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Coronavirus: las medidas económicas que afectan a tu bolsillo

02/04/2020 Mi Dinero, Presupuesto, Trabajo e ingresos

medidas-economicas-coronavirus

Ingresos independientes parados, teletrabajo, menor consumo, riesgo de corte en la cadena de pagos y las disposiciones oficiales . Cómo impacta la emergencia sanitaria en nuestro presupuesto familiar.

Esta noticia está en evolución, se irán incorporando las novedades cuando surjan. ACTUALIZADA AL 20 DE ABRIL. 

El aislamiento total por el Covid-19 (coronavirus) tiene un impacto negativo en la economía argentina y del mundo.

En este marco, hay diversas medidas que está tomando el Gobierno que pueden tener diversos efectos en el presupuesto familiar de cada uno de nosotros.

Emergencia sanitaria

En el marco de las acciones de prevención y contención de la pandemia, las siguientes medidas impactan en el bolsillo:

#Aislamiento generalizado. Se suspende el trabajo presencial en actividades económicas no esenciales hasta el 26 de abril.

  • PARADOS. Qué actividades pueden funcionar en cuarentena. 

#Recomendación de trabajo remoto (home office). Quienes no están en estos sectores o no pueden trabajar desde su casa, no tendrán actividad. En el caso de trabajadores independientes (monotributistas y autónomos) o comerciantes, al no poder trabajar no generarán ingresos.

  • GANANCIAS. Postergan el plazo para llenar datos de 2019 en el Siradig. 

#Los trabajadores asalariados que no trabajen seguirán cobrando su sueldo (empleadas domésticas incluidas). Sin embargo, hay un riesgo latente que es que el empleador se vea complicado para pagar, que haya suspensiones parciales o, si esto se prolonga, puedan perder su empleo.

  • CÓMO ES. Empleadas domésticas y cuarentena por coronavirus.

Monotributistas, autónomos, informales

#Crédito a tasa cero. En abril se dispone un financiamiento garantizado por el Estado nacional, que se realizará a través de saldos disponibles en tarjetas de crédito. Se subsidia el costo financiero total (CFT) para que sea nulo para responsables del Monotributo y autónomos. Se devolverá a partir de octubre, en 12 cuotas.

  • MÁS DETALLES. Cómo se otorgará el financiamiento a tasa cero para monotributistas y autónomos.  

#Ingreso familiar de emergencia (IFE). La Anses está instrumentando un pago único de $ 10.000 en abril, que podría repetirse si esto sigue. Es para:

  • Trabajadores independientes en informalidad.
  • Responsables del Monotributo de categorías A y B.
  • Monotributistas sociales.
  • Empleadas domésticas (incluye trabajadoras registradas).
  • Beneficiarios de Asignación Universal por Hijo o Embarazo, o plan Progresar.

MÁS DETALLES. Las dudas sobre el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

#Monotributo: Se suspende la exclusión y baja de oficio durante marzo por superar el tope de facturación anual, el precio unitario de un bien o por otros parámetros. Además, no se computará el mes de marzo para dar de baja automática por falta de pago durante 10 meses.

Familias

#Tarjetas de crédito. Se suspendieron vencimientos hasta el 31 de marzo. Los vencimientos del 1 al 12 de abril, se pueden pagar hasta el 13 de abril sin recargo ni intereses.

Los saldos impagos luego del 30 de abril se financiarán en forma automática con tasa máxima del 43%, sin punitorios. Se empezarán a pagar desde agosto, en 9 cuotas mensuales hasta abril de 2021.

  • CÓMO ES.  Tarjetas de crédito: quien no pague en abril, podrá financiar sin punitorios. 

#Las cuotas de préstamos bancarios impagas hasta el 30 de junio sólo pagarán intereses de financiación, no se aplicarán punitorios ni otras sanciones.

  • BANCOS. Así funciona la atención en caja en la cuarentena. 

#No se pueden cortar servicios públicos por mora o falta de pago. Es por 180 días y se aplica a: energía eléctrica, gas natural, agua corriente, telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable. Se permitirán tres facturas impagas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. La medida dura 180 días. Incluye servicios prepagos. Es para sectores vulnerables que cobren hasta dos salarios mínimos y MiPymes.

#Se congelan cuotas de créditos hipotecarios y prendarios UVA. Desde abril hasta el 30 de septiembre, los deudores pagarán el mismo monto. La deuda acumulada por la diferencia se abonará luego, en 3 cuotas.

  • DETALLES. Cómo es el congelamiento de créditos hipotecarios y alquileres.

#Se congelan los alquileres. Incluye viviendas familiares, locales alquilados por profesionales, monotributistas, comercios, industrias y servicios y Mipymes. Es hasta el 30 de septiembre.

Pymes, empleadores y otras empresas

#Ayuda a empleadores. Se otorgará una asignación para pagar el 50% de los salarios de los trabajadores en empresas afectadas, que se registren en la AFIP. El monto estará entre uno y dos salarios mínimo, vital y móvil. No tiene límite de trabajadores, sino que el empleador debe ser de una actividad o estar afectado en sus ventas.

#Moratoria de Mipymes, hasta el 30 de junio. Se prorroga hasta el 30 de junio de 2020 el plazo para adherir al plan de regularización de deudas vencidas hasta noviembre de 2019, en hasta 120 cuotas (vencía el 30 de abril).

#Prórroga en la suspensión de los embargos. Es para las empresas con certificado Mipyme. Estaban suspendidas las medidas cautelares entre agosto de 2019 y marzo de 2020, y ahora se extendió hasta el 30 de abril.

#Créditos a tasas blandas. Los bancos ya están dando financiamiento (impulsado por el Estado) a tasas bajas (menos del 24%) para que las empresas puedan pagar sueldos y tengan dinero disponible en esta coyuntura. Flexibilizan requisitos para acceder.

#Suspenden penalidades para cuentas bancarias con cheques sin fondos. 

Controles de precios

Se estableció un listado de precios máximos que rige en distintas provincias. Se puede consultar en: www.preciosclaros.gob.ar y denunciar incumplimientos en Defensa del Consumidor: 0800-666-1518, por correo electrónico a [email protected] o por Twitter  @DNDConsumidor

Las autoridades están aumentando los controles en los negocios para que esto se cumpla.

Recursos paliativos

En este marco, se dispusieron medidas para dar dinero a los más vulnerables:

#Bono de $ 3.000 para beneficiarios de la AUH. Por cada hijo que recibe la Asignación Universal por Hijo (AUH) se recibirán $ 3.103. También abarca a quienes perciben la Asignación Universal por Embarazo.

#Bono de hasta $ 3.000 pesos para jubilados y pensionados. El total se otorga a quienes cobran la mínima, con lo cual el piso del haber este mes queda en $ 18.892. Quienes reciben más de la mínima pero hasta este monto, cobrarán la diferencia.  Incluye también a quienes reciben prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

#Ayuda social. Para beneficiarios de planes y ayuda para comedores y beneficiarios de Tarjeta Alimentaria.

#Suspensión de pago de cuotas de Anses. Se extiende el período de gracia de febrero y marzo hasta abril y mayo, para la devolución de créditos otorgados por la Anses.

#Seguro de desempleo. Se anunció que se reforzará, pero no hay mayores precisiones.

Consecuencias

La emergencia sanitaria y aislamiento tendrán un efecto negativo en nuestros bolsillos. Las medidas de ayuda son bienvenidas pero no se evitará que el contagio llegue a la economía.

El impacto en la economía será:

  • Menor nivel de actividad por retracción del consumo de la población, que hoy casi está exclusivamente enfocada en la pandemia.
  • Paralización de diversas actividades económicas por el aislamiento total de todo lo que no sea esencial.
  • Imposibilidad de trabajar para muchos trabajadores independientes, monotributistas, autónomos e informales.
  • Riesgos de corte de la cadena de pagos. Muchas empresas no podrán vender, facturar ni pagar, con lo cual esto puede derramar en otros sectores.

Con esto en mente, según nuestra situación laboral podemos tener los siguientes riesgos:

  • Trabajador “en blanco”. En principio, podrá seguir cobrando su sueldo aunque es probable que las subas salariales se limiten (se pierde poder de compra). El mayor riesgo es la pérdida del empleo, según la empresa y el sector.
  • Trabajador informal. Si sigue con su actividad en sectores esenciales o puede trabajar en su casa podría limitar pérdidas. El riesgo es no cobrar. Quien no pueda trabajar, no tendrá ingresos.
  • Cuentapropistas, Pymes y similares. El freno de la actividad y los problemas de la cadena de pagos seguramente impactará en sus ingresos.

 

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Acerca de Paula Martinez

Licenciada en Economía (UNC). Periodista especializada en finanzas y tributación. Capacitadora.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. lucrecia sanchez

    01/02/2021 en 07:33

    Creo,Paula que la mayoría de los empleados de riesgo a los que les aplicaron este cambio(DNU 792/2020),no están enterados,por lo tanto no saben que no les están haciendo los aportes jubilatorios.
    Cómo se puede continuar haciendo aportes?Uno no los puede aportar por su cuenta?Gracias!.

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      05/02/2021 en 21:05

      Para hacer aportes por cuenta propia hay que inscribirse como monotributista o autónomos. No me parece que sea conveniente, pero podrías consultar a un profesional que conozca de temas previsionales.

      Accede para responder
  2. lucrecia sanchez

    30/01/2021 en 19:44

    Buenas tardes Paula.Es para preguntarte sobre el DNU 792/2020.Lo he leído y hay cosas que no entiendo y a mi hermana le está pasando que no le descuentan jubilación desde el mes de octubre(ella tiene 61 años y EPOC,por lo que está en su casa con aislamiento preventivo hasta que se vacune),y no sabemos si se la están aportando igual o no.Le falta poco para jubilarse pero si no le aportan jubilación la está perjudicando.¿Puede ser que mi gobierno haga un decreto para perjudicar así al trabajador?O no lo entendemos bien lo que dice.Por favor ,explicanos.Gracias.!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      05/02/2021 en 21:04

      Hola.
      Supongo que te referís a este artículo 24 del decreto: “Los trabajadores y las trabajadoras del sector privado mayores de SESENTA (60) años, las mujeres embarazadas y los grupos en riesgo establecidos o que en un futuro establezca la autoridad sanitaria nacional, exceptuados de prestar tareas durante la vigencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social. Los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -INSSJP- Leyes Nros. 23.660, 23.661 y 19.032).

      El beneficio establecido en el presente artículo no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos a los trabajadores y a las trabajadoras por los regímenes de la seguridad social.”

      En este caso, la compensación es no remunerativa y solamente se hacen aportes a la obra social. Es medio confuso el último párrafo donde habla de los derechos de los regímenes, pero es muy probable que no le computen el mes para su jubilación porque no les están haciendo descuento jubilatorio.

      Accede para responder
  3. Nora segovia

    27/03/2020 en 08:18

    Como se hace si uno no tiene cuenta en el banco.trabajo en blanco pero me pagan particular..se puede dar una cuenta de terseros???o me sirve la cuenta que me quedo de anses donde cobraba la asignacion de mi hijo que ya es mayor y ahora cobro la garrafa social???x fa contesteme

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      28/03/2020 en 21:28

      Hola Nora.
      Te dejo esta nota que estamos publicando con estas dudas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/10-dudas-sobre-el-ingreso-familiar-de-emergencia-ife/
      En este caso, si ya tenés una cuenta bancaria de antes, la podés usar.
      La Anses está analizando cómo pagar en casos de no tener cuenta.

      Accede para responder
  4. Elsa Irene Pereyra

    26/03/2020 en 04:11

    Muchas gracias. Ya está decretado el beneficio? Si es así. Donde y cómo lo tramito?
    Muchas gracias!

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      26/03/2020 en 15:05

      Hola .
      Fijate que en esta nota está el link a la página de Anses y las fechas para llenar el formulario según terminación de DNI.
      Empieza el viernes 27 de marzo y sigue todo el fin de semana hasta el martes 31.

      Accede para responder
  5. Elsa Irene Pereyra

    24/03/2020 en 09:29

    Buen día. Yo estoy cubierta hasta fin de mes que me pagaron por adelantado. Si esto sigue no sé que pasará con mis patrones. Tendría que esperar a ver si me despiden?

    Accede para responder
    • Paula Martinez

      24/03/2020 en 16:02

      Hola. Te dejo esta nota con el caso de las empleadas domésticas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-y-cuarentena-por-coronavirus/
      Recordá que está vigente la doble indemnización en caso de despido.

      Accede para responder

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