleada al 31 de diciembre de cada año (aún cuando salga de licencia antes).

Para que se pueda gozar del beneficio, la empleada debe haber trabajado, al menos, 6 meses en el año, en forma regular y habitual. Pero, si no llega a ese tiempo, puede tener un descanso anual de algunos días.

Corresponden la siguiente cantidad de días corridos (sin considerar si son feriados o fin de semana):

  • Entre 6 meses y 5 años:14 días corridos.
  • De 5 a 10 años:21 días corridos.
  • De 10 años a 20 años:28 días corridos.
  • Más de 20 años:35 días corridos.

Antigüedad menor a 6 meses: un día por cada 20 días de trabajo efectivo. Como mínimo, corresponden:

  • Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día.
  • Entre 8 y 11 semanas:2 días corridos.
  • Entre 12 y 15 semanas:3 días.
  • Entre 16 y 19 semanas:4 días.
  • Más de 20 semanas: 5 días.

Cuándo es el primer día de la licencia

Las vacaciones comienzan el primer día hábil de trabajo habitual de la empleada.

Si los días de trabajo son de lunes a viernes, en general, iniciaría la licencia un lunes. Pero, si ese día es feriado, se empiezan a calcular los días desde el martes, por ejemplo.

Feriados. Se cuentan dentro de los días corridos (o sea, no se extienden las vacaciones por los feriados).

¿Qué pasa con las empleadas por hora?

Aquellas empleadas del servicio doméstico que cobran por día o por hora, también tienen derecho a un período de vacaciones pagas una vez aal año.

La licencia comienza el primer día de trabajo de la semana y se cuentan los días corridos desde ahí, según su antigüedad. Por ejemplo, si lo hace martes y jueves, se empieza a contar desde el martes (salvo que sea feriado, entonces empezaría el jueves, en este caso).

Cuánto se debe pagar por las vacaciones

Durante las vacaciones se abona el salario normal y habitual que se cobra al momento de tomar el descanso anual, sin ningún monto extra.

Hay que pagarlo antes del inicio de la licencia. Por esta razón, se debe considerar que al mes siguiente, se va a cobrar menos o nada (si las vacaciones fueron todo el mes).

CALCULAR SUELDO EMPLEADA DOMESTICA

La empleada cama adentro, también tiene que recibir el equivalente a la comida y alojamiento (si se va de vacaciones fuera del lugar de trabajo)  que no puede ser inferior al 30% del salario diario.

AFIP. Los aportes obligatorios del servicio doméstico se pagan normalmente.

¿Cómo es el cálculo? Se toma el sueldo mensual, se divide por 30 y se multiplica por los días de vacaciones.

En el caso de empleadas por hora, se abonan el equivalente a los días que hubiera tenido que trabajar dentro del período de vacaciones.

Casos especiales

Hay algunas situaciones que pueden generar controversias pero, siempre, conviene tratar de llegar a un acuerdo entre las partes.

Por ejemplo: los empleadores se van de vacaciones fuera del período previsto por ley; la trabajadora quiere ausentarse por más tiempo del que le corresponde o en otro momento diferente a su empleador.

En cualquier caso, hay que recordar que las vacaciones pagas son los días estipulados por ley, si se excede esos días, la empleada debe avisar para que le guarden el trabajo, pero no se pagan.

Por otra parte, la trabajadora tiene que estar disponible para ir a trabajar en cualquier momento fuera de la licencia, en los días habituales. Si alguno de esos días (que exceden las vacaciones), los empleadores no están en el domicilio, tienen que pagar igual porque la empleada está dispuesta a ir. Este es un caso que suele ser conflictivo y convendría llegar a algún tipo de acuerdo al respecto.

Por último, como se señaló, el período de vacaciones lo fija el empleador. Aunque siempre es preferible que contemple las necesidades de la trabajadora.

  • En la Comunidad Mi Presupuesto realizamos encuentros virtuales para analizar en detalle y sacarnos dudas sobre este tema. Suscribite para ver este y otro contenido exclusivo, y participar en los próximos encuentros:

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Por: Paula Martinez

Comentarios

52 respuestas a “Vacaciones del servicio doméstico: cuándo son y cuánto se paga”

  1. fgomez dice:

    Hola Paula, la señora que trabajaba en casa 8hs diarias(lunes a viernes) el año pasado fatlo 32 veces con certificado medico en 2022 por lo que se abonaban las ausencias, ella nos dijo que no necesitaba trabajar tanto, por lo que se «ofrecio» para 2023 trabajar 4hs y con la modalidad pago por hora, a lo cual se llego el acuero que se pagaba por dia trabajado. en 2023 falto 16 veces presentando certificados, esos dias no fueron abonados por el comun acuerdo, la consulta es, corresponde pagarlos o no? estoy incurriendo en una falta? desde ya muchas gracias.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que establece el convenio es la licencia por enfermedad paga.
      Es decir tiene que estar enferma (comprobable con un certificado u otra manera). Si es para ir al médico a una consulta, no se paga.

  2. paticalamaro dice:

    Hola Paula!

    Tengo que bajarle las hora a la persona que trabaja en mi casa de 18 hs semanales a 9. En tu nota dice que aun asi debeo pagarle, dias de enfermedad, vacaciones y aguinaldo pero en una nota de Infobae al subdirector de servicios al contribuyente de AFIP dijo literalmente que no corresponde nada de esas tres cosas cuandson menos de 16 hs semanales. Si pudiese te mandaria captura.
    Gracias por tu ayuda!

    • Paula Martinez dice:

      Hola!
      Compartí por acá la nota, si podés.
      Pero, más allá de la interpretación o lo que haya dicho un funcionario en un momento puntual, la ley no distingue ninguna modalidad para que los trabajadores gocen de los derechos que prevé este régimen y la Ley de Contrato de Trabajo.
      Cualquier asesor laboral te va a señalar lo mismo.
      Slds.

  3. adrianacejas dice:

    Hola. Si la empleada domestica trabajó 3 años en negro y hace 3 años que está en blanco, como se calcula la licencia por vacaciones. Cuantos dias le corresponde??
    Muchas gracias!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La antigüedad se calcula desde el primer día de trabajo (desde ya, no corresponde que esté en negro en ningún momento)

  4. NoeSanz86 dice:

    Hola. Siempre me surgen dudas al momento de liquidar servicio doméstico. Pero esta vez voy a consultar ya sea por hora o mensual, las vacaciones se dividen por 30? Aunque las tenga que liquidar en este caso febrero que tuvo 28 días?
    Y siempre que liquide sea por hora o mensual, tengo que contar los dias trabajados que entraron en el mes? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      una forma fácil de ver lo de las vacaciones es computar los días que tendría que trabajar en ese período.

  5. GUILLERMO dice:

    Buenas tardes Paula. Para el cálculo del monto a pagar por vacaciones (/30 y *14) Se toma el sueldo básico sin adicionales? O tengo que tomar el neto que cobra en mano?
    Y para el aguinaldo, considero el mejor neto dividido por dos?
    Muchas gracias de antemano por tu ayuda.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Se toma el sueldo bruto con los adicionales, en ambos casos.
      Slds.

  6. vero.chat dice:

    Hola. Mi mamá es jubilada y pensionada con el mínimo haber, está necesitando alguien constantemente en su casa para que la atiendan. Cuando consiga la empleada cama adentro que necesita y mi mamá la inscriba como su empleada,quisiera saber si mi mamá perderia los beneficios que tiene en cuestión de tarifas sociales,eximición de impuestos de rentas de su casa ,por ejemplo. Muchas gracias por responderme.

    • vero.chat dice:

      Cba capital

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No son cosas relacionadas así que no debería perder esos beneficios.

      • maruBriana dice:

        Hola soy empleada domestica hace cuatro meses con una familia. Trabajo dos veces a la semana tengo 4 días de vacaciones ella me tiene que pagar los 4 días o solo dos días?

        • Paula Martinez dice:

          hola.
          Los días de vacaciones son corridos y se empiezan a contar el primer día de trabajo habitual. Si trabajás dos veces por semana, sería una sola semana de vacaciones y te tienen que pagar los dos días en los que hubieras trabajado.

      • maruBriana dice:

        Disculpe pero yo buscando encontré el calculo para pago de vacaciones esta por hora y según el calculo me tiene q pagar los 4 días de vacaciones.
        *Remuneración por hora:256$
        *Modalidad: 7.5hs por día
        *Fecha de ingreso:15/09/2021
        Al 31 de diciembre 2021, 17 semana de trabajo, *antigüedad menor a 6 meses.
        *Calculo valor por dia: $256×7.5=$1920.
        *Luego calculamos por los días de vacaciones;
        $1920×4=$7680$.
        Esto se publicó el año pasado y esta para las personas que trabajan todo el mes con retiro y por hora con retiro

  7. valusosa dice:

    Hola, quería consultar por mi niñera, ella esta con retiro trabaja 8 hrs y algunas hrs extras, esta hace 4 meses con nosotros y le dimos 14 días de vacaciones (xq nosotros nos tomamos esos días) en enero, le pagamos mes completo pero nos corresponde pagarle vacaciones?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Del mes pagado, unos días serán vacaciones y el resto como días de trabajo.
      No hay un plus vacacional como en el resto de las actividades privadas.

  8. MARICEL dice:

    Buenos días, mi consulta es sobre la reducción de horas laborales teniendo en cuenta el contexto actual y no necesitando contar con una persona tantas horas en la semana.
    Se puede llegar a un acuerdo entre ambas partes por escrito, es necesario pagar doble indemnización y debo enviar telegrama por esto o la empleada debe hacerlo? Muchas gracias !!! Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Se puede llegar a un acuerdo en cualquier momento entre las partes.
      No corresponde indemnizar pero sí se puede acordar un monto como compensación. Lo mejor es que quede todo por escrito y no corresponde telegrama, solo un texto con el acuerdo.
      Slds.

  9. Cristal franco dice:

    Hola buenas tarde paula , quisiera hacer una pregunta . Tengo casi tres años trabajando en casa de familia lo hago todo y soy niñera gano 18,000 me dieron vacaciones el primer año ,en el segundo año me dijeron que mi vacaciones fueron cuando ello se fueròn de viaje si hablar con migo antes , me dijeron el mismo mes que cumpli los dos año. El septiembre 1 cumplo tres .cuanto me corespondiera por mis vacaciones ,ya que quiero hablar con Ellis en este mes .

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las vacaciones las tiene que avisar el empleador y se otorgan entre noviembre y abril.
      Por menos de 5 años, corresponden 14 días corridos.

  10. Rosi dice:

    Yo ase trabajo un año y 4 meses en negro me pueden pagar vacaciones y cuánto me corresponde

  11. Aurora anayq dice:

    Buenas tardes!!! Por favor me pueden ayudar..Cuánto me debe de pagar por vacaciones $ si tengo 8 años laborando y voy 1 día a la semana …ayúdeme,nunca me a pagado vacaciones ..al principio trabajaba 3 días y ahora voy solo un día me paga $360 pesos un día

    • Paula Martinez dice:

      Se paga el salario habitual por el período que te corresponde de vacaciones. Si son 8 años, corresponden 21 días corridos.

  12. Ramona dice:

    Yo trabajo 1 ves x semana 6 hs estoy en blanco me corresponde que me pague el día como todas las empleadas que cobran x la pandemia

  13. Laura dice:

    Hola..pregunta tonta.El pago a las empleadas domesticas es del 1 al 10 del mes?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Es en los primeros 5 días hábiles del mes siguiente.

  14. MF dice:

    Paula, como empleador,
    1- se debe notificar con nota el período de vacaciones a la empleada doméstica? Con cuánto período de anticipación? Debe ser en una nota o escrito en el recibo oficial con puño y letra? Quién lo debería escribir?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, corresponde notificar por nota con 20 días de anticipación.
      En el recibo también queda plasmado cuando se paga el monto correspondiente.

  15. Graciela dice:

    Buenas Tardes: Si la empleada doméstica trabaja 1(uno) solo día al mes 4 hs, considerando su antigüedad de 7 (años) cuantos días le corresponden? Cuál es la remuneración por vacaciones que le corresponde?
    Yo le abonè el día que no concurrió (que tomò como vacaciones) pero ello reclama doble pago aduciendo su antigüedad.
    Agradeceré su pronta respuesta

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Desde 5 a 10 años corresponden 21 días corridos de vacaciones.
      Se debe pagar lo mismo que hubiera cobrado si hubiera trabajado en esas semanas. si es un sólo día al mes, se paga ese solo día.

  16. Marisa dice:

    Quiero saber como rige el contrato laboral para una empleada doméstica que se jubila y sigue trabajando. Es decir, antiguedad, indemnizacion etc.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La relación laboral continúa pero la indemnización se tlma desde la jubilación.
      Se pagan menos aportes a la Afip.

  17. Mario Machado dice:

    Hola. Nuestra empleada trabaja 5 horas semanales, y hace 5 años que trabaja con nosotros. Cuantos dias de vacaciones debo pagar? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate que en la nota están los días corridos que corresponden según la antigüedad.
      Se paga por los días que hubiera correspondido trabajar en ese tiempo. Slds

  18. Patricia dice:

    Buenos días, tengo una pregunta, ¿si decido no tomarme las vacaciones este año, me las deben pagar igual?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No, no se pagan. te quedan los días para más adelante.

  19. Guadalupe Orozco dice:

    Hola actualmente tengo registrada a la empleada por 60hs mensuales, a partir de marzo por otras necesidades va a trabajar, 10hs semanales en total 40hs mensuales. Como se pagaría la indemnización por reducción de hs y desde cuando hago la modificación en la afip?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. La modificación de Afip se hace desde la fecha del cambio.
      Y la indemnización es por la diferencia salarial (se toma ese monto por la cantidad de años de servicio). Cualquier duda, consultá con un profesional laboralista para no tener problemas.

  20. Carina FERNANDEZ dice:

    Buenas Tardes. Cuando se le otorga licencia a una empleada doméstica, dónde se deja constancia?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo tenés que consignar en el recibo de sueldo.

  21. Andrea dice:

    Buenas. Yo trabajo de lunes a viernes 8 horas por dia. Soy empleada doméstica y niñera. Mi sueldo es 16.600$ quería saber si esta bien?

  22. alicia dice:

    Buenas tardes!!
    tome una empleada en el periodo septiembre/ diciembre
    1 mes cada 15 dias y 4 meses semanal, la jornada siempre fue de 3 horas
    que corresponde pagar en concepto de aguinaldo y vacaciones?
    gracias por su atencion

  23. Claudia dice:

    Tengo 36 días de vacaciones mí empleadora no quiere pagarlas y tampoco darme licencia que debo hacer?

    • Paula Martinez dice:

      te sugiero que consultes con el sindicato de tu ciudad.

  24. Tengo una empleada domestica que trabaja 12 hs semanales y corresponden a 4 hs por dia 3 veces por semana. Por razones que ya en la casa solo somos 2 quería saber como tengo que hacer para que venga solo 2 dias por semana de 4 hs. Esta reduccion de sueldo se puede hacer o tiene algún complemento que tengo que indemnizar ?
    De esta forma trabajaría 8 hs semanales y realizaría un menor aporte a la AFIP .
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Rodolfo.
      La disminución salarial se debe indemnizar. Si se modifica el escalón de Afip, también hay que cambiar el registro para que pagues menos aportes. Slds.

Deja una respuesta