Impuestos

Impuesto a las Ganancias: quiénes tienen que pagar en 2023 y cuánto será

26/01/2023
impuesto_a_las_Ganancias_2023_mipresupuestofamiliar

Las deducciones y otros parámetros del impuesto suben 78,84% respecto al año pasado. También se incrementa la exención para empleados en relación de dependencia. Te explicamos cómo calcular lo que tendrás que pagar y cómo hacer para abonar lo menos posible.

A partir de enero, los parámetros para calcular el Impuesto a las Ganancias se actualizan en forma automática de acuerdo a la suba interanual de las remuneraciones hasta octubre de 2022 (según el indicador oficial denominado Ripte).

Para el año fiscal 2023, estos valores subirán un 78,84% interanual y, de esta manera, se actualizarán los pisos a partir de los que se aplica el impuesto y los montos que se pueden deducir, además de la escala de alícuotas progresiva.  

El incremento es menor en los montos de la exención y la deducción especial para asalariados que había aumentado en junio y en noviembre de 2022.

Tres escalones diferentes

Para calcular a partir de qué monto se comienza a tributar Ganancias, los empleados en situación de dependencia pueden encontrarse en tres situaciones diferentes. Cada mes, el empleador evalúa en cuál de los siguientes casos se encuentra el asalariado y realiza el cálculo del impuesto en forma independiente de los meses anteriores, según estas pautas:

  • Sueldo bruto hasta $ 404.062. Todo su salario y aguinaldo está exento.
  • Sueldo bruto superior a $ 404.062 y hasta $ 466.017. Se les aplica una deducción especial prevista en una tabla.
  • Sueldo bruto superior a $ 466.017.  Se computan sólo las deducciones personales y generales, de acuerdo a la forma de cálculo tradicional que prevé la ley.

En el primer caso, los asalariados que cumplan esa condición no van a tributar nada del impuesto.

En las otras dos situaciones, se suman todas las deducciones permitidas (en el segundo caso se agrega la deducción especial según la remuneración) y se restan del ingreso para conformar la base imponible.

O sea que, mientras más deducciones puedas hacer, menos impuesto pagarás con el mismo nivel de sueldo (jubilación, honorarios u otros ingresos).

Jubilados. Tienen otra deducción especial que equivale a 8 haberes jubilatorios mínimos por mes con algunas condiciones. Quienes cumplan los requisitos y cobren menos de ese monto, tampoco pagan el impuesto.

Deducciones generales

La forma de calcular el impuesto es tomar el ingreso neto de aportes jubilatorios y a la obra social y, a ese monto, restarle las deducciones que tenga cada persona, según su caso particular.

Para todo 2023, los valores son los siguientes (montos anuales).

Ganancia no imponible. $ 451.683,19. Este monto es muy relevante porque sirve de referencia para distintos topes.

Deducción especial para asalariados en relación de dependencia.  $ 2.168.079,35 anual.

Deducción especial para autónomos. Es el triple de la ganancia no imponible. En 2023 queda en $ 1.580.891,18

Deducción especial nuevos profesionales y emprendedores. Es 3,5 veces la ganancia mínima no imponible. Para 2023 es de $ 1.806.732,78.

Deducción especial jubilados. Se aplica sólo a quienes no tienen otros ingresos (ni siquiera Monotributo) y no tributaron el Impuesto sobre los Bienes Personales el año anterior. Podrán deducir el equivalente a 8 jubilaciones mínimas por mes.

Deducción especial incrementada. En aquellos meses en los que la remuneración bruta (la menor entre el mes que se liquida y el promedio en el acumulado del año) supere los $ 404.062 se pagará Ganancias sumando la deducción especial de la tabla.

Los empleados que superen los $ 466.017 bruto por mes, empezarán a tributar sobre el excedente de $ 201.520,19 neto por mes (restando el aguinaldo).

Consultá nuestra Calculadora:

En cambio, los trabajadores autónomos, tributarán el impuesto a partir de un ingreso neto de gastos de $ 169.381,20 mensual.

Este es el piso para todos los alcanzados, pero cada persona puede reducir el monto a pagar del impuesto incorporando otras deducciones otros ítems. Esto se realiza a través del Siradig, en el caso de empleados y jubilados.

Familiares a cargo

Cuando hay cargas de familia y otras deducciones, la base imponible se va achicando y se paga menos de impuesto.

Se puede deducir al cónyuge o al conviviente (de cualquier sexo), a los hijos menores de 18 años o a los hijos incapacitados para el trabajo de cualquier edad. El requisito es que no tengan ingresos superior a la ganancia no imponible.

Cónyuge o conviviente. $421.088,24 por año.

Hijos. Se pueden computar los hijos hasta 17 años, incluido el mes que cumplan 18. El monto por cada uno es de $ 212.356,37.

Por los hijos incapacitados para el trabajo, sin tope de edad, se puede deducir el doble que para el resto: $ 424.712,74 por todo 2023.

Sólo uno de los padres puede deducir el monto total por hijo; o bien, cada uno de los padres puede descontar el 50%.

Otras deducciones

Además de las cargas de familia y los montos generales, cada persona puede agregar otras deducciones según su situación. 

Educación. Desde 2022 se agregó una nueva deducción para gastos y servicios educativos de hijos declarados como cargas de familia, o hasta 24 años que estudien y no trabajen.

Servicio doméstico. Se incluyen remuneraciones y contribuciones obligatorias de empleados de casas particulares hasta el equivalente a la ganancia no imponible; para 2023, el tope es de $ 451.683,19. Hay que completar en el Siradig lo que se paga todos los meses (aunque te pases de ese monto) y el sistema informático pone el límite.

Alquileres. Se puede descontar el 40% del monto pagado por la casa donde vive quien paga el impuesto, siempre que no tenga inmuebles a su nombre ni tribute Bienes Personales. El tope también es la GNI, de $ 451.683,19 en todo 2023.

Intereses de créditos hipotecarios. Hasta $ 20.000 al año, siempre que sea de vivienda única.

Seguros de vida (titular y familiares a cargo). En 2019, luego de 23 años, se actualizó el monto anual a $ 12.000. Incluye prima por riesgo de vida y prima de capitalización. En 2020, subió a $ 18.000 y en 2021 a $ 24.000. Para 2023 el monto anual es de $ 42.921,24.

Seguros de retiro. En la reforma tributaria de diciembre de 2017 se lo incluyó pero recién se pudo deducir desde 2019. El tope anual es el mismo que el seguro de vida, de $ 42.921,24 en 2023.  Se pueden tomar en forma separada.

Gastos y honorarios médicos. Hasta el 40% del monto abonado, con factura.

Gastos de sepelio. Hasta $ 996,23 al año. Por personas incluidas como cargas de familia.

Medicina prepaga. Hasta el 5% de la ganancia neta del año. Sólo se toma lo pagado en forma voluntaria, no los aportes obligatorios. Se pueden deducir cuotas de familiares a cargo.

Viáticos. Hasta $ 180,673,28 al año en viajes de corta distancia. Hasta $ 451.683,19 en larga distancia.

Las horas extra durante los feriados, días inhábiles o fines de semana siguen exentas del impuesto.

Alícuotas

En 2023, también se actualizan en forma automática los parámetros de la escala de alícuotas con lo cual, con el mismo nivel de ingreso imponible se paga un monto menor.

Las tasas comienzan en 5% para los primeros $ 173.834,61 de base imponible y van subiendo en forma progresiva hasta llegar al 35% sobre el excedente para un monto alcanzado por el tributo (después que le restás a tu ingreso todas las deducciones posibles) superior a $ 2.781.353,85 al año.

Consultá nuestra calculadora:

Patagonia

Los empleados que trabajan y los jubilados que viven en la zona Patagónica tienen deducciones un 22% más altas que las del resto del país:

Los valores para 2023 son:

Ganancia no imponible. $ 551.053,52.

Deducción especial para asalariados en relación de dependencia. $ 2.645.056,82.

Deducción especial para autónomos. $ 1.928.687,34.

Deducción especial nuevos profesionales y emprendedores. $ 2.204.214,10.

Cónyuge. $ 513.727,67.

Hijo. $ 259.074,78.

Hijo incapacitado para el trabajo. $ 518.149,56.

Sueldo Anual Complementario (SAC)

El aguinaldo se prorratea en 12 meses a los fines del cómputo del impuesto. O sea que se tributa por adelantado, pero no vas a tener un saldo cuando cobres el aguinaldo, aunque, probablemente, sí queden algunas diferencias.

Quienes están exentos por no llegar a los $ 404.062, tampoco tributan por el medio aguinaldo pero en el semestre correspondiente (sí podrían pagar al semestre siguiente).

Cómo computar las deducciones y pagos a cuenta

Todas las deducciones hay que informarlas al empleador que actúa como agente de retención (o la Anses o Caja de Jubilaciones, en caso de jubilados).

Esto se realiza a través de la herramienta web Siradig, en la página web de AFIP, a partir de enero de cada año y hasta el 31 de marzo del año siguiente.  NO OLVIDES HACERLO, PORQUE SI NO, NO TE TOMARÁN EN CUANTA LAS DEDUCCIONES Y VAS A TRIBUTAR DE MÁS.

De esta manera, tu empleador va a ir computando las deducciones en la liquidación de Ganancias de cada mes y así evitás que te descuenten de más y te tengan que devolver luego.

Hasta el 31 de marzo de 2023 tenés tiempo para informar todas tus deducciones y también tus pagos a cuenta del año 2022 a tu empleador, mediante el Siradig. Así, podrá computar estos montos en la liquidación anual de Ganancias que realizará con el sueldo de abril.

¿Cuáles son los pagos a cuenta más comunes? El Impuesto al Cheque (lo vas a ver en los extractos bancarios) y, además, la percepción del 35% o 45% sobre la compra de dólares, viajes o gastos con tarjeta. Mirá cómo consultarla:

  • En la Comunidad Mi Presupuesto realizamos encuentros virtuales para analizar en detalle y sacarnos dudas sobre este tema. Suscribite para ver este y otro contenido exclusivo, y participar en los próximos encuentros:

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Por: Paula Martinez

Comentarios

Deja una respuesta