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Servicio doméstico y cuarentena: cómo es la modalidad de trabajo según el lugar

12/10/2020 Servicio doméstico

empleadas-domesticas-cuarentena-coronavirus

La provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las últimas jurisdicciones que habilitan en octubre el trabajo de casas particulares. En el resto del país ya estaban trabajando. Mirá los detalles.

NOTA ACTUALIZADA AL 20 de octubre de 2020.

Con 7 meses de aislamiento social obligatorio, tanto empleadores como trabajadores de casas particulares siguen atentos a cómo sigue la actividad en las nuevas etapas para combatir la pandemia.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que la cuarentena por el coronavirus es diferenciada y depende de cada provincia, departamento o localidad.

  • ENCUENTRO EN VIVO. El miércoles 28/10, a las 18hs. actualizaremos el tema: “Actividad del servicio doméstico en cuarentena”, exclusivo para los miembros de la Comunidad Mi Presupuesto. Sumate acá para poder participar de esta actividad y acceder al material exclusivo.
  • CANAL ESPECIAL.  Todo lo publicado en nuestro sitio sobre el coronavirus.

Durante algunos meses, las zonas más complicadas en cuanto a crecimiento de los contagios del Covid-19 eran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y varios municipios de la provincia (área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA) pero en este trimestre, las más complicadas son las provincias.

Actividad habilitada

Con la incorporación del AMBA en octubre, las empleadas domésticas ya pueden volver a trabajar en todo el país, pero hay que estar atentos a los medios locales por si se producen restricciones en localidades puntuales. La decisión dependerá de cada jurisdicción, es importante tratar de ver los diarios locales para informarse en detalle (sobre todo en provincias donde hay diferencias por localidades).

Sí trabajan. De acuerdo a un relevamiento realizado por Mi Presupuesto Familiar, a partir de octubre la actividad del servicio doméstico estará habilitado en todo el país.

Los últimos en sumarse son:

  • Provincia de Buenos Aires (fuera del AMBA, la mayoría ya estaba trabajando): se puede retornar a la actividad a partir del lunes 19 de octubre. Localidades habilitadas: Almirante Brown, Avellaneda, Bahía Blanca, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Vicente, Tandil, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. Más info: https://www.upacp.org.ar/?event=importante-trabajo-pcia-buenos-aires-defecha-20-10-20

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236283/20201020

  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba): se habilitó la vuelta al trabajo el 15 de octubre. Se permitiría, desde el 19, el trabajo de empleadas que viven en provincia y trabajan en Caba, sin usar transporte público.

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236109/20201015

IREMOS ACTUALIZANDO ESTA INFORMACIÓN CUANDO SURJAN NOVEDADES.

Modalidad

Para las empleadas domésticas que vuelven a la actividad, hay limitaciones que establecen según lo que decida cada jurisdicción.

En general, la modalidad más común es la siguiente:

  • Los trabajadores pueden trabajar para un solo empleador.
  • Los empleados deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
  • Se incluyen todas las categorías y actividades de cuidado, limpieza, jardinería y otras especificas (cocina).
  • No pueden trasladarse en transporte público (quienes vivan lejos, deberán arreglar con el empleador cómo llegar).
  • No se pueden movilizar de una localidad a otra. Se está por ver qué pasa en el caso de empleadas que vivan en provincia de Buenos Aires y trabajen en Capital.
  • Deben trabajar con los elementos de cuidado necesarios: barbijo o tapabocas, guantes. Se deben extremar los cuidados de higienes personal al llegar y retirarse de los domicilios.
  • No pueden trabajar personas de grupos de riesgo: mayores de 60 año, embarazadas, personas con enfermedades crónicas preexistentes como diabetes, respiratorias, cardíacas, renales.
  • Están exceptuadas quienes sean el único adulto responsable para el cuidado de niños.

Casos sospechosos o contactos estrechos

No pueden concurrir a trabajar (pero deben seguir cobrando el sueldo):

  • Las empleadas que deban realizar aislamiento obligatorio por ser positivo en Covid, o ser contacto estrecho de un positivo, durante el tiempo establecido por cada jurisdicción.
  • Si algún miembro de la familia del domicilio donde trabajan tiene que realizar aislamiento obligatorio por ser positivos o contacto estrecho.

Si el trabajador doméstico tiene algún síntoma sospechoso, debe avisar a su empleador y no debe ir al domicilio hasta que tenga hisopado negativo o haya cumplido con el aislamiento.

En el caso de los lugares que regresaron al aislamiento estricto por alguna circunstancia , hay que recordar que:

  • Las empleadas domésticas no pueden concurrir al lugar de trabajo.
  • Deben seguir cobrando su salario normal y habitual. Mirá cómo pagar si el trabajador no tiene cuenta bancaria.
  • Están exceptuadas las actividades esenciales: cuidado de niños o adultos mayores, encuadradas en categoría 4.
  • No pueden trabajar de ninguna manera quienes están en grupos de riesgo.
  • CÓMO ES. Empleadas domésticas y cuarentena por coronavirus.

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. marga

    17/07/2020 en 17:45

    Hola, mi empleada domestica es jubilada, tiene 70 y por ende no esta trabajando desde el 20 de marzo.Vivo en el partido de san isidro. Le estoy pagando todos los meses, pero se me esta complicando ya que mi marido se dedica al turismo y esta con 0 ingreso desde marzo y estima hasta el año proximo seguira igual.. Dependemos solo de mi ingreso. Entiendo que siendo de riesgo mi empleada no podra venir el resto del año. Puedo terminar la relacion laboral de alguna manera? tengo alguna manera de hacer algun tipo de licencia? o algun tipo de acuerdo? obviamente está en blanco y con todo en regla. La verdad me resulta muy injusto tener que pagar todo el año sin que ella siquiera tenga que pagar un viatico, ella esta cobrando su jubilacion que no es la minima, ya que es jubilada de comercio, y yo en cambio haciendo malabares con todas las tareas domesticas en casa mas el presupuesto familiar. Gracias.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      29/07/2020 en 21:06

      Hola Marga, totalmente entendible tu situación.
      Lamentablemente la normativa no te da ninguna opción y prohibe los despidos.
      Una alternativa es llegar a algún arreglo con ella, para finalizar la relación laboral con algún monto en acuerdo. No sería una renuncia sino un acuerdo entre partes (dejalo todo por escrito).

      Accede para responder
  2. Lu

    16/07/2020 en 16:06

    Hola! La semana pasada hubo paro total de colectivos y mi empleada que trabaja por hora no pudo venir, y yo tampoco tenía condiciones de ir a buscarla. Ella trabaja por hora en blanco. Tengo que abonarle algo de esa semana que no trabajo? Ella viene solo una vez por semana. Gracias!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      20/07/2020 en 20:52

      Sí hay que abonarle.
      El empleador es quien tiene que procurar que el trabajador llegue al domicilio (incluso hay muchas ciudades que no se puede usar el transporte público).

      Accede para responder
  3. liliana

    14/07/2020 en 16:12

    hola. muchas gracias por la atención. Tengo una empleada de lunes a viernes 4 hs. el salario de acuerdo al gobierno debe ser de casi $ 9000. mi empleada cobra 18.000 y los aportes. No es persona de riesgo, es decir menor de 60 años; no usa transporte público para venir a trabajar, no tiene personas a cargo en su domicilio, no tiene patologías preexistentes. y es el único trabajo que tiene en estos momentos de cuarentena.
    Cuando estuvimos en fase tres, vino a trabajar pero muy a disgusto.
    Yo estoy en cuarentena, a pesar de ser esencial porque tengo asma, y supero los 60 años. No puedo desarrollar las actividades de limpieza de mi casa.
    Durante la fase 1, obviamente estaba exceptuada de venir a trabajar.
    Si a partir del 20, pasamos nuevamente a fase 3, le sugiero que vuelva a ocupar su lugar de trabajo, o si quiere seguir en cuarentena, paso a abonarle lo que indica el gobierno. Porque, por las razones expuestas debo emplear a otra pesona por horas.
    Este procedimiento es de valor? de acuerdo a las dispocisiones del gobierno?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      20/07/2020 en 21:21

      Hola.
      Las empleadas están o no obligadas a trabajar según la situación de cada jurisdicción. En caso de que no puedan por el aislamiento, deben seguir cobrando el sueldo habitual (no se puede reducir).

      Accede para responder
  4. Carmen

    14/07/2020 en 15:15

    Hola soy empleada con retiro y en esta cuarentena me estoy quedando adentro de mi trabajo me pagan doble sueldo y ahora estoy muy cansada y quiero volver a mi casa ellos me amenazan con que no me pagaran los que trabaje que puedo hacer?

    Accede para responder
  5. Tamara

    13/07/2020 en 05:02

    Hola soy empleada domestica, mi patrona me hizo el permiso que soy cuidadora de personas mayor y no es así, y me hace trabajar feriados y no me lo reconoce. Y en el barrio tengo que salir cada 15 días pero ella me saca escondida en el auto. Todas las semanas, es decir trabajo de lunes a viernes, y hay un viernes que me saca en el auto y el otro salgo sola, está bien eso? Necesito información. Trabajo en el partido de San Isidro

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      16/07/2020 en 21:36

      Te sugiero que te contactes con el gremio para que te asesoren. Estas cuestiones las tenés que denunciar en las autoridades por violación de la cuarentena.

      Accede para responder
  6. ROSA SALADINO

    11/07/2020 en 17:39

    Muchas gracias! soy de Ingeniero Maschwitz

    Accede para responder
  7. ROSA SALADINO

    11/07/2020 en 12:18

    Hola ! Mi empleada trabaja dos veces por semana no tiene que viajar en transporte público le estoy pagando el sueldo completo. Puede volver a partir del 18 /7??????

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      11/07/2020 en 14:25

      Depende de donde vivas. Si en tu ciudad se habilitó, sí.

      Accede para responder
    • ROSA SALADINO

      11/07/2020 en 16:18

      Muchas gracias! soy de Ingeniero Maschwitz

      Accede para responder
  8. Maria

    07/07/2020 en 00:26

    Hola mi empleada no quiere volver a trabajar y en Mendoza ya todas trabajan.ella dice que esta en cuarentena.Yo la voy a buscar y la llevo.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 21:45

      Si no está en los grupos de riesgo, tiene que volver a trabajar.

      Accede para responder
  9. Paola

    04/07/2020 en 14:33

    Hola t soy de santa fe, tengo una niñera, que no puede venir en colectivo porque estade paro el transporte, debo pagarle el traslado? Gracias

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 20:45

      Hola. Sí, corresponde al empleador procurar que la trabajadora llegue al domicilio.

      Accede para responder
  10. Claudia C

    03/07/2020 en 09:46

    Hola, mi empleada se jubiló el año pasado pero siguió trabajando. Le sigo pagando como si asistiera. Ahora me pidió volver a trabajar. Puede hacerlo siendo persona de riesgo? Soy de Mar del Plata y aquí está exceptuada esta actividad.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      10/07/2020 en 20:31

      Hola.
      No pueden trabajar los mayores de 60 años (siguen cobrando), en ningún lugar del país.

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