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Ganancias: cómo queda la deducción por hijo y qué hay que hacer

30/07/2018 Impuestos

deducción-por-hijo-impuesto-a-las-Ganancias

Luego de que, a partir del año fiscal 2017, la deducción por hijo se limitara a aquellos menores de 18 años (cuando antes el tope era 24 años), pasada la mitad de 2018, se decidió restringir aún más esta reducción en el pago del Impuesto a las Ganancias.

NUEVO. Agregamos a esta nota aclaraciones de la AFIP a dudas muy importantes sobre esta deducción. 

Deducción al 100% o al 50%

Antes, si ambos padres tributaban el impuesto, cada uno de ellos podía tomar la deducción completa por cada hijo para calcular el monto a pagar.

Desde el año fiscal 2018, sólo uno de los progenitores podrá deducir la totalidad de la carga de familia o, los dos en un 50% cada uno.

Para 2018, la deducción total por hijo era de $ 31.461,09 al año y, para 2019, de $ 40.361,43.

  • Cuánto vas a pagar de Ganancias durante 2018.
  • Las claves del Impuesto a las Ganancias de 2019.

Incompatible con asignaciones familiares

El otro punto que se especificó, aunque ya estaba previsto en la reforma tributaria que rige desde 2017, es que quien cobra asignaciones familiares por hijo no puede tomar esta deducción en Ganancias. El padre que percibe la asignación, no podrá deducir a los niños como carga de familia en el Siradig.

Para esto, también se adecuaron los topes salariales para tener derecho a recibir la asignación familiar por hijo.

Dudas que respondió la AFIP en sus Consultas y Respuestas Frecuentes:

-¿Si un padre cobra asignaciones y el otro no, puede este último deducir a los hijos en Ganancias? Este tema era confuso, pero la respuesta de AFIP es sí, el progenitor que no percibe las asignaciones puede deducir el 100% de Ganancias.

-¿Qué pasa con los padres que reciben un mes asignaciones y otros no? Este tema no es menor, porque el cobro de estos beneficios  puede variar de un mes a otro. La AFIP dice que sí se pueden deducir los hijos en los meses que no se perciben asignaciones. La carga de familia se puede informar en el Siradig en los meses que no se reciban asignaciones.

-¿Si un empleado cobra asignaciones de un régimen provincial, no de la Anses, es incompatible con la deducción por hijo? La AFIP respondió que no, ya que la norma solo señala a las prestaciones de la Anses. Es decir, que, quien recibe asignación por hijo de un régimen provincial sí lo puede deducir en Ganancias.

Cuándo rige

Las nuevas medidas se aplican para el ejercicio fiscal 2018.

Como se decidió cuando el año ya estaba avanzado y los asalariados y jubilados que estaban pagando Ganancias con los criterios anteriores y ahora no puedan deducir el 100%, tendrán un incremento en el pago del impuesto.

Trámite obligatorio

Todos los empleados y jubilados deben actualizar la información de sus cargas de familia a través del servicio Siradig Trabajador, en la página web de la AFIP, con clave fiscal.

Deberán realizarlo desde del 3 de septiembre 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019, el plazo para la presentación del F. 572 web. Aunque la norma no lo dice, quien no cumpla este trámite no podría tomar la deducción.

Advertencia. La AFIP está notificando a los padres vía electrónica que tienen hasta el 31 de marzo de 2019 para informar bien su situación respecto al cobro de asignaciones familiares o la deducción del 50% o 100% para 2018.

Para ver si uno tiene la advertencia, hay que entrar con clave fiscal y ver las notificaciones del domicilio fiscal electrónico.

  • CÓMO HACERLO. Cómo completar el Siradig (formulario F 572 web).

Allí tendrán que detallar si perciben asignaciones familiares y si el otro progenitor tributa Ganancias, con lo cual, cada uno computará la mitad de la deducción.

¿Cuál es tu caso?

Con estas modificaciones, las familias pueden encontrarse en distintas situaciones.

1-Uno sólo de los padres tributa Ganancias.

Este podrá seguir deduciendo la totalidad del monto por cada hijo. No tendrá cambios en su liquidación del impuesto. Tampoco impactará en el otro padre, ya que no tributaba.

2-Los dos padres tributan Ganancias.

En este caso, uno o ambos tendrán que pagar más por el impuesto. Podrán optar entre que uno sólo deduzca $ 31.461,09 ($ 40.361,43) por año o bien, $ 15.730,55 ($ 20.180,72) cada uno.

Por lo tanto, si la deducción es del 50%, en los últimos meses de 2018 abonan la diferencia del tributo o bien en los primeros meses de 2019.

¿Cuánto más? Depende. Como Ganancias es un impuesto progresivo, tiene una alícuota que va aumentando con un ingreso más alto. El máximo de incremento para todo el año será de $ 5.505,7 para cada uno, si la persona estuviera tributando a la tasa máxima del 35%.

Y, si uno de los padres dejar de tomar esa deducción, el mayor aumento a pagar para este sería de $ 11.015.

En esta situación, la familia deberá evaluar qué le conviene.

3-Uno de los padres cobraba asignaciones familiares y tributaba Ganancias

Este es un caso muy raro, pero se daba en situaciones cerca del límite de remuneración permitida para cobrar asignaciones familiares. Ahora, el tope para percibir estas prestaciones de la Anses se redujo para que sea compatible con los mínimos de Ganancias, por lo que es probable que dejen de recibir las asignaciones.

En estos casos, ninguno de los dos padres podrían deducir a esos hijos del cálculo del impuesto.

Si cobrar asignaciones no es conveniente, se puede renunciar a cobrar el beneficio y, así, poder tomar la deducción por hijo.

En tanto, a priori, la norma establecería que quienes tienen hijos discapacitados no podrían deducirlos del impuesto si siguen recibiendo asignaciones familiares (no tienen tope salarial para cobrar estas prestaciones).

IMPORTANTE. Hay que estar atentos a actualizar los datos del Siradig, para clarificar las situaciones de cada uno y seguir realizando la deducción, en caso de que corresponda.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

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Comentarios

  1. Silvia

    10/06/2020 en 19:38

    Hola tengo un hijo con descapacidad de 5 años y en el trabajo me descontaban y ahora no se q paso me descuentan

    Accede para responder
  2. AGUSTIN

    05/06/2020 en 10:39

    Hola
    Si tenes 2 hijos y cobras unico ingreso menor a $77664 tenes derecho a la asignacion pero a su ves si ganas mas de $73104 (casado con 2 hijos) te descuentan ganancias, algo anda mal…..
    es mi caso
    no puedo desgravar porque cobro asignacion???
    puedo desgravar la obra social que pago por ellos?
    gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/06/2020 en 21:43

      Hola.
      El mismo padre no puede deducir a un hijo de Ganancias si cobra asignación (sí puede hacerlo el otro padre).
      La obra social de los hijos sí se puede deducir si están como carga de familia, siempre y cuando no sea el aporte obligatorio a la OS que se realiza para todos los empleados (tiene que ser un monto extra).

      Accede para responder
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